CGN - Instructivo No. 002 de 2015
Contaduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGN - Instructivo No. 002 de 2015
- Autor
- Contaduría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2015
CONTADURÍA Cf'NERAI DF I A NACIÓN INSTRUCTIVO No. Ü Ü 2 08 OCT. 2015 1
REPRESENTANTES LEGALES V OTROS NIVELES DIRECTIVOS, JEFES DE ÁREAS FINANCIERAS, JEFES DE CONTROL INTERNO, JEFES DE CONTABIUDAO Y CONTADORES DE LAS ENTIDADES CONTABLES PÚBLICAS DE LOS NIVELES NACIONAL Y TERRITORIAL REFERENCIA: Instrucciones para la transición al Marco normativo para entidades de gobierno.
Respetados señores: Con el fin de orientar las actividades relacionadas con la transición a\ Marco normativo para entidades de gobierno, este Despacho imparte las instrucciones generales que deben seguir las entidades sujetas al ámbito de aplicación de la Resolución 533 del 8 de octubre de 2015, para la determinación de los saldos iniciales bajo el nuevo Marco normativo y para la elaboración y presentación de los primeros estados financieros bajo el nuevo marco de regulación, sin que ello tas exonere de analizar y aplicar aquellos aspectos que no sean abordados en el presente Instructivo y que deban considerarse para llevar a cabo exitosamente el proceso de transición. El presente Instructivo tendrá aplicación una única vez durante el primer periodo de aplicación.
Para facilitar la aplicación de este instructivo, los destinatarios del mismo tendrán como referente, el Marco Conceptual y las Normas para el Reconoclmiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos anexas a la Resolución 533 del 8 de octubre de 2015.
1. PROCEDIMIENTOS A APLICAR PARA LA DETER MINACIÓN DE LOS SALDOS INICIALES BAJO El NUEVO MARCO NO RMATIVO La entidad determinara, a la fecha de transición, los saldos iniciales bajo el nuevo Marco
1. PROCEDIMIENTOS A APLICAR PARA LA DETER MINACIÓN DE LOS SALDOS INICIALES BAJO El NUEVO MARCO NO RMATIVO La entidad determinara, a la fecha de transición, los saldos iniciales bajo el nuevo Marco normativo, los cuales serán et punto de partida para la aplicación de este. Para las entidades de gobierno, la fecha de transición será et 1 de enero de 2017.
Para la determinación de los saldos iniciales bajo el nuevo Marco normativo, la entidad tomará como punto de partida los saldos registrados a 31 de diciembre de 2016 para los activos, pasivos, patrimonio y cuentas de orden, después de realizar \as reclasificaciones que, de acuerdo con el anterior Marco normativo, debían realizar las entidades desde las cuentas Resultado del Ejercido; Patrimonio Público Incorporado; y Provisiones, Agotamiento, Depreciaciones y Amortizaciones hacia la cuenta Capital Fiscal. 1Continuación Instructivo Na. Q O 2de normativo para entidodes de gobierno" 08 OCT. 2015 • "Instrucciones poro la transición al Marco Los ajustes surgidos por correcciones de errores de periodos anteriores a la fecha de transición que generen impacto patrimonial afectarán la cuenta Capital Fiscal. En los siguientes numerales, se describen las principales actividades que realizará la entidad para la determinación de los saldos iniciales bajo e! nuevo Marco normativo aplicable a los entes de gobierno. Estas actividades pueden hacer que la entidad incorpore, dé de baja, reclasifique o mida, de una manera distinta, elementos que, a 31 de diciembre de 2016, no se hayan reconocido como activos, pasivos o patrimonio o que habiendo sido reconocidos se hayan medido de una manera distinta. En el presente Instructivo, no se pretende establecer una lista exhaustiva de
como activos, pasivos o patrimonio o que habiendo sido reconocidos se hayan medido de una manera distinta. En el presente Instructivo, no se pretende establecer una lista exhaustiva de actividades; por ello, cada entidad podrá ajustarlas dependiendo de las particularidades de la organización; no obstante, deberá garantizar que los saldos iniciales bajo el nuevo Marco normativo cumplan con los criterios de reconocimiento, medición, presentación y revelación establecidos en e! Marco normativo y en el presente Instructivo. 