CE - Sentencia 27001233300020230013602 de 2025
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Detalles
- Título
- CE - Sentencia 27001233300020230013602 de 2025
- Autor
- Consejo de Estado
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Administrativo
- Año
- 2025
Demandante: Camilo Ernesto Rodríguez García Demandados: Diputados de la Asamblea departamental del Chocó, periodo 2024-2027 Radicación: 27001-23-33-000-2023-00136-02
Calle 12 Núm. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1
CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Magistrado ponente: PEDRO PABLO VANEGAS GIL Bogotá D.C., seis (6) de febrero de dos mil veinticinco (2025) Referencia: NULIDAD ELECTORAL Radicación: 27001-23-33-000-2023-00136-02 Demandante: Camilo Ernesto Rodríguez García Demandados: Diputados de la Asamblea Departamental del Chocó, periodo 2024-2027 Tema: Diferencias injustificadas entre formularios E-14 y E-24 SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA La sala procede a decidir el recurso de apelación interpuesto por Camilo Ernesto Rodríguez García contra el fallo de 22 de noviembre de 2024 del Tribunal Administrativo del Chocó, Sala Primera de Decisión, que negó la nulidad de la elección de los Diputados de la Asamblea departamental, periodo 2024-2027. I. ANTECEDENTES 1. La demanda 1. Camilo Ernesto Rodríguez García, actuando en nombre propio, solicitó que se anulara la elección de los diputados de la Asamblea Departamental del Chocó, contenida en el formulario E-26 ASA del 8 de noviembre de 2023, por considerar que se configuró la causal de nulidad contenida en el numeral 3° del artículo 275 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo1. 2. Fundamentos fácticos 2. Manifestó que entre los partidos políticos MIRA y de la Unión por la Gente - Partido de la U, se suscribió acuerdo de coalición para la conformación de listas a la Asamblea departamental del Chocó, para las elecciones de autoridades locales que se realizaron el 29 de octubre de 2023, período constitucional 2024 – 2027. 1 Artículo 275. Causales de
suscribió acuerdo de coalición para la conformación de listas a la Asamblea departamental del Chocó, para las elecciones de autoridades locales que se realizaron el 29 de octubre de 2023, período constitucional 2024 – 2027. 1 Artículo 275. Causales de anulación electoral. Los actos de elección o de nombramiento son nulos en los eventos previstos en el artículo 137 de este Código y, además, cuando: 3. Los documentos electorales contengan datos contrarios a la verdad o hayan sido alterados con el propósito de modificar los resultados electorales.Demandante: Camilo Ernesto Rodríguez García Demandados: Diputados de la Asamblea departamental del Chocó, periodo 2024-2027 Radicación: 27001-23-33-000-2023-00136-02
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3. Indicó que el proceso de las elecciones y escrutinios se vio afectado por alteraciones del orden público e irregularidades viciando de nulidad el acto demandado y alterando el resultado de los escrutinios. 4. Afirmó que Elkin Salas Álvarez, apoderado de los candidatos del partido político MIRA, presentó dos solicitudes de saneamiento de nulidad ante la Comisión Escrutadora General aduciendo diferencias injustificadas entre los formularios E-14 y E-24. 5. Además, destacó que algunos candidatos de otros partidos vieron aumentada su votación en el formulario E-24 en comparación con la registrada en los E-14 de claveros. Por otro lado, a aspirantes de la lista de la coalición conformada entre el MIRA y el Partido de la U, en el E-24 se les consignó una votación inferior a la registrada en los E-14 de claveros. 3. Normas violadas y concepto de la violación 6. El accionante fundó su demanda en el numeral 3° del artículo 275 de la Ley 1437 de 2011 y en el desconocimiento de los artículos 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos, 40 y 265 de la Constitución Política, 1, 2, 12, 163, 175, 192 del Código Electoral. 