CGN - Resolución 441 de 2024
Contaduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGN - Resolución 441 de 2024
- Autor
- Contaduría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2024
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Cuentos Claras, Estado Transparente
U. A. E. CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESOLUCIÓN No. 441 DEL S DE DICIEMBRE DE 2024
Por la cual se modifica la Resolución 037 de 2017 para incluir, en el Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público, el "ANEXO TÉCNICO NORMATIVO 01 DE 2024 del GRUPO l", incorporado mediante el Decreto 1271 de 2024 y se dictan otras disposiciones EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 354 de la Constitución Política de Colombia, además de las conferidas por la Ley 298 de 1996 y el Decreto 1693 de 2023, y . .. . . .
CONSlDERANDO QUE: El artículo 354 de la Constitución Pálítica de Colombia determina que habrá un Contador General y le confiere, entreiotras, la función de determinar las normas contables que· deben regir en el país. Este artículo fue desarrollado por la Ley 298 de 1996 que, entre otras disposiciones, crea la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación (CGN) y le otorga la función de determinar las políticas{prihcipiosy normas sobre contabilidad, que deben regir en e! país para todo el fiectórpúb!Ico.
El inciso primero del artículo 12 de la Ley 1314 de 2009 establece que las diferentes autoridades con competencia sobre entes privados o públicos deberán garantizar que las normas de contabilidad, de información financiera y aseguramiento de la información de los participantes de un mismo sector
diferentes autoridades con competencia sobre entes privados o públicos deberán garantizar que las normas de contabilidad, de información financiera y aseguramiento de la información de los participantes de un mismo sector económico sean homogéneas, consistentes y comparables. El artículo 1 ° de la Resolución 354 de 2007 expedida por la CGN, modificado por el artículo 1 • de la Resolución 156 de 2018, establece la conformación del Régimen deContabiHdad Pública (RCP). La Resolución 037 de 2017, expedida por la CGN, incorpora, en el RCP, el Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público, y establece su conformación. Adicionalmente, el artículo 30 de dicha Resolución, modificado por la Resolución 267 de 2022, establece que el Marco Conceptual para la Información Financiera y las Normas de Inforrnación Financiera, de dicho Marco Normativo, corresponderán a lo establecido en el "ANEXO TÉCNICO COMPILATORIO Y ACTUALIZADO 1 - 2019,1 41Íf, CONTAD UR ÍA fi¡; GENER AL DE LA NACION Cuentas Claras, Estado Transparente Resolución número 441 del 5 de diciembre de 2024 Por la cual se modif ica la Resol uci ón 037 de 20 17 par a incluir, en el Marco Norm ativ o para Em presa s que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Capta n o Admin istran Aho rro del Públ ico, el "ANEXO TÉCNIC O NORMAT IVO 01 DE
