CGN - Resolución No. 080 de 2024
Contaduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGN - Resolución No. 080 de 2024
- Autor
- Contaduría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2024
CIA í, CONTADURÍA VI D GENERAL DE LA NACIÓN
A Cuentas Claras, Estado Transparente
U. A. E. CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN RESOLUCIÓN No. 080 (21 de marzo de 2024) “Por la cual se adopta el plan de austeridad en el gasto público y se implementan medidas administrativas, financieras y de recursos humanos para la U.A.E. Contaduría General de la Nación en la vigencia 2024” EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiaren los literales c) y g) del artículo 3% de la Ley 298 de 1996 y el numeral 8 del artículo 4% del Decreto No. 1693 de 2023, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política y el artículo 3 de la Ley 489 de 1998, las actuaciones de los Órganos del Poder Público deben desarrollarse, entre otros, con fundamento en los principios de eficiencia, equidad y economía para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado, relacionados con la ordenación y ejecución del Presupuesto General de la Nación y, en general, con la administración de bienes y recursos públicos.
Que el artículo 334 de la Constitución Política, modificado por el artículo 1 del Acto Legislativo 3 de 2011, dispuso que el Estado interviene en la economía para asegurar el bienestar de todos los colombianos, y que dicho bienestar se consolida mediante una sostenibilidad fiscal que funja como instrumento para alcanzar de manera progresiva los objetivos del Estado Social y Democrático de Derecho, donde el gasto social es prevalente. Que el artículo 19 de la Ley 2155 de 2021 establece que el Gobierno Nacional
alcanzar de manera progresiva los objetivos del Estado Social y Democrático de Derecho, donde el gasto social es prevalente. Que el artículo 19 de la Ley 2155 de 2021 establece que el Gobierno Nacional reglamentará anualmente mediante decreto un Plan de Austeridad del Gasto para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación. Dichos órganos deberán presentar y enviar al Ministerio de Hacienda y Crédito Público un informe semestral sobre el recorte y ahorro generado. Que el Decreto 0199 del 20 de febrero de 2024 establece el Plan de Austeridad del Gasto 2024 para los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación. Que ha sido propósito de este Gobierno una política de austeridad dirigida a elevar la eficiencia y efectividad en el uso de los recursos públicos, la cual debe prevalecer en todos los órganos que hacen parte del Presupuesto General de la Nación, por lo cual se hace necesario establecer un Plan de Austeridad del Gasto. Que la U.A.E. Contaduría General de la Nación por hacer parte del Presupuesto General de la Nación, debe definir un Plan de Austeridad del Gasto en cumplimiento de la normativa citada, en línea con la política gubernamental.Resolución No.080 del 21 de marzo de 2024 Por la cual se COLOMBIA adopta el plan de austeridad en el gasto público y se CONTADURÍA POTENCIA DE LA implementan medidas administrativas, financieras y de O ENRAL DEIA NACIÓN VID A recursos humanos para la U.A.E. Contaduría General de La 0 Cuentos Claras, Estado Transparente Nación en la vigencia 2024. Que el Comité Institucional de Gestión y Desempeño la U.A.E. Contaduría
VID A recursos humanos para la U.A.E. Contaduría General de La 0 Cuentos Claras, Estado Transparente Nación en la vigencia 2024. Que el Comité Institucional de Gestión y Desempeño la U.A.E. Contaduría General de la Nación, en sesión realizada el 18 de marzo de 2024, aprobó el Plan de Austeridad en el gasto público para la vigencia 2024, el cual hace parte integral de la presente resolución y será objeto de publicación en la página web institucional, para conocimiento de las partes interesadas y para el seguimiento periódico. Por lo anteriormente expuesto, el Contador General de la Nación,
RESUELVE: ARTÍCULO 1%. ADOPCIÓN DEL PLAN. Adóptese en la U.A.E. Contaduría General de la Nación, el “Plan de Austeridad en el Gasto para la vigencia 2024”.
