CGN - Resolución No. 421 de 2023
Contaduría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGN - Resolución No. 421 de 2023
- Autor
- Contaduría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2023
R
B. CONTADURIA
GENERAL DE iA Nación4
U. A. E. CONTADURIA GENERAL DE LA NACION RESOLUCION No. 421 (6 de diciembre de 2023) Por la cual se modifican procedimientos contables det Marco Normativa para Entidades de Gobierno, de acuerdo con las ajustes realizados al Catálogo General de Cuentas con posterioridad a la expedición de los procedimientos EL CONTADOR GENERAL DE LA NACION En ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 354 de la Constitución Política de Colombia, además de las conferidas por la Ley 298 de 1996 y el Decreto 1693 de 2023. y CONSIDERANDO QUE El artículo 354 de la Constitución Política de 1991 señala que habrá un Contador General, y le confiere, entre otras, la función de determinar las normas contables que deben regir en el país. Este artículo fue desarrollado por la Ley 298 de 1996 que, entre otras disposiciones, crea la Unidad Administrativa Especial Contaduría General de la Nación (CGN).
Los artículos l y 5 de la Resolución 354 de 2007. expedída por la CGN, modificados por el artículo l de la Resolución 156 de 2018 y por el artículo l de la Resolución 195 de 2021, respectivamente, establecen la confirmación y el ámbito de aplicación del Régimen de Contabilidad Pública (RCP). La Resolución 533 de 2015, expedída por la CGN, incorpora, en el RCP, el Marco Normativa para Entidades de Gobierno y la Resolución 620 de 2015, expedido por la CGN, incorporar en dicho Marco Normativo, el Catálogo General de
clientas El Catálogo General de Cuentas del Marco Normativo para Entidades de Gobierno ha sido modificado de manera permanente producto de a) la actualización de las Normas para el Reconocimiento, Medición. Revelación y Presentación de los Hechos Económicos; b) la expedición o modificación de procedimientos contables; c) las solicitudes de modificación de las entidades; y d) la revisión nterna de la CGN. La CGN ha incorporado, en el Marco Normativa para Entidades de Gobierno, los procedimientos contables para el registro de los hechos económicos relacionados con: a) la movilización de activos; b) las operaciones interinstitucionales; c) el porcentaje ambiental, la sobretasa ambiental y el porcentaje de la tasa retríbutiva Q compensatoría; d) !os acuerdos de concesión de infraestructura de transporte ; e) las garantías financieras otorgadas; f) los planes departamentales de agua y saneamiento básico; g) los recursos entregados en administración; h)R RaaluciÓn Na.42i dei 6 dg diciembre de 2023 par tp opal s€ moíHcan prücmlmfeata coolaüíes dcl maKO Harmon/a wm lh.('ONTADURIA Enüdada óe cabieroo. óe acu rdo con /PF alust€s reai-rodas ar 'v ceNtxxLpt IA NACION Caló/acoge erafdeCu€ sconpastedanúada/a xpedicfópde/DF ( eolaj ;iG'ps, tsrgoc ir ns Of9cn prOCedñnJentOS los recursos que el Fondo Unico de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones transfiere a los operadores públicos del servicio de televisión; ) el manejo de los recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud; j) los recursos del Sistema General de Regalías; k) el pasivo pensíonal y las recursos que lo financian; 1) el Fondo de Estabilización de Precios de los Combustibles; y m) los procesos judiciales, arbítrajes, conciliaciones extrajudiciales y embargos sobre cuentas bancarias. Algunos de los procedimientos contables del Marco Normativa para Entidades de Gobierno aplican a las empresas que se encuentran bajo el ámbito del Marco Normativa para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro del Público, en relación con los hechos económicos en los que estas participan. Por