CE-SECCION TERCERA-25000-23-36-000-2012-00074-01(46925)B-2018
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-SECCION TERCERA-25000-23-36-000-2012-00074-01(46925)B-2018
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2018
ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA - Corrección de auto / CORRECCIÓN DE AUTO - Corrige fecha Procede la sala a corregir el auto de 21 de febrero de 2018, comoquiera que por equivocación del despacho dispuso: “es necesario corregir que la sentencia de primera instancia proferida por el Tribunal Administrativo del Tolima es tiene como fecha el 06 de marzo de 2013 y no la señalada dentro de la mencionada providencia”.
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN C
Consejero ponente: JAIME ORLANDO SANTOFIMIO GAMBOA
Bogotá D.C., nueve (09) de julio de dos mil dieciocho (2018).
Radicación número: 25000-23-36-000-2012-00074-01(46925)B
Actor: JORGE ELIECER CUERVO CUERVO
Demandado: NACIÓN - RAMA JUDICIAL Y OTROS Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA (AUTO) De conformidad con la solicitud de corrección presentada por el demandante en escrito de 04 abril de 2018, procede la sala a corregir el auto de 21 de febrero de 2018, comoquiera que por equivocación del despacho dispuso: “es necesario corregir que la sentencia de primera instancia proferida por el tribunal administrativo del tolima es tiene como fecha el 06 de marzo de 2013 y no la señalada dentro de la mencionada providencia”; ya que una vez verificado en el expediente se evidencia que los datos no concuerdan con la providencia de primera instancia del proceso de la referencia. Por lo cual se modificará
esta sección de la parte considerativa de dicha providencia, la cual quedará así: “frente a lo anterior, es necesario corregir que la sentencia de primera instancia proferida por el tribunal administrativo de cundinamarca, sección tercera, subsección a tiene como fecha el 06 de marzo de 2013 y no la señalada dentro de la mencionada providencia.”