CGN - Instructivo No. 002 de 2016
Contaduría General de la Nación
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CGN - Instructivo No. 002 de 2016
- Autor
- Contaduría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2016
•' • ... •- - . • •- '• x ' '
CONTADURIA GENERAL DE LA NACidN
1NSTRUCTIV0 No. 0 0 2 ( 21 DIC. 2015
REPRESENTANTES LEGALES Y OTROS NIVELES DIRECTIVOS, JEFES DE AREAS F1NANCIERAS, JEFES DE CONTROL INTERNO, JEFES DE CONTABIUDAD Y CONTADORES DE LAS ENTIDADES CONTABLES POBLICAS DE LOS NIVELES NACIONALY TERRITORIAL REFERENCIA: Instrucciones relacionadas con el cambio del perio.do contable 2016 - 2017, el repdrte de informacion a la Contaduria General de la Nacion y otros asuntos.del.proceso contable.
Respetados senores: Con: el proposito de que las actividades relacionadas con el, cierre. contable. incluyan procedimientos referidos al debido reconocimiento de los bienes> derechos, obligaciones, ingresos, gastos y costos en el periodo contable correspondiente aj ano 2016; que los estados contables reflejen razonablemente los saldos al corte del 31 de diciembrey se preparen los saldos de inicio del ano 2017, asf como que se tengan en cuenta otros aspectos Contables, administrativos y operativos relativos a la rendicion de la informacion y al proceso contable, este Despacho imparte las instrucciones generates que deben seguir las entidades sujetas al Regimen de Contabilidad Publica (RCP), sin que ello las exonere de la aplicacion de aquellos aspectos que no sean abordados en el presente instructivo y que se deriven de la correcta y completa aplicacion del RCP, ast como del cumplimiento de las Resoluciones 357 de 2008 y 193 de 2016, segun corresponda.
Las instrucciones impartidas aplican a las empresas que se encuentran. bajo el ambito de la
del RCP, ast como del cumplimiento de las Resoluciones 357 de 2008 y 193 de 2016, segun corresponda. Las instrucciones impartidas aplican a las empresas que se encuentran. bajo el ambito de la Resolucion 743 de 2013, y sus modificacianes, y de la Resoluci6n.;.414 de 2014, y sus modificaciones, siemprey cuando nocontravengan lo dispuesto en el respectivo marco normativo.00 2 21 Die. 2016 Continuation Instructivo No. de "instrucciones reiacionadas con el cambio de! periodo contable 2016 - 2017, e! reporte de informacion a la Contaduria General de la Nation y otros asuntos del proceso contable"
1. ASPECTOS A TENER EN CUENTA PARA EL CIERRE CONTABLE DEL ANO 2016
Con el fin de garantizar la integralidad de la informacion relacionada con el proceso contable, las directivas de las entidades sujetas al RCP adoptaran las estrategias administrativas necesarias para promover y facilitar todas las actividades operativas requeridas en las diferentes areas donde se originan los hechos financieros, economicos, sociales y ambientales, asi como todo el apoyo y logistica necesarios para un adecuado cierre del periodo contable del ano 2016. 1.1. Actividades administrativas 1.1.1. Actividades minimas a desarrollar Las acciones administrativas que la entidad debe adelantar para la finalizacion del periodo contable son, ehtre otras: cierre de compras, tesoreria y presupuesto; traslados y cierre de costos de production; legalization de cajas menores, viaticos y gastos de viaje, y anticipos a contratistas y proveedores; recibo a satisfaction de bienes y servicios; reconocimiento de derechos y obligaciones; tomas ffsicas de inventarios de bienes; conciliaciones bancarias; verification,
de production; legalization de cajas menores, viaticos y gastos de viaje, y anticipos a contratistas y proveedores; recibo a satisfaction de bienes y servicios; reconocimiento de derechos y obligaciones; tomas ffsicas de inventarios de bienes; conciliaciones bancarias; verification, conciliation y ajuste de operaciones recfprocas, y consolidation de prestaciones sociales. Adicionalmente, las entidades de gobierno y las entidades que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) que se acogieron al cronograma previsto en el paragrafo 1 del articulo 39 de la Resolucion 414 de 2014, modificado por el artfeulo 22 de la Resolucion 663 de 2015, realizaran las gestiones administrativas contempladas en la Resolucion 357 de 2008 sobre el control interne contable. Por su parte, las empresas bajo el ambito de la Resolucion 743 de 2013, y sus modificac'iones/y de la Resolution 414 de 2014, y sus modificaciones, (excepto las entidades que conforman SGSSS que se acogieron al cronograma previsto en el paragrafo 1 del artfeulo 32 de la Resolucion 414 de 2014, modificado por el artfeulo 2e de la Resolucion 663 de 2015), realizaran las gestiones administrativas contempladas en la Resolucion 193 de 2016. 