1.1. ACTIVOS Según el nuevo Marco normativo, los activos representan recursos controlados por la entidad, producto de sucesos pasados, de los cuales se espera obtener un potencial de servicio o generar beneficios económicos futuros. Para que una entidad pueda reconocer un activo, el flujo de beneficios económicos o el potencial de servicio asociado al activo debe ser probable y la partida debe tener un valor que pueda medirse con fiabilidad. Una entidad controla un recurso si puede decidir el propósito para el cual se destina e\ activo; obtiene sustancialmente e! potencial de servicio o los beneficios económicos que se espera fluyan del activo; puede prohibir, a terceras personas, el acceso a! activo; y asume sustancialmente los riesgos asociados con el actívo. En algunas circunstancias, e! control del activo es concomitante con la titularidad jurídica del recurso; no obstante, esta última no es esencial ni suficiente a efecto de determinar la existencia de control sobre el activo. Así, pese a que la entidad sea legalmente la dueña jurídica del activo, no podrá reconocer el activo si los riesgos y beneficios asociados al mismo han sido transferidos sustancialmente. Por ello, la entidad deberá realizar juicios profesionales para determinar si un
podrá reconocer el activo si los riesgos y beneficios asociados al mismo han sido transferidos sustancialmente. Por ello, la entidad deberá realizar juicios profesionales para determinar si un recurso cumple las condiciones para su reconocimiento como un activo. Las normas que hacen parte del nuevo Marco normativo establecen criterios generales que orientan la aplicación de dicho juicio profesional. Los eventos pasados que dan origen a un activo pueden ser producto de diferentes sucesos; por ejemplo, una entidad puede obtener activos en una transacción de intercambio, como producto de un desarrollo interno o como producto de transacciones sin contraprestación incluidas en el ejercicio de! poder soberano. El control sobre un recurso puede surgir de eventos como: la capacidad de una entidad para establecer un derecho; el ejercicio del poder a través de una ley, que le otorga a una entidad un derecho o el suceso que da lugar al derecho a recibir recursos procedentes de un tercero. Las transacciones o sucesos que se espera ocurran en el futuro no dan lugar, por sí mismos, a activos; así, por ejemplo, la intención de comprar inventarios no cumple, por sí misma, la definición de activo. 2Continuación Instructivo No. Q O 2de normativo poro entidades de gobierno" O 8 OCT. 2015 "Instrucciones para lo transición o/ Marco El potencial de servicio de un activo es la capacidad que tiene dicho recurso para prestar servicios que contribuyen a la consecución de los objetivos de la entidad sin generar necesariamente flujos de efectivo. Los beneficios económicos futuros de un activo son el potencial que tiene el recurso para contribuir, directa o Indirectamente, a generar flujos de efectivo, los cuales pueden proceder de la utilización del activo o de su disposición. Estos beneficios pueden también traducirse en la
Los beneficios económicos futuros de un activo son el potencial que tiene el recurso para contribuir, directa o Indirectamente, a generar flujos de efectivo, los cuales pueden proceder de la utilización del activo o de su disposición. Estos beneficios pueden también traducirse en la capacidad de un recurso para reducir los flujos futuros de salida de efectivo. los beneficios económicos futuros pueden fluir por diferentes vías, por ejemplo, un activo se puede intercambiar por efectivo o por otros activos o servicios, utilizar para liquidar un pasivo, distribuir a !as entidades controladoras, o utilizar aisladamente o en combinación con otros activos para la producción de bienes o la prestación de servicios de los cuales se va a obtener una contraprestación. Cuando un activo se gestiona fundamentalmente para generar, directamente o a través de la unidad a ta que pertenece, flujos de caja y obtener un rendimiento comercial que refleje el riesgo que implica la posesión del mismo, este activo se considera generador de efectivo. Son ejemplos de estos bienes, !as propiedades de inversión y los activos utilizados en la producción y venta de bienes y servicios a valor de mercado. Cuando una entidad gestiona un activo con el fin de prestar un servicio y no con el propósito de obtener flujos de caja ni un rendimiento comerda! que refleje e! riesgo que implica la posesión del mismo, el activo se considera no generador de efectivo. Los bienes y servicios generados por estos activos pueden ser para consumo individua! o colectivo y se suministran en mercados no competitivos. El uso y disposición de tales activos se puede restringir dado que muchos de ellos son especializados y, en algunos casos, de uso privativo por parte de las entidades de gobierno.