7. Señaló que, de forma injustificada, algunos candidatos y partidos vieron aumentada su votación en el formulario E-24 en comparación con la que aparecía en los E-14 de claveros. Por otro lado, a aspirantes de la lista de la coalición conformada entre el MIRA y el Partido de la U, en el formulario E-24 se les consignó una votación inferior a la registrada en los E-14 de claveros. 8. Frente a las referidas solicitudes de saneamiento de nulidad, afirmó que no comparte la decisión de la Comisión Escrutadora General de rechazarlas argumentando preclusividad, al considerar
se les consignó una votación inferior a la registrada en los E-14 de claveros. 8. Frente a las referidas solicitudes de saneamiento de nulidad, afirmó que no comparte la decisión de la Comisión Escrutadora General de rechazarlas argumentando preclusividad, al considerar que la referida comisión confundió las figuras jurídicas de saneamiento de nulidades con la de causales de reclamación y sus efectos.2 9. Expuso que las irregularidades detectadas en la votación y en los escrutinios afectan directamente los resultados electorales y la composición de los elegidos. Al corregirse la votación, se modificaría la posición de la coalición partido MIRA y el Partido de la U, pues le corresponderían 2 curules en lugar de 1. 10. Por tanto, solicitó excluir de la votación la consignada en favor de los partidos y candidatos aquí demandados, y reconocerla a favor de la coalición política conformada por los partidos MIRA y de la U. 2 Autos de trámite números 003 y 009 del 5 y 8 de noviembre de 2023, respectivamente, expedidos por la Comisión Escrutadora departamental del Chocó. Se encuentran en el anexo 003 del cuaderno electrónico.Demandante: Camilo Ernesto Rodríguez García Demandados: Diputados de la Asamblea departamental del Chocó, periodo 2024-2027 Radicación: 27001-23-33-000-2023-00136-02
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11. Afirmó que la irregularidad de diferencias injustificadas entre los formularios E-14 claveros y E-24 se presentó en las siguientes mesas de votación3: No. Mpio Zona Puesto Mesa Código Partido Nombre partido o coalición Cod. Candidato Nombre candidato E-14 E-24 Diferencia E-14 vs E-24 14 Quibdó 01 01 02 26 La fuerza de la paz 53 Ernest Man Valoyes Mena 18 19 1 2 Quibdó 01 01 02 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 15 1 -14 3 Quibdó 01 01 15 26 La fuerza de la paz 53 Ernest Man Valoyes Mena 17 20 3 4 Quibdó 01 01 17 26 La fuerza de la paz 52 Moisés Mena García 2 3 1 5 Quibdó 01 02 21 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 13 1 -12 6 Quibdó 01 02 24 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 15 1 -14 7 Quibdó 01 02 24 6249 De la U y MIRA 53 Marta Cecilia Ibarguen 2 1 -1 8 Quibdó 01 02 31 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 16 1 -15 9 Quibdó 01 02 32 26 La fuerza de la paz 53 Ernest Man Valoyes Mena 4 6 2
8 Quibdó 01 02 31 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 16 1 -15 9 Quibdó 01 02 32 26 La fuerza de la paz 53 Ernest Man Valoyes Mena 4 6 2 10 Quibdó 01 02 32 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 5 1 -4 11 Quibdó 01 02 32 6249 De la U y MIRA 52 Luz Marina Ríos Gil 6 5 -1 12 Quibdó 01 03 04 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 16 1 -15 13 Quibdó 01 03 04 6249 De la U y MIRA 51 Yadira Ramírez Mosquera 9 8 -1 14 Quibdó 01 03 04 6249 De la U y MIRA 53 Martha Cecilia Ibarguen 3 1 -2 15 Quibdó 01 04 01 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 15 2 -13 16 Quibdó 02 01 06 26 La fuerza de la paz 51 Armando Valencia Blandón 4 5 1 17 Quibdó 02 01 06 6249 De la U y MIRA 52 Luz Marina Ríos Gil 6 5 -1 18 Quibdó 02 01 13 6249 De la U y MIRA 52 Luz Marina Ríos Gil 8 7 -1 19 Quibdó 02 01 29 6249 De la U y MIRA 52 Luz Marina Ríos Gil 3 2 -1