1.1.2. Fiujo de informacion. La entidad definira las acciones y estrategias necesarias para que exista un adecuado y oportuno flujo de informacion y documentation hacia el area contable. Esto con el proposito de garantizar el reconocimiento y revelation de la totalidad de los hechos economicos, los cuales tienen que estar debidamente soportados. 200 2 21 QIC. 2016 Continuacion Instructivo No. de "Instrucciones reiacionadas con el cambio del periodo contable
el reconocimiento y revelation de la totalidad de los hechos economicos, los cuales tienen que estar debidamente soportados. 200 2 21 QIC. 2016 Continuacion Instructivo No. de "Instrucciones reiacionadas con el cambio del periodo contable 2016-2017, el reporte de informacion a la Contaduria General de ia Nacion yotros asuntos del.proceso contable" 1.1.3. Actualization de la informacion basica en el Sistema Consolidador de Hacienda e Informacion Publico (CHIP) Las entidades sujetas ai RCP garantizaran que, a la fecha de reporte con corte a 31 de diciembre, se encuentren debidamente actualizados en el CHIP los datos sob.re los responsables de la informacion contable, y los datos basicos y complementarios de la entidad. Para ello> ingresaran a la pagina www.chip.eov.co con su respectivo usuario y contrasena, a las opciones: Datos de la entidad/Datos bdsicos/Datos complementarios/Responsables y actualizaran todos los campos que hayan tenido cambios. Ademas, se recomienda suministraMa direccion, correos electronicos y numeros telefonicos institucionales e informacion relacionada con la composicion patrimonial, cuando corresponda. Asimismo, las entidades incorporaran en esta informacion el codigo postal de la entidad, conforme a lo dispuesto en el Decreto 0852 de 2013 del Ministerio de Tecnologias de la Informacion y las Comunicaciones, procedimiento que se adelantara de manera permanente cuando se presenten modificaciones en la informacion registrada. . . 1.2. Actividades operativas y contables con ocasion del cierre del periodo contable 1.2.1. Analisis, verificaciones y ajustes Antes de realizar el cierre contable, se tendran en cuenta, entre otros asuntos, los procedimientos quese relacionan con las conciliaciones detoda naturaleza que correspondan a las cuentas activas
1.2.1. Analisis, verificaciones y ajustes Antes de realizar el cierre contable, se tendran en cuenta, entre otros asuntos, los procedimientos quese relacionan con las conciliaciones detoda naturaleza que correspondan a las cuentas activas y pasivas; calculos y registro de provisiones, depreciaciones, amortizaciones y valorizaciones; y reconocimiento de pasivos pensionales, regulados en los respectivos marcos normativos. Tambien, garantizaran el reconocimiento y revelacion de procesos judiciales, laudos arbitrales, conciliaciones extrajudiciales y embargos decretados y ejecutados sobre cuentas bancarias, a partir de la informacion suministrada por el area juridica y/o por la dependencia encargada de valorar los riesgos en la respectiva entidad, apiicando para el efecto, el marco normativo correspondiente. Igualmente, las entidades de gobierno y las entidades que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) que se acogieron al cronograma previsto en el paragrafo 1 del arti'culo 3s de la Resolucion 414 de 2014, modificado por el articulo 22 de la Resolucion 663 de 2015, analizaran y verificaran los saldos de las subcuentas "otros" cuando.estos superen el 5% del valor total de la cuenta respectiva y revelaran informacion adicional de manera desagregada indicando el concepto y el monto en las notas a los estados contables. Las entidades tambien deben efectuar la depuracion de las cuentas. de orden y acopiar la informacion suficiente para la preparacion de las notas a los estados contables. 3Continuation Instructivo NO 0 ^ de "Instrucciones relacionadas con el cambio del periodo contable 2016-2017, el reporte de informacion a la Contaduria General de [a. Nation y otros asuntosdel proceso contable"