202 4 EL GRUPO 1", inc orporado mediant e el Decreto 1271 de 202 4 y se dicta n otras di sposic ione s DE LAS NO RMAS DE IN FO RMACI ÓN FINA NCI ERA, GR UP O 1" del Decr eto 2420 de 20 15, inclu idas las mo dif ica cio nes realizadas med ia nte a) el anexo técn ico "M ODI FICACI ÓN A LA NIIF 16 DEL ANEXO TÉCNI CO COM PILATO RIO Y ACTUALIZAD O 1 - 20 19, DE LAS NO RMAS DE INF ORM ACIÓ N FINANCIER A, GR UPO 1" del Dec reto 1432 de 2020 , b) el "ANEXO TÉCN ICO 202 1, DE LAS NOR MAS DE IN FORMACIÓN FINANC IERA , GR UP O 1" del Decr eto 938 de 202 1 y c) el "AN EXO TÉCN ICO 2022, DE LAS NOR MAS DE INF ORM ACIÓ N FIN ANCI ERA, GR UP O 1" del Decreto 16 11 de 20 22. El Decr eto 12 71 de 2024 adiciona el "AN EXO TÉCN ICO NO RMATIVO 01 DE 20 24 DEL GRU PO 1", contentivo de la NIIF 17, contra tos de se gur o, al "ANE XO TÉCNI CO COM PI LATORIO Y ACTUAL IZADO 12019 DE LAS NO RMA S DE INF O RMA CIÓN FI NANC IER A, GRUP O 1", del Decreto 22 70 del 2019, y al "AN EXO TÉCN ICO 20 21 DE LAS NO RMAS DE INF O RMACIÓN FINANC I ERA, GRU PO l", del
INF O RMA CIÓN FI NANC IER A, GRUP O 1", del Decreto 22 70 del 2019, y al "AN EXO TÉCN ICO 20 21 DE LAS NO RMAS DE INF O RMACIÓN FINANC I ERA, GRU PO l", del Decr eto 938 de 20 21 , incorp orados en el Decr eto 2420 de 20 15. Además , esta ble ce las simplific acío nes que deben apl icar los prepa rad ores de información financi era del Gr up o 1 vigila dos por la Su perintend enc ia Finan ciera de Col ombia pa ra la im pl ementación de dicha NIIF . Ad ic ion al me nte , el cita do Decr eto esta bl ece el régimen de transi ción en el que se in dica , entr e otros aspectos, que : a) el \\ANEXO TÉCN ICO NOR MATIVO 01 DE 20 24" y las si mp lifi cacio nes apli can a part i r de l 1º de enero de 202 7, b) se perm ite recon ocer de man era gr adua l en el estado de resu ltad os la di ferencia neta positiva o ne gativa por la pri mera ap li cación del Decreto 1271 de 20 24 y e) se exceptú a a la reserva de in suficiencia de activos de la apli caci ón de la NI IF 17, ha sta tanto el Go bierno na ciona l realice modif icacio nes a! patrimonio adec uado de la s entidad es aseg uradoras par a la conver gen cia a una reg ul ación basada en riesg os y fin alice el . peri odo de grad ua lid ad de la co nver gencia a la NI IF 17. Este Decreto tambi én deroga la NI IF 4 co ntenida en lo s anexos del
basada en riesg os y fin alice el . peri odo de grad ua lid ad de la co nver gencia a la NI IF 17. Este Decreto tambi én deroga la NI IF 4 co ntenida en lo s anexos del Decreto 2420 de 20 15. · • Se requiere modi fic ar l a Resol uc ión 037 de 20 1 7 para inc luir , en el Marco Normat ivo para Empresas que Cotizan en el Me rcado de Valores, o que Ca ptan o Ad mi nistran Aho rro del Público, la modific ación al "AN EXO TÉCNIC O DE LAS NO RMAS DE INF ORMACIÓN FINANCI ERA PARA EL GR UP O 1" , así como otras di sposicio nes establ ecid as median te el Dec reto 12 71 de 20 24. Así mismo, se requi ere perm itir la ap lic ación anticipa da par a las empresas suj etas a di cho Marco Normativo que no sean vigil adas por la Sup erintende ncia Finan ciera de Colom bia y que neces iten presentar estados fina nci eros en los cuale s se apli que la NIIF 17 en period os contable s anterio res a 2027. Lo an teri or , un a vez su rtido el proceso de coordi nación de que trata el art ículo 12 de la Ley 13 14 de 2009 . En mé rito de lo expu esto, RESU ELVE: ARTÍC UL O 1° . Modi fica r el artíc ulo 3º de la Resolución 037 de 2017, el cua l quedará así : Hoja 2d e4 fi·Ás;;,; CO NTAD UR ÍA "'i'' GENERAL DE LA NACIÓN Cuentas Claras, fstodo Transparente Resolución número 441 del 5 de diciembre de 2024
