CGN - Resolución 443 de 2024
Contaduría General de la Nación
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CGN - Resolución 443 de 2024
- Autor
- Contaduría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2024
A... CONTADURÍA Y GENERAL DE LA NACIÓN
Cuenta.(, Claras, Estado Tran.spartnte
UAE CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESOLUCIÓN No. 443 DEL 6 DE DICIEMBRE DE 2024
Por la cual se modifica el artículo 7° Transitorio de la Resolución 602 de 2018 para ampliar el plazo señalado en dicho artículo y establecer alternativas para la medición por primera vez de los activos de infraestructura de transporte conforme al Marco Normativo para Entidades de Gobierno EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN En ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 354 de la Constitución ··Política de Colombia, además de las conferidas por la Ley 298 de 1996 y el Decreto 1693 de 2023, y CONSIDERANDO QUE: El artículo 354 de la Constitución Política de Colombia determina que habrá un Contador General y le confiere, entre otras, la función de determinar las normas contables que deben regir en el país. Este artículo fue desarrollado por la Ley 298 de 1996 que, entre otras disposiciones, crea la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación (CGN) y le otorga la función de déterminar las políticas, principios y normas sobre contabilidad, que deben regir en el país para todo el sector público. El artículo 1 de la Resolución 354 de 2007, expedida por la CGN, modificado por el artículo 1 de la Resolución 156 de 2018, establece la conformación del Régimen de Contabilidad Pública (RCP). La Resolución 533 de 2015, expedida por la CGN, incorpora, en el RCP, el Marco Normativo para Entidade? de Gobierno, conformado, entre otros, por el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera, las
La Resolución 533 de 2015, expedida por la CGN, incorpora, en el RCP, el Marco Normativo para Entidade? de Gobierno, conformado, entre otros, por el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera, las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos, y los Procedimientos contables. La Resolución 602 de 2018, expedida por la CGN, incorpora, al Marco Normativo para Entidades de Gobierno, el Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con los acuerdos de concesión de infraestructura de transporte. Adicionalmente, el artículo 7° Transitorio de dicha Resolución establece un plazo de aplicación hasta el 31 de diciembre de 2022 para las entidades concedentes y hasta el 31 de diciembre de 2021 para las entidades titulares. La Resolución 228 de 2021, expedida por la CGN, modifica el artículo 7° Transitorio de la Resolución 602 de 2018, ampliando el plazo de aplicación para las entidades concedentes y las entidades titulares hasta el 31 de diciembre de 2024. Página 1 de 4 \.,. CONT ADU RÍA GENERAL DE LA NACIÓN CÚenras Cl<Jras, Esrodo Tronsporen:fi Resolución número 443 del 6 de diciembre del 2024 "Por la cual se modifica el artículo 7° Transitorio de la Resoludón 502 de 2018 para amp//ar el plazo señalado en dicho artículo y establecer alterna tivas para la medición por primera vez de los activos de infraestructura de transporte conforme al Marco Normativo para Entidades de Gobierno"' La CGN anali zó las comu nicaci ones e in formes de avanc e radi cados por las
artículo y establecer alterna tivas para la medición por primera vez de los activos de infraestructura de transporte conforme al Marco Normativo para Entidades de Gobierno"' La CGN anali zó las comu nicaci ones e in formes de avanc e radi cados por las entidad es del sector tran sport e, en las cu ale s las ent id ades co nc ed ent es y las entidade s titu la res de los activos en co nce sión inf or mar on que han avanz ado en la ide ntificac ión, reco noc imie nto, medición y desi ncor por ación de los activos de inf raestru ctu ra de transpo rte que se enc;; ontr aban co nce sionados al 1 de ener o de 20 18 y de los pasiv os as oci ados a estos . Ad icio nalment e, las ent ida des inf orman . que pe rsisten algu nas dif icu ltades en la ge stión, . ob te nción y disponibili dad de los sopor tes ne ces ar ios pa ra la id entific ación e inc orpo ración de los activos de inf raes truc tu ra de transport e en la in formación fi nanc ier a, así co mo pa ra su med ició n ini ci al y post er ior . En co nsecuenc ia, las entid ades han id entificado la ne ces idad de mod ifica r sus plan es de tra bajo y han determina do que se requ ier e ha sta el 31 de di ci em bre de 2028 par a cu mplir las activi dade s pr evis tas. Los eq ui pos téc nic os de la CG N estudiar on los in formes de las entida des, la evolución de la in formaci ón fina nci era públic a consol idada en apl icación del Procedi mien to cont able par a el reg istro de los hechos económic os relac iona dos