3Continuation Instructivo NO 0 ^ de "Instrucciones relacionadas con el cambio del periodo contable 2016-2017, el reporte de informacion a la Contaduria General de [a. Nation y otros asuntosdel proceso contable" 1.2.2. Conciliation entre las areas de la entidad que generan informacion contable Previo a la realizacion del proceso de cierre contable y para garantizar la consistencia de la informacion administrada en las diferentes dependencias de fa entidad, se efectuaran las respectivas conciliaciones entre el area contable y las areas de nomina, almacen, presupuesto, tesorerfa,. jurfdica,. recursos humanos, cartera y demas dependencias que correspondan, de acuerdo con la estructura interna de cada entidad, para lograr la integralidad del proceso contable. Lo.anterior, de acuerdo con .las disposiciones senaladas en los numerales 3.8-Conciliaciones de informacion y 3.16-Cierre contable, del Procedimiento para la evaluation del control interno contable anexo a la Resolution 35.7 de 2008, y en los numerales 3.2.14 Analisis, verification y conciliacion de informacion y 3.2.16 Cierre contable, del Procedimiento para la evaluacion del control interno contable anexo a la Resolucion 193 de 2016, segun aplique. 1.2.3. Titularidad y respaldo legal de los bienes inmuebles Durante el proceso de depuration de informacion y la realizacion del inventario de bienes inmuebles, las entidades de gobierno y las entidades que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) que se acogieron al cronograma previsto en el paragrafo 1 del articulo 39 de la Resolucion 414 de 2014, modificado por el articulo 2s de la Resolucion 663 de
Seguridad Social en Salud (SGSSS) que se acogieron al cronograma previsto en el paragrafo 1 del articulo 39 de la Resolucion 414 de 2014, modificado por el articulo 2s de la Resolucion 663 de 2015, verificaran que los bienes registrados en contabilidad tengan el certificado expedido por la Oficina de registro.de instrumentos.publicos, que demuestre la propiedad de los mismos y, en el caso de convenios suscritos para el uso permanente y sin contraprestacion de bienes, como los comodatos, verificaran que estos esten vigentes. Asimismojas entidades identificar.an si existen inmuebles pendientes de legalizar, con el proposito de adelantar las acciones.juridicas a que haya lugar para la obtencion de la titularidad de los . mismos e. indicaran,. en las notas a. los estados cbntables, la clase y numero de bienes en esta condicion y las gestiones juridicas realizadas en el ultimo ano. 1.2.4. Conciliacion de la-informacion relacionada con el reconocimiento de activos entregados para uso permanente sin contraprestacion entre entidades de gobierno • Las entidades de gobierno deben tener en cuenta que, cuando entregan propiedades, planta y equipo a otras entidades de gobierno para uso permanente y sin contraprestacion, el registro contable de los mismos corresponde a un retiro del balance general de la entidad que los entrega afectando el patrimonio, y que, para tener control de los bienes entregados, deben registrarlos en cuentas de ord.en deudoras. A su vez, quien recibe dichos bienes debe incorporarlos en las subcuentas de bienes de uso permanente sin contraprestacion de sus propiedades, planta y equipo, afectando el patrimonio. 40 2 21 Die. Continuacion Instructivo No. de "Instrucciones relacioriadas con el cambio del periodo contable
