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CE-SECCION TERCERA-68001-23-15-000-1999-90026-01(29985)B-2007

Consejo de Estado

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Título
CE-SECCION TERCERA-68001-23-15-000-1999-90026-01(29985)B-2007
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2007

ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA / AUTO QUE DECRETA PRUEBAS DE OFICIO / FACULTAD OFICIOSA DEL JUEZ En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 169 del C.C.A, subrogado por el artículo 37 del Decreto 2304 de 1989, se decretan las siguientes pruebas: Primero: Por secretaría de esta Sección, ofíciese a la Notaría 2 del Círculo Notarial de Bucaramanga, para que remita con destino a este proceso, en el término de 10 días, copia auténtica de la escritura pública No 3.868 del 13 de diciembre de 1998. Segundo: Ofíciese a la Notaría 3 del Círculo Notarial de Bucaramanga, para que remita con destino a este proceso, en el término de 10 días, copia auténtica de las escrituras públicas No 3303 del 21 de agosto de 2001 y 4.214 del 27 de octubre de 2000. Tercero: Ofíciese a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos y Privados de Bucaramanga, para que en el término de 10 días, remita con destino a éste proceso, copia auténtica de las matrículas inmobiliarias No 300-258981, 300-0024626, así como de las matrículas inmobiliarias en las cuales se registraron los lotes relacionados en la escritura No 3303 del 21 de agosto de 2001, de la Notaría Tercera del Circulo Notarial de Bucaramanga. Cuarto: Ofíciese a la Lonja de Propiedad Raíz de Bucaramanga, para que, en el término de 10 días, realice el avalúo comercial a 31 de marzo de

1989, del lote relacionado en el “acta de entrega anticipada de terrenos” que obra a folio 3 del expediente, sin tener en cuenta la valorización que lo hubiera podido beneficiar con la construcción de la vía Palenque - Floridablanca, sector Río Frío, empalme vía Bogotá.

FUENTE FORMAL: CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO – ARTÍCULO 169 / DECRETO 2304 DE 1989 – ARTÍCULO 37

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

Consejera ponente: RUTH STELLA CORREA PALACIO

Bogotá, D.C. veinte (20) de septiembre de dos mil siete (2007) Radicación número: 68001-23-15-000-1999-90026-01(29985)B

Actor: EFRAÍN SERRANO GÓMEZ Y OTROS

Demandado: MINISTERIO DE TRANSPORTE Y OTROS Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA - PRUEBAS DE OFICIO En ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 169 del C.C.A, subrogado por el artículo 37 del Decreto 2304 de 1989, se decretan las siguientes pruebas: Primero: Por secretaría de esta Sección, ofíciese a la Notaría 2 del Círculo Notarial de Bucaramanga, para que remita con destino a este proceso, en el

término de 10 días, copia auténtica de la escritura pública No 3.868 del 13 de diciembre de 1998.

Segundo: Ofíciese a la Notaría 3 del Círculo Notarial de Bucaramanga, para que remita con destino a este proceso, en el término de 10 días, copia auténtica de las

escrituras públicas No 3303 del 21 de agosto de 2001 y 4.214 del 27 de octubre de 2000.

Tercero: Ofíciese a la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos y Privados de Bucaramanga, para que en el término de 10 días, remita con destino a éste proceso, copia auténtica de las matrículas inmobiliarias No 300-258981, 3000024626, así como de las matrículas inmobiliarias en las cuales se registraron los lotes relacionados en la escritura No 3303 del 21 de agosto de 2001, de la Notaría

Tercera del Circulo Notarial de Bucaramanga.

Cuarto: Ofíciese a la Lonja de Propiedad Raíz de Bucaramanga, para que, en el término de 10 días, realice el avalúo comercial a 31 de marzo de 1989, del lote relacionado en el “acta de entrega anticipada de terrenos” que obra a folio 3 del expediente, sin tener en cuenta la valorización que lo hubiera podido beneficiar con la construcción de la vía Palenque - Floridablanca, sector Río Frío, empalme vía Bogotá.

CÓPIESE, NOTIFÍQUESE Y CUMPLASE MAURICIO FAJARDO GÓMEZ RUTH STELLA CORREA PALACIO Presidente de la Sala

ENRIQUE GIL BOTERO RAMIRO SAAVEDRA BECERRA

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