ello, en la actualización de los procedimientos contables del Marco Normativa para Entidades de Gobierno deben considerarse los ajustes que ha tenido el Catálogo General de Cuentas del Marco Normativa para Empresas que no Cotizan en el Mercado de Valores, y que no Captan ní Administran Ahorro del Público. Con base en lo señalado anteriormente, se requiere modificar los procedimientos del Marco Normativa para Entidades de Gobierno, de acuerdo con los ajustes realizados a! Catálogo General de Cuentas con posterioridad a la expedición de los procedimientos En mérito de lo expuesto RESUELVE ARTICULO la. Actualizar. en el Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con ta movilización de activos del Marco Normativa para Entidades de Gobierno, la denominación de las siguientes subcuentas:
CODIGO
DENOMINACION ACTUAL
EN EL PROCEDIMIENTO CONTABLE Otros recaudos a favor de terceros
NU EVA DENOMINACION EN
EL PROCEDIMIENTO CONTABLE Otros recursos a favor de terceros Bienes, derechos y recursos en efectivo procedentes de entidades de gobierno 240790 443005 Subvención por recursos transferidos por el gobierno ARTICULO 2a. Modificar el primer inciso del numeral 1.1.1.1. y el segundo, cuarto y quinto inciso del numeral 2.1.2.2. del Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con la movilización de activos{ del Marco Normativa para Entidades de Gobierno, los cuales quedarán con e siguiente texto: ! .l.l.l . Registras contables en !a entidad cedente La entidad que, de conformidad con las normas legales vígentes de movilización de activos. ceda la cartera con más de 180 días de vencida deberá retirar el derecho entregado medíante un crédito en la subcuenta y cuenta que corresponda del grupo 13-CUENTAS POR COBRAR y un débito en la subcuenta que corresponda de la cuenta 1386-DETERIORO ACUMULADO DE CUENTAS POR COBRAR (CR), cuando a ello haya lugar. Adicianalmente, debitará la subcuenta 138416-Enajenación de activos de la cuenta 1384-OTRAS CUENTAS PORR RtsQluciÓn NO42 det 6 de ditkmbre de 2023 pw
moaiócan procwfmleñlas connbfes der maru ormoü/o para IA.(:ONTADURIA Enüdaaes de 6abferno, dp aCuErdo can /os ajustes r plüpdas a/ X GENERAL DE LA NAC ON CatálogoGen€faldecueat s conpastedondoda/a€xp€üfcfóadelDS ':uepMj : .-ps, isloao ;r n ao. rm prondimientos'"''"l COBRAR, por el valor de la cartera establecido en el contrato interadminístratívo respectivo. Si se presenta diferencia, esta se registrará en la subcuenta 480290Otros ingresos financieros de la cuenta 4802-FINANCIEROS o 580423-Pérdida por baja en cuentas de cuentas por cobrar de la cuenta 5804-FINANCIEROS, según corresponda. (...) 2.1.2.2. Registros contables en {as entidades que transfiero y ncíben tos inmuebles (...) Cuando, a través de CIMA, una entidad de gobierno transfiera a otra entidad de gobierno bienes inmuebles, la entidad de gobierno que efectuó la transferencia disminuirá el activo en el que se encuentre registrado el bien, así como la deprecíación o amorEización acumulada y el deterioro acumulado, si. a ella hay lugarJ y reconocerá un gasto por transferencias en la subcuenta 542307-Bienes entregados sin contraprestación de la cuenta 5423-OTRAS TRANSFERENCIAS. Por su parte, la entidad de gobierno que recibe el bien lo incorporara y reconocerá un ingreso por transferencias en la subcuenta 442807-Otros bie.nes,
