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CGN - Resolución No. 220 de 2020

Contaduría General de la Nación

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Detalles

Título
CGN - Resolución No. 220 de 2020
Autor
Contaduría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2020

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL CONTADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN

Resolución No. 220

(29 de diciembre de 2020)

Por la cual se modifica el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera y las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos, del Marco Normativo para Entidades en Liquidación

EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN

En ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 354 de la Constitución Política de Colombia, además de las conferidas por la Ley 298 de 1996 y el Decreto 143 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º de la Resolución 354 de 2007, modificado por el artículo 1º de la Resolución 156 de 2018, expedida por la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación (CGN), establece que el Régimen de Contabilidad Pública (RCP) está conformado por a) el Referente Teórico y Metodológico de la Regulación Contable Pública; b) el Marco Normativo para Empresas que Cotizan en el Mercado de Valores, o que Captan o Administran Ahorro del Público con sus respectivos elementos; c) el Marco Normativo para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público con sus respectivos elementos; d) el Marco Normativo para Entidades de Gobierno con sus respectivos elementos; e) el Marco Normativo para Entidades en Liquidación con sus respectivos elementos; f) la Regul ación del Proceso Contable y del Sistema Documental Contable; y g) los Procedimientos Transversales.

Marco Normativo para Entidades de Gobierno con sus respectivos elementos; e) el Marco Normativo para Entidades en Liquidación con sus respectivos elementos; f) la Regul ación del Proceso Contable y del Sistema Documental Contable; y g) los Procedimientos Transversales.

Que mediante la Resolución 461 de 2017, expedida por la CGN, se incorpor a, en el RCP, el Marco Normativo para Entidades en Liquidación, el cual está conformado por el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera; las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos; los Procedimientos Contables; las Guías de Aplicación; el Catálogo General de Cuentas; y la Doctrina Contable Pública.

Que como producto de las mejoras que conllevan los procesos de regulación, originadas en la revisión interna de la CGN y en la retroalimentación de las entidades públicas y demás interesados, se requiere modificar el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera y las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos, del Marco Normativo para Entidades en Liquidación.

Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: ARTÍCULO 1º. Modificar el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera y las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos, del Marco Normativo para Entidades en Liquidación, los cuales quedarán tal y como se describen textualmente en los anexos que hacen parte integral de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º. Vigencia y Derogatorias. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su

describen textualmente en los anexos que hacen parte integral de la presente Resolución.

ARTÍCULO 2º. Vigencia y Derogatorias. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, de conformidad con el art ículo 119 de la Ley 489 de 1998 , tieneContinuación de la Resolución No. 220 del 29 de diciembre de 2020 “Por la cual se modifica el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera y las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos, del Marco Normativo para Entidades en Liquidación”

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aplicación a partir del 01 de enero de 2021 y deroga, a partir de esta mism a fecha, la doctrina contable pública que le sea contraria. Parágrafo. Las entidades en liquidación dispondrán hasta el 31 de marzo de 2021 para ajustar los sistemas de información de acuerdo con las modificaciones al Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera y las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos, del Marco Normativo para Entidades en Liquidación, prescritas en la presente Resolución.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE,

Dada en Bogotá, D.C., a los 29 días del mes de diciembre de 2020.

PEDRO LUIS BOHÓRQUEZ RAMÍREZ

Contador General de la Nación

Proyectó: Martha Liliana Arias/Angélica Salcedo/Sergio Bustos/Edilberto Herrera/Carlos Rodríguez/Freddy Castaño

PEDRO LUIS BOHÓRQUEZ RAMÍREZ

Contador General de la Nación

Proyectó: Martha Liliana Arias/Angélica Salcedo/Sergio Bustos/Edilberto Herrera/Carlos Rodríguez/Freddy Castaño Revisó: Rocío Pérez Sotelo/Marleny María Monsalve Vásquez/Édgar Arturo Díaz Vinasco

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