3 De conformidad con el cuadro insertado en el anexo 003 del cuaderno electrónico. 4 Con los números incluidos en esta columna se identificarán los registros a los que se hará referencia en esta decisión.Demandante: Camilo Ernesto Rodríguez García Demandados: Diputados de la Asamblea departamental del Chocó, periodo 2024-2027 Radicación: 27001-23-33-000-2023-00136-02 Calle 12 Núm. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 4 No. Mpio Zona Puesto Mesa Código Partido Nombre partido o coalición Cod. Candidato Nombre candidato E-14 E-24 Diferencia E-14 vs E-24 20 Quibdó 02 02 14 6249 De la U y MIRA 51 Yadira Ramírez Mosquera 4 3 -1 21 Quibdó 02 02 20 26 La fuerza de la paz 54 Ángel Pio Serna Murillo 1 2 1 22 Quibdó 02 03 05 6249 De la U y MIRA 51 Yadira Ramírez Mosquera 10 9 -1 23 Quibdó 02 03 10 26 La fuerza de la paz 57 Jesús Alirio Bejarano Pinilla 1 4 3 24 Quibdó 02 03 10 26 La fuerza de la paz 59 Israel Serna Marmolejo 2 3 1
25 Quibdó 03 02 08 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 20 1 -19 26 Quibdó 03 02 16 6249 De la U y MIRA 51 Yadira Ramírez Mosquera 10 9 -1 27 Quibdó 03 02 16 6249 De la U y MIRA 52 Luz Marina Ríos Gil 12 9 -3 28 Quibdó 03 02 16 6249 De la U y MIRA 55 Fidel Chaverra Correa 4 3 -1 29 Quibdó 03 02 23 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 15 1 -14 30 Quibdó 03 03 16 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 8 1 -7 31 Quibdó 99 29 01 26 La fuerza de la paz 54 Ángel Pio Serna Murillo 62 63 1 32 Quibdó 99 75 01 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 6 1 -5 33 Atrato (yuto) 99 10 01 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 5 4 -1 34 Atrato (yuto) 99 10 01 6249 De la U y MIRA 52 Luz Marina Ríos Gil 8 7 -1 35 Atrato (yuto) 99 10 01 6249 De la U y MIRA 59 Yarvin Stiven Palacios Palacios 2 1 -1 36 Atrato (yuto) 99 50 02 26 La fuerza de la paz 54 Ángel Pio Serna Murillo 2 3 1 37 Atrato (yuto) 99 50 02 26 La fuerza de la paz 56 Liza Fernanda Palacios Murillo 2 3 1
54 Ángel Pio Serna Murillo 2 3 1 37 Atrato (yuto) 99 50 02 26 La fuerza de la paz 56 Liza Fernanda Palacios Murillo 2 3 1 38 Atrato (yuto) 99 50 02 26 La fuerza de la paz 57 Jesús Alirio Bejarano Pinilla 6 7 1 39 Atrato (yuto) 99 50 03 26 La fuerza de la paz 000 La Fuerza de la paz 2 3 1Demandante: Camilo Ernesto Rodríguez García Demandados: Diputados de la Asamblea departamental del Chocó, periodo 2024-2027 Radicación: 27001-23-33-000-2023-00136-02 Calle 12 Núm. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 5 No. Mpio Zona Puesto Mesa Código Partido Nombre partido o coalición Cod. Candidato Nombre candidato E-14 E-24 Diferencia E-14 vs E-24 40 Atrato (yuto) 99 50 03 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 18 1 -17 41 Acandí 00 00 02 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 12 7 -5 42 Acandí 00 00 15 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 4 3 -1 43 Acandí 00 00 15 6249 De la U y MIRA 51 Yadira Ramírez Mosquera 8 6 -2
44 Acandí 99 07 01 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 24 6 -18 45 Alto Baudó (Pie de Pato) 99 18 01 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 1 0 -1 46 Bagadó 00 00 06 26 La fuerza de la paz 55 Cesar Ospina Serna 1 2 1 47 Bagadó 00 00 06 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 16 2 -14 48 Bagadó 00 00 07 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 8 2 -6 49 Bagadó 99 13 01 26 La fuerza de la paz 52 Moisés Mena García 2 3 1 50 Bajo Baudó (Pizarro) 99 90 03 26 La fuerza de la paz 51 Armando Valencia Blandón 53 88 35 51 Bojayá (Bellavista) 99 01 03 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 30 2 -28 52 Bojayá (Bellavista) 99 17 01 6249 De la U y MIRA 60 Yanier Andrés Borja Leudo 12 11 -1 53 Bojayá (Bellavista) 99 23 01 26 La fuerza de la paz 51 Armando Valencia Blandón 1 2 1 54 Bojayá (Bellavista) 99 25 01 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 4 3 -1 55 Bojayá (Bellavista) 99 25 01 6249 De la U y MIRA 51 Yadira Ramírez Mosquera 10 4 -6 56 Medio Atrato (Bete) 99 30 02 26 La fuerza de la paz