derechos y recursos en efectivo procedentes de entidades de gobierno de la cuenta 4428-OTRAS TRANSFERENCIAS. Para la medición del bien inmueble recibido y del ingreso sin contraprestación se aplicarán las correspondientes normas del Marco Normativa para Entidades de Gobierno. Cuando. a través de CIMA, una empresa transfiera a una entidad de gobierno bienes inmuebles, la empresa disminuirá el activo en el que se encuentre registrado el bíen, así como la depreciación o amorEización acumulada y el deterioro acumulado, si a ello hay lugar, y reconocerá un gasto en la subcuenta 542307-Bienes entregados sin contraprestación de la cuenta 5423-OTRAS TRANSFERENCIAS Por su parte, la entidad de gobierno que recibe el bíen lo incorporará y reconocerá un ingreso por transferencias en la subcuenta 442829Bíenes, derechos y recursos en efectivo procedentes de empresas públicas de la cuenta 4428-OTRAS TRANSFERENCIAS. Para la medición del bien inmueble recibido y del ingreso sín contraprestacíón se aplicarán las correspondientes normas del Marco Normativa para Entidades de Gobierno. Cuando. a través de CIMA. una empresa transfiera a otra empresa bienes inmuebles, la empresa que efectuó la transferencia disminuirá el activo en. el que se encuentre registrado el bíen, así como la depreciación o amortización acumulada y el deterioro acumulado, si a ello hay lugar y reconocerá un gasto por subvenciones en la subcuenta 542407-Bienes entregados sín
contraprestación de la cuenta 5424-SUBVENCIONES. Por su parte, la empresa que recibe el bíen lo incorporará y reconocerá un ingreso por subvenciones en la subcuenta 443010-Bienes, derechos y recursos en efectivo procedentes de empresas públicas de la cuenta 4430-SUBVENCIONES. Para la medición del bien inmueble recibido y de la subvención se aplícarán las correspondientes normas del Marco Normativa para Empresas que no Cotízan en el Mercado de Valores, y que no Captan ni Administran Ahorro det Públíco (...)R Re$duiÓn ND.421 d2t 6 de diciembre de 2023 por :o cual se moÓWcan procedlmieRtas contables del MAKO Naninaa'/o ,wm EntHadu de Gobierno. de atueNo caD }os ajustes alindw ot CHdQgQ General de Cuentas €on pQsteíiwiég$ e :g €xpedÜiÓR de h5 prQce@rn)enta$ CONTADURIA GENERAL í)l tA NA(IC)N
Cyr«!P) IU 'US, ES! PD a
4 '] ARTICULO 3a. Actualizar en el Procedimiento contable para el registro de las operaciones ínterinstitucionales del Marco Normativa para Entidades de Gobierno, la denominación de las siguientes cuentas:
DENOMINACION ACTUAL
CODIGO ! EN EL PROCEDIMIENTO
CONTABLE
NUEVA DENOMINACIÓN EN EL
PROCEDIMIENTO CONTABLE
1305 IMPUESTOS POR COBRAR
VIGENCIA ACTUAL
IMPUESTOS. RETENCION EN LA
FUENTE Y AN'nCIPOS DE
IMPUESTOS
CONTRIBUCIONES, TASAS E
INGRESOS NO TRIBUTARIOS
DERECHOS DE
COMPENSACIONES POR
IMPUESTOS Y CONTNBUCIONES
1311 1907
INGRESOS NO
TRIBUTARIOS
AN'nCIPOS O SALDOS A
IVOR POR IMPUESTOS Y
CONTRIBUCIONES
IMPUESTOS,
CONTRIBUCIONES Y TASAS
POR PAGAR
2440 IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y
TASAS 4110 1 NO TRIBUTXRiOS CONTRIBUCIONES, TASAS E INGRESOS NO TRIBUTARIOS ARTICULO 4o. Modificar el tercer inciso del numeral 1.1.2., el primer inciso del numeral 1.1.2.1., el primer inciso del numeral 1.1.2.2., el primer inciso del numeral 1.3.1., el primer inciso del numeral 1.3.2. el cuarto inciso del numeral t.3.3.1., el cuarto inciso del numeral 1.3.3.2., el segundo inciso del numeral 1.3.4., el cuarto inciso del numeral 2.1.1.. el segundo inciso del numeral 2.1.2 el tercer inciso del numera1 2.2.1.1. y 2.2.1.2. y el cuarto inciso del numeral 2.2.1.3. del Procedimiento contable para el registro de las operaciones nterínstitucionales, deí Marco Normativa para Entidades de Gobierno, los cuales quedarán con el siguiente texto: !.1.2. Reintegros
