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CE-SP-200-1924-05-05

Consejo de Estado

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Detalles

Título
CE-SP-200-1924-05-05
Autor
Consejo de Estado
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Administrativo
Año
1924

CONSEJO DE ESTADO

SALA PLENA Consejero ponente: RAMON CORREA Bogotá, cinco (05) de mayo de mil novecientos (1924)

Radicación número: Actor: Demandado: Referencia: Informe de la Comisión que estudio la solicitud del Gobierno sobre apertura de créditos extraordinarios para pago de intereses de cédulas de

Tesorería. Señor Presidente y demás miembros del Consejo de Estado: El señor Ministro de Relaciones Exteriores ha dirigida a esta corporación su nota número 540 de 2 de abril corriente. En ella solicita que este Cuerpo dé su dictamen en relación con el crédito abierto para atender el pago de los intereses de las cédulas de Tesorería del 2 por 100. Habla el señor Ministro en conformidad con lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 34 del año pasado, y apareja su consulta con las dos notas marcadas 179, de la Presidencia de República, y 633 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. En la primera el señor Secretario de la Presidencia se dirige al señor Ministro de Relaciones Exteriores para remitirle y someter a su estudio el oficio número 633, Sección 4º, fechado el 26 de marzo, en que se solicita el dictamen para la apertura del crédito extraordinario, según la Ley de Apropiaciones de este año. Esa nota termina así: Servicio de 1924 , Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Capítulo 34, Deuda Interior Consolidada y Flotante. Artículo 340, parágrafo 3º Para reconocer y pagar los intereses de las cédulas de

Tesorería del 2 por 100 de conformidad con lo dispuesto por el Poder Ejecutivo en el Decreto número 1552 de 10 de noviembre de 1923, publicado en el Diario Oficial números 19328 y 19329. .$ 43 565 60. El oficio número 633 está concebido en los siguientes términos: Señores miembros del honorable Consejo de Ministros, En su Despacho. Con fecha 28 febrero último dirigió a este Despacha el señor Tesorero General de la República un oficio marcado con el número 108, en el cual dice lo siguiente: "Tengo el honor de poner en conocimiento de Su Señoría que esta Oficina, en virtud de la autorización conferida por medio del Decreto número 1552 de 10 de noviembre {Diario Oficial 19328-29) está reconociendo y pagando los intereses de las cédulas de Tesorería del 2 por 100, hasta el mes de octubre próximo pasado, inclusive, y que los pagos correspondientes no pueden legalizarse por falta de partida en el Presupuesto de la actual vigencia fiscal. "Como es indudable que el Gobierno debe aprobar tal partida, doy a Su Señoría a continuación un informe sobre el monto probable a que ascienden los intereses no pagados: "Se entregaron al Banco de la República, para hacer la conversión de las cédulas del 2 por 100………………………………………………….$ 3206 881 ; "Hasta el 26 del presente ha amortizado él Banco 1,331 011 "Saldo en circulación…………………………………………………..$ 1,875 870 "Sobre esta suma deben reconocerse intereses, así: “Sobre $ 468,967, cuarta parte de este saldo, intereses al 2 por 100

en la cuarta anualidad. ……………………………………………………$ 9,379 34 “Sobre $ 1.875,870, al 2 por 100, en siete meses 21,885 15 "Valor de los intereses pagados por esta Oficina en enero y febrero 7,301 11 "Valor aproximado de los intereses que han sido reconocidos por esta Tesorería, y que no han sido pagados 5,000 "Total aproximado del crédito que debe votarse………………………$ 43,565 60 "De usted atento servidor, "AUGUSTO MARTINEZ" De lo expuesto en el oficio inserto aparece claramente detallado el gasto de que se trata, así como también debidamente justificado, no solamente por no haberse incluido la correspondiente partida en la Ley de Apropiaciones del presente ano, sino también por la necesidad y urgencia de hacerlo, para que no sufra menoscabo el buen nombre del Gobierno, por la falta del puntual cumplimiento de sus obligaciones en aquella operación de crédito. La solicitud del señor Ministro de Hacienda y Crédito Público se pasó en comisión, como ya se vio, al señor Ministro de Relaciones Exteriores, y toca hoy al Consejo dar su dicta men. Si bien en la apertura del crédito que se solicita considera el señor Ministro que debe aprobarse para que no sufra menoscabo el buen nombre del Gobierno por la falta del puntual cumplimiento de sus obligaciones en aquella operación de crédito, esto es, en el pago de los intereses de las cédulas del 2 por 100, vuestra Comisión debe declarar que no ha hallado de necesidad imprescindible hacer el gasto que hoy se solicita por no haber sido incluido en las apropiaciones existentes.

Se halla detallado el gasto de que se trata en el oficio del señor Tesorero General de la República; pero no aparece debidamente justificado al menos para lo que se relaciona con la urgencia y oportunidad del crédito que se solicita. En efecto, los intereses de las cédulas del 2 por 100 continúan devengándose por los tenedores de ellas, y el tiempo que ha de correr para que al reunirse el Congreso se apruebe la partida que haya de afectar la Ley de Apropiaciones para ese pago, no alcanza una extensión que viniera a traducirse por el no pago ni por el abandono de las obligaciones contraídas por el Gobierno cuando se hicieron circular esas cédulas. Ni se ven tampoco los inconvenientes que resultarían por no hacer el pago dicho, y menos aún los perjuicios de ese procedimiento. En suma, por más que la buena fe del Gobierno se halle empeñada en pagar los intereses de las cédulas del 2 por 100, no se ve plenamente comprobada la necesidad y urgencia que haga imprescindible el gasto por los inconvenientes y perjuicios que resultarían si se omitiese por ahora. De ahí que tenga vuestra Comisión el honor de proponeros: Dígase al honorable Consejo de Ministros que el Consejo de Estado, en Sala Plena, conceptúa que no se han reunido las condiciones que exige la Ley 34 de 1923 para abrir el crédito adicional propuesto por el señor Ministro de Hacienda y Crédito Público, con el fin de pagar los intereses de las cedo las del 2 por 100. Bogotá, mayo 1° de 1924. Señores Consejeros. RAMON CORREA En Sala de Acuerdo de la fecha se consideró el anterior proyecto de dictamen y fue aprobado, por mayoría de votos, en todas sus partes. El Secretario General,

JOSE ANTONIO ARCHILA

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