CGN - Resolución No. 204 de 2021
Contaduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGN - Resolución No. 204 de 2021
- Autor
- Contaduría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2021
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Resolución No. 204
(26 de noviembre de 2021)
“Por la cual se ajusta el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales de la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación.”
LA CONTADORA GENERAL DE LA NACIÓN (E)
Nombrada mediante el Decreto 1160 del 28 de septiembre de 2021, y en el ejercicio de sus facultades y en especial las que le confieren los literales g) y n) del artículo 3° de la Ley 298 de 1996, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 23 del Decreto Ley 2400 de 1968 y el artículo 2.2.5.4.7 y 2.2.5.5.43 del Decreto 1083 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley 298 de 1996, crea la Unida d Administrativa Especial Contaduría General de la Nación y determinó sus funciones, el Decreto 1914 de 1996 estableció su estructura y funciones; el cual fue derogado por el Decreto 143 de 2004; y el Decreto 1915 de 1996 estableció su planta de personal.
Que mediante el Decreto 144 de 21 de enero de 2004, se modificó la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación.
Que mediante Resolución No. 042 de febrero de 2004, se adoptó el Manual de Funciones y Requisitos Mínimos para la planta de personal de la U.A.E. CGN.
Que los requisitos específicos de los empleos de la U.A.E. CGN, están consagrados en el Manual
Requisitos Mínimos para la planta de personal de la U.A.E. CGN.
Que los requisitos específicos de los empleos de la U.A.E. CGN, están consagrados en el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales, acorde con la Ley 909 de 2004, Decreto 770 de 2005, Decreto 1083 de 2015 el cual compila los Decreto 2489 de 2006 y 1785 de 2014, el Decreto 648 de 2017, Ley 298 de 1996 y el Decreto 815 de 2018.
Que mediante Resolución No. 257 del 23 de julio de 2018, se ajustó el Manual de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de personal de la U.A.E. CGN. Que mediante Resoluciones 554 de noviembre de 2018, 124 de abril de 2019, 280 de agosto de 2019, 446 de diciembre de 2019, 449 de diciembre de 2019, 137 de agosto de 2020, 138 de agosto de 2020, 166 de octubre de 2020 y 136 de septiembre de 2021 ; se ajustó el manual específico de funciones y competencias laborales para los empleos que conforman la planta de personal de la
U.A.E. CGN.
Para efectos de contar con un solo cuerpo normativo con la totalidad de perfiles del Manual de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la U.A.E Contaduría General de la Nación, los ajustes realizados serán incluid os en el anexo único que hac e parte integral de la presente Resolución.
Que el artículo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 4 del Decreto 489 de
los ajustes realizados serán incluid os en el anexo único que hac e parte integral de la presente Resolución.
Que el artículo 2.2.2.6.1 del Decreto 1083 de 2015, modificado por el artículo 4 del Decreto 489 de 2020; establece: “(…) La adopción, adición, modificación o actualización del Manual específico seContinuación de la Resolución Nº 204 del 26 de noviembre de 2021 “Por la cual se ajusta el Manual Especí fico de Funci ones y Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación”.
efectuará medi ante resolución interna del jefe del organismo o entidad, de acuerdo con las disposiciones contenidas en el presente Título (…)”
Que, con el fin de atender y prestar eficientemente el servicio, y cumplir con los objetivos de la entidad, es procedente ajustar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación.
Que, por las consideraciones anteriores, la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación;
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. Ajustar el Manual de Funciones y de Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de personal de la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación, fijado mediante resolución 257 del 23 de julio de 2018, y demás normas que lo modifiquen y/o ajustan, Resoluciones 554 de noviembre de 2018, 124 de abril de 2019, 280 de agosto de 2019, 446 de
fijado mediante resolución 257 del 23 de julio de 2018, y demás normas que lo modifiquen y/o ajustan, Resoluciones 554 de noviembre de 2018, 124 de abril de 2019, 280 de agosto de 2019, 446 de diciembre de 2019, 449 de diciembre de 2019, 137 de agosto de 2020, 138 de agosto de 2020, 166 de octubre de 2020 y 136 de septiembre de 2021; cuyas funciones deberán ser cumplidas por el servidor público que lo desempeñe, con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y funciones que la ley y los reglamentos le se ñalan a la Unidad Administrativa Especial Contadurí a General de la Nación y forma parte integral del presente acto.
