CGN - Resolución 063 de 2026
Contaduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGN - Resolución 063 de 2026
- Autor
- Contaduría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2026
CONTADURIA
GENERAL DE LA NACION
tientas Claras, Estado Transparerlte +
UAE CONTADURIA GENERAL DE LA NACION
RESOLUCION No. 063 DEL 02-03-2026
Por medio de la cual se adopta el plan de austeridad en el gasto público y se implementar medidas administrativas, financieras y de recursos humanos para la UAE Contaduría General de la Nación en la vigencia 2026 EL CONTADOR GENERAL. DE l.A NACION (E) En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferídas por el literal g) del artículo 3 de la Ley 298 de 1996 y el numeral 8 del artículo 4 del Decreto 1693 de 2023, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 2155 de 2021, el Decreto 648 de 2017 --que modif:ica y adiciona el Decreto 1068 de 2015-- y demás normas concordantes, el Decreto 0111 del 30 de enero de 2026 y, CONSIDERANDO QUE De conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política y el artículo 3 de la Ley 489 de 1998, las actuaciones de los C)rganos del Poder Público deben desarrollarse. entre otros, con fundamento en los principios de eficiencia, equidad y economía para el adecuado cumplimiento de los f:ines del Estado, relacionados con la ordenación y ejecución del Presupuesto General de la Nación y, en general, con la administración de bienes y recursos públicos. El artículo 334 de la Constitución Política, modificado por el artículo l del Acto Legislativo 3 de 2011, dispuso que el Estado interviene en la economía para
asegurar el bienestar de todos los colombianos, y que dicho bienestar se consolida mediante una sostenibilidad f:íscal que funja como instrumento para alcanzar de manera progresiva los objetivos del Estado Social y Democrático de Derecho, donde el gasto social es prevalente. El Decreto 1068 de 2015, Unico Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Públíco, establece disposiciones orientadas a la austeridad, eficiencia y racionalízación del gasto público, así como obligaciones de seguimiento, control y reporte sobre la implementación de dichas medidas por parte de las entidades que administran recursos del Tesoro Público, en concordancia con la política fiscal del Estado y las normas que regulan la materia. El artículo 19 de la Ley 2155 de 2021 establece que el Gobierno nacional reglamentará anualmente mediante decreto un Plan de Austeridad del Gasto para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación. Dichos órganos deberán presentar y enviar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público un informe semestral sobre el recorte y ahorro generado. Mediante la Circular Externa No. 004 del 22 de enero de 2026. expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, se establecieron los criterios para la elaboración del informe de austeridad, así como la información a publicar en esta materia . Página l de 7CONTADURIA
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Cuentas Claras, Estado Transparen- + Resolución No. Q63 DEL Q2-03-2Q26 "Por medio de ia cual se adopta el plan de austeridad
en ef gasto público y se implementar medidas administrativas, financieras y de recursos humanos para ia UAE Contaduría Generai de ia Nación en la vigencia 2026 La UAE Contaduría General de la Nación, por hacer parte del Presupuesto General de la Nación, debe def:inír un Plan de Austeridad del Gasto en cumplimiento de la normativa citada, en línea con la política gubernamental. En cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales antes atadas, y atendiendo los lineamíentos definidos por el Gobierno nacional y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en materia de austeridad, eficiencia y racionalización del gasto público, la UAE Contaduría General de la Nación elaboró el