El documento contentivo del Plan de Austeridad en el Gasto, se encuentra en documento anexo a la presente resolución y hace parte integral del acto administrativo. ARTÍCULO 2%. IMPLEMENTACIÓN DE MEDIDAS. Impleméntese las medidas administrativas, financieras y de recursos humanos, acordes con la política pública de austeridad, eficiencia, economía y efectividad al interior de la Contaduría General de la Nación. ARTÍCULO 3". HORAS EXTRAS. Con el fin de lograr una reducción de gastos por este concepto, se adoptan las siguientes acciones y medidas: a) Los servidores públicos que de acuerdo con la Ley tengan derecho al pago de compensaciones por este concepto, en caso de laborar por fuera del horario establecido por la entidad deberán contar con autorización previa de su jefe inmediato. Cuando se sobrepase el porcentaje máximo de horas extras
compensaciones por este concepto, en caso de laborar por fuera del horario establecido por la entidad deberán contar con autorización previa de su jefe inmediato. Cuando se sobrepase el porcentaje máximo de horas extras autorizadas, establecido en el 70% de la asignación básica mensual de cada servidor público, estas se compensarán en tiempo. La Secretaría General programará el disfrute de los compensatorios causados con el fin de evitar su acumulación. b) Se reconocerán horas extras exclusivamente a los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel técnico y asistencial, en las condiciones establecidas por la normatividad vigente, es decir, nivel técnico hasta el grado 09 y nivel asistencial hasta el grado 19. ARTÍCULO 4. VACACIONES, Todos los servidores públicos de la entidad deberán disfrutar de las vacaciones dentro del año siguiente a la fecha de su causación, para ello se tendrá en cuenta el Plan de Vacaciones que se elaborará para cada vigencia fiscal. Las vacaciones no se aplazarán ni interrumpirán, salvo por estrictas necesidades del servicio previamente justificadas por el jefe respectivo. De igual manera podrán cancelarse en dinero por retiro de la entidad del servidor público y/o casos particulares contemplados en el marco legal debidamente justificados ante el Contador General de la Nación en virtud de estrictas necesidades del servicio. En caso de que una vez programadas y aprobadas las vacaciones se deba cambiar la fecha de disfrute por necesidades del servicio, el jefe inmediato deberá enviar comunicación debidamente motivada al coordinador del GIT de Talento Humano. Para todos los efectos deberá darse estrictamente observancia a lo dispuesto en la Circular interna No
del servicio, el jefe inmediato deberá enviar comunicación debidamente motivada al coordinador del GIT de Talento Humano. Para todos los efectos deberá darse estrictamente observancia a lo dispuesto en la Circular interna No 001 de 2024 y, en cualquier caso, de no programarse el disfrute de lasResolución No.080 del 21 de marzo de 2024 Por la cual se COLOMBIA adopta el plan de austeridad en el gasto público y se - CONT ADURÍ A POTENCIA DELA implementan medidas administrativas, financieras y de 0” GENERAL DE LA NACIÓN VID A recursos humanos para la U.A.E. Contaduría General de La - - Nación en la vigencia 2024. Cuentos Claras, Estado Transparente vacaciones, se dará aplicación a lo prescrito en los artículos 9 y 18 del decreto 1045 de 1978, reconociéndolas de oficio. ARTÍCULO 5%. PRELACIÓN DE ENCUENTROS VIRTUALES. La Contaduría General de la Nación promoverá y dará prelación los encuentros virtuales y no presenciales sobre las actividades que impliquen desplazamiento físico de los servidores públicos, tanto en las actividades asociadas al Plan Nacional de Capacitación, como en las relacionadas con las actividades misionales de asistencia técnica. Esta prelación deberá ser evaluada y sustentada de conformidad con lo establecido en el artículo séptimo de la presente resolución. ARTÍCULO 6%. COMISIONES DE SERVICIO Y COMISIONES DE ESTUDIO AL EXTERIOR, TIQUETES AÉREOS Y VIATICOS. Para estos efectos se tendrán en cuenta los siguientes criterios: a) En el evento de comisiones que impliquen desplazamiento aéreo se deberá propender porque se efectué en clase económica, salvo cuando el viaje tenga
