CE-SECCION TERCERA-68001-23-31-000-2006-00928-01(47835)-2017
Consejo de Estado
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CE-SECCION TERCERA-68001-23-31-000-2006-00928-01(47835)-2017
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2017
DECRETO DE PRUEBAS DE OFICIO EN SEGUNDA INSTANCIA - Procedencia
[C]on fundamento en lo previsto en el artículo 169 del CCA, ordenará oficiar al Juzgado Sexto Penal del Circuito de Bucaramanga para que remita las piezas procesales del expediente penal número 2003-121, adelantado contra el señor Carlos Duarte Gutiérrez y, a su vez, se certifique el tiempo efectivo durante el cual el mencionado señor estuvo privado de su libertad.
FUENTE FORMAL: CÓDIGO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - ARTÍCULO
169
CONSEJO DE ESTADO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
SUBSECCIÓN A
Consejera ponente: MARTA NUBIA VELÁSQUEZ RICO (E)
Bogotá, D.C., diecinueve (19) de julio de dos mil diecisiete (2017) Radicación número: 68001-23-31-000-2006-00928-01(47835) Actor: SARA MUÑOZ DE DUARTE Y OTROS Demandado: NACIÓN-MINISTERIO DE DEFENSAEJÉRCITO NACIONALFISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Referencia: ACCIÓN DE REPARACIÓN DIRECTA La Sala, previo a decidir el recurso de apelación presentado por la parte demandante contra la sentencia proferida el 14 de febrero de 2013 por el Tribunal Administrativo de Santander, con fundamento en lo previsto en el artículo 169 del CCA, ordenará oficiar al Juzgado Sexto Penal del Circuito de Bucaramanga para que remita las piezas procesales del expediente penal número 2003-121, adelantado contra el señor Carlos Duarte Gutiérrez y, a su vez, se certifique el
tiempo efectivo durante el cual el mencionado señor estuvo privado de su libertad.
R E S U E L V E : PRIMERO: Por Secretaría de la Sección, OFICIAR al Juzgado Sexto Penal del Circuito de Bucaramanga para que, de conformidad con las consideraciones precedentes y en un término de diez (10) días, remita las piezas procesales del expediente penal número 2003-121, adelantado contra el señor Carlos Duarte
Gutiérrez.
SEGUNDO: Una vez recaudada la información antes descrita, por Secretaría, sin necesidad de un nuevo proveído que así lo disponga, DAR traslado de la documentación allegada a los sujetos procesales por el término común de cinco (5) días.
TERCERO: Surtido lo anterior, REMITIR el expediente al Despacho de la Magistrada Ponente para lo de su competencia.