ARTÍCULO 2º. El coordinador del GIT de Talento Humano y Prestaciones Sociales entregará copia de la ficha del Manual de Funciones y Competencias Laborales adoptado mediante la presente Resolución, al servidor público que ocupe el respectivo empleo en el momento de la posesión, o cuando sea objeto de una novedad de personal que implique cambio de funciones, o cuando mediante la adopción o modificación del manual se afecten las establecidas para el empleo. El jefe inmediato responderá por la orientación del empleo en el cumplimiento de las mismas.
ARTÍCULO 3º. Cuando para el desempeño de un empleo se exija una profesión, arte u oficio debidamente reglamentado, la posesión de g rados, títulos, licencias, matrí culas o autorizaciones previstas en las leyes o en sus reglamentos, no podrán ser compensadas por experiencia u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan.
previstas en las leyes o en sus reglamentos, no podrán ser compensadas por experiencia u otras calidades, salvo cuando las mismas leyes así lo establezcan.
ARTÍCULO 4º. VIGENCIA. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y ajusta en lo pertinente las Resoluciones 042 de 5 de febrero de 2004 y 257 del 23 de julio de 2018 y sus modificaciones, y deroga las demás disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, DC., a los veintiséis (26) días del mes de noviembre de 2021
MARLENY MARÍA MONSALVE VÁSQUEZ Contadora General de la Nación (E)
Proyectó: Wilson Alberto Restrepo Vélez, Coordinador GIT Talento Humano y Prestaciones Sociales.
Revisó: Edgar Arturo Díaz Vinasco, Coordinador GIT Jurídica.
Revisó: Luz Mary Murillo Franco, Secretario General.MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y COMPETENCIAS
LABORALES
BOGOTÁ D.C., 26 de noviembre de 2021Continuación de la Resolución Nº 204 del 26 de noviembre de 2021 “Por la cual se ajusta el Manual Especí fico de Funci ones y Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación”.
NUESTRA MISIÓN
“Somos la entidad rectora responsable de regular la contabilidad general de la nación, con autoridad doctrinaria en materia de interpretación normativa contable, que uniforma, centraliza y consolida la
Nación”.
NUESTRA MISIÓN
“Somos la entidad rectora responsable de regular la contabilidad general de la nación, con autoridad doctrinaria en materia de interpretación normativa contable, que uniforma, centraliza y consolida la contabilidad pública, con el fin de elaborar el Balance General, orientado a la toma de decisiones de la administración pública general, que contribuye a la gestión de un Estado moderno y transparente.”
NUESTRA VISIÓN
“Ser reconocidos como la entidad líder que habrá consolidado un nuevo Sistema Nacional Contable Público del país y que provea información contable oficial con calidad y oportunidad para los diferentes usuarios, de acuerdo con los estándares nacionales e internacionales de contabilidad que contribuyan a generar conocimiento sobre la realidad financiera, económica, social y ambiental del Estado colombiano.”
OBJETIVOS
- Brindar una efectiva orientación general a los servidores públicos de la U.A.E. Contaduría General de la Nación. • Facilitar el proceso de integración del personal, así como propiciar el desarrollo del sentido de pertenencia de la UAE – Contaduría General de la Nación. • Contribuir a la eficiencia para prevenir y evitar incurrir en faltas disciplinarias, ausentismo, accidentes de trabajo y en general la aparición de comportamientos disociantes con la cultura organizacional. • Asegurar la interiorización de los conocimientos generales de la organización.Continuación de la Resolución Nº 204 del 26 de noviembre de 2021 “Por la cual se ajusta el Manual Especí fico de Funci ones y Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la
Nación”.
FUNCIONES DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación”.