55 Bojayá (Bellavista) 99 25 01 6249 De la U y MIRA 51 Yadira Ramírez Mosquera 10 4 -6 56 Medio Atrato (Bete) 99 30 02 26 La fuerza de la paz 51 Armando Valencia Blandón 5 6 1 57 Medio Atrato (Bete) 99 30 02 6249 De la U y MIRA 55 Fidel Chaverra Correa 4 1 -3 58 Medio Atrato (Bete) 99 30 02 6249 De la U y MIRA 56 Edwin Delgado Córdoba 2 1 -1 59 Medio Atrato (Bete) 99 30 02 6249 De la U y MIRA 57 Hamir Smith Mena Hinestroza 8 7 -1 60 Medio Atrato (Bete) 99 55 02 26 La fuerza 53 Ernest Man Valoyes Mena 1 9 8Demandante: Camilo Ernesto Rodríguez García Demandados: Diputados de la Asamblea departamental del Chocó, periodo 2024-2027 Radicación: 27001-23-33-000-2023-00136-02 Calle 12 Núm. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 6 No. Mpio Zona Puesto Mesa Código Partido Nombre partido o coalición Cod. Candidato Nombre candidato E-14 E-24 Diferencia E-14 vs E-24 de la paz 61 Condoto 00 00 10 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 26 3 -23 62 Condoto 00 00 10 6249 De la U y MIRA 53 Martha Cecilia Ibarguen Ramírez 5 4 -1
5 4 -1 63 Condoto 99 01 01 6249 De la U y MIRA 52 Luz Marina Ríos Gil 5 4 -1 64 Certegui 00 00 10 6249 De la U y MIRA 51 Yadira Ramírez Mosquera 60 57 -3 65 Certegui 00 00 11 26 La fuerza de la paz 51 Armando Valencia Blandón 1 2 1 66 Certegui 00 00 11 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 45 3 -42 67 Certegui 00 00 12 6249 De la U y MIRA 51 Yadira Ramírez Mosquera 88 77 -11 68 Certegui 99 60 01 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 3 2 -1 69 El Cantón de San Pablo (Man.) 00 00 08 6249 De la U y MIRA 53 Martha Cecilia Ibarguen Ramírez 4 3 -1 70 El Cantón de San Pablo (Man.) 99 15 01 6249 De la U y MIRA 57 Hamir Smit Mena Hinestroza 26 24 -2 71 El Cantón de San Pablo (Man.) 99 15 02 6249 De la U y MIRA 53 Martha Cecilia Ibarguen Ramírez 7 5 -2 72 El Cantón de San Pablo (Man.) 99 20 03 6249 De la U y MIRA 53 Martha Cecilia Ibarguen Ramírez 8 5 -3
7 5 -2 72 El Cantón de San Pablo (Man.) 99 20 03 6249 De la U y MIRA 53 Martha Cecilia Ibarguen Ramírez 8 5 -3 73 Istmina 00 00 05 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 18 1 -17 74 Istmina 00 00 13 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 26 2 -24 75 Istmina 00 00 47 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 27 12 -15 76 Istmina 00 00 50 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 10 1 -9 77 Lloró 00 00 13 26 La fuerza de la paz 51 Armando Valencia Blandón 8 9 1 78 Lloró 00 00 13 6249 De la U y MIRA 53 Martha Cecilia Ibarguen Ramírez 45 43 -2 79 Lloró 99 04 01 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 14 1 -13 80 Medio San Juan 99 07 01 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 4 1 -3 81 Novita 00 00 03 26 La fuerza 51 Armando Valencia Blandón 3 5 2Demandante: Camilo Ernesto Rodríguez García Demandados: Diputados de la Asamblea departamental del Chocó, periodo 2024-2027 Radicación: 27001-23-33-000-2023-00136-02 Calle 12 Núm. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 7 No. Mpio Zona Puesto Mesa Código Partido Nombre partido o coalición
Calle 12 Núm. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 7 No. Mpio Zona Puesto Mesa Código Partido Nombre partido o coalición Cod. Candidato Nombre candidato E-14 E-24 Diferencia E-14 vs E-24 de la paz 82 Novita 00 00 03 6249 De la U y MIRA 51 Yadira Ramírez Mosquera 6 4 -2 83 Nuquí 00 00 02 26 La fuerza de la paz 54 Ángel Pio Serna Murillo 2 3 1 84 Nuquí 00 00 06 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 20 4 -16 85 Nuquí 00 00 11 26 La fuerza de la paz 57 Jesús Alirio Bejarano Pinilla 1 2 1 86 Nuquí 99 17 01 26 La fuerza de la paz 57 Jesús Alirio Bejarano Pinilla 1 2 1 87 Nuquí 99 17 04 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 5 2 -3 88 Río Iro 00 00 05 6249 De la U y MIRA 54 Milton Isarama Chamorro 38 36 -2 89 Río Iro 00 00 05 6249 De la U y MIRA 55 Fidel Chaverra Correa 2 1 -1