subcuentas de bienes de uso permanente sin contraprestacion de sus propiedades, planta y equipo, afectando el patrimonio. 40 2 21 Die. Continuacion Instructivo No. de "Instrucciones relacioriadas con el cambio del periodo contable 2016 - 2017, el reporte de irtformacion a la Contadurfa General de la Nacion y otros asuntos del proceso contable" En esta transaction, habra comunicacion directa entre la entidad que recibe y la que entrega los bienes para que se realicen los respectivos registros contables, de acuerdo con las reglas senaladas en el parrafo anterior, con el fin de evitar duplicidad en la information o, que los activos queden sin reconocery revelar en las dos entidades. Las empresas que se encuentran bajo el ambito de la Resolution 743 de 2013,.y-sus modificaciones, y de la Resolution y 414 de 20-14, y sus modificaciones, atenderan al principio contable.de Esencia sobre forma, para el reconocimiento de los bienes. 1.2.5. Consolidation de las prestaciones sociales Con antefacion a la realization del cierre del periodo contable, las entidades de gobierno y las entidades que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) que se acogieron al cronograma previsto en el paragrafo 1 del artfeulo 32-de la Resolution 414 de 2014, modificado por el artfeulo 29 de la Resolution 663 de 2015, efectuaran el proceso de consolidation de las prestaciones sociales que se hayan provisionado durante el ano 2016, con el proposito de reclasificar, ajustar y reconocer la obligation de las mismas, al final del periodo contable. Las empresas que se encuentran bajo el ambito de la Resolution 743 de 2013, y sus modificaciones, y de la Resolution 414, y sus modificaciones, excepto las entidades que conforman el Sistema
Las empresas que se encuentran bajo el ambito de la Resolution 743 de 2013, y sus modificaciones, y de la Resolution 414, y sus modificaciones, excepto las entidades que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) que se acogieron al cronograma. previsto en el paragrafo 1 del artfeulo 39 de la Resolution 414 de 2014, modificado por el artfeulo 22 de la Resolution 663 de 2015, revisaran y, si es el caso, ajustaran los saidos por beneficios a los empleados reiacionados con las prestaciones sociales para que estos reflejen el valor de la obligation por dichos conceptos. Para tal efecto, se tendra en cuenta, lo establecido en la Norma de beneficios a los empleados, del marco normativo que corresponda. 1.2.6. Existencia real de bienes, derechos, obligaciones y documentos soporte idoneos Las entidades adelantaran las acciones administrativas y operativas que permitan determinar la veracidad de los saidos revelados en los estados contables o estados financieros reiacionados con los bienes, derechos y obligaciones y la existencia de documentos soporte idoneos. Lo anterior, de conformidad con lo senalado en los numerates 3.1-Depuracion contable permanente y sostenible, 3.4-lndividualizacion de bienes, derechos y obligaciones, 3.6-Actualizacion de los valores y 3.7Soportes documentales, del Procedimiento para la evaluation del control interno contable anexo a la Resolution 357 de 2008, y en los numerales 3.2.11-lndividualizacion de bienes, derechos y
obligaciones; 3.2.12-Reconocimiento de estimaciones; 3.2.13.-Actua|izact6n de los valores; 3.2.15Depuracion contable permanente y sostenible y 3.2.3;l-Soportes documentales, del Procedimiento para la evaluation del control interno contable anexo a la Resolution 193 de 2016, segun aplique. 5Continuacion Instructive No.^ ^de " " " ' " " ™"~ "[nstrucciones relacionadas con el cambiodel periodo contable 2016 - 2017, el reporte.de irtformadon a la Contaduria General de la Nacion y otros asuntos del proceso contable" 1.2.7. Costos de Production Las entidades que utilizan las cuentas de la olase 7-COSTOS DE PRODUCCION realizaran, a 31 de diciembre, el traslado de los costos al inventario o al costo de ventas, en relation con la production de bienes o la prestation de servicios, respectivamente; luego, efectuaran el cierre de estas eueritas debitand.o la subcuenta "Traslado de costos (Cr)" y acreditando las subcuentas que registran los diferentes conceptos de costos de production de la cuenta que corresponda. 1.2.8. Formalization, soporte y actualization de derechos, obligationes, ingresos, gastos y costos Con el fin de cumplir a cabalidad con el principio de Devengo o causation, las entidades emitiran, comunicaran y enviaran oportunamente los actos administrativos y/o documentos soporte pertinentes para facilitar el reconocimiento pleno de ios derechos, obligationes, ingresos, gastos y costos, ta.nto en su propio proceso contable como en el de las entidades con las que haya realizado transacciones y operaciones. 1.2.9. Agregacion de informacion .
