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CGN - Resolución 095 de 2026

Contaduría General de la Nación

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Detalles

Título
CGN - Resolución 095 de 2026
Autor
Contaduría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2026

4 CONTADURÍAGENERAL DE LA NACIÓNCuentas Claras, Estado Transporente UAE CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN RESOLUCIÓN No. 095 (25 de marzo de 2026) Por la cual se inactiva el Código Institucional a una entidad de gobierno EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN (E) En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que leconfieren los literales c) y g) del artículo 30 de la Ley 298 de 1996 y losnumerales 3 y 8 del artículo 4° del Decreto No. 1693 de 2023, el decreto 0111del 30 de enero de 2026, y CONSIDERANDO: Que el artículo 354 de la Constitución Política de Colombia establece que: "Habráun Contador General, funcionario de la rama ejecutiva, quien llevará lacontabilidad general de la Nación y consolidará ésta con la de sus entidadesdescentralizadas territorialmente o por servicios, cualquiera que sea el orden alque pertenezcan, excepto la referente a la ejecución del Presupuesto, cuyacompetencia se atribuye a la Contraloría. Corresponden al Contador General lasfunciones de uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad pública, elaborarel balance general y determinar las normas contables que deben regir en el país,conforme a la ley".

Que la Ley 298 de 1996 reglamentó el mencionado artículo constitucional y creóla Contaduría General de la Nación. Que mediante la Resolución 533 de 2015 y sus modificaciones, expedidas por laCGN, se incorporó en el RCP, el Marco Normativo para Entidades de Gobierno,el cual está integrado por el Marco Conceptual para la Preparación y Presentaciónde Información Financiera; las Normas para el Reconocimiento, Medición,Revelación y Presentación de los Hechos Económicos; los ProcedimientosContables; las Guías de Aplicación; el Catálogo General de Cuentas; y la DoctrinaContable Pública. Que mediante la Resolución 237 de 2021, expedida por la CGN, se estableció lapolítica de inactivación del código institucional por omisión del reporte trimestralen la categoría de Información Contable Pública - Convergencia. Página 1 de 3CONTADURÍAGENERAL DE LA NACIÓNCuentas Claras, Estado Transparente Resolución No 095 del 25 de marzo de 2026 “Por la cual se inactiva elCódigo Institucional a una entidad de gobierno.” Que para la inactivación de códigos para entidades públicas sujetas al ámbito deaplicación del Régimen de Contabilidad Pública, la política establece que severificará: “a) El incumplimiento en el reporte de la información de la categoría“Información Contable Pública - Convergencia” a través del Sistema CHIP, porel término de ocho (8) o más trimestres de forma continua, b) Que se hayaenviado requerimiento por omisión a los responsables del reporte de lainformación en cada trimestre que se observe el incumplimiento, c) Que laentidad pública haya sido reportada como omisa a la Procuraduría General de laNación para lo de su competencia, d) Que la entidad omisa no corresponda aun municipio, distrito o departamento.”

Que una entidad de gobierno, a la fecha de expedición de la presente Resoluciónno ha reportado información contable durante 2 periodos continuos (8trimestres) y se ha identificado como entidad omisa histórica, siendo imposiblecontactar a los responsables del envío de la información financiera a laContaduría General de la Nación. Que se realizó la gestión administrativa correspondiente y se agotaron los pasosdefinidos en la política de inactivación de códigos para la entidad de gobierno yque no ha sido posible contactar a los responsables del envío de la informaciónfinanciera a la Contaduría General de la Nación. Que tal situación afecta el indicador de cobertura de las entidades que conformanel Balance General del Sector Público Colombiano, a cargo del Contador Generalde la Nación, al definirse un universo de entidades que no corresponde con larealidad de quienes tienen la obligación de reportar la información. Que es necesario inactivar el código institucional de la entidad pública e informara la Procuraduría General de la Nación y a la Contraloría General de la Repúblicapara lo de su competencia. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Inactivar el código institucional para la siguiente entidad degobierno: Código Entidad ObservaciónOmisa desdediciembre del 2023220641999 | C.P.G.A. del Noroccidente del Huila Artículo 2%. Remítase copia de la presente Resolución a la ProcuraduríaGeneral de la Nación y a la Contraloría General de la República para lo de sucompetencia.

Página 2 de 3GENERAL DE LA NACIÓNCuentas Claras, Estado Transporente « CONTADURÍA Resolución No 095 del 25 de marzo de 2026 “Por la cual se inactiva elCódigo Institucional a una entidad de gobierno.” Artículo 3°. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha desu publicación en el Diario Oficial de conformidad con lo indicado en el artículo119 de la Ley 489 de 1998, artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, modificado asu vez por el artículo 15 de la Ley 2080 de 2021.

PUBLÍQUESE, Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá, D.C., a los veinticinco (25) días del mes de marzo de 2026. Cato,CARLOS ANDRÉS RODRÍGUEZ RAMÍREZContador General de la Nación (E).

Proyecto: Blanca'Pfelia Martinez MartínezRevisó: Andrés CartilaSantos Ospina / César Augusto Rincón eb, all Página 3 de 3

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