quedará así : Hoja 2d e4 fi·Ás;;,; CO NTAD UR ÍA "'i'' GENERAL DE LA NACIÓN Cuentas Claras, fstodo Transparente Resolución número 441 del 5 de diciembre de 2024 Por !a cual se modifica la R.esolu ción 037 de 2017 para inc luir , en el Ma rco No rmativo pe,r e, Em prese,s que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Capta n o Admin istra n Aho rro del Públ ico, el "ANE XO TÉCNICO NORMA TIVO 01 DE 2024 EL GRUP O 1 ", inc orporado media nte el Decreto 1271 de 2024 y se di ctan otras disposiciones ARTÍCU LO 3° . El Marco Conc eptua l para la Inf ormació n Fi na ncier a y las Norma s de Informació n Fin ancier a, del Marco Norm ativ o para Empresas que Cotiza n en el Mer cado de Valores , o que Ca pta n o Ad min istran Ahorro del Pú blic o, co rrespon de rá n a lo estab leci do en el "AN EXO TÉCN ICO COM PILATORIO Y ACTUALIZADO 1 - 2019 , DE LAS NO RMAS DE INF ORMACIÓN FINAN CI ERA, GRU PO l" del De creto 2270 de 2019, inc luidas las modi ficacione s realiza das med iante a) el an exo técnico "M ODIF ICACIÓ N A LA NI IF 16 DEL AN EXO TÉCN ICO CO MPI LATORIO Y ACTUAL IZADO 1 - 201 9, DE LAS NO RMAS DE INF OR MACIÓ N FINANCIER A, GRUP O 1" del Decreto 1432 de 2020, b) el "ANEXO TÉCN ICO 2021, DE LAS NOR MAS DE INFO RMACIÓN
DE LAS NO RMAS DE INF OR MACIÓ N FINANCIER A, GRUP O 1" del Decreto 1432 de 2020, b) el "ANEXO TÉCN ICO 2021, DE LAS NOR MAS DE INFO RMACIÓN FINAN CIERA, GRU PO 1" del Decreto 938 de 202 1, c) el "ANEXO TÉCN ICO 2022, DE LAS NORM AS DE IN FORMACIÓN FI NANCI ERA , GRUPO 1" de l Decr eto 161 1 de 2022 y d) el "ANE XO TÉCNICO NO RMATIVO 01 DE 2024 DEL GR UP O 1, CONTEN TIVO DE LA NO RMA NII F 17 CONTRATOS DE SEGUR O" del Decr eto 12 71 de 2024 , in corporados al Decreto 2420 de 20 15. ARTÍCU LO 2° . Mo dificar el numeral 2 y el par ágr afo 2 del art ículo 6° de la Resolución 037 de 201 7, los cua les queda rán así:
2. El tratamiento de las reser vas técn icas especiales de riesgos en cu rso y rie sgos catastróficos del ran,o terremoto que ha ce referenci a el cap ítulo 1, del título 5, del li bro 31, de la parte 2 del De creto 25 55 de 20 10; la reserva de desvia ción de siniestralid ad para riesgos labo rales y la reserva de recobro de enferme dad la boral que trata el Libro 31 del Dec reto 2555 de 20 10; los am paros de riesgos políticos o extraordi na rios del seg ur o de cré dito a la exportación gara nti zado por la Nación del Decreto 1068 de 20 15; y los
am paros de riesgos políticos o extraordi na rios del seg ur o de cré dito a la exportación gara nti zado por la Nación del Decreto 1068 de 20 15; y los Beneficios Económic os Peri ódi cos (BEP S) que trata el Dec reto 1833 de 201 6; esta blecido en la NH F 17, contratos de segur o. Pa rág rafo 2. Pa ra ios efectos de la apl icación de la Norm a In tern ac iona l de In form aci ón Fi nan ciera NIIF 17 , contratos de seg uro, los aj ustes gra dua les de las reservas constitu idas antes del 1 de octubre de 2010 para el cálculo de los prod uctos de pensiones de l Sistema Gen eral de Pensio nes (inclui das las conmuta ciones pensiona le s celebr ad as) , del Sis tema Gener al de Riesg os Labo rales y de los demás productos de seguros que utili cen las ta blas de mort alid ad rentis tas en su cálculo, esta blec idas por la Super intendenc ia Finan ciera de Colombia , se contin uarán apli ca ndo los peri odos de transici ón establec idos en el Decreto 29 73 de 201 3, o las normas que lo modifi quen o su stituyan . Lo an te rior sin perjuic io que las entid ades pueda n cum pli r an tici padamente con los plazos previ stos en los regímenes de transició n a lo s que se alude co n an terioridad. En todo caso, las com pa ñí as de seg ur os deber án in cluir en sus estados fina nci eros una nota sobr e el parti cular .
