CGN - Resolución 115 de 2026
Contaduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGN - Resolución 115 de 2026
- Autor
- Contaduría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2026
.. CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Cuentas Claras, Estado Transparente
UAE CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESOLUCIÓN NÚMERO 115 DEL 29 DE ABRIL DE 2026
Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 195 del 13 de julio de 2023 “Por la cual se adopta la metodología para el diseño, implementación y verificación del Plan estratégico de Seguridad Vial en la Contaduría General de la Nación y se dictan otras disposiciones”. EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN (E) En ejercicio de sus facultades legales y en especial las que le confiere el literal g) del artículo 3 de la Ley 298 de 1996, el numeral 8 del artículo 4 del Decreto 1693 de 2023, el Decreto 648 de 2017 que modifica y adiciona el Decreto 1083 de 2015, el Decreto 111 del 30 de enero de 2026 y, CONSIDERANDO: Que la Ley 1503 de 2011, “por la cual se promueve la formación de hábitos, comportamientos y conductas seguras en la vía y se dictan otras disposiciones”, tiene por objeto establecer lineamientos generales en materia de educación vial, responsabilidad social empresarial y acciones estatales y comunitarias, orientados a fomentar comportamientos seguros en la vía pública y criterios autónomos, solidarios y prudentes para la toma de decisiones en situaciones de desplazamiento. Que el artículo 12 de la Ley 1503 de 2011, modificado por el Decreto Ley 2105 de 2019, establece que toda entidad, organización o empresa del sector público o privado que cuente con una flota de vehículos automotores o no automotores superior a diez (10) unidades, o que contrate o administre personal de
de 2019, establece que toda entidad, organización o empresa del sector público o privado que cuente con una flota de vehículos automotores o no automotores superior a diez (10) unidades, o que contrate o administre personal de conductores, deberá diseñar e implementar un Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV), de acuerdo con la metodología expedida por el Ministerio de Transporte y articularlo con su Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST). Que el Decreto 1079 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Transporte, dispone que las entidades obligadas a implementar el Plan Estratégico de Seguridad Vial deberán desarrollarlo conforme a la metodología adoptada por el Ministerio de Transporte. Que en el parágrafo del artículo 10 del Decreto 2851 de 2013 se estableció el deber del Ministerio de Transporte de expedir la guía metodológica para la elaboración de los planes estratégicos de seguridad vial, así como la necesidad de incorporar permanentemente en el mapa de procesos de las entidades las pautas que permitan el diseño, implementación y reingeniería del PESV. Página 1 de 4CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Cuentas Claras, Estado Transparente Resolución No. 115 del 29 de abril de 2026 “Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 195 del 13 de julio de 2023 Por la cual se adopta la metodología para el diseño, implementación y verificación del Plan estratégico de Seguridad Vial en la Contaduría General de la Nación y se dictan otras disposiciones”, Mediante la Resolución No. 40595 de 2022, el Ministerio de Transporte expidió la guía metodológica para la elaboración del Plan Estratégico de Seguridad Vial,
Mediante la Resolución No. 40595 de 2022, el Ministerio de Transporte expidió la guía metodológica para la elaboración del Plan Estratégico de Seguridad Vial, estableciendo que corresponde a toda entidad, organización o empresa del sector público o privado el deber de formular dicho plan estratégico. A su turno, mediante la Resolución 20223040040595 del 12 de julio de 2022, compilada en la Resolución 20223040045295 del 4 de agosto de 2022, el Ministerio de Transporte adoptó la metodología para el diseño, implementación y verificación de los Planes Estratégicos de Seguridad Vial y, en su artículo 5, derogó la Resolución 1565 del 6 de junio de 2014. La metodología adoptada por el Ministerio de Transporte dispone que para el diseño e implementación del Plan Estratégico de Seguridad Vial las entidades deben contar con un equipo responsable o Comité de Seguridad Vial, encargado de coordinar, implementar y realizar seguimiento a las acciones institucionales definidas en el PESV. La Contaduría General de la Nación cuenta con flota vehicular institucional y administra desplazamientos en desarrollo de sus funciones misionales, razón por la cual se encuentra dentro del supuesto previsto en el artículo 12 de la Ley 1503 de 2011, modificado por el Decreto Ley 2105 de 2019, y en consecuencia le asiste el deber de diseñar, implementar y mantener el Plan Estratégico de Seguridad Vial (PESV). El Plan Estratégico de Seguridad Vial debe articularse con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), en concordancia con lo dispuesto en el Decreto 1072 de 2015, el cual establece lineamientos generales aplicables al SG-SST.