tendrán en cuenta los siguientes criterios: a) En el evento de comisiones que impliquen desplazamiento aéreo se deberá propender porque se efectué en clase económica, salvo cuando el viaje tenga una duración de más de ocho (8) horas, previa justificación ante el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. b) La programación de los desplazamientos se deberá realizar con la suficiente anticipación, para acceder a mejores tarifas de transporte. c) Las comisiones de servicios serán autorizadas sólo cuando respondan a necesidades estrictas del servicio y deben ser previamente valoradas por la Secretaría General, los Subcontadores o los Coordinadores de los GIT del despacho según el caso, y autorizadas por el Contador General de la Nación. d) Cuando no se requiera pernoctar en el lugar de la comisión, el servidor o contratista deberá regresar el mismo día que finalice el evento, con el fin de reducir los días pernoctados. e) Con ocasión de invitaciones de entidades, y solo en el caso que estos gastos no estén cubiertos y autorizados por estas, podrá autorizarse el reconocimiento y pago de viáticos. f) En el evento en que el asunto se pueda resolver mediante teleconferencia o cualquier otro medio de comunicación, se preferirán estos medios y no la comisión. Para el efecto, las teleconferencias deberán ser programadas al menos con dos (2) días de antelación, con el fin de que sea eficiente su celebración. g) Toda comisión al exterior deberá ser previamente autorizada por el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. ARTÍCULO 7%. EVENTOS - CAPACITACIONES. Se deberá cumplir con la reducción de gastos a través de acciones tales como:
Departamento Administrativo de la Presidencia de la República. ARTÍCULO 7%. EVENTOS - CAPACITACIONES. Se deberá cumplir con la reducción de gastos a través de acciones tales como: a) Minimizar los gastos de alquiler de salones para eventos o capacitaciones. b) Cuando se requiera el uso de salones o auditorios, se implementarán estrategias dirigidas a que las entidades públicas beneficiarias de los eventos, provean dichos inmuebles en el marco de la cooperación interinstitucional. c) Celebrar Convenios interadministrativos para el uso de auditorios y salones, esto con el fin de adelantar las respectivas capacitaciones o eventos de la entidad. d) Solicitar las medidas justas en la alimentación cuando haya lugar a eventos y/o capacitaciones. e) Se privilegiarán las ayudas tecnológicas para el suministro de las memorias de los eventos o capacitaciones. ARTÍCULO 8”. USO DE VEHÍCULOS OFICIALES. Para atender la reducción de gastos se atenderán las siguientes acciones:Resolución No.080 del 21 de marzo de 2024 Por la cual se COLOMBIA adopta el plan de austeridad en el gasto público y se CONT ADURÍ A y POTENCIA DELA implementan medidas administrativas, financieras y de O CCENPRAL OETA MACIÓN VID A recursos humanos para la U.A.E. Contaduría General de La Nación en la vigencia 2024. Cuentos Claras, Estado Transparente a) Se asignarán vehículos de uso oficial a los siguientes funcionarios del nivel Directivo de la Entidad: Contador General de la Nación y Secretario General. b) Los vehículos solo podrán ser usados de lunes a viernes y cuando por necesidad del servicio se requiera el uso del vehículo los fines de semana o
Directivo de la Entidad: Contador General de la Nación y Secretario General. b) Los vehículos solo podrán ser usados de lunes a viernes y cuando por necesidad del servicio se requiera el uso del vehículo los fines de semana o festivo, éste quedará a disposición y bajo la responsabilidad exclusiva del funcionario al cual está asignado, previa justificación. c) La Secretaría General por intermedio del GIT de Servicios Generales, Administrativos y Financieros, fijará el cupo de combustible de cada vehículo, con base en las características y cilindraje respectivo y hará seguimiento al consumo histórico de combustible. d) Quien haga uso del vehículo oficial, deberá atender las normas de tránsito vigentes, con el fin de evitar multas e infracciones.