(...) Tratándose de reintegros por pagos al beneficiario final, previo a la realización del reintegro, la entidad constituirá una cuenta por cobrar a cargo del beneficiario del pago, debitando la subcuenta 138455-Reintegros de la cuenta 1384-OTRAS CUENTAS POR COBRAR y acreditando las subcuentas de las cuentas de activo o gasto inicialmente registradas. (...) 1.1.2.!. Reintegro de recursos recibidos en et periodo contable El valor de los reintegros efectuados por las entidades a la tesorería centralizado, de los fondos recibidos en el periodo contable, se registrará con un débito en las subcuentas de la cuenta 4705FONDOS RECIBIDOS y un crédito en las subcuentas de la cuenta 1110-DEPÓSn'OS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS En las entidades donde la tesorería centralízada paga directamente a los beneficiarios finales, estas debitarán la subcuenta que corresponda de la cuenta 4705-FONDOS RECIBIDOS y acredítarán la subcuenta 138455-Reíntegros de la cuenta 1384-OTRAS CUENTAS POR COBRAR. (...) HajadaE21 'z#?K F?iim mli'm$,;.blHIZl!$1 11E : s nue tiirsa. fROdpdes de Gobi rnq de yema cm /m Vueles rfa/liados ar 'V' GENERAI DllXNACIÓU » V l &lrPq CatúPogacepemrdrcueptasconpasteriarídadalpexppdírlón dejas cüe rpsooras, .r:g} ?ücsp9r :'#R
1.1.2.2. Reintegro de recursos recibidos en periodos contables anteriores El valor de los reintegros efectuados por las entidades a la tesorería centralízada, de los fondos recibidos en periodos contables anteriores, se registrará con un débito en las subcuentas de la cuenta 5720-OPERACIONES DE ENLACE y un crédito en las subcuentas de la cuenta 1110-DEPOSITOS EN INS'nTUCIONES FINANCIERAS. En las entidades donde la tesorería centralizada pagaEn directamente a las entidades donde tesorería centralizada corresponda de la cuenta 1384S5-Reíntegros la las beneficiarios finales, estas debitarán la S720-OPERACIONES DE ENLACE cuenta 1384-OTRAS subcuenta que subcuenta COBRAR. de acredítarán la CUENTAS POR (...) í.3,1. Recaudo El recaudo de los recursos administradas por parte de la tesorería centralizado, por un sistema de cuenta única, se registrará debítando la subcuenta 110604Recaudos SCUN de la cuenta 1106-CUENTA ÚNICA NACIONAL o la subcuenta de [a cuenta 1].10-DEPÓSn'OS EN INSTITUC]ONES FINANCIERAS, según corresponda, y acreditando la subcuenta que corresponda de la cuenta 2902RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACION. (...) 1.3.2. Giro El giro de los recursos administradas por parte de la tesorería centralízada, por
un sistema de cuenta única, se registrará debítando la subcuenta .que corresponda de la cuenta 2902-RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRAC;ON y acreditando la subcuenta 110601-Cajero de la cuenta 1106-CUENTA UNICA NACIONAL o la subcuenta de la cuenta lIlO-DEPOSITOS EN INSTITUCIONES FINANCIERAS, según corresponda. (...) 1.3.3. 1. Compensación entre ef Fondo comúrl y un fondo administrado (...) Por su parte, la tesorería centralízada debitará la subcuenta que corresponda de la cuenta 5705-FONDOS ENTREGADOS y acreditará la subcuenta ,que corresponda de la cuenta 2902-RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACION. 1.3.3.2. Compensación entre fondos admintstrados (...) Por su parte. la tesorería centralizada debitará ta subcuenta gue corresponda de la cuenta 2902-RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACIÓN, identificando la entidad que cancela la obligación, y acreditará la subcuenta gue corresponda de la cuenta 2902-RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACIÓN, identificando la entidad que recauda el derecho. 1.3.4. RendímÍentos generadas por los recursos administradas en uí} sistema de cuenta única HaJa5de21 ':!?iK vIñAR Rgsa#acFÓñ N0.421 deF Í d d ci€múe de ¿0?3 FW la cual se