90 Río Iro 00 00 08 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 8 0 -8 91 Riosucio 00 00 12 6249 De la U y MIRA 58 Faussi Elías Yurgaky Perea 1 0 -1 92 Riosucio 99 10 01 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 1 0 -1 93 Río Quito (PAIMADO) 00 00 04 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 9 1 -8 94 Río Quito (PAIMADO) 99 07 01 6249 De la U y MIRA 59 Yarvin Stiven Palacios Plalacios 12 7 -5 95 Río Quito (PAIMADO) 99 53 05 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 19 2 -17 96 San José del Palmar 99 19 01 26 La fuerza de la paz 51 Armando Valencia Blandón 2 3 1 97 El Litoral del San Juan 99 45 01 26 La fuerza de la paz 61 Erika Valencia Rentería 66 149 83 98 El Litoral del San Juan 99 45 01 6249 De la U y MIRA 51 Yadira Ramírez Mosquera 2 1 -1 99 El Litoral del San Juan 99 84 01 26 La fuerza de la paz 61 Erika Valencia Rentería 1 61 60
99 El Litoral del San Juan 99 84 01 26 La fuerza de la paz 61 Erika Valencia Rentería 1 61 60 100 Tadó 00 00 26 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 22 3 -19 101 Tadó 99 03 01 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 13 2 -11Demandante: Camilo Ernesto Rodríguez García Demandados: Diputados de la Asamblea departamental del Chocó, periodo 2024-2027 Radicación: 27001-23-33-000-2023-00136-02 Calle 12 Núm. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 8 No. Mpio Zona Puesto Mesa Código Partido Nombre partido o coalición Cod. Candidato Nombre candidato E-14 E-24 Diferencia E-14 vs E-24 102 Unguía 99 29 02 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 6 2 -4 103 Unión Panamericana (Las ánimas) 99 60 01 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 10 1 -9
4. Trámite en primera instancia 12. Con auto de 18 de enero de 2024, el tribunal admitió la demanda y ordenó notificar personalmente a la parte actora, a los diputados de la asamblea departamental, al presidente del Consejo Nacional Electoral, al registrador nacional del estado civil, al director general de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y al agente del Ministerio Público. 13. En providencia del 21 de mayo del mismo año declaró terminado el proceso por abandono al advertir que las publicaciones del aviso de notificación a los demandados no se aportaron ni se probó que se hubieran hecho en oportunidad. 14. La anterior decisión fue apelada y revocada con providencia de 11 de julio de 2024.5 5. Contestaciones 5.1. Registraduría Nacional del Estado Civil 15. Propuso la excepción de falta de legitimación en la causa por pasiva, considerando que la entidad no avala candidaturas ni verifica la existencia de causales de inhabilidad o impedimento en los comicios. Tampoco decide sobre la nulidad de los aspirantes ni expidió el acto demandado. Afirmó que su función se limita a organizar el proceso electoral.6 6. Auto que ordena trámite de sentencia anticipada 16. Mediante auto de 11 de septiembre de 20247, se dispuso el trámite de sentencia anticipada, incorporó las pruebas allegadas con la demanda. Ordenó traslado a las partes para alegar y al Ministerio Público para que rindiera concepto. Fijó el litigio en los siguientes términos: La atención de la Sala de (sic) circunscribe en determinar si procede o no la nulidad 5 La Sala, señaló que «… no hay lugar a declarar la terminación del proceso, por abandono porque el Tribunal Administrativo del Chocó i) dispuso una notificación que no aplica al presente caso y por lo mismo exigió la publicación de un aviso que nunca
