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CGN - Resolución No. 053 de 2022

Contaduría General de la Nación

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Detalles

Título
CGN - Resolución No. 053 de 2022
Autor
Contaduría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2022

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

RESOLUCIÓN No. 053

(4 de marzo de 2022)

Por la cual se prorroga el plazo indicado en el artículo 1° de la Resolución 039 de febrero 15 de 2022 expedida por la Contaduría General de la Nación “Por la cual se prorroga el plazo indicado en la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016 (modificada por las Resoluciones No. 043 de febrero 8 de 2017, 097 de marzo 15 de 2017, 441 de diciembre 26 de 2019, 109 de junio 17 de 2020 y 193 de dici embre 3 de 2020), para el reporte de la información financiera, a través del Sistema Consolidador de H acienda e Información Pública - CHIP de la Categoría Información Contable Pública - Convergencia, correspondiente al periodo octubre - diciembre de 2021 ”, para algunas entidades de gobierno.

EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN

En uso de sus atribuciones Constitucionales y legales, en especial las que le c onfieren los literales c) y g) del artículo 3º de la Ley 298 de 1996 y los numerales 3 y 8 del artículo 4º del Decreto No. 143 de 2004, y

CONSIDERANDO

Que la Contaduría General de la Nación –CGN expidió la Resolución 03 9 de febrero 15 de 2022, “por la cual se prorroga el plazo indicado en la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016 (modificada por las Resoluciones No. 043 de febrero 8 de 2017, 097 de marzo 15 de 2017 , 441 de

“por la cual se prorroga el plazo indicado en la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016 (modificada por las Resoluciones No. 043 de febrero 8 de 2017, 097 de marzo 15 de 2017 , 441 de diciembre 26 de 2019, 109 de junio 17 de 2020 y 193 de diciembre 3 de 2020 ), para el reporte de la información financiera, a través del Sistema Consolida dor de H acienda e Información PúblicaCHIP de la Categoría Información Contable Pública - Convergencia, correspondiente al periodo octubre - diciembre de 2021”.

Que mediante el ar tículo 1° de la Resolución No. 193 de diciembre 03 de 2020, se modificó el artículo 2° de la Resolución No. 441 de 2019, indicando que “A partir del corte de presentación del informe de cierre para la vigencia 2020, las entidades públicas incluidas en el R égimen de Contabilidad Pública, de conformidad con lo dispuesto en la Reso lución 354 de 2007, modificada por la Resolución 156 de 2018, y demás normas que la modifiquen o sustituyan deberán presentar sus notas a los estados financieros, cumpliendo con la e structura uniforme detallada en el documento anexo denominado “PLANTILLA P ARA LA PREPARACIÓN Y PRESENTAC IÓN UNIFORME DE LAS NOTAS A LOS ESTADOS F INANCIEROS, el cual incluye aspectos para la preparación de las notas…”.

Que el parágrafo 3° del artículo 16 d e la Resolución No. 706 de 2016, adicionado por el artículo 4° de la Resol ución N° 193 de diciembre 3 de 2020, define que “El juego completo de es tados

Que el parágrafo 3° del artículo 16 d e la Resolución No. 706 de 2016, adicionado por el artículo 4° de la Resol ución N° 193 de diciembre 3 de 2020, define que “El juego completo de es tados financieros que incluyen las notas que las entidades presentan a la Contaduría General de la Nación en archivo PDF con corte al cierre de la vigencia, deberán ser presentados a m ás tardar el día 28 de febrero del año siguiente al del periodo contable a reportar. Para las entidades que solicitaron prórroga para el reporte de los formularios de la categoría inf ormación contable convergencia que supere esta fecha presentaran los esta dos financieros y notas respec tivas en la misma fecha autorizada”.Continuación de la Resolución No. 053 del 4 de marzo de 2022 “Por la cual se prorroga el plazo indicado en el artículo 1° de la Resolución 039 de febrero 15 de 2022 expedida por la Contaduría General de la Nación “Por la cual se prorroga el plazo indicado en la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016 (modificada por las Resoluciones No. 043 de febrero 8 de 2017, 097 de marzo 15 de 2017, 441 de diciembre 26 de 2019, 109 de junio 17 de 2020 y 193 de diciembre 3 de 2020), para el reporte de la información financi era, a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública - CHIP de la Categoría Información Contable Pública - Convergencia, correspondiente al periodo octubre - diciembre de 2021”, para algunas entidades de gobierno”.

Hoja No. 2 de 2

correspondiente al periodo octubre - diciembre de 2021”, para algunas entidades de gobierno”.

Hoja No. 2 de 2

Que algunas entidades a las cuales se les prorrogó el plazo mediante la Resolución CGN No. 039 de febrero 15 de 20 22, que son de gran relevancia y materiali dad en el Balance Consolidado de la Nación, han manifestado dificultades Administrativas para el envío de la información Contable Pública Convergencia y/o los estados financieros con sus notas correspondiente al período octubre - diciembre de 2021.

Que el parágrafo 2° del artículo 16 d e la Resolución No. 706 de 20 16 define que se otorgarán prórrogas, cuando circunstancias excepcionales de materialidad y/o situaciones contingentes demostradas afecten el proceso de consolidación.

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1 ° Ampliar hasta el 15 de marzo de 202 2, el plazo indicado en el artículo 1° de la Resolución CGN No. 039 de febrero de 2022, para enviar a la CGN el reporte de la Informaci ón contable Pública Convergencia y /o los estados financieros que incluyen las notas , con corte a diciembre 31 de 2021, para las siguientes entidades:

Código Entidad 923272394 Tesoro Nacional 923272395 Deuda Pública Nación

ARTÍCULO 2º VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el diario oficial de conformidad con lo indicado en el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

diario oficial de conformidad con lo indicado en el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dada en Bogotá D.C., cuatro (4) de marzo de 2022.

MARLENY MARÍA MONSALVE VÁSQUEZ

Contadora General de la Nación

Proyectó: Miryam Marleny Hincapié Castrillón, Subcontadora de Centralización de la Información

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