FUNCIONES DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
La Contaduría General de la Nación desarrollará las siguientes funciones: a) Determinar las políticas, principios y normas sobre contabilidad, que deben regir en el país para todo el sector público. b) Establecer las normas técnicas generales y específicas, sustantivas y procedimentales, que permitan unificar, centralizar y consolidar la contabilidad pública. c) Llevar la Contabilidad General de la Nación, para lo cual expedirá las normas de reconocimiento, registro y revelación de la información de los organismos del sector central nacional. d) Conceptuar sobre el sistema de clasificación de ingresos y gastos del Presupuesto General de la Nación, para garantizar s u correspondencia con el Plan General de la Contabilidad Pública. En relación con el Sistema Integrado de Información Financiera -SIIF-, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público garantizará el desarrollo de las aplicaciones y el acceso y uso de la información que requiera el Contador General de la Nación para el cumplimiento de sus funciones. e) Señalar y definir los estados financieros e informes que deben elaborar y presentar las entidades y organismos del sector público, en su conjunto, con sus anexos y notas explicativas, estableciendo la periodicidad, estructura y características que debe cumplir. f) Elaborar el Balance General, someterlo a la auditoría de la Contraloría General de la República y presentarlo al Congreso de la República, para su conocimie nto y análisis por intermedio de la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes, dentro del plazo previsto por la Constitución Política.
presentarlo al Congreso de la República, para su conocimie nto y análisis por intermedio de la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes, dentro del plazo previsto por la Constitución Política. g) Establecer los libros de contabilidad que deben llevar las entidades y organismos del sector público, los documentos que deben soportar legal, técnica, financiera y contablemente las operaciones realizadas y los requisitos que éstos deben cumplir. h) Expedir las normas para la contabilización de las obligaciones contingentes de terceros que sean asumidas por la Nación, de acuerdo con el riesgo probable conocido de la misma, cualquiera sea la clase o modalidad de tales obligaciones, sin perjuicio de mantener de pleno derecho, idéntica la situación jurídica vigente entre las partes, en el momento de asumirlas. i) Emitir conceptos y absolver consultas relacionadas con la interpretación y aplicación de las normas expedidas por la Contaduría General de la Nación. j) La Contaduría General de la Nación, será la autoridad doctrinaria en materia de interpretación de las normas contables y sobre los demás temas que son objeto de su función normativa. k) Expedir las normas para la contabilización de los bienes aprehendidos, decomisados o abandonados, que entidades u organismos tengan bajo su custodia, así como para dar de baja losContinuación de la Resolución Nº 204 del 26 de noviembre de 2021 “Por la cual se ajusta el Manual Especí fico de Funci ones y Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación”.
derechos incobrables, bienes perdidos y otros activos, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar.
Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación”.
derechos incobrables, bienes perdidos y otros activos, sin perjuicio de las acciones legales a que hubiere lugar. l) Impartir las normas y procedimientos para la elaboración, registro y consolidación del inventario general de los bienes del Estado. m) Expedir los certificados de disponibilidad de los recursos o excedentes financieros, con base en la información suministrada en los estados financieros de la Nación, de las entidades u organismos, así como cualquiera otra información que resulte de los mismos. n) Producir informes sobre la situación financiera y económica de las entidades u organismos sujetos a su jurisdicción. o) Adelantar los estudios e investigaciones que se estimen necesarios para el desarrollo de la ciencia contable. p) Realizar estudios económicos-financieros, a través de la contabilidad aplicada, para los diferentes sectores económicos. q) Ejercer inspecciones sobre el cumplimiento de las normas expedidas por la Contaduría General de la Nación. r) Coordinar con los responsables del control interno y externo de las entidades señaladas en la ley, el cabal cumplimiento de las disposiciones contables. s) Determinar las entidades públicas y los servidores de la misma , responsables de producir, consolidar y enviar la información requerida por la Contaduría General de la Nación. t) Imponer a las entidades a que se refiere la presente ley, a sus directivos y demás funcionarios, previas las explicaciones de acuerdo con el procedimiento aplicable, las medidas o sanciones que sean pertinentes, por infracción a las normas expedidas por la Contaduría General de la Nación.
previas las explicaciones de acuerdo con el procedimiento aplicable, las medidas o sanciones que sean pertinentes, por infracción a las normas expedidas por la Contaduría General de la Nación. u) Establecer y desarrollar programas de capacitación, asesoría y divulgación, de las normas, procedimientos y avances de los estudios sobre contabilidad pública y temas relacionados. v) Las demás que le confieran la Constitución Política y la ley.
VALORES DE LA CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
RESPETO: La CGN reconoce los derechos del otro y trabaja para lograr el fortalecimiento y el mejoramiento de las condiciones socioculturales de todos los servido res públicos, al igual que las relaciones con las entidades estratégicas. Es así, como en la CGN aceptamos y acatamos las sugerencias y planes de mejoramiento continuo, que nos permitan interactuar en forma eficiente, para la buena prestación del servicio.Continuación de la Resolución Nº 204 del 26 de noviembre de 2021 “Por la cual se ajusta el Manual Especí fico de Funci ones y Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la
Nación”.