procede o no la nulidad 5 La Sala, señaló que «… no hay lugar a declarar la terminación del proceso, por abandono porque el Tribunal Administrativo del Chocó i) dispuso una notificación que no aplica al presente caso y por lo mismo exigió la publicación de un aviso que nunca ordenó en el auto admisorio de la demanda y, ii) no elaboró el aviso que debía ser publicado para notificar a los demandados.» 6 El tribunal decidió declararla no probada. 7 Contra la cual no se interpusieron recursos. Índice SAMAI 57 de primera instancia.Demandante: Camilo Ernesto Rodríguez García Demandados: Diputados de la Asamblea departamental del Chocó, periodo 2024-2027 Radicación: 27001-23-33-000-2023-00136-02
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del Formulario E-26ASA, expedido por la Comisión Escrutadora General del departamento del Chocó, el día 08 de noviembre de 2023, mediante el cual se declara la elección de los diputados de la Asamblea Departamental del Chocó, para el periodo constitucional 2024 – 2028, así como los autos de trámite No 003 del 05 de noviembre de 2023 y No 009 del 08 de noviembre de 2023 expedidos por la Comisión Escrutadora General del departamento del Chocó, mediante los cuales se resuelve una solicitud de saneamiento de nulidad, y si como consecuencia de ello, deba realizarse un nuevo escrutinio cancelando las credenciales afectadas; o si por el contrario, se encuentra probada una o varias excepciones que tornen imprósperas las pretensiones de la demanda. 7. Alegatos de conclusión en primera instancia 7.1. Demandante 17. Ratificó los argumentos expuestos en la demanda y precisó que se encuentran probados los requisitos exigidos por la jurisprudencia de esta Sección8 para la configuración de la causal de nulidad del acto demandado por falsedad en sus registros e incidir en los resultados electorales, toda vez que las diferencias que considera se presentaron, no están justificadas en recuentos de la votación que hayan sido realizados por las comisiones escrutadoras o en otra clase de anotaciones. 18. Indicó que algunos formularios E-14 claveros contienen tachaduras y enmendaduras y que, conforme lo dispuesto en el artículo 163 del Código Electoral, en estos eventos, debe realizarse recuento de la votación, actuación que no se realizó. 19. De igual manera, afirmó que dichos formularios contienen anotaciones fuera de las casillas destinadas para registrar la votación, cifras que la comisión escrutadora consideró válidas, ignorando el citado precepto. 7.2. Registraduría Nacional del Estado Civil 20. Insistió en que se declare sobre
afirmó que dichos formularios contienen anotaciones fuera de las casillas destinadas para registrar la votación, cifras que la comisión escrutadora consideró válidas, ignorando el citado precepto. 7.2. Registraduría Nacional del Estado Civil 20. Insistió en que se declare sobre esa entidad la falta de legitimación en la causa por pasiva. 21. El delegado del Ministerio Público no rindió concepto. 8. Fallo de primera instancia 22. Mediante sentencia de 22 de noviembre de 2024, el Tribunal Administrativo del Chocó negó la nulidad del acto de elección de los diputados a la Asamblea departamental, periodo 2024-2027. 8 Consejo de Estado, Sección Quinta, sentencia de 8 de febrero de 2018, MP, Lucy Jeannette Bermúdez, radicación 11001-0328-00-2014-00117-00; sentencia de 11 de marzo de 2021, radicado 11001-03-28-000-20218-00081-00Demandante: Camilo Ernesto Rodríguez García Demandados: Diputados de la Asamblea departamental del Chocó, periodo 2024-2027 Radicación: 27001-23-33-000-2023-00136-02
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23. Primeramente, analizó la votación relacionada con los partidos políticos de la U y MIRA, para lo cual relacionó los siguientes registros: No. Mpio Zona Puesto Mesa Código Partido Nombre partido o coalición Cod. Candidato Nombre candidato E-14 E-24 Diferencia E-14 vs E-24
