CGN - Resolución No. 107 de 2022
Contaduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGN - Resolución No. 107 de 2022
- Autor
- Contaduría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2022
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESOLUCIÓN No. 107
(19 de mayo de 2022)
Por la cual se amplía el plazo indicado en el artículo 1° de la Resolución 090 del 30 de abril de 2022 expedida por la Contaduría General de la Nación, que prorrogó el plazo indicado en la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016, para el reporte de la información financiera, a través del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública - CHIP de la Categoría Información Contable Pública - Convergencia, correspondiente al periodo enero - marzo de 2022, para una entidad.
EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN
En uso de sus atribuciones Constitucionales y legales, en especial las que le c onfieren los literales c) y g) del artículo 3º de la Ley 298 de 1996 y los numerales 3 y 8 del artículo 4º del Decreto No. 143 de 2004, y
CONSIDERANDO
Que la Contaduría General de la Nación – CGN expidió la Resolución 0 90 de abril 30 de 2022, “Por la cual se prorroga el plazo indicado en la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016 (Modificada por las Resoluciones No. 043 de febrero 8 de 2017, 097 de marzo 15 de 2017, 441 de diciembre 26 de 2019, 109 de junio 17 de 2020 y 193 de diciembre 3 de 2020), para el reporte de la informa ción financiera, a través d el Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública - CHIP de la Categoría Información Contable Pública2020), para el reporte de la informa ción financiera, a través d el Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública - CHIP de la Categoría Información Contable PúblicaConvergencia, correspondiente al periodo enero - marzo de 2022”, entre otras Entidades para la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) Función Recaudadora.
Que el parágrafo 2° del artículo 16 de la Resolució n No. 706 de 2016 define que se otorgarán prórrogas, cuando circunstancias excepcionales de materialidad y/o situaciones contingentes demostradas afecten el proceso de consolidación.
Que mediante el radicado CGN No 2022001023552 de mayo 18 de 2022 la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) Función Recaudadora solicita la ampliación del plazo de entrega de la Información Financiera primer trime stre 2022 en los siguientes términos “ (…) debido a situaciones técnicas que han demorado el procesamie nto de datos en el sistema de información de contabilidad, quien nos suministra la inform ación contable de las declaraciones y pagos correspondiente al m es de marzo, de acuerdo a l o anterior, no es posible presentar la información contable publica el día 1 9 de mayo, por lo cual, comedidamente me permito solicitar, respetuosamente, se amplíe el término para la rendición del trimestre en referencia hasta el 23 de mayo de 2022”.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,Continuación de la Resolución No. 107 del 19 de mayo de 2022 “Por la cual se amplía el plazo indicado en el artículo 1°
rendición del trimestre en referencia hasta el 23 de mayo de 2022”.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,Continuación de la Resolución No. 107 del 19 de mayo de 2022 “Por la cual se amplía el plazo indicado en el artículo 1° de la Resolución 090 del 30 de abril d e 2022 expedida por la Contaduría General de la Nación , que prorrogó el plazo indicado en la Resolución No. 706 de diciembre 16 de 2016, para el reporte de la información financiera, a través del Sistema Consolidador de Hacien da e Información Pública - CHIP de la Categor ía Información Contable PúblicaConvergencia, correspondiente al periodo enero - marzo de 2022, para una entidad”.
Hoja No. 2 de 2
RESUELVE:
ARTÍCULO 1° Ampliar el plazo indicado en el artículo 1° de la Resolución CGN No 090 de abril 30 de 2022 correspondiente al reporte de la Categoría Información Contable Pública - Convergencia del período enero - marzo de 202 2, hasta el 23 de mayo del mismo año, para la entidad Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) Función Recaudadora, identificada en el Sistema CHIP con el código 910300000.
ARTÍCULO 2º VIGENCIA Y DEROGATORIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el diario oficial d e conformidad con lo indicado en el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los diecinueve (19) días del mes mayo de 2022
la Ley 489 de 1998.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los diecinueve (19) días del mes mayo de 2022
MARLENY MARÍA MONSALVE VÁSQUEZ
Contadora General de la Nación
Proyectó: Miryam Marleny Hincapié Castrillón, Subcontadora de Centralización de la Información Revisó: Carlos Alberto AristizabalSubcontador de Consolidación/Édgar Arturo Díaz Vinasco, Coordinador GIT jurídica.