activos pueden ser para consumo individua! o colectivo y se suministran en mercados no competitivos. El uso y disposición de tales activos se puede restringir dado que muchos de ellos son especializados y, en algunos casos, de uso privativo por parte de las entidades de gobierno. Son ejemplos de estos bienes, \os bienes de uso público; los bienes históricos y culturales; los destinados a la recreación, el deporte y la salvaguarda de la soberanía nacional y, en general, los activos utilizados para distribuir bienes y servicios en forma gratuita o a precios de no mercado. Un activo se reconoce si la partida tiene un valor que pueda medirse de forma fiable, En muchos casos, el valor es conocido; en otros casos, debe estimarse. La utilización de estimaciones razonables es una parte esencial de la elaboración de los estados financieros y no menoscaba su fiabilidad. Cuando no pueda hacerse una estimación razonable, la partida no se reconocerá en los estados financieros. Los activos que cumplan con los criterios para su reconocimiento se clasificarán de acuerdo con la intención que tenga la entidad con dicho recurso. Por ejemplo, si el activo se adquiere para consumirse o venderse en el curso normal de la operación, se clasificará como inventarios; si se utiliza para propósitos administrativos o para producir bienes o prestar servicios, se clasificará como propiedad planta y equipo; o si es un inmueble del cual se espera obtener rentas o plusvalías en condiciones de mercado, se clasificará como propiedad de inversión. Un activo que, en la fecha de presentación de los estados financieros, no cumpla con los criterios para su reconocimiento se revelará en notas cuando el conocimiento de tal partida se considere relevante para !os usuarios de \a información. Dicho activo se reconocerá en un periodo posterior
Un activo que, en la fecha de presentación de los estados financieros, no cumpla con los criterios para su reconocimiento se revelará en notas cuando el conocimiento de tal partida se considere relevante para !os usuarios de \a información. Dicho activo se reconocerá en un periodo posterior si, como producto de circunstancias y sucesos ulteriores, se cumplen las condiciones para su reconocimiento. 3Continuación Instructivo No. O O 2de normativo para entidades de gobierno" 08 OCT. 2015 1.1.1. Inversiones de administración de liquidez . "Instrucciones para la transición al Marco De acuerdo con el nuevo Marco normativo, las inversiones de administración de liquidez son recursos financieros colocados en instrumentos de deuda o de patrimonio con el propósito de obtener rendimientos provenientes de las fluctuaciones del precio o de los flujos contractuales del título durante su vigencia. los instrumentos de deuda son títulos de renta fija que le otorgan a su tenedor la calidad de acreedor frente al emisor del título. Por su parte, los instrumentos de patrimonio le otorgan al tenedor derechos participativos en los resultados de la entidad emisora. las inversiones de administración de liquidez se clasificarán atendiendo la intención que tenga la entidad sobre la inversión en las siguientes cuatro categorías: valor de mercado con cambios en el resultado, costo amortizado, valor de mercado con cambios en el patrimonio o costo. Para efectos de !a transición, téngase en cuenta que a 31 de diciembre de 2016, estas inversiones pueden estar clasificadas en las categorías de inversiones de administración de liquidez, inversiones patrimoniales en entidades en liquidación, inversiones patrimoniales en entidades no controladas o en inversiones con fines de política.
