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CGN - Resolución 123 de 2024

Contaduría General de la Nación

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Detalles

Título
CGN - Resolución 123 de 2024
Autor
Contaduría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2024

CQWMBIA

FarEtlC14 D: LR VIDA

CONTADURIA

GENERAL Dt LA NACION4

U. A. E. CONTADURIA GENERAL DE LA NACION RESOLUCION No. 123 (24 de abril del 2024) Por la cual se asigna la función de instrucción en los procesos disciplinarios de la

Contaduría General de la Nación EL CONTADOR GENERAL DE LA NACION En ejercicio de sus facultades y en especial las conferidas por los literal g) y 1) del artículo 3o de la Ley 298 de 1996, 1os numerales 8 y 12 del artículo 4o del Decreto 1693 de 2023, y en especial las que le confiere, el artículo 2.2.S.5.52 del Decreto 1083 de 2015 y CONSIDERANDO Que la Ley 1952 del 28 de enero de 2019. por medio de la cual expidió el Código General Disciplinario, derogó la Ley 734 de 2002 y algunas disposiciones de la Ley 1474 de 2011, relacionadas con el derecho disciplinaria. Que el artículo 12 de la Ley 1952 de 2019 modificado por la Ley 2094 de 2021 establece que en el proceso disciplinario debe garantizarle que el funcionario instructor no sea el mismo que adelante el juzgamiento. Que el Departamento Administrativo de la Función Pública expidió la Circular No. 100002 del 3 de marzo de 2022, por la cual preciso los lineamientos organizacionales tendíentes a implementar la separación de las funciones de instrucción y juzgamiento definidas por la Ley 2094 de 2021, entre los que recomienda a las entidades públicas

adelantar una revisión y análisis de sus capacidades institucionales, con el propósito de implementar alternativas que les permita dar cumplimiento a la citada disposición. Que el numeral 9 del artículo 8 del Decreto 1693 de 2023 señala como función del Secretario General, adelantar la etapa de juzgamiento y fallo en primera instancia de los procesos disciplinarios a cargo de la Contaduría General de la Nación. Que a su vez, el numeral 21 del artículo 4 del Decreto 1693 de 2023 dispone que el Contador General de la Nación. tiene la función de adelantar y fallar la segunda instancia de los procesos disciplinarios de la Contaduría General de la Nación, en los términos establecidos en la legislación vigente sobre la materia. Que. con la finalidad de asignar la función de instrucción disciplinaria. el GIT de Talento Humano verificó que de acuerdo con el nível jerárquica, la naturaleza de las funciones del empleo, y el perfil requerido en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, es pertinente y procedente asignar la función de conocer en la etapa de instrucción de los procesos disciplinarios adelantados a los funcionarios y/o exfuncionarios de la Contaduría General de la Nación al empleo denominado PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 2028 GRADO 20 del GIT de Jurídica y así dar cump]ímíento a] art. 12 de ]a Ley 2094 de 202].. Que, con relación a la asignación de funciones, la Corre Constitucíona sentencia T-105 de 2022, estableció:

mediante :} jefe inmediato si puede asignar otras funciones diferentes a ias expresamente :ontempiadas en ei respectivo Manual de Funciones y Requisitos de ia entidad, de acuerdo a !as necesidades dei sevicio, a los fines y objetivos propios de cada entidad.COla4BIA VIDA Hela ctan No. 123 dit24de abrÜde 2Q24 "'Pw iec iQ} $e asigna la función dehstrucdón en Im proasmóisctPinoriwú h cmtedüíio G€n€raldelaNaciÓn' CONTADURIA GENERAL DE LA NACION ( ;U3, F)lOaO ='nnS6l;.-ente pero dentro del contexto de las funciones propias det funcionario y acordes ai cargo que ejerce y para et cua! ha sida nombrado Que las Leyes 1952 de 2019 y 2094 de 2021 entraron en vigor el 29 de marzo de 2022 y, por lo tanto, se hace necesario dictar disposiciones encaminadas a separar las etapas de instrucción y juzgamiento a fin de garantizar el principio del debido proceso. Que el Departamento Administrativo de la Función Pública, mediante concepto radicado Na. 20206000141201 de abril 13 de 2020 , indicó que "r.-) .4sí/as cosas, /a asignación de funciones es una figura de administración de peGaRa! en ei sector público a la que puede acudir ia administración cuando su an funciones adicionales que par su naturaieza puedan set desempeñadas por empleadas vinwiados a los

cargas de fa pianta de personal de fa entidad sin que se transforme ef empleo de quien las recibe. o cuando la entidad necesite que se cumpla con algunas de tas funciones de un cargo, pero siempre que las mismas tengan relación con ías del cargo al que se !e asignan. Que en aras garantizar la imparcialidad y autonomía en todas las acciones disciplinarias, se hace necesaria asignar la función disciplinann para adelantar la etapa de instrucción al cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADA CODIGO 202B GRADO 20 de[ Grl' de Jurídica, garantizando su independencia tanto de su superior ]erarquico funcional, el Coordinador del GIT de Jurídica, como respecto de otros servidores Que, en mérito de lo expuesto RESU E LVE ARTICULO lo. Asignar al cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO CÓDIGO 2028 GRADO 20 del G]T de Jurídica, el conocimiento de los procesos disciplinarias que deban adelantarse contra los servidores y ex servidores de la entidad en la etapa de instrucción, de conformidad con la normatívidad que rige la materia. ARTICULO 2o. Comunicar la presente decisión al servidor publica que ejerce las funciones del cargo PROFESIONAL ESPECIALIZADO CODIGO 2028 GRADO 20 del GIT de Jurídica y al Coordinador del GIT de Jurídica de la entidad. ARTICULO 3o. La presente Resolución rige a paitír de la fecha de su comunicación y publicación en lostérminos del artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

COMUNÍQUESE. PUBLiQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los veinticuatro (24) días del mes de abril de 2024 MAU KXC10/bÓijE2 VILLEGAS ContadólrGengEg!.de la Nación Prayecbó: Alexandra Quemba Gómez, Coüátinadora Gll' 'hlen9 Humana y Prestaciones sociales¿RJP Rev sÓ: :neddy Amando Castaño P Reda. Seuetarb Ceneraiá cargado de las funciones de ooorüinador del GIT de ]uñdica. IV/ Hoja 2 de 2

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