müMüa poeedhilnüaf conHüle deí Mano ivwmatúo paro .Ú. CONTADURÍA E daades de Gañjfma, de acuerdo (OR las ayusreF reo/fzadof ap l C;EN[RAL llE LA NACION CatÓlagoG n€Fa/deCuentascof?posreriwidodaJ e p dirióndeJ Cu?n:csC.=ns. !3M-'olT'3; c'iü prDcedimfentw (...) La tesorería centralizada registrará un débito en la subcuenta 580448 Distribución de rendimientos del sistema de cuenta única de la cuenta 5804 FINANCIEROS y un crédito en la subcuenta .que corresponda de la cuenta 2902 RECURSOS RECIBIDOS EN ADMINISTRACION (...) 2.!.1. Cruce de cuentas entre entidades par acreencias a favor de un tercero que tiene a su carga obligaciones tributarias Por su parte. la entidad que administra los impuestos cancelará la renta por cobrar registrada a cargo de la persona natural o jurídica beneficiaría de la sentencia o conciliación judicial, mediante una operación de enlace con la entidad que tiene la acreencia. En este sentido, debítará la subcuenta 572201-Cruce de cuentas de la cuenta 5722-OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO y acreditará la subcuenta que corresponda de la cuenta 1305-IMPUESTOS, RETENCION EN LA FUENTE Y ANTICIPOS DE IMPUESTOS. 2.1.2. Cace de cuentas par derechos y obligaciones entre etttidades de los
niveles nacional y territorial (...) La entidad territorial cancelará las obligaciones y derechos registrados que corresponden a la operación autorizada para el cruce de cuentas. Para el efecto, debítará la subcuenta de la cuenta del pasivo por financiamiento interno registrado a favor de la Nación y acreditará la subcuentg 130507-Impuesto predial unificado de la cuenta 1305-IMPUESTOS, RETENCION EN LA FUENTE Y ANTICIPOS DE IMPUESTOS. (...) 2.2.1.1. Pago de impuestos con 'HRIS En el momento en que la entidad pague una obligación,tributaria con 'nDIS, debitará las subcuentas de las cuentas 2436-RETENCION EN LA FUENTE E IMPUESTO DE TIMBRE, 2440-IMPUESTOS, CONTRIBUCIONES Y TASAS POR PAGAR o 2445-IMPUESTO AL VALOR AGREGADO - IVA, según el típo de obligación tributaria, y acredítará la subCCJenta "Bonos y títulos emitidos por el gobierno general" de las cuentas 1221-INVERS]ONES DE ADMINISTRACION DE LIQUIDEZ A VALOR DE MERCADO (VALOR RAZONABLE) CON CAMBIOS EN EL
RESUUADO. 1222-INVERSIONES DE ADMINISTRACION DE LiQUiOEZ A VALOR
DE MERCADO (VALOR RAZONABLE) CON CAMBIOS EN EL PATRIMONIO,(OTR?
RESULTADO INTEGRAL) o 1223-INVERSIONES DE ADMINISTRACION DE LIQUIDEZ A COSTO AMORTIZADO. Por su parten la DIAN o la entidad del nivel
territorial que admínistre impuestos debítará la subcuenta 223001-ntulos de de imouestos-TIDIS de la cuenta 2230-BONOS Y 'nTULOS DE1305 territorial que admínistre impuestos debítará la devolución de impuestos-TIDIS de INCENTIVO y acreditará la subcuenta que corresponda de la cuenta
IMPUESTOS, RETENCIÓN EN LA FUENTE Y ANTICIPOS DE IMPUESTOS.
Hoja 6 de 21R
COIOMBH
FarENCiADELA
VIDA Pesa/HciÓn N0.421 deF Í de d aemon dc 2021 pw lo cual se modiftoon prMedtmienta tontablu dd Mareo piwmaüvo pero Entidades de GQblprna. dp acuerda mn l aHustn /gaff?ada' aP CGtÓhDgo Geek:fd de Cum [M con pMleriNidad a ia expedición ée Íw pracedlnlfpntas CONTADURIA GENERAL DE LA NACION! 2. 2. ] .2 (...) Pago de impuestos con títulos recibidos como incentivo tributario Para registrar el recaudo en títulos, la entidad administradora de impuestos disminuirá la renta por cobrará correspondiendo la operación sín flujo de efectivo. Para el efecto, debítará la subcuenta 572209-Aplicación de títulos al pago de tributos de la cuenta 5722-OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECTIVO y acredítará la subcuenta que corresponda de la cuenta 1305-IMPUESTOS, RETENCION EN
LA FUENTE Y ANTICIPOS DE IMPUESTOS.
2.2. 1.3. Pago de impuestos con títulos de deuda (...) Para registrar el recaudo en títulos, la entidad administradora de impuestos disminuirá la renta por cobran correspondiendo la operación sín flujo de efectivo. Para e] efecto, debitará fa subcuenta 572209-Ap]ícacíón de titu]os a] pago de tributos de la cuenta 5722-OPERACIONES SIN FLUJO DE EFECrlVO y acredítará la subcuenta que corresponda de la cuenta 1305-IMPUESTOS, RETENCION EN
LA FUENTE Y ANTICIPOS DE IMPUESTOS.
