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CE-SECCION TERCERA-68001-23-31-000-2001-00483-01(47644)-2016

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE-SECCION TERCERA-68001-23-31-000-2001-00483-01(47644)-2016
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
2016

PRELACIÓN DE FALLO / NORMATIVIDAD DE LA PRELACIÓN DE FALLO / PROCEDENCIA DE LA PRELACIÓN DE FALLO / REQUISITOS DE LA PRELACIÓN DE FALLO / REQUISITOS DE SOLICITUD DE PRELACIÓN DE FALLO / SOLICITUD DE PRELACIÓN DE FALLO / VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS Procede la Sala a considerar la solicitud presentada por la parte actora (…) mediante la cual pidió que se conceda prelación de fallo en el presente proceso, por considerar que se trata de un caso de grave violación de derechos humanos. Revisado el expediente, se observa que reúne uno de los requisitos exigidos por el artículo 16 de la Ley 1285 de 2009 y el artículo 18 de la ley 446 de 1998, para conceder la prelación de fallo al asunto de la referencia.

FUENTE FORMAL: LEY 1285 DE 2009 - ARTICULO 16 / LEY 446 DE 1998ARTICULO 18

CONSEJO DE ESTADO

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN TERCERA

SUBSECCIÓN A

Consejero ponente: CARLOS ALBERTO ZAMBRANO BARRERA

Bogotá D.C., ocho (8) de noviembre de dos mil dieciséis (2016) Radicación número: 68001-23-31-000-2001-00483-01(47644)

Actor: CLAUDIA VICTORIA GARCÍA RINCÓN Y OTRO

Demandado: NACIÓN – MINISTERIO DE DEFENSA – POLICÍA NACIONAL Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA (AUTO) Procede la Sala a considerar la solicitud presentada por la parte actora visible a folios

432 – 438 del cuaderno principal, mediante la cual solicitó que se conceda prelación de fallo en el presente proceso, por considerar que se trata de un caso de grave violación de derechos humanos. Revisado el expediente, se observa que reúne uno de los requisitos exigidos por el artículo 16 de la Ley 1285 de 2009 y el artículo 18 de la ley 446 de 1998, para conceder la prelación de fallo al asunto de la referencia. En mérito de lo expuesto, RESUELVE: CONCÉDESE la solicitud de prelación de fallo incoada por la parte actora de conformidad con lo expuesto.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

HERNÁN ANDRADE RINCÓN MARTA NUBIA VELÁSQUEZ RICO

CARLOS ALBERTO ZAMBRANO BARRERA

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