ARTÍCULO 9“. PAPELERÍA E IMPRESIÓN DE DOCUMENTOS. Para atender la reducción de gastos en la U.A.E. Contaduría General de la Nación, la Secretaría General: a) Ejercerá el control sobre los pedidos de papelería, tóner y demás útiles de escritorio que realicen las diferentes dependencias de la Entidad, observando para ello la utilización racional de estos bienes y realizará un análisis trimestral de las necesidades por área, para obtener consumos reales de los materiales y útiles en cada dependencia. b) Propenderá por la utilización de los medios digitales para evitar impresiones y racionalizar el uso del papel. c) A través del GIT de Servicios Generales, Administrativos y Financieros, con el apoyo del GIT de Talento Humano y Prestaciones Sociales y el GIT de Planeación, realizarán campañas de concientización dirigidas al personal vinculado a la U.A.E. Contaduría General de la Nación, orientadas al
el apoyo del GIT de Talento Humano y Prestaciones Sociales y el GIT de Planeación, realizarán campañas de concientización dirigidas al personal vinculado a la U.A.E. Contaduría General de la Nación, orientadas al aprovechamiento y reciclaje de materiales y útiles de oficina. d) Las impresiones a color sin excepción deberán ser exclusivamente para actividades oficiales de la entidad y como excepción. La autorización para ello estará a cargo del Jefe correspondiente. Las impresiones en blanco y negro se harán en la opción económica de la impresora y los documentos en borrador se imprimirán en papel reciclable o en su defecto por ambas caras de la hoja. e) En cuanto a los contratos de impresión de textos, folletos y demás publicaciones institucionales, se dará prioridad a los servicios que en igualdad de condiciones ofrezca la Imprenta Nacional. ARTÍCULO 10%. TELEFONÍA. Las líneas y el servicio telefónico deberán ser utilizados exclusivamente para uso oficial, atendiendo los siguientes criterios: a) No se asignarán, en la vigencia 2024, planes de teléfonos celulares con cargo al presupuesto de la U.A.E. Contaduría General de la Nación a ningún funcionario de la entidad. b) Las líneas telefónicas fijas para llamadas internacionales, nacionales y celulares están destinadas exclusivamente para uso oficial, y la asignación de códigos será responsabilidad compartida del coordinador de cada GIT y la Coordinación del GIT de Servicios Generales, Administrativos y Financieros, bajo la supervisión del Secretario General. c) El GIT de Servicios Generales, Administrativos y Financieros para efectos de llamadas de fijo a celular y de fijo a larga distancia (nacional), asignará
bajo la supervisión del Secretario General. c) El GIT de Servicios Generales, Administrativos y Financieros para efectos de llamadas de fijo a celular y de fijo a larga distancia (nacional), asignará códigos a cada servidor público autorizado por su coordinador y establecerá mecanismos de control y seguimiento a los consumos reportados en las diferentes modalidades. d) Para el control de las llamadas se llevará un registro en el que se dejará constancia de la fecha, hora, servidor público que autoriza la llamada,Resolución No.080 del 21 de marzo de 2024 Por la cual se COLOMBIA — adopta el plan de austeridad en el gasto público y se CONTADURÍA POTENCIA DE LA implementan medidas administrativas, financieras y de MD Er pera mición V D recursos humanos para la U.A.E. Contaduría General de La — - Cuentos Claras, Estado Transparente Nación en la vigencia 2024. servidor público que solicita la llamada, el número del teléfono marcado y la indicación de si es llamada a celular o nacional. El GIT de Servicios Generales Administrativos y financieros efectuará el control de las llamadas realizadas, reportando a Secretaría General las que no correspondan a actividades laborales para el proceso administrativo y disciplinario a que dé lugar.
ARTÍCULO 11% SUSCRIPCIÓN A PERIÓDICOS Y REVISTAS,
PUBLICACIONES Y BASES DE DATOS.