ARTICULO 5o. Actualizar en el Procedimiento contable para el registro del porcentaje ambiental, la sobretasa ambiental y el porcentaje de la tasa retributiva o compensatoria del Marco Normativa para Entidades de Gobierno, la denominación de las siguientes subcuentas:
CODIGO
DENOMINACIÓN ACTUAL
EN EL PROCEDIMIENTO CONTABLE Intereses de mora tnte reses de mora Intereses de mora Intereses de mora
NUEVA DENOMINACION EN EL
PROCEDIMIENTO CONTABLE
138435 249044 480233 580439 Otros intereses de mora Otros ante reses de mora Otros intereses de mora Otros intereses de mora ARTICULO 6B. Actualizar en el Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con los acuerdos de concesión de infraestructura de transporte del Marco Normativa para Entidades de Gobierno, la denominación de la siguiente cuenta y las siguientes subcuentas:
CODIGO
DENOMINACION ACTUAL
EN EL PROCEDIMIENTO
CONTABLE
RECU RSOS DE LA ENTIDAD
CONCEDENTE EN
MATRIMONIOS AUTONOMOS
CONSTITUIDOS POR LOS CONCESIONARIOS Recursos de la entidad concederte en patrimonios autónomos constituidos por los concesionarios
NUEVA DENOMINACION EN EL
PROCEDIMIENTO CONTABLE
RECURSOS DE LA EN'EDAD
CONCEDENTE EN PATRIMONIOS
AUTONOMOS CONSTITUIDOS POR
CONCESIONARIOS PRIVADOS
1989 Recursos de la entidad concedente en patrimonios autónomos constituidos por concesionarios privados Otros bienes, derechos y recursos en efectivo procedentes de entidades de gobierno 198901 442807 Bienes recibidos sin contraprestación Hoja 7 de 21g Vio.iR Resa#uc/Ón Na42] d P Í d dci€mbm de 2023 Fof la cual se mod©mn prpcedimienlw conni/a deí Marco lvwmaúvo paro 4ü. CONTADURIA [n fides de cpóffrna, de acuerdo con ]os ous]pf rea/]zaam a] ] gly!!11:!!E y yeso!S]D CafÓloga6en€raldeCu€nMsconpanpffwidodalagxpgdiciÓnde/os chen:as (=,os. !3M-'p vns; xntcpracedimfentos ARTICULO 7o. Modificar el numeral 3., el primer inciso del numeral 4.1., tos numerales 4.2. y 4.3. el quinto inciso del numeral 9.1. y el literal c) del numeral
9.2. del Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con los acuerdos de concesión de infraestructura de transporte, det Marco Normativa para Entidades de Gobierno, los cuales quedarán con el siguiente texto :
3. PAGOS EFECTUADOS AL CONCESIONARIO CON ANTERIORIDAD A LA
coNSTnucciON. DESARROLLO, AOQUiSiCiON, MEJORA o REHABILITACION DE ACTIVOS EN CONCESIÓN La entidad concedente registrará los pagos efectuados al concesionario con anterioridad a la construcción. desarrollo, adquisición, mejora o rehabilitación de activos en concesión con un débito en la subcuenta 190590-Otros bienes y pagados por anticipado de la cuenta 1905-BIENES Y SERVICIOS POR ANTICIPADO o en la subcuenta 190601-Anticipos sobre convenios y acuerdos de la cuenta 1906-AVANCES Y ANTICIPOS ENTREGADOS la subcuenta 198901-Recursos de la entidad concedente en servicios PAGADOS v un crealto en patrimonios autónomos constituidos por concesionarios privados de lg cuenta 1989-RECURSOS DE LA EN'EDAD CONCEDENTE EN PATRiMONIOS AUTONOMOS CONSTITUIDOS POR CONCESIONARIOS PRIVADOS 4.1. Construcción o desarrollo de activos en concesión La entidad concedente registrará los valores relacionados con la construcción de bienes de uso público Q de propiedades, planta y equipo y el desarrollo de activos intangibles, en concesión, debítando la subcuenta que identifique el,tipo de red de la cuenta 1706-BIENES DE USO PÚBLICO EN CONSTRUCCION