pueden estar clasificadas en las categorías de inversiones de administración de liquidez, inversiones patrimoniales en entidades en liquidación, inversiones patrimoniales en entidades no controladas o en inversiones con fines de política. 1.1.1.1. Inversiones clasificadas en la categoría de valor de mercado con cambios en el resultado De acuerdo con el nuevo Marco normativo, las inversiones clasificadas en la categoría de valor de mercado con cambios en el resultado corresponden a las inversiones que tienen valor de mercado y que se esperan negociar, es decir, las inversiones cuyos rendimientos esperados provienen del comportamiento del mercado. Las principales actividades que realizará la entidad para la determinación de !os saldos iniciales bajo el nuevo Marco normativo son las siguientes: a) Identificar y clasificar, en esta categoría, las inversiones que tengan valor de mercado y que se espere negociar. Téngase en cuenta que a 31 de diciembre de 2016, estas inversiones pueden corresponder a las inversiones con fines de política, o a las inversiones de administración de liquidez en títulos de deuda, títulos participativos o títulos de deuda con fondos administrados por la Dirección General de Crédito público y de/Tesoro Nacional (DGCPTN). b) Realizar e! ajuste contable para eliminar, si hubiere, el saldo registrado a 31 de diciembre de 2016 por concepto de provisiones asociadas con las inversiones identificadas en el literal a), afectando directamente el patrimonio en la cuenta Impactos por Transición al Nuevo Marco de Regulación. c) Realizar el ajuste contable para eliminar, si hubiere, e! saldo registrado a 31 de diciembre de 2016 por concepto de valorizaciones asociadas con las inversiones identificadas en el literal a), afectando la cuenta Superávit por Valorizaciones reconocida previamente en el patrimonio.
2016 por concepto de valorizaciones asociadas con las inversiones identificadas en el literal a), afectando la cuenta Superávit por Valorizaciones reconocida previamente en el patrimonio. d) Medir las inversiones identificadas en el literal a) por el valor de mercado en la fecha de transición, afectando directamente e! patrimonio en la cuenta impactos por Transición al Nuevo Marco de Regulación. 4Continuación Instructivo No. O O 2 de normativa para entidades de gobierno" 08 OCT. 2015 . "Instrucciones para la transición a/ Marco 1.1.1.2. Inversiones clasificadas en la categoría de costo amortizado De acuerdo con el nuevo Marco normativo, tas inversiones de administración de liquidez. clasificadas en la categoría de costo amortizado son aquellas que se esperan mantener hasta el vencimiento, es decir, aquellas cuyos rendimientos provienen de los flujos contractuales del instrumento. Las principales actividades que realizará la entidad para ta determinación de los saldos iniciales bajo el nuevo Marco normativo son las siguientes: a) Identificar y clasificar, en esta categoría, las inversiones que se esperan mantener hasta el vencimiento. Téngase en cuenta que a 31 de diciembre de 2016, estas inversiones pueden corresponder a las inversiones con fines de política. b) Realizar e! ajuste contable para elimínar, si hubiere, el saldo registrado a 31 de diciembre de 2016 por concepto de provisiones asociadas con las inversiones identificadas en el literal a), afectando directamente el patrimonio en la cuenta Impactos por Transición al Nuevo Marco de Regulación. c) Calcular la tasa de interés efectiva desde la fecha de adquisición del instrumento hasta la fecha de vencimiento. la tasa de interés efectiva corresponde a ta tasa que hace equivalentes los
de Regulación. c) Calcular la tasa de interés efectiva desde la fecha de adquisición del instrumento hasta la fecha de vencimiento. la tasa de interés efectiva corresponde a ta tasa que hace equivalentes los flujos contractuales del título con el valor inicialmente reconocido. Para el efecto, el valor inicial corresponderá al valor de adquisición del instrumento más los costos de transacción, en la medida que estos costos sean fácilmente identificables. d) Medir estas inversiones por el costo amortizado, es decir, por el valor presente de los flujos futuros descontados a la tasa de interés efectiva en la fecha de transición, afectando directamente el patrimonio en la cuenta Impactos por Transición al Nuevo Marco de Regulación. e) Evaluar si existen evidencias objetivas de deterioro causado por el incumplimiento de los pagos a cargo del emisor o del desmejoramiento de las condiciones crediticias de! mismo. Si este es el caso, estimar el deterioro como \a cantidad en que el valor obtenido, de acuerdo con el litera! d), excede al valor presente de !os flujos de efectivo futuros recuperables estimados {excluyendo las pérdidas crediticias futuras), descontados a la tasa de interés efectiva. f) Reconocer e\ deterioro calculado conforme a lo establecido en el literal e) en la cuenta Deterioro Acumulado de Inversiones afectando directamente el patrimonio en la cuenta Impactos por Transición al Nuevo Marco de Regulación. 