Plan de Austeridad del Gasto para la vigencia 2026, como instrumento de planeación y gestión orientado a optimizar el uso de los recursos públicos, garantizar su adecuada ejecución y contribuir al logro de los fines del Estado bajo criterios de responsabilidad f:iscal y transparencia, el cual fue sometido a consideración del Comité Institucional de Gestión y Desempeño para su respectíva aprobación. El Comité Institucional de Gestión y Desempeño la UAE Contaduría General de la Nación, en sesión realizada el 24 de febrero de 2026. aprobó el Plan de Austeridad en el gasto público para la vigencia 2026, el cual hace parte integral de la presente resolución y será objeto de publicación en la página web institucional, para conocimiento de las partes interesadas y para el seguimiento
periódico. Por lo anteriormente expuesto, el Contador General de la Nación (E) RESUELVE Artículo lo. Adóptese en la UAE Contaduría General de la Nación el "Plan de Austeridad en el Gasto para la vigencia 2026". El documento que contiene dicho plan, aprobado por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, define las acciones y metas concretas en materia de austeridad y se anexa a la presente resolución, haciendo parte integral del presente acto administrativo. Artículo 2o. IMPLEMENTACION DE MEDIDAS. Impleméntese las medidas administrativas, financieras y de recursos humanos, acordes con la política pública de austeridad, eficiencia, economía y efectividad al interior de la Contaduría General de la Nación. Artículo 3o. HORAS EXTRAS. Con el fín de lograr una reducción de gastos por este concepto, se adoptan las siguientes acciones y medidas: a) Los servidores públicos que de acuerdo con la ley tengan derecho al pago de compensaciones por este concepto, en caso de laborar por fuera del horario establecido por la entidad deberán contar con autorización previa de su jefe inmediato. Cuando se sobrepase el porcentaje máximo de horas extras autorizadas, establecido en el 70% de la asignación básica mensual de cada servidor público, estas se compensarán en tiempo. La Secretaría General programará el disfrute de los compensatorios causados con el f:in de evitar su acumulación. b) Se reconocerán horas extras exclusivamente a los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel técnico y asistencial, en las condiciones
establecidas por la normativídad vigente, es decia. nivel técnico hasta el grado 09 y nivel asistencial hasta el grado 19. Página 2 de 7 +CONTAOUKiA
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tas Claras, Estado Transparente + Resolución No. a63 DEL 02-Q3-2Q26 "Por medio de la cual se adopta el plan de austeridad en e} gasto público y se impiementan medidas administrativas, financieras y de recursos humanos pan !a UAE Contaduria Genera! de }a Nación en la vigencia 2026 Artículo 4o. VACACIONES. Todos los servidores públicos de la entidad deberán disfrutar de las vacaciones dentro del año siguiente a la fecha de su causacíón. Para ello, se tendrá en cuenta el Plan de Vacaciones que se elaborará para cada vigencia fiscal. Las vacaciones no podrán ser aplazadas ni interrumpidas, salvo por estrictas necesidades del servicio previamente justif:icadas por el superior jerárquico. Sin perjuicio de lo anterior. las vacaciones podrán ser reconocidas en dinero por causas como: los casos particulares contemplados en el marco legal, por retiro del servidor público de la entidad o en virtud de estrictas necesidades del servicio debidamente justificadas por el superior inmediato del servidor público ante el Contador General de la Nación. En caso de que una vez programadas y aprobadas las vacaciones se deba cambiar la fecha de disfrute por necesidades del servicio, el jefe inmediato deberá enviar. con antelación. comunicación debidamente motivada al coordinador del GIT de Talento Humano y Prestaciones Sociales.