que se alude co n an terioridad. En todo caso, las com pa ñí as de seg ur os deber án in cluir en sus estados fina nci eros una nota sobr e el parti cular . ARTÍCU LO 3° . Adi cionar el artículo 6-1 a la Resolución 03 7 de 20 17, el cual qu edará así:Alf¡; CONT ADU RÍA fi GEN ERAL DE LA NACION Cuentas Claros, Estado Tronsporente Resolución número 441 del 5 de diciembre de 2024 Por la cual se modif ica la Resolución 037 de 2017 par a incluir , en el Marco Norm ativo para Em presa s que Cotizan en el Mer cado de Valores, o que Captan o Admin istran Ahor ro del Públ ico, el "ANEXO TÉCNICO NORMATIVO 01 DE 2024 EL GRUPO l'fi incorpora do media nte el Decrern 1271 de 2024 y se dic tan otras di sposiciones ARTÍC UL O 6-1 . Pa ra la preparación y presentac ión de estado s financ ie ros ind ividu ale s y sep arados, las en tid ade s vigi lad as por la Su peri nten denc ia Financ iera de Colombia aplica rán las directrices de la NII F 17 y tendrá n en cuent a las simplificacione s esta ble cidas en el artículo 1. 1.4.1.4 del Decreto 242 0 de 20 15, adicio nado mediant e el artíc ul o 2 del Decreto 127 1 de 2024. ARTÍCU LO 4° . VIG EN CIA. Las ent idades deberán tene r en cuen ta el régim en de transic ión del artícul o 4 del Decreto 12 71 de 2024 .
ARTÍCU LO 4° . VIG EN CIA. Las ent idades deberán tene r en cuen ta el régim en de transic ión del artícul o 4 del Decreto 12 71 de 2024 . Par ágr afo Las entid ades que no son vig ilad as por la Supe ri nten den cia Fina nciera de Colom bia podrán adopta r la NI IF 17 de manera volunt aria y an ticipada para la prepa ració n y presentaci ón de los estados financie ros se parados y consoli dados correspon dientes al año 20 24 o siguie ntes , lo cual se revela rá en las notas a lo s esta dos finan cieros . ARTÍCU LO 5° DE ROGATO RIAS . La prese nte Resoluc ión rige a part ir de su publi ca ción en el Diar io Ofic ial, de conformid ad con el artí culo 119 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 15 de la Ley 208 0 de 2021. Adiciona lm ente, a partir del 1 de en ero de 2027, deroga la NI I F 4 co ntenida en las Nor mas de In formación Fi na ncier a, del Ma rco Norma tiv o para Em presa s qu e Cotizan en el Mercado de Valores, o que Capta n o Admin istra n Ahor ro del Púb lic o esta blecidas media nte el art ícu lo 3 de la Resolu ción 03 7 de 20 17, modifi cada por la Resol uci ón 056 de 2020, la Resol uc ió n 035 y 197 de 202 1 y la Resolución 267 de 202 2.
PUBL ÍQU ESE Y CÚMPL AS E
035 y 197 de 202 1 y la Resolución 267 de 202 2.
PUBL ÍQU ESE Y CÚMPL AS E
Dad a en Bog otá, D.C. , a los ci nco (05) días del mes de dic iemb re de 2024 . . . A • • 1 ;?fifi MAU RICIOfi ViLLEGA S Contaififi&fiI de la Nac ió n ·- • Proyectó : Glor ia Estela Calder ón Apon ¡Diana Paola Romer o Cárdenas Rev;só : Ca rlos Andrés firlguez mi rez /Roda Pfi Sotelo/Césa r Augus to R;nc ón v;centefi Hoja 4d e4