y costos, ta.nto en su propio proceso contable como en el de las entidades con las que haya realizado transacciones y operaciones. 1.2.9. Agregacion de informacion . Las entidades de gobiemo que agregan informacion y las entidades agregadas cumpliran lo establecido en el procedimiento relacionado con las formas de organization y ejecucion del proceso contable, contenido en el Manual de Procedimientos del RCP. Asimismo, consideraran lo establecido en el paragrafo 1 del articulo 162 de la Resolucion 706 del 16 de diciembre de 2016, para garantizar el reporte oportuno de la information agregada. 1.3. Situaciones especiales del proceso contable 1.3.1. Reconocimiento de pasivos pensionales 1.3.1.1. En las entidades de gobiemo y las entidades que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Saiud (SGSSS) que se acogieron al cronograma previsto en el paragrafo 1 del articulo 3s de la.Resolution 414 de 2014, modificado por el articulo 2de la Resolution 663 de 2015. . . . . Los fondo.s de reservas reconoceran los recursos para el pago de las obligaciones pensionales, las obligationes pensionales exigibles, los ingresos y gastos, la garantfa estatal y la emision de bonos pensionales. igualmente,. registraran el calculo actuarial conforme a lo establecido en el Procedimiento contable para el reconocimiento y revelacion de los hechps relacionados con ios fondos de reservas de.pensiones del Manual de Procedimientos del Regimen de Contabilidad, regulado en la Resolucion 634 de 2014. . 6002 21 DIC. 2016 Continuation Instructivo No. de "Instrucciones reiacionadas con el cambio del periodo contable
fondos de reservas de.pensiones del Manual de Procedimientos del Regimen de Contabilidad, regulado en la Resolucion 634 de 2014. . 6002 21 DIC. 2016 Continuation Instructivo No. de "Instrucciones reiacionadas con el cambio del periodo contable 2016 - 2017, el reporte de informacion a la Contaduna General de la Nacion y otros asuntos del proceso contable" Las entidades responsables del pasivo pensional reconoceran, actualizaran y revelaran el calculo actuarial de dicho pasivo y lo amortizaran segun lo indicado en el Procedimiento contable para el reconocimiento y revelacion del pasivo pensional y de los recursos que lo financian, en las entidades responsables del pasivo pensional,, regulado en la Resoiucion 633 de 2014. De acuerdo con el procedimiento senalado, el calculo actuarial debe realizarse, por lo menos/ una vez cada tres anos considerando las variables e hipotesis relativas a la poblacion que hace parte del mismo. En los anos en que no deba realizarse el calculo actuarial, el valor disponible del rhismo se actualizara financieramente en la contabilidad de las entidades responsables del pasivo pensional, por lo menos al cierre del periodo contable, considerando las variables e hipotesis financieras que sustentan el calculo actuarial. La metodologia para la realization del calculo actuarial, asf como para su actualization financiera, observara los parametros.y bases tecnicas establecidas por la autoridad competente. Las entidades territoriales que, de acuerdo con lo dispuesto en el artfeulo 9s de la Ley 549 de 1999, deban realizarsu calculo actuarial a traves de Pasivocol registraran la information sobre el calculo actuarial suministrada por la Direction de Regulation Economica de la Seguridad Social del
deban realizarsu calculo actuarial a traves de Pasivocol registraran la information sobre el calculo actuarial suministrada por la Direction de Regulation Economica de la Seguridad Social del Ministerio de Hacienda yCredito Publico, traves de fa pagina web: http://www.minhacienda.gov.co/FONPET PUBLIC/CONSULTAAPORTESENTE?pmenu=N Las entidades del nivel nacional responsables del pasivo pensional que, de acuerdo con la normatividad vigente, deban observar el calculo actuarial aprobado por el Ministerio de Hacienda y Credito Publico revelaran la estimation de dicho calculo. Cuando, por alguna circunstancia, el calculo actuarial no haya sido aprobado por el Ministerio, podran revelar la estimation del calculo actuarial pendiente de aprobacion, siempre que se atiendan los parametros y bases tecnicas establecidas por las disposiciones legales vigentes para su elaboration. Una vez se apruebe el calculo actuarial por parte de dicho Ministerio, la entidad realizara la conciliation y los ajustes a que haya lugar. Las entidades responsables del pasivo pensional verificaran que el valor amortizado en el periodo contable (es decir, las afectaciones en el gasto) corresponda, como mi'nimo, al valor que resulta de dividir el saldo del calculo actuarial pendiente de amortizar registrado. a 31 de diciembre del ano anterior, entre el numero de anos quefaltan para culminar el plazo previsto para la amortization del calculo actuarial. Lo anterior, segun lo indicado en el numeral^ del Procedimiento contable para el reconocimiento y revelacion del pasivo pensional y de los recursos que lo fihanciari, en las entidades responsables del pasivo pensional, regulado en la Resoiucion 633 de 2014. .