Para todos los efectos deberá darse estrictamente observancia a lo dispuesto en la Circular Interna No 002 de 2026 y, en todo caso, debe considerarse que, una vez causado el derecho a vacaciones, si no se programa el disfrute de estas, se dará aplicación a lo prescrito en los artículos 9 y 18 del Decreto 1045 de 1978, reconociéndolas de oficio. ARTICULO 5o. PRELACION DE ENCUENTROS VIRTUALES. La Contaduría General de la Nación promoverá y dará prelación a los encuentros virtuales y no presenciales sobre las actividades que impliquen desplazamiento físico de los servidores públicos, tanto en las actividades asociadas al Plan Nacional de Capacitación, como en las relacionadas con las actividades misionales de asistencia técnica. Esta prelación deberá ser evaluada y sustentada de conformidad con lo establecido en el artículo séptimo de la presente resolución. ARTICULO 6o. COMISIONES DE SERVICIO Y COMISIONES DE ESTUDIO AL EXTERIOR. TIQUETES AÉREOS Y VIÁTICOS. Para estos efectos se tendrán en cuenta los siguientes criterios: a) En el evento de comisiones que impliquen desplazamiento aéreo se deberá propender porque se efectué en clase económica, salvo cuando el viaje tenga una duración de más de ocho (8) horas, previa justificación ante el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. La programación de los desplazamientos se deberá realizar con la suficiente anticipación, para acceder a mejores tarifas de transporte. Las comisiones de servicios serán autorizadas sólo cuando respondan a
necesidades estrictas del servicio y deben ser previamente valoradas por la Secretaría General, los Subcontadores o los Coordinadores de los GIT del despacho según el caso, y autorizadas por el Contador General de la Nación. Cuando no se requiera pernoctar en el lugar de la comisión, el servidor o contratista deberá regresar el mismo día que finalice el evento, con el fin de reducir los días pernoctados. b) c) d) Página 3 de 7 #L CONTADURÍA GENERAL DE LA NAClóN Cuentas Ciaras, Estado Transparente l Resolución NO. 63 DEL Q2-Q3-2Q26 "Por medio de ta cual se adopta ei pian de aush:eridad en el gasto pública y se }mplementan medidas administrativas, financieras y de recursos humanos para la UAE Contaduría Generai de ia Nación en ta vigencia 2026 e) Con ocasión de invitaciones de entidades, y solo en el caso que estos gastos no estén cubiertos y autorizados por estas, podrá autorizarse el reconocimiento y pago de viáticos. f) En el evento en que el asunto se pueda resolver mediante teleconferencia o cualquier otro medio de comunicación, se preferírán estos medios y no la comisión. Para el efecto, las teleconferencias deberán ser programadas al menos con dos (2) días de antelación, con el fin de que sea eficiente su celebración . g) Toda comisión al exterior deberá ser previamente autorizada por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
ARTICULO 7o. EVENTOS - CAPACITACIONES. Se reducción de gastos a través de acciones tales como: deberá cumplir con la a) b) c) d) e) Minimizar los gastos de alquiler de salones para eventos o capacitaciones. Cuando se requiera el uso de salones o auditoríos, se ímplementarán estrategias dirigidas a que las entidades públicas beneflciarias de los eventos provean dichos inmuebles en el marco de la cooperación interinstitucional. Celebrar convenios interadministrativos para el uso de auditorios y salones, esto con el f:in de adelantar las respectivas capacitaciones o eventos de la entidad. Solicitar las medidas justas en la alimentación cuando haya lugar a eventos o capacitaciones, que por su duración ameriten brindar alimentación. Se privilegiarán las ayudas tecnológicas para el suministro de las memorias de los eventos o capacitaciones. ARTICULO 8o. USO DE VEHICULOS OFICIALES. Para atender la reducción de gastos se atenderán las siguientes acciones: a) b) Se asignarán vehículos de uso of:icial a los siguientes funcionarios del nivel Directivo de la Entidad: Contador General de la Nación y Secretario General. Los vehículos solo podrán ser usados de lunes a viernes. Cuando por necesidad del servicio se requiera el uso del vehículo los fines de semana o festivo, éste quedará a disposición y bajo la responsabilidad exclusiva del funcionario al cual está asignado, previa justificación. La Secretaría General por intermedio del GIT de Servicios Generales,
Administrativos y Financieros, fijará el cupo de combustible de cada vehículo, con base en las características y cilindraje respectivo y hará seguimiento al consumo histórico de combustible. Quien haga uso del vehículo oficial, deberá atender las normas de tránsito vigentes, con el fín de evitar multas e infracciones. c) d) ARTICULO 9o. PAPELERIA. Para atender la reducción de gastos en la UAE Contaduría General de la Nación, la Secretaría General: a) Ejercerá el control sobre los pedidos de papelería, tóner y demás útiles de escritorio que realicen las diferentes dependencias de la entidad, observando para ello la utilización racional de estos bienes, y realizará un análisis trimestral de las necesidades por área, para obtener consumos reales de los materiales y útiles en cada dependencia. b) Propenderá por la utilización de los medios digitales para evitar impresiones y racionalizar el uso del papel. Página 4 de 7 /CONTADURIA
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Cuentas Claras, Estado Transparente 4 Resolución No. Q63 DEL Q2-Q3-2Q26 "Por medio de la cual se adopta el plan de austeridad en el gasto público y se implementar medidas administrativas, financieras y de recursos humanos para la UAE Contaduría General de la Nación en la vigencia 2026 c) A través del GIT de Servicios Generales, Administrativos y Financieros, con el apoyo de los Grl' de Talento Humano y de Planeación, realizarán campañas de concientización dirigidas al personal vinculado a la UAE Contaduría General
de la Nación, orientadas al aprovechamiento y reciclaje de materiales y útiles de oficina. ARTICULO 100. TELEFONIA. Las líneas v el servicio telefónico deberán ser utilizados exclusivamente para uso oficial, atendiendo los siguientes criterios: a) b) No se asignarán, en la vigencia 2026, planes de teléfonos celulares con cargo al presupuesto de la UAE Contaduría General de la Nación a ningún funcionario de la entidad.