1.1.1.3. Inversiones clasificadas en la categoría de valor de mercado con cambios en el patrimonio De acuerdo con el nuevo Marco normatívo, las inversiones clasificadas en la categoría de valor de mercado con cambios en el patrimonio corresponden a las inversiones en instrumentos de
patrimonio De acuerdo con el nuevo Marco normatívo, las inversiones clasificadas en la categoría de valor de mercado con cambios en el patrimonio corresponden a las inversiones en instrumentos de patrimonio que tienen valor de mercado; que no se esperan negociar y que no otorgan control, influencia significativa ni control conjunto. También se clasifican en esta categorfa tas inversiones 5Continuación Instructiva No. Q O 2de normativo para entidades de gobierno" 08 OCT. 2015 . "!nstruccwnes para lo transición o/ Marco en títulos de deuda que tienen va!or de mercado y que no se mantienen con la intención exclusiva de negociarlas o de conservarlas hasta su vencimiento. Las principales actividades que realizará ta entidad para la determinación de los saldos iniciales bajo el nuevo Marco normativo son las siguientes: a) Identificar y clasificar, en esta categoría, los instrumentos de patrimonio que tienen valor de mercado; que no se esperan negociar y que no otorgan control, influencia significativa ni control conjunto. Téngase en cuenta que a 31 de diciembre de 2016, estas inversiones pueden corresponder a las inversiones patrimoniales en entidades no controladas. b) Realizar e! ajuste contable para eliminar, si hubiere, el saldo registrado a 31 de diciembre de 2016 por concepto de provisiones asociadas con las inversiones identificadas en el litera\ a), afectando directamente el patrimonio en la cuenta !mpactos por Transición al Nuevo Marco de Regulación. e) Realizar el ajuste contable para eliminar, si hubiere, el saldo registrado a 31 de diciembre de 2016 por concepto de valorizaciones asociadas con las inversiones identificadas en e! literal a), afectando la cuenta Superávit por Valorizaciones reconocida previamente en el patrimonio.
2016 por concepto de valorizaciones asociadas con las inversiones identificadas en e! literal a), afectando la cuenta Superávit por Valorizaciones reconocida previamente en el patrimonio. d) Medir las inversiones identificadas en el literal a) por e! valor de mercado en la fecha de transición, afectando directamente el patrimonio en !a cuenta Ganancias o Pérdidas en Inversiones en Instrumentos de Patrimonio al Valor de Mercado con Cambios en el Patrimonio. e) Identificar y clasificar, en esta categoría, las inversiones en títulos de deuda que tienen valor de mercado y que nos.e mantienen con !a intención exclusiva de negociarlas o de conservarlas hasta su vencimiento. Téngase en cuenta que a 31 de diciembre de 2016, estas inversiones pueden corresponder a las ínversiones con fines de política. f) Realizar el ajuste contable para eliminar, si hubiere, el saldo registrado a 31 de diciembre de 2016 por concepto de provisiones asociadas con las inversiones identificadas en el literal e), afectando directamente el patrimonio en la cuenta Impactos por Transición al Nuevo Marco de Regulación. g) Calcular la tasa de interés efectiva desde la fecha de adquisición del instrumento hasta la fecha de vencimiento. la tasa de interés efectiva corresponde a la tasa que hace equivalentes los flujos contractuales del título con el valor inicialmente reconocido. Para el efecto, el valor inicia! corresponderá al valor de adquisición del instrumento más los costos de transacción, en la medida que estos costos sean fácilmente identificables. h) Medir estas inversiones por el costo amortizado, es decir, por el valor presente de los flujos futuros descontados a la tasa de interés efectiva en !a fecha de transición, afectando