para el reconocimiento y revelacion del pasivo pensional y de los recursos que lo fihanciari, en las entidades responsables del pasivo pensional, regulado en la Resoiucion 633 de 2014. . Las entidades territoriales verificaran que en la subcuenta 190102-Recursos entregados en administration de la cuenta 1901-RESERVA FINANCIERA ACTUARIAL este reconocido el valor de los recursos que poseen en el Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales 700 2 21 DIC. 2016 Continuation Instructivo No.. de "tnstrucciones relacionadas con el cambio dei periodo contable 2016 - 2017, el reporte de information a !a Contaduria Genera! de la Nation y otros asuntos del proceso contable" (FONPET), suministrado por ta Direction de Regulation Economica de ia Seguridad Social del . Ministerio de Haciehda.y Credito Publico, en curhplimiento de lo senalado en e! arti'culo 99 de la Ley 549 de 1999, el cual puede ser consultado en la pagina web del FONPET: http://www.minhacienda.gov.co/FONPET PUBLlC/CONSULTAAPORTESENTE?pmenu=N Adicionalmente, las entidades territoriales revelaran en notas a los estados contables o estados financieros la reserva financiera actuarial, esto es, el valor de los recursos en el FONPET, en los fondos territoriales de pensiones y en patrimonios autonomos; ademas, revelaran las reservas de las entidades descentralizadas constituidas conforme a la ley y demas normatividad relacionada. 1.3.1.2. Recanocimiento de pasivos pensionaies en las empresas que se encuentran bajo el ambito de la Resolution 414, y sus modificaciones, excepto las entidades que conforman el
1.3.1.2. Recanocimiento de pasivos pensionaies en las empresas que se encuentran bajo el ambito de la Resolution 414, y sus modificaciones, excepto las entidades que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) que se acogieron al cronograma previsto en el paragrafo 1 del arti'culo 32 de la Resolution 414 de 2014, modificado por el artfeulo 2? de ia Resolution 663 de 2015 Estas empresas reconoceran, mediran,.presentaran.y revelaran los pasivos pensionaies y el plan de activos que los respalda, conforme a lo establecido en ia Norma de beneficios a los empleados en lo relacionado con los beneficios posempleo. De acuerdo con la Norma de beneficios a los empleados, las evaluaciones actuariales se deben efectuar con una frecuencia no mayor a tres arios. Si durante el periodo contable no se hizo una evaluation actuarial, se usa la evaluation mas reciente y se revela ia fecha en quefue realizada. 1.3.1.3.. Las entidades pubficas que deban suprlmir obligaciones por cuotas partes pensionaies, de acuerdo con lo dispuesto en elartlculo 78 de la Ley1753 de 2015, reglamentado por el Decreto 1337 de 2016, deberan aplicar el procedimiento contable de la Resolution .674 del 24 de noviembre de 2016 expedida por la CGN, antes del 31 de diciembre de 2016. 1.3.2. Notas a los estados contables basicoso estados financieros Para la.correcta y completa estructuracion de ias notas a los estados contables basicos dentro del proceso de.cierre del periodo contable 2016, las entidades de gobierno y las entidades que : conformant el Sistema/General, de Seguridad Social en Salud (SGSSS) que se acogieron al
proceso de.cierre del periodo contable 2016, las entidades de gobierno y las entidades que : conformant el Sistema/General, de Seguridad Social en Salud (SGSSS) que se acogieron al cronograma .previsto en el paragrafo 1 del arti'culo 32 de la Resolution 414 de 2014, modificado por el artfeulo. 22 de la Resolution 663 de 2015, consideraran las necesidades de information segun lo dispuesto en el procedimiento relativo a los estados, informes y reportes contables, contenido en el Manual de Procedi.mientos del RCP, y explicaran las variaciones mas representatives que surjan de la comparacion .con corte a diciembre del periodo anterior. 8002 Continuation Instructive No. de "Instrucciones relacionadas con el cambio del periodo contable 2016 - 2017, el reporte de informacion a la Contadurfa General de la Nacion y otros asuntos del proceso contable" De otra parte, las empresas bajo el ambito de aplicacion de.la Resolucion 743 de 2013, y sus modificaciones, y de la Resolucion 414 de 2014, y sus modificaciones, aplicaran lo.dispuesto en la Norma de presentacion de estados financieros del respectivo marco normativo. Para efectos del reporte de las notas en el CHIP, se considerara lo referido en el numeral 2.2 de este instructivo. 