CONCESIONES. la subcuenta 168310-Construcciones en curso de la cuenta 1683-PROPIEDADES, PLANTA Y eQuIpo EN CONCESIÓN o la subcuenta 197012Activos intangibles en concesión de la cuenta 1970-ACTIVOS INTANGIBLES y acreditando la subcuenta 190590-Otros bienes y servicios pagados por anticipado de la cuenta 1905-BIENES Y SERVICIOS PAGADOS POR ANTICIPADO, la subcuenta 190601-Anticipos sobre convenios y acuerdos de la cuenta 1906AVANCES Y ANTICIPOS ENTREGADOS, la subcuenta 231413-Pasivo financiero por acuerdos de concesión (Concederte) de la cuenta 2314-FINANCIAMIENTO INTERNO DE LARGO PLAZO o la subcuenta 299004-Ingreso diferido por concesiones - concedente de la cuenta 2990-OTROS PASIVOS DIFERIDOS, según corresponda. (...) 4.2. Adquisición de activos en concesión La entidad concedente registrará los valores relacionados con la adquisición de propiedades, planta y equipo o activos intangibles, en concesión, debitando la subcuenta que corresp.onda de la cuenta 1683-PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO EN. CONCESION o la subcuenta 197012-Activos intangibles en concesión de la cuenta 1970-ACTIVOS INTANGIBLES y acreditando la subcuenta 19059Q-Otros bienes y sewícíos pagados por anticipado de la cuenta 1905BIENES y SERVICIOS PAGADOS POR ANTICIPADO, la subcuenta 190601Anticlpos sobre convenios y acuerdos de la cuenta 1906-AVANCES Y AN'nCIPOS ENTREGADOS. ]a subcuenta 2314].3-Pasivo financiero por acuerdos de concesión (Concedente) de la cuenta 2314-FINANCIAMIENTO INTERNO DE LARGO PLAZO o la subcuenta 299004-Ingreso diferido por concesiones0 la subcuenta POa8d.z 'l!#>R Resaludán NQ.421 de1 6 ae dhiembre de 2Q23 p@ ia cuai se mwPcan pwedim/mías cmtoofes ep MAKO Namaavo para .A. CONTADURÍA rn daries dr call rna. ae aru€ da aDn /QS aluslu rEaíüadm ar 'V GENERAL OE LX NACIÓN Café/ogoGeneroldeCuenlalconpasledaridado/aexped cfÓñd IDS Qy pf)s fu$ ¿5ínoÉ T?#a'oof r procedfmlenlDS concedente de la cuenta 2990-OTROS PASIVOS DIFERIDOS corresponda. segun 4.3. Mejoras y rehabilitaciones de activos en concesión La entidad concedente registrará las mejoras o rehabílitaciones de los bienes de uso público, de las propiedades, planta y equipo o de los activos intangibles, en concesión, debítando la subcuenta que corresponda de las cuentas 1711BIENES DE USO PUBLICO EN SERVICIO - CONCESIONES o 1683-PROPIEDADES.
PLANTA Y EQUIPO EN CONCESION o la subcuenta 197012-Activos intangibles en concesión de la cuenta 1970-ACTIVOS INTANGIBLES y acredítando la subcuenta 190S90-Otros bienes y servicios pagados por anticipado de la cuenta 1905-BIENES Y SERVICIOS PAGADOS POR ANTICIPADO, la subcuenta 190601Anticipos sobre convenios y acuerdos de la cuenta 1906-AVANCES Y ANTICIPOS ENTREGADOS, la subcuenta 231413-Pasivo financiero por acuerdos de concesión (Concederte) de la cuenta 2314-FINANCIAMIENTO INTERNO DE LARGO PLAZO o la subcuenta 299004-Ingreso diferido por concesiones concedente de la cuenta 2990-OTROS PASIVOS DIFERIDOS, según corresponda. 9.1. Revelación del pasivo contingente y registro de la provisión relacionada con la garantia (...) Las provisiones se revisarán cuando la entidad obtenga nueva ínformacíón acerca de los factores que afecten el valor de la garantía o, como minimo, al final del período contable. La entidad concedente registrará los mayores valores de la provisión con un débito en la subcuenta 536902-Garantías contractuales Concesiones de la cuenta 5369-PROVISIÓN POR GARAN'nAS y un crédito en la subcuenta 270702-Garantías contractuales - Concesiones de la cuenta 2707GARANTiAS. Por su parte. la entidad concedente registrará los menores valores de la provisión con un débito en la subcuenta 270702-Garantías contractuales
Concesiones de la cuenta 2707-GARANTIAS y un crédito en la subcuenta 536902-Garantías contractuales - Concesiones de la cuenta 5369-PROVISION POR GARANTIAS, si el gasto se registró en el periodo contable, o la subcuenta 483102-Garantías de la cuenta 4831-REVERSIC)N DE PROVISIONES, sí el gasto se registró en periodos anteriores. (...) 