de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), en concordancia con lo dispuesto en el Decreto 1072 de 2015, el cual establece lineamientos generales aplicables al SG-SST. En cumplimiento de lo anterior, la Contaduría General de la Nación expidió la Resolución No. 195 del 13 de julio de 2023, por medio de la cual adoptó la metodología para el diseño, implementación y verificación del Plan Estratégico de Seguridad Vial. Como resultado del proceso de autoevaluación y de la gestión de mejora continua del Plan Estratégico de Seguridad Vial, se identificó la necesidad de fortalecer la estructura organizacional para su implementación, precisando los deberes y responsabilidades del líder del diseño e implementación del PESV. En mérito de lo expuesto, se hace necesario modificar los artículos 3 y 4 de la Resolución No. 195 de 2023, con el fin de incluir expresamente la competencia del líder del diseño e implementación del Plan Estratégico de Seguridad Vial, determinando sus deberes y responsabilidades. Página 2 de 4CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Cuentas Claras, Estado Transparente Resolución No. 115 del 29 de abril de 2026 “Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 195 del 13 de julio de 2023 Por la cual se adopta la metodología para el diseño, implementación y verificación del Plan estratégico de Seguridad Vial en la Contaduría General de la Nación y se dictan otras disposiciones”.
RESUELVE: ARTÍCULO 1°. Modificar el artículo 3° de la Resolución No. 195 del 13 de julio de 2023, el cual quedará redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO 3°. LÍDER PESV: El Contador General de la Nación designa como
de 2023, el cual quedará redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO 3°. LÍDER PESV: El Contador General de la Nación designa como Líder al Coordinador del GIT de Servicios Generales, Administrativos y Financieros o quien haga sus veces. El líder del Plan Estratégico de Seguridad Vial, aparte de cumplir con los requisitos propios del cargo “Asesor 1020-12”, deberá contar con la siguiente formación: a. Curso de Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) y b. Curso de prevención de accidentes viales.
PARAGRAFO: Teniendo en cuenta que la implementación del Plan Estratégico debe realizarse de forma articulada con el Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, el GIT de servicios Generales administrativos y Financieros contará con el apoyo del GIT de Talento Humano y Prestaciones Sociales de acuerdo con los criterios que se establecen en PESV de la entidad.
ARTÍCULO 2°. Modificar el artículo 4 de la Resolución No. 195 del 13 de julio de 2023, el cual quedará redactado de la siguiente manera: ARTÍCULO 4°. FUNCIONES LÍDER PESV: Las funciones del Líder del Plan Estratégico de Seguridad Vial, serán las siguientes: e Mantener actualizada la Política de Seguridad Vial conforme a los requisitos legales vigentes, integrando el compromiso de mejora continua y asegurando su revisión integral con una periodicidad mínima de tres (3) años, o antes si las condiciones de la entidad lo requieren. e Promover activamente, al interior de la entidad, la incorporación de prácticas responsables y comportamientos seguros en la vía, mediante acciones que fortalezcan la cultura de seguridad vial.
años, o antes si las condiciones de la entidad lo requieren. e Promover activamente, al interior de la entidad, la incorporación de prácticas responsables y comportamientos seguros en la vía, mediante acciones que fortalezcan la cultura de seguridad vial. e Gestionar la disponibilidad de los recursos financieros, técnicos y humanos necesarios para el diseño, implementación, evaluación y mejora continua del PESV. e Establecer y supervisar la inclusión de requisitos técnicos de seguridad vial en los procesos de contratación para la adquisición de vehículos, repuestos y servicios de mantenimiento, asegurando el cumplimiento de los estándares legales y la idoneidad de los proveedores seleccionados. e Llevar a cabo las etapas de planificación, implementación, seguimiento y mejora del PESV e Diligenciar el reporte de autogestión anual y socializar los resultados de la medición de los indicadores del Plan Estratégico de Seguridad Vial al interior de la entidad. Página 3 de 4+ CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN Cuentas Claras, Estado Transparente Resolución No. 115 del 29 de abril de 2026 "Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 195 del 13 de julio de 2023 Por la cual se adopta la metodología para el diseño, implementación y verificación del Plan estratégico de Seguridad Vial en la Contaduría General de la Nación y se dictan otras disposiciones”. e Informar a la alta dirección sobre el desempeño, resultados y necesidades de mejora del sistema de gestión de seguridad vial. ARTÍCULO 3°. VIGENCIAS: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica parcialmente la Resolución 195 de 2023.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
ARTÍCULO 3°. VIGENCIAS: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica parcialmente la Resolución 195 de 2023.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá D.C., a los 29 días del mes de abril de 2026. CARLOS ANDRÉS RODRÍGUEZ RAMÍREZ Contador General de la Nación (E) Proyectó: Carolina Guzmán García - Profesional Especializado i Revisó: Denis Eliana Hernández Niño - Coordinadora GIT Servicios Generales, administrativos y trance Freddy Armando Castaño PinedaSecretario General Reviso: Cesar Augusto Rincón Vicentes - Coordinador del GIT de Pm. Página 4 de 4