Observaciones Procede Suma Resta 2 Quibdó 01 01 02 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 15 1 14 Recuento 5 Quibdó 01 02 21 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 13 1 -12 injustificada 6 Quibdó 01 02 24 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 15 1 -14 Recuento 7 Quibdó 01 02 24 6249 De la U y MIRA 53 Marta Cecilia Ibarguen 2 1 -1 Recuento 8 Quibdó 01 02 31 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 16 1 -15 Recuento 10 Quibdó 01 02 32 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 5 1 -4 Recuento 11 Quibdó 01 02 32 6249 De la U y MIRA 52 Luz Marina Ríos Gil 6 5 -1 Recuento 12 Quibdó 01 03 04 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 16 3 -13 Injustificada 13 13 Quibdó 01 03 04 6249 De la U y MIRA 51 Yadira Ramírez Mosquera
12 Quibdó 01 03 04 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 16 3 -13 Injustificada 13 13 Quibdó 01 03 04 6249 De la U y MIRA 51 Yadira Ramírez Mosquera 8 3 -5 Injustificada 5 14 Quibdó 01 03 04 6249 De la U y MIRA 53 Martha Cecilia Ibarguen 3 1 -2 Injustificada 2 15 Quibdó 01 04 01 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 15 2 -13 Injustificada 13 17 Quibdó 02 01 06 6249 De la U y MIRA 52 Luz Marina Ríos Gil 6 5 -1 Injustificada 1 18 Quibdó 02 01 13 6249 De la U y MIRA 52 Luz Marina Ríos Gil 8 7 -1 Injustificada 1 19 Quibdó 02 01 29 6249 De la U y MIRA 52 Luz Marina Ríos Gil 3 2 -1 Injustificada 1 20 Quibdó 02 02 14 6249 De la U y MIRA 51 Yadira Ramírez Mosquera 4 3 -1 Injustificada 1 22 Quibdó 02 03 05 6249 De la U y MIRA 51 Yadira Ramírez Mosquera 10 9 -1 Injustificada 1 25 Quibdó 03 02 08 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 20 1 -19 Existió reconteo de los votos de asamblea, en razón a que la sumatoria de los votos realiza
10 9 -1 Injustificada 1 25 Quibdó 03 02 08 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 20 1 -19 Existió reconteo de los votos de asamblea, en razón a que la sumatoria de los votos realiza 19Demandante: Camilo Ernesto Rodríguez García Demandados: Diputados de la Asamblea departamental del Chocó, periodo 2024-2027 Radicación: 27001-23-33-000-2023-00136-02 Calle 12 Núm. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 11 No. Mpio Zona Puesto Mesa Código Partido Nombre partido o coalición Cod. Candidato Nombre candidato E-14 E-24 Diferencia E-14 vs E-24 Observaciones Procede Suma Resta da por los jurados no coincidía con los totales en agrupación política (no se especifica a qué partido político). 26 Quibdó 03 02 16 6249 De la U y MIRA 51 Yadira Ramírez Mosquera 10 9 -1 Injustificada 1 27 Quibdó 03 02 16 6249 De la U y MIRA 52 Luz Marina Ríos Gil 12 9 -3 Injustificada 3
28 Quibdó 03 02 16 6249 De la U y MIRA 55 Fidel Chaverra Correa 4 3 -1 Injustificada 1 29 Quibdó 03 02 23 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 15 1 -14 Recuento 30 Quibdó 03 03 16 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 8 1 -7 Injustificada 7 32 Quibdó 99 75 01 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 6 1 -5 Injustificada 5 33 Atrato (yuto) 99 10 01 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 0 0 0 Sin diferencia 34 Atrato (yuto) 99 10 01 6249 De la U y MIRA 52 Luz Marina Ríos Gil 2 2 0 Sin diferencia 35 Atrato (yuto) 99 10 01 6249 De la U y MIRA 59 Yarvin Stiven Palacios Palacios 1 1 0 Sin diferencia 40 Atrato (yuto) 99 50 03 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 18 1 -17 Diferencia injustificada Se efectúa reconteo de votos por cuanto se evidenció enmendadura en el total de votos 17Demandante: Camilo Ernesto Rodríguez García Demandados: Diputados de la Asamblea departamental del Chocó, periodo 2024-2027 Radicación: 27001-23-33-000-2023-00136-02 Calle 12 Núm. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 12 No. Mpio Zona Puesto Mesa Código Partido Nombre partido o coalición