La entidad realizará suscripción a bases de datos electrónicas especializadas únicamente cuando sea necesario y la cantidad de licencias estaran determinadas por las necesidades del servicio. Para la impresión de textos, folletos y demás publicaciones institucionales, se procurará la mayor economía y eficiencia en el gasto, evitándose impresiones o ediciones de lujo,
determinadas por las necesidades del servicio. Para la impresión de textos, folletos y demás publicaciones institucionales, se procurará la mayor economía y eficiencia en el gasto, evitándose impresiones o ediciones de lujo, ARTÍCULO 12. AUSTERIDAD EN EVENTOS Y REGALOS CORPORATIVOS. a) Las condecoraciones con cargo a los recursos del Tesoro Público, están prohibidas. b) No se financiarán regalos corporativos, ni artículos promocionales o de mercadeo por parte de la U.A.E. Contaduría General de la Nación. ARTÍCULO 13". SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL. Para reducir el consumo por concepto de servicios públicos en la U.A.E. Contaduría General de la Nación, se implementarán las siguientes acciones: a) El GIT de Planeación hará seguimiento estricto al cumplimiento de Plan Institucional de Gestión Ambiental en sus componentes de uso eficiente del agua, de la energía y manejo integral de los residuos. b) El GIT de Planeación, adelantará campañas de sensibilización con el fin de fortalecer el Plan Institucional de Gestión Ambiental y sistema de gestión ambiental. ARTÍCULO 14”. USO DE BIENES PÚBLICOS. Queda prohibido el uso y destino de los bienes de propiedad de la U.A.E. Contaduría General de la Nación, para actividades diferentes a las funciones que cada servidor público tenga asignadas, con el fin de maximizar la vida útil de estos. ARTICULO 15%. SEGUIMIENTO A LAS DIRECTRICES. La Secretaría General de la CGN, será la encargada de hacer seguimiento a la ejecución y cumplimiento de la presente resolución e implementará las medidas adicionales que considere
ARTICULO 15%. SEGUIMIENTO A LAS DIRECTRICES. La Secretaría General de la CGN, será la encargada de hacer seguimiento a la ejecución y cumplimiento de la presente resolución e implementará las medidas adicionales que considere pertinentes para hacer prevalecer la austeridad en el gasto público y los principios de economía y eficiencia de la Administración Pública. Trimestralmente, la CGN enviará un informe elaborado por la Secretaría General, sobre el cumplimiento de la presente resolución al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. La Coordinación del GIT de Control Interno podrá hacer el acompañamiento respectivo para el seguimiento a la ejecución y cumplimiento de la presente resolución. Es responsabilidad de cada servidor público de la U.A.E. Contaduría General de la Nación, dar cumplimiento a las medidas adoptadas mediante la presente resolución.Resolución No.080 del 21 de marzo de 2024 Por la cual se COLOMBIA adopta el plan de austeridad en el gasto público y se A CONT ADU RÍ A POTENCIA DELA implementan medidas administrativas, financieras y de WO GENERAL DE LA NACIÓN VI D A recursos humanos para la U.A.E. Contaduría General de LaNación en la vigencia 2024. Cuentos Claras, Estado Transparente ARTÍCULO 16%. MEDIDAS COMPLEMENTARIAS. Adicional a las medidas aquí definidas, la Secretaría General y la Coordinación del GIT de Servicios Generales Administrativos y Financieros evaluarán la conveniencia y viabilidad de implementar otras que se consideren pertinentes, para la optimización del gasto en los diferentes rubros y las socializará oportunamente a todos los servidores públicos de la entidad. ARTÍCULO 17”. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de
implementar otras que se consideren pertinentes, para la optimización del gasto en los diferentes rubros y las socializará oportunamente a todos los servidores públicos de la entidad. ARTÍCULO 17”. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en los términos indicados en el artículo 65 Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 15 de la Ley 2080 de 2021 y deroga las resoluciones y demás disposiciones anteriores que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los veintiún días (21) días del mes de marzo de 2024. 47% =- MAURICIO GÓMEZ VILLEGAS Contador General de la Nación Proyectó: Milyn Castro Cáceres, Asesor 1020-05 con rol de Jefe de Presupuesto
Revisó: — Freddy Castaño Pineda, Secretario General /
Cesar Augusto Rincón Vicentes, Coordinador GIT Jurídica (E) 1