evolución de la in formaci ón fina nci era públic a consol idada en apl icación del Procedi mien to cont able par a el reg istro de los hechos económic os relac iona dos co n los acuer dos de conc esión de inf raestru ctu ra de transp orte de sde 20 18 al 2023 , los ob stácu los prese ntados y los plane s de trabajo aj us tados propu estos por las en tidades. Se requi ere mod ifica r el art ícu lo 7° Tra nsi to rio de la Resol uc ión 602 de 2018, que inc or po ra al Mar co No rmativo pa ra Entid ades de Gobier no el Proced im ient o contable pa ra el regi stro de lo s hechos económic os re la cio nad os co n los acuer dos de concesión de inf raestru ctu ra de tran sp or te, pa ra ampliar el pl azo esta ble cido en dich o art ícu lo y estable cer al ternativa s para la med ición por pr im era vez de los acti vos de inf raest ructur a de tran spo rte, co nfor me a di cho Mar co No rmativo, con el fi n de su per ar las di ficu ltades prese ntadas por las entid ades . En mé rito de lo expu esto, RESUEL VE : ARTÍCULO 1 °. Mod ificar el artículo 7° Transit orio de la Reso lu ción 602 de 20 18, el cu al quedar á con el siguien te texto : ARTÍC ULO 7° . Tran sit or io. Las entidade s co nc edentes te ndr án hast a el 31 de dic iem bre de 2028 pa ra a) id entific a r, reco nocer y me dir los activos
ARTÍC ULO 7° . Tran sit or io. Las entidade s co nc edentes te ndr án hast a el 31 de dic iem bre de 2028 pa ra a) id entific a r, reco nocer y me dir los activos de in fraestruc tu ra de tran sport e que se enc ontr aban co nce sio nado s al 1 de ener o de 20 18, jun to co n lo s pasivos asociad os a esto s, co nfor me al Ma rco Nor ma tivo para Entidades de Gobier no, o b) dar de baja los activos de in fra estru ctu ra de trans por te que se enc on tra ban co nce sio nados al 1 de ener o de 2018 y que deba n ser reconoc idos por la entidad titu lar. Pa ra ello, las entida des conced ent es formali za rán un plan de tra bajo apr oba do por la alt a dir ecci ón, en el cu al, a pa rti r de un in ve nta rio de actividades, se de fi na la in corporación o desi ncor porac ión gradual de activos o pasivos, pr ior iza ndo aqu ellos de mayor im pac to en la inf or ma ci ón fi na ncier a. La docu men tación de di cho pla n, así como de su ejecu ción, deber á estar disp onible par a las aut oridade s y or ga nis mos de contr ol que la req uier an. Por su part e, las ent ida des titu lares tendrán ha sta el 31 de di ciem bre de 2028 par a a) iden tif ica r y dar de baja los ac tivos de inf raestr uctu ra de trans port e que ha ya n sido ent reg ados con an teri oridad al 1 de ener o de Pág in a 2 de 4
\CONT ADUR ÍA GEN ERAL DE LA NACIÓN
trans port e que ha ya n sido ent reg ados con an teri oridad al 1 de ener o de Pág in a 2 de 4 \CONT ADUR ÍA GEN ERAL DE LA NACIÓN Cuentos Claras, Estado Tronspo:e.nre Resoludón número 443 del 6 de diciembre del 2024 "Por la cual se modifica el artí01lo 7° Transitorio de la Resolud6n 602 de 201 8 para ampliar el plazo señalado en dicho artículo y establecer alternatlvas para la medición por primera vez de los activos de Infraestructura de transporte conforme al Marco Normativo para Entidades de Gobierno• 20 18, y remi tir a la entidad co nc ede nte la inf or mac ión par a la resp ectiv a in corpo ració n; o b) iden tificar, recon ocer y medir los activos de inf raestruc tur a de transport e que . haya n sido conce siona dos con an terio ridad al 1 de en ero de 201 8 y que de ba reco nocer en su infor mac ión fi nanc ier a, conf orme al Mar co Nor mat ivo par a Entidade s de Gobier no. Pa ra ello, las ent ida des tit ular es forma lizar án un plan de tra bajo apr obado por la alta dir ección, en el cu al, a par ti r de un in ve nt ar io de actividades, se def ina la de si nco rporac ión o inc orpor ación gradu al de activos, prio riz a ndo aquel los de mayo r imp acto en la infor mac ión financ ier a. La docum entaci ón de dic ho plan, así co mo de su ejecu ción, deber á esta r dispo nible par a las aut oridades y organ ismos de con trol que la re.qu ieran.