Calle 12 Núm. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 12 No. Mpio Zona Puesto Mesa Código Partido Nombre partido o coalición Cod. Candidato Nombre candidato E-14 E-24 Diferencia E-14 vs E-24 Observaciones Procede Suma Resta del partido de la U 41 Acandí 00 00 02 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 12 7 -5 Recuento 42 Acandí 00 00 15 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 4 3 -1 Recuento 43 Acandí 00 00 15 6249 De la U y MIRA 51 Yadira Ramírez Mosquera 8 6 -2 Recuento 44 Acandí 99 07 01 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 24 6 -18 Recuento 45 Alto Baudó (Pie de Pato) 99 18 01 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 1 0 0 Se deja constancia de la modificación de la votación de la mesa; antes 1, nueva votación 0
47 Bagadó 00 00 06 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 16 2 -14 Injustificada 14 48 Bagadó 00 00 07 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 8 2 -6 La Comisión Escrutadora elimina votos de los blancos, nulos y por lista para no afectar a candidatos y nivelar mesa
51 Bojayá (Bellavista) 99 01 03 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 30 2 -28 Recuento 52 Bojayá (Bellavista) 99 17 01 6249 De la U y MIRA 60 Yanier Andrés Borja Leudo 12 11 -1 Recuento 54 Bojayá (Bellavista) 99 25 01 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 4 3 -1 Injustificada 1 55 Bojayá (Bellavista) 99 25 01 6249 De la U y MIRA 51 Yadira Ramírez Mosquera 10 4 -6 Injustificada 6 57 Medio Atrato (Bete) 99 30 02 6249 De la U y MIRA 55 Fidel Chaverra Correa 4 1 -3 RecuentoDemandante: Camilo Ernesto Rodríguez García Demandados: Diputados de la Asamblea departamental del Chocó, periodo 2024-2027 Radicación: 27001-23-33-000-2023-00136-02 Calle 12 Núm. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 13 No. Mpio Zona Puesto Mesa Código Partido Nombre partido o coalición Cod. Candidato Nombre candidato E-14 E-24 Diferencia E-14 vs E-24 Observaciones Procede Suma Resta 58 Medio Atrato (Bete) 99 30 02 6249 De la U y MIRA 56 Edwin Delgado Córdoba 2 1 -1 Recuento 59 Medio Atrato (Bete) 99 30 02 6249 De la U y MIRA 57 Hamir Smith Mena Hinestroza 8 7 -1 Recuento
59 Medio Atrato (Bete) 99 30 02 6249 De la U y MIRA 57 Hamir Smith Mena Hinestroza 8 7 -1 Recuento 61 Condoto 00 00 10 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 26 3 -23 Recuento 62 Condoto 00 00 10 6249 De la U y MIRA 53 Martha Cecilia Ibarguen Ramírez 5 4 -1 Recuento 63 Condoto 99 01 01 6249 De la U y MIRA 52 Luz Marina Ríos Gil 5 4 -1 Injustificada 1 64 Certegui 00 00 10 6249 De la U y MIRA 51 Yadira Ramírez Mosquera 60 57 -3 Recuento 66 Certegui 00 00 11 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 45 3 -42 Recuento 67 Certegui 00 00 12 6249 De la U y MIRA 51 Yadira Ramírez Mosquera 88 77 -11 Recuento 68 Certegui 99 60 01 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 3 2 -1 Injustificada 1 69 El Cantón de San Pablo (Man.) 00 00 08 6249 De la U y MIRA 53 Martha Cecilia Ibarguen Ramírez 4 3 -1 Recuento 70 El Cantón de San Pablo (Man.) 99 15 01 6249 De la U y MIRA 57 Hamir Smith Mena Hinestroza 26 24 -2 Recuento 71 El Cantón de San Pablo (Man.) 99 15 02 6249 De la U y MIRA 53 Martha Cecilia Ibarguen Ramírez 7 5 -2 Recuento 72 El Cantón de San Pablo (Man.)
26 24 -2 Recuento 71 El Cantón de San Pablo (Man.) 99 15 02 6249 De la U y MIRA 53 Martha Cecilia Ibarguen Ramírez 7 5 -2 Recuento 72 El Cantón de San Pablo (Man.) 99 20 03 6249 De la U y MIRA 53 Martha Cecilia Ibarguen Ramírez 8 5 0 Recuento 73 Istmina 00 00 05 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 18 1 -17 Recuento 74 Istmina 00 00 13 6249 De la U y MIRA 000 De la U y MIRA 26 2 -24 Injustificada 24 75 Istmina 00 00
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