TOLERANCIA: En la CGN aceptamos las diferencias existentes entre los servidores públicos y la comunidad en general, actuamos con respeto y tolerancia, de tal forma que nos permita lograr una convivencia sana y armónica.
SOLIDARIDAD: En la CGN desarrollamos el vínculo de colaboració n y unión entre los servidores públicos, entre las entidades del Estado y en la comunidad en general, lo que permite que la CGN, enfoque sus actuaciones en el bienestar común, y especialmente en el cuidado, respeto y la protección de los derechos de las minorías.
públicos, entre las entidades del Estado y en la comunidad en general, lo que permite que la CGN, enfoque sus actuaciones en el bienestar común, y especialmente en el cuidado, respeto y la protección de los derechos de las minorías.
IMPARCIALIDAD: En la CGN todos los servidores públicos somos tratados de la misma manera cualquiera sea la circunstancia o condición, actuamos con objetividad a la hora de ejecutar, calificar o evaluar el normal cumplimiento de las actividades laborales, acatando las normas, y sin tomar partido alguno.
TRANSPARENCIA: La CGN está dispuesta a ser observada por las demás instituciones públicas, por la comunidad y la ciudadanía en general. Somos una en tidad clara, con actuaciones rectas y serias que nos permiten ser calificados y apreciados con calidad, oportunidad y veracidad para el cumplimiento de nuestra misión.
COMPROMISO: En la CGN, los servidores públicos asumimos los lineamientos y las política s institucionales con responsabilidad y profesionalismo; mostramos sentido de pertenencia por la entidad y buscamos el mejoramiento continuo.
INTEGRALIDAD: En la CGN los servidores públicos somos correctos, intachables, dignos y morales en todos los aspectos de nuestra vida. Nos distinguimos por ser personas éticas en lo que pensamos, expresamos y ejecutamos, tanto en la actividad laboral como personal.
VOCACIÓN DE SERVICIO : En la CGN los servidores públicos ejercemos nuestras actividades con eficiencia y calidad, buscamos con gusto y agrado servir a nuestros semejantes o conciudadanos, y ello, se ve reflejado, en los resultados obtenidos a lo largo de la gestión; logramos trascender en la
eficiencia y calidad, buscamos con gusto y agrado servir a nuestros semejantes o conciudadanos, y ello, se ve reflejado, en los resultados obtenidos a lo largo de la gestión; logramos trascender en la vida propia, realizando lo que nos hace sentir plenos y motivados a satisfacer las necesidades de otros. La vocación de servicio de los servidores públicos de la CGN, la sentimos como el arte de atender de manera especial y natural a nuestros clientes, tanto internos como externos. Esto requiere un mayor compromiso y proac tividad de cada funcionario, es decir, adelantarse a los hechos, tomar la iniciativa y no esperar de manera reactiva que los clientes nos soliciten cada uno de los servicios que requieren o necesiten satisfacer.Continuación de la Resolución Nº 204 del 26 de noviembre de 2021 “Por la cual se ajusta el Manual Especí fico de Funci ones y Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación”.
PARTICIPACIÓN: En la CGN los servidores públ icos aportamos, expresamos, desarrollamos y retroalimentamos las actividades de la entidad, permitiéndonos la generación de nuevos espacios para que otros hagan parte del proceso, a su vez nos sentimos libres y seguros para expresar nuestras ideas y creaciones.
CONFIDENCIALIDAD: En la CGN tenemos la reserva sobre la información contable pública que por mandato legal no pueda ser divulgada, en este sentido, la discreción en el tratamiento de los asuntos internos, en la custodia de la información que así se requiera y en el aseguramiento de las actuaciones internas como externas de la entidad que justifiquen este valor, deben estar respaldas en el principio discrecional, el cual pretende garantizar el acceso sólo a las personas autorizadas
internos, en la custodia de la información que así se requiera y en el aseguramiento de las actuaciones internas como externas de la entidad que justifiquen este valor, deben estar respaldas en el principio discrecional, el cual pretende garantizar el acceso sólo a las personas autorizadas para el manejo de la información.Continuación de la Resolución Nº 204 del 26 de noviembre de 2021 “Por la cual se ajusta el Manual Especí fico de Funci ones y Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación”.