1.3.3. Pasivos financieros Las entidades de gobierno y las entidades que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) que se acogieron al cronograma previsto en el paragrafo 1 del articulo 3^ de la Resolucion 414 de 2014, modificado por el articulo 2^ de la Resolucion 663de. 2015,.tendran en cuenta que en el grupo 22-OPERACIONES DE CREDITO PUBLICO Y FINANCIAMIENTO CON 8ANCA
Resolucion 414 de 2014, modificado por el articulo 2^ de la Resolucion 663de. 2015,.tendran en cuenta que en el grupo 22-OPERACIONES DE CREDITO PUBLICO Y FINANCIAMIENTO CON 8ANCA CENTRAL se reconocen las obligaciones que exigen lasformalidades.propias.de las operacion.es de credito publico, de quetrata el Decreto 2681 de 1993 que reglamenta la Ley 80 de 1993, mientras que las operaciones de financiamiento que se registran en el grupo .23-OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO E INSTRUMENTOS DERIVADOS no se encuentran sujetas a tales formalidades. En tal sentido, se advierte que la cuenta 2309-OPERACIONES DE FINANCIAMIENTO EXTERNAS DE LARGO PLAZO es de uso exclusivo de las empresas que no se encuentran bajo el ambito de la Ley de contratacion de la administration publica; por lo tanto, las entidades de gobierno, asf como las empresas a las que les aplica el Estatuto General de Contratacion, deberan reconocery revelar sus operaciones de financiamiento externas de largo plazo en la cuenta 2213-OPERACIONES DE
CREDITO PUBLICO EXTERNAS DE LARGO PLAZO.
De otro lado, las empresas bajo el ambito de aplicacion de Ja Resolucion 743 de 2013, y sus modificaciones, y de la Resolucion 414 de 2014, y sus modificaciones, aplicaran lo dispuesto sobre la materia del respectivo marco normativo. 1.3.4. Impuestos por pagar Las entidades de gobierno y las entidades que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) que se acogieron al cronograma previsto en el paragrafo 1 del articulo 3e de la
1.3.4. Impuestos por pagar Las entidades de gobierno y las entidades que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) que se acogieron al cronograma previsto en el paragrafo 1 del articulo 3e de la Resolucion 414 de 2014, modificado por el artfeulo 2s de la Resolucion 663 de 2015, sujetas al pago de obligaciones tributarias por el impuesto de renta, el impuesto sobre la renta para la equidad {CREEj y el impuesto de industria y comercio, para las cuales se realiza una pravfsion durante el periodo contable, deberan tener presente que en la cuenta 2440-IMPUESTQS, TASAS Y CONTRIBUCIONES POR PAGAR procede registrar y/o reportar la obligation por tales conceptos, cuando la transaccion se halle soportada en las liquidaciones privadas y sus correcciones, o en los actos administrativos en firme. 9Continuacion Instructive NoP ^ ^de ^ w "" "instrucciones relacionadas con el cambio del periodo contable 2016-2017, ei reporte de informacion a ia Contaduria General de ia Nacion y otros asuntos del proceso contable" Ahora bien, las empresas bajo el ambito de aplicacion de la Resolution 743 de 2013, y sus modificaciones, y de la.Resolution 414 de 2014, y sus modificaciones, excepto las entidades que conforman el Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS) que se acogieron al cronograma previsto en el paragrafo 1 del artfculo 3^ de la Resolution 414 de 2014, modificado por el artfculo 29 de la Resolution 663 de 2015, sujetas al pago de obligaciones tributarias por los impuestos sobre la renta, el impuesto sobre las ganancias ocasionales y el impuesto sobre ia renta
por el artfculo 29 de la Resolution 663 de 2015, sujetas al pago de obligaciones tributarias por los impuestos sobre la renta, el impuesto sobre las ganancias ocasionales y el impuesto sobre ia renta para la equidad (CREE), aplicaran lo dispuesto en la Norma de impuesto a las ganan
Estás viendo una vista previa
Lee el documento completo con Ariel
Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.