CGN - Carta Circular 001 de 2015
Contaduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGN - Carta Circular 001 de 2015
- Autor
- Contaduría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2015
CONTADURÍA GEMERAL DE LA NACIÓN
CARTA CIRCULAR No, () ()
(ZO ENE, 20159
PARA: REPRESENTANTES LEGALES, JEFES DE ÁREAS FINANCIERAS, CONTADORES Y JEFES DE CONTROL INTERNO DE LOS SECTORES CENTRAL Y DESCENTRALIZADO DE LOS NIVELES
NACIONAL Y TERRITORIAL DE: CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN ASUNTO: Comentarios al Catálogo General de Cuentas para las entidades sujetas al ámbito de la Resolución CGN No. 414 del 08/09/2014
El 8 de septiembre de 2014, la Contaduría General de la Nación (CGN) expidió la Resolución No. 414, por medio de la cual se incorporó, como parte integrante del Régimen de Contabilidad Pública, el Marco Conceptual y las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos de las empresas sujetas al ámbito del Régimen de Contabilidad Pública, que tengan las siguientes características: no cotizan en el mercado de valores, no captan ni administran ahorra del público y han sido clasificadas como empresas por el Comité Técnico Interinstitucional de la Comisión de Estadísticas de Finanzas Públicas según los criterios establecidos en el Manual de Estadísticas de las Finanzas Públicas. En atención al cronograma señalado en el artículo 32 de la Resolución No. 414 de 2014 y con el fin de facilitar la transición al nuevo marco normativo durante el año 2015 y su aplicación a partir del año 2016, la CGN publicó, el pasado 22 de diciembre, para comentarios de los interesados y del público en general, la propuesta de estructura, descripciones y dinámicas del Catálogo General de Cuentas que le
2016, la CGN publicó, el pasado 22 de diciembre, para comentarios de los interesados y del público en general, la propuesta de estructura, descripciones y dinámicas del Catálogo General de Cuentas que le será aplicable a las empresas públicas que se encuentran bajo el ámbito de la citada Resolución, el cua! se utilizará para el registro contable de los hechos económicos y el reporte de información a la Contaduría General de la Nación en las condiciones y plazos que esta defina. En virtud de lo anterior, este Despacho invita, de manera especiat, a las entidades que aparecen relacionadas en el listado de “Entidades sujetas al nuevo marco normativa” publicado en la página web de la Contaduría General de la Nación www. contaduria.gov.co, en el link denominado “Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público”, para que lleven a cabo el correspondiente estudio y análisis que les permita007 20 ENE, 2015 Continuación Carta Circular del de enero de 2015 2 verificar si los hechos económicos que realizan se encuentran adecuadamente identificados y clasificados en la propuesta de Catálogo General de Cuentas, de acuerdo con el contexto del marco normativo anexo a la Resotución 414 de 2014. Este análisis resulta de gran importancia, toda vez que los comentarios que realicen ayudarán a ajustar, en lo pertinente, la propuesta de catálogo, lo cual facilitará la implementación de la nueva regulación en las empresas sujetas al ámbito de la Resolución No. 414 de 2014. Por lo anteriormente expuesto, la Contaduría General de la Nación recibirá a través del formulario dispuesto en la página web de la Contaduría en el link denominado “Propuesta Catálogo General de
Por lo anteriormente expuesto, la Contaduría General de la Nación recibirá a través del formulario dispuesto en la página web de la Contaduría en el link denominado “Propuesta Catálogo General de Cuentas para empresas bajo el ámbito de aplicación de la Resolución 414 de 2014”, los comentarios y solicitudes de ajuste, hasta el viernes 14 de febrero del presente año. Cordial saludo,
Elaboró: Rocio Pérez cr 4
Revisó: Miryam Marleny Hincapié Castállón; Jorge lván Salazar Cardona $7 2 de 2