la medida que estos costos sean fácilmente identificables. h) Medir estas inversiones por el costo amortizado, es decir, por el valor presente de los flujos futuros descontados a la tasa de interés efectiva en !a fecha de transición, afectando directamente el patrimonio en la cuenta Impactos por Transición al Nuevo Marco de Regulación. i) Evaluar si existen evidencias objetivas de deterioro causado por el incumplimiento de los pagos a cargo del emisor o del desmejoramiento de las condiciones crediticias del mismo. En 6Continuación Instructiva No. Q O 2de normativo para entidades de gobierno" O 8 D C T. 2015 "Instrucciones poro lo transidón o/ Marco tal caso, el deteríoro corresponderá a la diferencia entre el valor inicialmente reconocido de acuerdo con los literales d) y h) y e! valor de mercado en la fecha de medición del deterioro , cuando este último sea menor y la variación negativa se relacione con las evidencias objetivas de deterioro. JI Reconocer el detecioro calculado confocme a lo establecido en el literal i), en la cuenta Deterioro de lnversiones, afectando directamente el patrimonio en la cuenta Impactos por Transición al Nuevo Marco de Regulación. k) Adicionalmente, medir las inversiones identificadas en el literal e) por el valor de mercado en \a fecha de transición, afectando directamente el patrimonio en ta cuenta Ganancias o Pérdidas en Inversiones en Instrumentos de Patrimonio al Valor de Mercado con Cambios en el Patrimonio. 1.1.1.4. Inversiones clasificadas al costo De acuerdo con el nuevo Marco normativo, las inversiones de administración de liquidez clasificadas al costo incluyen las inversiones que no tienen valor de mercado y que corresponden
el Patrimonio. 1.1.1.4. Inversiones clasificadas al costo De acuerdo con el nuevo Marco normativo, las inversiones de administración de liquidez clasificadas al costo incluyen las inversiones que no tienen valor de mercado y que corresponden con: a) instrumentos de patrimonio, con independencia de que se espere o no negociarlos, siempre que no otorguen control, influencia significativa ni control conjunto; y b) instrumentos de deuda que no se mantienen con la intención exclusiva de negociarlos o de conservarlos hasta su vencimiento. Las principales actividades que realizará la entidad para la determinación de los saldos iniciales bajo el nuevo Marco normativo son las siguientes: a) Identificar y clasificar, en esta categoría, los instrumentos de patrimonio que no tengan valor de mercado (con independencia de que se espere o no negociarlos) siempre que no otorguen control, influencia significativa ni control conjunto, e instrumentos de deuda que no tengan valor de mercado y que no se mantengan con la intención exclusiva de negociarlos o de conservarlos hasta su vencimiento. Téngase en cuenta que a 31 de diciembre de 2016, estas inversiones pueden corresponder a las inversiones con fines de política; las inversiones patrimoniales en entidades no controladas; !as inversiones patrimoniales en entidades en liquidación; o a !as inversiones de administración de liquidez en títulos participativos, títulos de deuda o títulos de deuda con fondos administrados por la Dirección General de Crédito público y del Tesoro Nacional {DGCPTN). b) Realizar el ajuste contable para eliminar, si hubiere, el saldo registrado a 31 de diciembre de 2016 por concepto de provisiones asociadas con las inversiones identificadas en el literal a},
público y del Tesoro Nacional {DGCPTN). b) Realizar el ajuste contable para eliminar, si hubiere, el saldo registrado a 31 de diciembre de 2016 por concepto de provisiones asociadas con las inversiones identificadas en el literal a}, afectando directamente el patrimonio en la cuenta Impactos por Transición al Nuevo Marco de Regulación. e) Realizar el ajuste contable para elimínar, si hubiere, el saldo registrado a 31 de diciembre de 2016 por concepto de valorizaciones asociadas con las inversiones identificadas en el literal a), afectando la cuenta Superávit por Valorizaciones reconocida previamente en e! patrimonio. d) Medir las inversiones identificadas en el literal a) por su saldo a 31 de diciembre de 2016. 