Las líneas telefónicas f: ijas para llamadas internacionales, nacionales y celulares están destinadas exclusivamente para uso oficial, y la asignación de códigos será responsabilidad compartida del coordinador de cada GIT y la Coordinación del GIT de Servicios Generales, Administrativos y Financieros, bajo la supervisión del Secretario General.
El GIT de Servicios Generales, Administrativos y Financieros, para efectos de llamadas de fijo a celular y de fijo a larga distancia (nacional), asignará códigos a cada servidor público autorizado por su coordinador y establecerá mecanismos de control y seguimiento a los consumos reportados en las diferentes modalidades. Para el control de las llamadas internacionales se llevará un registro en el que se dejará constancia de la fecha, hora, servidor público que autoriza la llamada, servidor público que solicita la llamada, el número del teléfono marcado y la indicación de si es llamada a celular o nacional. El GIT de Servicios Generales Administrativos y f:inancieros efectuará el control de las llamadas realizadas y reportará a Secretaría General las que no correspondan
a actividades laborales para el proceso administrativo y disciplinario a que dé lugar c) d)
ARTICULO llo. SUSCRIPCION A PERIODICOS Y REVISTAS
PUBLICACIONES Y BASES DE DATOS.
La entidad realizará suscripción a bases de datos electrónicas especializadas únicamente cuando sea necesarío y la cantidad de licencias estará determinada por las necesidades del servicio de conformidad con la justif:icación técnica del área que solicite la adquisición. Para la impresión de textos, folletos y demás publicaciones institucionales, se procurará la mayor economía y eficiencia en el gasto, evitándome impresiones o ediciones de lujo. ARTICULO 12o IMPRESION DE DOCUMENTOS Las impresiones a color. sín excepción, deberán ser exclusivamente para actividades oficiales de la entidad. La autorización para ello estará a cargo del jefe de área correspondiente. Las impresiones en blanco y negro se harán en la opción económica de la impresora y los documentos en borrador se imprimirán en papel reciclable o, en su defecto, por ambas caras de la hoja. Página 5 de 7 #L CONTADURIA
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Cuentas Claras, Estad 4 Resolución No. Q63 DEL Q2-Q3-2026 "Por medio de }a cual se adopta el plan de austeridad en el gasto público y se implementar medidas administrativas, financieras y de recursos humanos para ia UAE Carl:aduría Genera! de ta Nación en la vigencia 2026 En cuanto a los contratos de impresión de textos, folletos y demás publicaciones institucionales, se dará prioridad a los servicios que en igualdad de condiciones
ofrezca la Imprenta Nacional. ARTICULO 13o AUSTERIDAD EN EVENTOS Y REGALOS CORPORATIVOS a) En la UAE Contaduría General de la Nación se prohíben para la vigencia 2026 las condecoraciones con cargo a los recursos del Tesoro Público. b) No se financiarán regalos corporativos, ni artículos promocionales o de mercadeo por parte de la UAE Contaduría General de la Nación. ARTICULO 14o. SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL. Con el propósito de promover la ef:iciencia en el uso de recursos públicos y reducir el consumo asociado a los servicios públicos en la UAE Contaduría General de la Nación, se implementarán las siguientes acciones: a) El GIT de Planeación promoverá la implementación de los programas ambientales establecidos bajo el Plan Institucional de Gestión Ambiental en lo relacionado con el ahorro y uso eficiente del agua, de la energía y la gestión integral de los residuos sólidos. De igual forma, realizará seguimiento y control al cumplimiento de las metas ambientales establecidas. El GIT de Planeación adelantará campañas de comunicación y sensibilización dirigidas a los servidores públicos y contratistas, con el fín de fortalecer el uso eficiente de los recursos, la cultura ambiental y el cumplimiento del Plan Institucional de Gestión Ambiental en el marco del Sistema de Gestión Ambiental (SGA). Las dependencias de la entidad deberán adoptar y aplicar las directrices que en materia de sostenibilidad ambiental se emitan en desarrollo del presente artículo, incorporando prácticas de uso eficiente de los recursos en sus
