CGN - Instructivo No. 016 de 2012
Contaduría General de la Nación
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CGN - Instructivo No. 016 de 2012
- Autor
- Contaduría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2012
CONTADURIA CENERA!. OE 1.A NACIÓN INSTRUCTIVO Nº 0 1 6 ( O 1 FEB. 2012 l REPRÉSENTANTES LEGALES, JÉFES DE ÁREAS FINAl':IICIERAS, JEFES ofi co·NTRÓL INT.ERNO, JEFES DE CONTp.BILIDA0 Y C:ONTA0OftES DE LA_S ENTIDA_DES PÚBfiICAS 0E LOS
NIVELES NACIÓNAL Y TERRITORJAL.
REFERENCIA: Instrucciones para e.l r.e:conocimiento y revelación contable de los activos de menór cuantía en el periodo fiontáblé 20.12.
Apreciados Señores: cc;,n el fin dé llevfir á cabe fiI re.conocimié.nto y reve.ladon contable de la adquisición y depreciación de los activos de menor cuantía, me permito smlidta_rles que s:e sirvan atender la.s ln!iicaj:iones conteniqas en este instructivo, • Teniendo en cuenta qu·e fiI numerfiI 14 c;lel Procedimiento conta_ble pa_ra él reconocimiento y revelaci(m de héch1:1s rela_clonádos -con las. Propi'eda.des, Planta ·v Equipo, dél Mahí;Jal dé procedimientos del Régimen de Contabilidad Pública, que establece: "Lf?S afitivos de mfinor cUqntfa· son /t:,s qúe, c9n base en su. valr;,t de actquislc.ión o inc.orpora;ión, pueden deprétiórse en el rnismó año· en que se adquleien o k1corporan, teniendo en cuenta ios montos que anualmfinte def/nr;J la Contad1,1rfa General de la Nación. La deprecirJción puede registrarse en
en el rnismó año· en que se adquleien o k1corporan, teniendo en cuenta ios montos que anualmfinte def/nr;J la Contad1,1rfa General de la Nación. La deprecirJción puede registrarse en el rñpmento de la ci.<Jqulslct6.n o incorpr:,raclóh del actlfio o durante /os rnesés ·qve résten para lo terminación del per-iodo contable"; y que la Resolución 0¡195-3 del fi7 de noviembre dfi. 2011 expedida por la. DirecciQn de !r'nPUfistos V Aduanas Naéit,-fiales .:..01AN fija l.a Unidad de valor Tributario en veintiséis mil cuarenta y nueve pesos ($26.049,oo) moneda corriente¡ las entidades cfintables públifias pofirfif"! affictar la depreciación de fictivos ªd.Cil.!lríqós durante est"é peric,i:jp póf su ·valor total, sln considerar SU. vid.a útil, cuando, el valor de adquisición, se.a. Igual o inferior a un millón trescientos dos mil cu-atrocientos·cincuenta pesofi ($.Lfi02.45Cl,9q) moneda corriente, ég·u1Vfilentes a clnc.uenta (Sp) Unidades de V;;ilor Trlfiutái'io. -· • • Oe otra parte, considerando qµe fiI m,1meral 17 del mismo prqcedimlento contable es_tfible<:e qµe Nlps biené$ aqqulr(dos por un valpr inferior o lgl;Jai a ir,epio (0.5) salario mfn.Jmo ro.ensual légál vigente pueden registrarse como activo o como gasto. Cuanfio la entidad cont9qfe
qµe Nlps biené$ aqqulr(dos por un valpr inferior o lgl;Jai a ir,epio (0.5) salario mfn.Jmo ro.ensual légál vigente pueden registrarse como activo o como gasto. Cuanfio la entidad cont9qfe pfiblfcg registre estos b-ienes como c:,ctlvo, ap.lle.a ,e_J procedimiento d.e d<!pre9ipciqn -para lo_$. activ"s fie meiiot cuantió", y que mediár,te fiI Ofic:reto 4919 d.el 26 de Dlctembre de 20-ú el Gobierno Nadomil fijó el ·s·alaf-io mínimo mens1;1al legal vigente p.ara el año 2012 en la s.uma dfi quinientos sfifi_enta y fifis mil seteclentofi pesos. ($566.700,00) rni;meda fiorrienre, para el añó 2012, las entidades cfintables públicas podrán registrar, afectando directamerite el gasto, las Propiedade·s, Plantfi y Equipo que S!?an adquirififis por un ·valor igual o Inferior a dQséíentos o·che:nia y Úes-niil trescle·ntos cincuenta pfis.os ($i83.3SO.oo) nicmeda corriente. fiórdlalmentfi,