7Contint1ación lnstrt1ctivo No. normativo paro entidodes de gobierno" 08 OCT. 2015 "Instrucciones para la transición al Marco e) Evaluar si existen evidencias objetivas de deterioro de las inversiones clasificadas en esta categoría y, si es así, realizar los siguientes procedimientos: i) Para el caso de los Instrumentos de deuda, estimar el deterioro como la cantidad en que el valor en libros del activo excede al valor presente de los flujos de efectivo futuros recuperables estimados (excluyendo las pérdidas crediticias futuras), descontados utilizando la tasa de interés de mercado vigente en !a fecha de transición para transacciones similares. ii) Para el caso de los instrumentos de patrimonio, estimar el deterioro como la cantidad en que el valor en libros de la inversión excede al valor de \a participación patrimonial en la entidad receptora de la inversión en la fecha de la transición. f) Reconocer el deterioro calculado conforme a lo establecido en el literal e), en la cuenta
que el valor en libros de la inversión excede al valor de \a participación patrimonial en la entidad receptora de la inversión en la fecha de la transición. f) Reconocer el deterioro calculado conforme a lo establecido en el literal e), en la cuenta Deterioro de inversiones, afectando directamente e! patrimonio en la cuenta Im pactos por Transición al Nuevo Marco de Regulación. 1.1.2. Cuentas por cobrar De acuerdo con el nuevo Marco normativo, las cuentas por cobrar son derechos adquiridos por la entidad en desarrollo de sus actividades, de los cuales se espera, a futuro, la entrada de un flujo financiero fijo o determinable, a través de efectivo, equivalentes al efectivo u otro instrumento. Estas partidas incluyen los derechos originados en transacciones con y sin contraprestación. Las transacciones con contraprestación incluyen, entre otros, la venta de bienes y servicios, y las transacciones sín contraprestación incluyen, entre otros, los impu estos, las multas, las tasas y las transferencias. Las cuentas por cobrar se clasificarán en la categoría de costo. Las principales actividades que realizará !a entidad para la determinación de los saldos iniciales bajo el nuevo Marco normativo son las siguientes: a) Medir estas cuentas por cobrar por el saldo a 31 de diciembre de 2016. Téngase en cuenta que a 31 de diciembre de 2016, estas cuentas pueden corresponder al grupo Deudor es, exceptuando los préstamos por cobrar, así como al grupo Rentas por Cobrar. b) Realizar el ajuste contable para eliminar, si hubiere, el saldo registrado a 31 de diciembre de 2016 por concepto de provisiones asociadas a estas cuentas por cobrar, afectando directamente e! patrimonio en la cuenta Im pactos por Transición al Nuevo Marco de Regulación.
2016 por concepto de provisiones asociadas a estas cuentas por cobrar, afectando directamente e! patrimonio en la cuenta Im pactos por Transición al Nuevo Marco de Regulación. c) Evaluar si existe evidencia objetiva de deterioro de las cuentas por cobrar, como consecuencia del incumplimiento de los pagos a cargo del deudor o del desmejoramiento de las condiciones crediticias del mismo. Si este es el caso, calcular el deterioro como la cantidad en que el valor en libros de la cuenta por cobrar excede al valor presente de los flujos de efectivo futuros recuperables estimados {excluyendo las pérdidas crediticias futuras), descontados utilizando la tasa de interés de mercado para transacciones similares. En el caso de los imp uestos por 8Continuación Instructivo No. O Ü 2de normativo poro entidades de gobierno" 08 OCT. 2015 "instrucciones para lo transición al Marco ... .. ..... . cobrar, tomar, como factor de descuento, la tasa de los TES con plazos similares en la fecha de transición. d} Reconocer el deterioro calculado conforme a lo establecido en el literal c), en la cuenta Deterioro Acumulado de Cuentas por Cobrar, afectando directamente el patrimonio en la cuenta Impactos por Transición al Nuevo Marco de Regulación. 1.1.3. Préstamos por cobrar De acuerdo al nuevo Marco normativo, !os préstamos por cobrar son los recursos financieros que la entidad destina para el uso por parte de un tercero, de los cuales se espera, a futuro, !a entrada de un flujo financiero fijo o determinable, a través de efectivo, equivalentes al efectivo u otro instrumento financiero. Las principales actividades que realizará la entidad para la determinación de los saldos iniciales bajo e\ nuevo Marco normativo son las siguientes:
de un flujo financiero fijo o determinable, a través de efectivo, equivalentes al efectivo u otro instrumento financiero. Las principales actividades que
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