de dic ho plan, así co mo de su ejecu ción, deber á esta r dispo nible par a las aut oridades y organ ismos de con trol que la re.qu ieran. Para efectos de la medic ión de los activos de inf raestruc tur a de tra nspo rte y de los pasivos asoc ia dos, las enti d ades concedent es y las en tidades titu lar es apl ica rán lo esta blecido en las Nor mas pa ra el Reco nocimient o, Med ic ión, Reve lación y Pres ent ac ión de los Hechos Económ icos del Mar co No rma tivo pa ra Ent idades de Gobierno, así como en el In struc tivo 002 de 20 15 , ex ped idos por la CG N. Los ajustes que realic en las ent idades co ncedent es y las ent ida des titu lar es, conf or me a lo estable cido en este artíc ulo, afecta rán la cue nta 31 45IM PACTOS POR LA TRANSIC IÓ N AL NUE VO MARCO DE REGU LACIÓN, par a el año 20 18, y la cue nta 31 09-RE SUL TADOS DE EJ ER CICIOS ANTER IORES, a partir del 1 de ener o de 20 19. Parág rafo transit orio . Para la medic ión por primer a vez de los activos de inf raestruc tu ra de tran spo rte co nfor me al Ma rco No rmativo par a Ent ida des de Gobierno, las entidades concedent es y las entidades titu lar es podr án apli ca r metodologí as simpli ficadas que a proximen el va lor de los activos a su costo o costo de rep osici ón, ta les como la medición por zo nas homogéneas físicas o ge oec onóm icas o el uso de va lor es catastrale s de los
su costo o costo de rep osici ón, ta les como la medición por zo nas homogéneas físicas o ge oec onóm icas o el uso de va lor es catastrale s de los ac tivos o de activo s simil ares. Las en tida de s co ncedent es y las ent idad es titular es podr án in corpor ar los activos a la fecha que se rea li cen las medicione s, la cu al podr á ser dis tint a al 1 de ener o de 20 18. A par ti r de la fecha de inc orpor ación de los activos, estos se me dirán, de man era prospec ti va, conforme al Mar co No rmat ivo par a Ent idades de Gobier no. Po r lo ant erio r, la iden tif icaci ón, inc orpor ación o desi ncor po ración de los activos no im plic ará la reexpr es ión retroactiva de los sa ldos a 31 de di ciem bre que se pr ese nta n de maner a compar at iva en los estados finan cieros . En los estados fi nancier os a 31 de di ciembr e de cada peri odo contable ha sta 2028, las ent idade s co nced ent es y las entidade s titu lar es revela rán el avanc e en el plan de tra bajo, el va lor de los activos y pasiv os inc orpor ados , dur ant e el per iodo cont a ble y la metodolo gí a ut il izada par a apr oximar el va lor de lo s activ os a su costo o co sto de reposic ió n. Página 3 de 4., CO NTAD UR ÍA GENERAL Df LA NACIÓN Cuenros aaras, Estado Tronspo!'P.ntt Resolución número 443 del 6 de diciembre del 2024
Página 3 de 4., CO NTAD UR ÍA GENERAL Df LA NACIÓN Cuenros aaras, Estado Tronspo!'P.ntt Resolución número 443 del 6 de diciembre del 2024 "Por la cual se modifica el artículo 7° Transitar/a de la Resoludón 602 de 2018 para ampllar el plaza señalada en dicho articula y establecer alternativas para Id medición par primera vez de las activas de Infraestructura de transporte conforme al Marco Normativo para Entidades de Gobierno" ARTÍCU LO 2° . VIG ENC IA. La prese nte Reso lu ci ón rige a par tir de la fecha de su pub li ca ción en el Diar io Oficia l, de confo rmidad co n el art ícu lo 11 9 de la Ley 489 de 1998 y el art ícu lo 65 de la Ley 143 ,7 de 20 11 modif icado por el art ículo 15 de la Ley 2080 de 202 1. PUBL ÍQUE SE V CÚMPL ASE, Dada en Bo gotá, o. e., a los seis (06) dí as del mes de dic iem bre de 20 24 . Página 4 de 4 \