ORGANIZACIÓN JERÁRQUICA Y FUNCIONALContinuación de la Resolución Nº 204 del 26 de noviembre de 2021 “Por la cual se ajusta el Manual Especí fico de Funci ones y Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación”.
MAPA DE PROCESOSContinuación de la Resolución Nº 204 del 26 de noviembre de 2021 “Por la cual se ajusta el Manual Especí fico de Funci ones y Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación”.
TABLA DE CONTENIDO
DESPACHO
DENOMINACIÓN DEL EMPLEO CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA Contador General de la Nación 0004 24 Despacho Asesor 1020 13 Despacho Asesor 1020 12 GIT de Control Interno Asesor 1020 12 GIT Jurídica Asesor 1020 12 GIT de Apoyo de Apoyo Informático Asesor 1020 11 GIT de Planeación Asesor 1020 10 Sec. General - GIT de Talento Humano y
Asesor 1020 12 GIT Jurídica Asesor 1020 12 GIT de Apoyo de Apoyo Informático Asesor 1020 11 GIT de Planeación Asesor 1020 10 Sec. General - GIT de Talento Humano y Prestaciones Sociales Asesor 1020 10 Sec. General - GIT Servicios Generales Administrativos y Financieros Asesor 1020 05 Sec. General (Presupuesto) Profesional Especializado 2028 20 Sec. General (Contabilidad) Secretario Ejecutivo 4210 22 Despacho Secretario Ejecutivo 4210 17 Despacho Conductor 4103 15 DespachoContinuación de la Resolución Nº 204 del 26 de noviembre de 2021 “Por la cual se ajusta el Manual Especí fico de Funci ones y Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación”.
MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES
I. IDENTIFICACIÓN
Nivel: Denominación del Empleo:
Código: Grado:
No. De cargos: Dependencia:
Cargo del Jefe Inmediato: Directivo
Contador General de la Nación 0004 24 Uno (1) Presidencia de la República Presidente de la República
II. ÁREA FUNCIONAL Despacho del Contador General de la Nación
III. PROPÓSITO PRINCIPAL Llevar la Contabilidad General de la Nación y consolidarla con la de sus entidades descentralizadas territorialmente o por servicios, cualquiera que sea el orden al que pertenezcan.
Uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad pública, elaborar el Balance Gen eral de la Nación y
territorialmente o por servicios, cualquiera que sea el orden al que pertenezcan. Uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad pública, elaborar el Balance Gen eral de la Nación y determinar las normas contables que deben regir en el País, conforme a la Ley. Someter a consideración el Balance General de la Nación al Congreso de la República y a la Contraloría General de la República.
IV. DESCRIPCIÓN DE FUNCIONES ESENCIALES a) Uniformar, centralizar y consolidar la contabilidad pública, elaborar el Balance General y determinar las normas contables que deben regir en el país. b) Llevar la Contabilidad General de la Nación, para lo cual expedirá las normas de reconocimiento, valuación y revelación de la información de los organismos del sector central nacional. c) Consolidar la Contabilidad General de la Nación con la de sus entidades descentralizadas territorialmente o por servicios cualquiera que sea el orden al que pertenezcan, para lo cual fijará las normas, criterios y procedimientos que deberán adoptar los gobernadores, alcaldes y demás funcionarios responsables del manejo de dichas entidades con el fin de adelantar la respectiva fase del proceso de consolida ción, así como para la producción de la información consolidada que deberán enviar a la Contaduría General de la Nación. d) Elaborar el Balance General, someterlo a la auditoría de la Contraloría General de la República y presentarlo al Congreso de la Repúbli ca, por intermedio de la Comisión Legal de Cuentas de la Cámara de Representantes, dentro del plazo previsto por la Constitución Política. e) Fijar los objetivos y características del Sistema Nacional de Contabilidad Pública, referido en la presente ley. f) Impartir instrucciones de carácter general sobre aspectos relacionados con la contabilidad pública.
e) Fijar los objetivos y características del Sistema Nacional de Contabilidad Pública, referido en la presente ley. f) Impartir instrucciones de carácter general sobre aspectos relacionados con la contabilidad pública. g) Expedir los actos administrativos que le correspondan, así como los reglamentos, manuales e instructivos que sean necesarios para el cabal funcionamiento de la Contaduría General de la Nación.Continuación de la Resolución Nº 204 del 26 de noviembre de 2021 “Por la cual se ajusta el Manual Especí fico de Funci ones y Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación”.