9.2. Cuenta por pagar relacionada con la garantía (...) c) Si el valor a pagar por la garantía es menor que el valor de la provisión reconocida debítará la subcuenta 270702-Garantías contractuales - Concesiones de la cuenta 2707-GARAN'HAS y acreditará la subcuenta 249019-Garantías contractuales - Concesiones de la cuenta 2490-OTRAS CUENTAS POR PAGAR. La diferencia entre el valor a pagar por la garantía y la provisión reconocida se registrará. debitando la subcuenta 483102-Garantías de la cuenta 4831REVERSlóN DE PROVISIONES, si el gasto se registró en periodos anteriores, o acreditando la subcuenta 536902-Garantías contractuales - Concesiones de la cuenta 5369-PRC)VISIC)N POR GARANTIAS o la subcuenta 580401-Actualización financiera de provisiones de la cuenta 5804-FINANCIEROS, según corresponda, si el gasto relacionado con la provisión se registró en el período contable. ]0ja9de2] ":!#g VIÑAR RaducM} NQ.421 dd fi de diciembre de ZQ23 PQr
moóPcoo proceü m fotos contoópn üe/ Grm wmat" p«. 4. CONTADURIA Ndpdes de caüiema, de waeruo con las ajustes reapi?Daos aí 'q ' GiNtKXL oe LA NACIÓN CotÓlago6en€raldeCHentascof)posrerlorldodaJ c)pedkfÓndeJQS cue.if: É-='i.i. .rifodo :nñs;c procedimientos (...) ARTICULO 8o. Modificar los íncisos cuarto y quinto del numeral 1.2.3. y el primer inciso del numeral 1.3. del Procedimiento contable para el registro de los hechos económicos relacionados con las garantías financieras otorgadas, del Marco Normativa para Entidades de Gobierna, los cuales quedarán con el siguiente texto: 1.2.3. obligación probable (...) El valor de ta provisión se revisará cuando la entidad garante obtenga nueva ínformacíón o, como mínimo, al final del periodo contable y se ajustará afectando el resultado del período para reflejar la mejor estimación disponible. Los mayores valores se registrarán con un débito en la subcuenta 536905-Garantías financieras otorgados de la cuenta 5369-PROVISK)N POR GARANTIAS, previa disminución del ingreso registrado por menores valores de la provisión, sí a ello hay lugar, y un crédito en la subcuenta 270705-Garantías financieras otorgadas de la cuenta 2707-GARANTIAS. Por su parte, los menores valores se registrarán con un débito en la subcuenta 270705-Garantías financieras otorgados de la
cuenta 2707-GARANTIAS y un crédito en la subcuenta 483102-Garantías de la cuenta 4831-REVERSIÓN DE PROVISIONES, previa disminución del gasto por la provisión o del gasto por actualización financiera de la provisión, si a ello hay lugar La probabilidad de que se haga efectiva la garantía financiera otorgada será objeto de revisión cuando la entidad garante obtenga nueva información o, como mínimo, al final del periodo contable, para determinar si la obligación continúa siendo probable, o pasa a ser posible o remota. Cuando la obligación pase a ser posible o remota, se disminuirá la provisión medíante un débito en la subcuenta 270705-Garantías financieras otorgados de la cuenta 2707-GARAN'nAS y un crédito en la subcuenta 483102-Garantías de la cuenta 4831-REVERSIÓN DE PROVISIONES, previa disminución del gasto por la provisión o del gasto por actualización financiera de la provisión, si a ello hay lugar. Adicionalmente, se aplicará el numeral 1.2.1. o el numeral 1.2.2., según corresponda. 1.3. Cumplimiento de garantías financieras Cuando, a causa del incumplimiento de los pagos a cargo de la entidad deodora, la entidad garante tenga la obligación de realizar el pago, total o parcial, de la deuda garantizada, esta última debítará el saldo de la subcuenta 270705Garantías financieras otorgados de la cuenta 2707-GARANTIAS y acreditará .la subcuenta que corresponda de la cuenta del grupo 22-EMISIÓN Y COLOCACION
DE 'nTULOS DE DEUDA o del grupo 23-PRESTAMOS POR PAGAR o la subcuenta que corresponda de la cuenta 240ó-ADQUiSICióN DE BIENES Y SERVICIOS DEL E)(TERIOR. Cuando el valor a pagar sea mayor que el valor provisionado, la diferencia se registrará en la subcuenta 589039-Garantías financieras otorgadas de la cuenta 5890-GASTOS DIVERSOS, SÍ, por el contrario, el valor a pagar es menor que el valor provisionado, la diferencia se registrará en la subcuenta 483102-Garantías de l
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