CE-SECCION TERCERA-50001-23-31-000-2001-00171-01(31093)-2007
Consejo de Estado
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Detalles
- Título
- CE-SECCION TERCERA-50001-23-31-000-2001-00171-01(31093)-2007
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2007
SOLICITUD DE PRELACIÓN DE FALLO / FACULTAD DE LA PARTE DEMANDANTE / REQUISITOS DE SOLICITUD DE PRELACIÓN DE FALLO / CUMPLIMIENTO DE LA LEY / TURNO PARA FALLO DE PROVIDENCIA / INGRESO DEL EXPEDIENTE AL DESPACHO JUDICIAL / ORDEN PARA PROFERIR SENTENCIA Revisada la solicitud de prelación de fallo presentada por la parte actora, la Sala encuentra que el presente proceso cumple con los requisitos exigidos por el artículo 18 de la ley 446 de 1998. Sin embargo, será decidido cuando le corresponda el respectivo turno en relación con los demás procesos de la misma naturaleza y que entraron a Despacho para dictar sentencia con anterioridad al expediente de la referencia.
FUENTE FORMAL: LEY 446 DE 1998 – ARTÍCULO 18
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCION TERCERA
Consejero ponente: MAURICIO FAJARDO GOMEZ
Bogotá, D.C., veinticinco (25) de enero de dos mil siete (2007) Radicación número: 50001-23-31-000-2001-00171-01(31093)
Actor: GUSTAVO MENDOZA SANCHEZ Y OTROS
Demandado: NACION-MINISTERIO DE DEFENSA-POLICIA NACIONAL Referencia: SOLICITUD DE PRELACION DE FALLO Revisada la solicitud de prelación de fallo presentada por la parte actora, la Sala encuentra que el presente proceso cumple con los requisitos exigidos por el artículo 18 de la ley 446 de 1998. Sin embargo, será decidido cuando le
corresponda el respectivo turno en relación con los demás procesos de la misma naturaleza y que entraron a Despacho para dictar sentencia con anterioridad al expediente de la referencia. Por lo expuesto, se RESUELVE: ACEPTAR la solicitud de prelación de fallo formulada por la parte demandante, en los términos antes señalados.