h) Suscribir los contratos, y ordenar los gastos y pagos que requiera la Contaduría General de la Nación, de conformidad con la ley. i) Decidir los recursos de reposición y las solicitudes de revocatoria directa interpuestos cont ra los actos que expida. j) Ejercer la representación legal de la Contaduría General de la Nación, para todos los efectos legales. k) Reasignar y distribuir competencias entre las distintas dependencias para el mejor desempeño de las funciones de la Contaduría General de la Nación. l) Decidir sobre las actividades de carácter nacional e internacional en las cuales deba participar la Contaduría General de la Nación. m) Nombrar, remover y determinar las situaciones administrativas de los servidores públicos de la Contaduría General de la Nación, de conformidad con las necesidades de la entidad y las disposiciones legales. n) Diseñar, implantar y establecer políticas de control interno, conforme a la ley. o) Establecer la política, los objetivos y el alcance del Sistema de Gesti ón de la Calidad y velar por su
disposiciones legales. n) Diseñar, implantar y establecer políticas de control interno, conforme a la ley. o) Establecer la política, los objetivos y el alcance del Sistema de Gesti ón de la Calidad y velar por su mantenimiento y mejora continua. p) Formular la política de desarrollo administrativo y su aplicación de conformidad con los lineamientos del DAFP y Minhacienda. q) Definir las políticas de capacitación de conformidad con las disposiciones legales. r) Las demás que le asigne la ley.
V. CONOCIMIENTOS BÁSICOS O ESENCIALES
1. Constitución Política de Colombia
2. Contabilidad Pública
3. Conocimiento general, académico o práctico, del Sector Público Colombiano
4. Estructura y funcionamiento del Estado Colombiano y de la normatividad que rige a las Entidades
Públicas
5. Sistema de gestión de calidad en las normas NTC ISO 9001, NTC ISO 14001, NTC ISO 45001 E ISO 27001 en sus versiones vigentes implementadas en la entidad.
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES COMUNES POR NIVEL JERÁRQUICO - Aprendizaje continuo - Orientación a resultados - Orientación al usuario y al ciudadano - Compromiso con la organización - Trabajo en equipo - Adaptación al cambio - Visión estratégica - Liderazgo efectivo - Planeación - Toma de decisiones - Gestión del desarrollo de las personas - Pensamiento sistémico - Resolución de conflictos
VII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIAContinuación de la Resolución Nº 204 del 26 de noviembre de 2021 “Por la cual se ajusta el Manual Especí fico de Funci ones y
- Pensamiento sistémico - Resolución de conflictos
VII. REQUISITOS DE ESTUDIO Y EXPERIENCIAContinuación de la Resolución Nº 204 del 26 de noviembre de 2021 “Por la cual se ajusta el Manual Especí fico de Funci ones y Competencias Laborales para los empleos que conforman la planta de la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la
Nación”.
Título profesional en disciplina académica del núcleo básico de conocimiento en Contaduría Pública y tarjeta profesional vigente, ser Colombia de nacimiento y ciudadano en ejercicio, haber ejercido con buen crédito la profesión de Contador Público durante diez (10) años, o la cátedra universitaria por el mismo tiempo, en establecimientos reconocidos oficialmente. Además de lo establecido en el artículo segundo, literal c) de la Ley 298 de 1996.
VIII. ALTERNATIVA Título de Postgrado en la modalidad de especialización por: • Dos (2) años de experiencia profesional y viceversa, siempre que se acredite el título profesional; o • Título profesional adicional al exigido en requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo; o • Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales, título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo; siem pre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.
Título de Postgrado en la modalidad de maestría por: • Tres (3) años de experiencia profesional y viceversa, siempre y cuando que se acredite el título profesional; o • Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo; o
profesional; o • Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo; o • Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo, y un (1) año de experiencia profesional.
Título de Postgrado en la modalidad de doctorado o postdoctorado, por: • Cuatro (4) años de experiencia profesional y viceversa, que se acredite el título profesional; o • Título profesional adicional al exigido en el requisito del respectivo empleo, siempre y cuando dicha formación adicional sea afín con las funciones del cargo; o • Terminación y aprobación de estudios profesionales adicionales al título profesional exigido en el requisito del respectivo empleo, y cuando d icha formación ad
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