actividades cotidianas y facilitando la información necesaria para el seguimiento y control. b) c) ARTICULO 15o. USO DE BIENES PUBLICOS. Queda prohibido el uso y destino de los bienes de propiedad de la UAE Contaduría General de la Nación para actividades diferentes a las funciones que cada servidor públíco tenga asignadas, con el f:in de maximizar la vida útil de estos. ARTICULO 16o. SEGUIMIENTO A LAS DIRECTRICES. La Secretaría General de la Contaduría General de la Nación será la encargada de hacer seguimiento a la ejecución y cumplimiento de la presente resolución e implementará las medidas adicionales que considere pertinentes para hacer prevalecer la austeridad en el gasto público y los principios de economía y eficiencia de la Administración Pública. La CGN semestralmente, reportará la información en el Sistema de Información para el Registro de Austeridad de Gasto (SIRAG), de conformidad con lo establecido en la Circular Externa No. 004 del 22 de enero de 2026, expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Públíco y enviará un informe elaborado por la Secretaría General, sobre el cumplimiento de la presente resolución, en los términos y condiciones def:unidos por dicha entidad. Página 6 de 7 /R.. CONTADURIA GENERAL DE LA NACION !entes Claras, Estado Irensparent\ l Resolución Na. Q63 DEL 02-Q3-2a26 "Por medio de la cual se adopta ef plan de austeridad en el gasto público y se implementar medidas administrativas, financieras y de recursos
humanos para ia UAE Contaduría Generai de !a Nación en !a vigencia 2026 La Coordinación del GIT de Control Interno podrá hacer el acompañamiento respectivo para el seguimiento a la ejecución y cumplimiento de la presente resolución. ARTICULO 17o. CUMPLIMIENTO DE LAS DIRECTRICES. Es responsabilidad de cada servidor público de la UAE Contaduría General de la Nación, dar cumplimiento a las medidas adoptadas mediante la presenteresolución . ARTICULO 18o. MEDIDAS COMPLEMENTARIAS. Adicional a las medidas aquí constituidas, la Secretaría General y la Coordinación del GIT de Servicios Generales Administrativos y Financieros evaluarán la conveniencia y viabilidad de implementar otras que se consideren pertinentes, para la optimización del gasto en los diferentes rubros y las socializará oportunamente a todos los servidores públicos de la entidad. ARTICULO lga. PUBLICIDAD DEL PLAN DE AUSTERIDAD. En cumplimiento de los principios de transparencia, publicidad y responsabilidad, el plan de austeridad, junto con su anexo, será publicado en la página web de la UAE Contaduría General de la nación, al igual que los informes de seguimiento al mismo ARTICULO 20o. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de las fechas de su expedición y deroga las resoluciones y demás disposiciones anteriores que le sean contrarias a ésta.
PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogotá D.C. a los dos (02) días del mes de marzo de 2026 CARLOS ANDRES RODRIGUEZ RAMIREZ Contador General de la Nación (E) Proyectó: Ruth Efigenia Niño, Encargada de las funciones de presupuesto Revisó: Freddy Castaño Pineda, Secretario Generis / César Augusto Rincón Vicentes Coordinador GIT Juríd Página 7 de 7