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CGR - Anexos VII y VIII Hallazgos ABGHP 2022web

Contraloría General de la Nación

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Detalles

Título
CGR - Anexos VII y VIII Hallazgos ABGHP 2022web
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2022

Informe de auditoría del Balance General de Hacienda Pública 2022 Anexo VII Relación de hallazgos auditorías individuales Nivel Nacional

Informe de Auditoría del Balance General de Hacienda pública Contraloría delegada para el Sector Agropecuario Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural Opinión contable: adversa o negativa. Incorrección de circunstancia en otras cuentas por cobrar -arrendamiento operativo por $13.287,0 millones, debido a que esta cuenta no representaba un activo realizable debido a su deterioro, toda vez que se encontró evidencia objetiva del incumplimiento en los pagos a cargo del deudor y el desmejoramiento de sus condiciones crediticias, situación que, de acuerdo con la política contable establecida, originaba el cálculo y registro del deterioro de este derecho, contraviniendo lo establecido en el Manual de políticas contables, versión 04-DE-GFI-01 de diciembre de 2022, numerales 6.3.6 Medición posterior y 6.3.7 Deterioro. Lo cual generó incorrección material cualitativa de carácter específico, al superar el error tolerable estimado por grupos de cuentas del activo. De igual forma, sobrestimó el saldo de la cuenta auditada al cierre de la vigencia 2022 y afectó la interpretación de la información financiera por parte del usuario final. Incorrección de cantidad en otras cuentas por cobrar por $97.611,7 millones, debido a que se evidenció el registro por concepto de reconocimiento de cuentas por pagar presupuestales - reserva, mediante el comprobante manual 25078 de fecha 31 de diciembre de 2022, el cual, por falta de disponibilidad del PAC (Programa Anual de Caja), no fue registrado al cierre de la vigencia 2022 en el aplicativo SIIF II, no obstante, el bien o servicio se recibió a satisfacción.

Por otra parte, se determinó que la entidad tramitó la solicitud del PAC por fuera de los términos establecidos en la Circular Externa 042 del 31 diciembre 2021, numeral 4, expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, realizando la gestión presupuestal a partir de febrero de 2023, lo cual contravino lo establecido en el artículo 27 del Decreto 1793 de 2021, Capítulo IIIDe las reservas presupuestales y cuentas por pagar; el artículo 22 de la Ley 2159 de 2021; el numeral 4 de la Circular Externa 042 del 31 de diciembre de 2021 expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, al igual que la descripción del Catálogo General de Cuentas del Marco normativo para entidades de gobierno de la cuenta otras cuentas por cobrar, lo cual generó incorrección cuantitativa material, significativa y generalizada por sobrestimación de la cuenta otras cuentas por cobrar. Contraloría General de la República 3 Informe de Auditoría del Balance General de Hacienda Pública Incorrección de clasificación en otras cuentas por cobrar por $97.610,7 millones, debido al registro erróneo de la operación correspondiente al contrato 20220436, suscrito entre la entidad y Finagro S.A., para la atención de los programas ICR y LEC, en donde, acorde con el marco normativo se estableció que el registro contable, se realizaría a la subcuenta recursos de acreedores reintegros a tesorería, bajo el concepto de “Rezago con pago líquido cero”; no obstante, fue registrado en la subcuenta otras cuentas por cobrar, contraviniendo lo

establecido en el artículo 27 del Decreto 1793 de 2021, Capítulo III; el numeral 4 de la Circular Externa 042 del 31 de diciembre de 2021 expedida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, al igual que la descripción del Catálogo General de Cuentas del Marco normativo para entidades de gobierno de la cuenta otras cuentas por cobrar, lo cual generó incorrección cualitativa no material por clasificación, a causa del registro inadecuado en la subcuenta otras cuentas por cobrar y no en la subcuenta recursos de acreedores reintegros a tesorería. Incorrección de cantidad en recursos entregados en administración por $39.835,3 millones, debido a diferencias entre lo reportado en los informes de supervisión y los actos contractuales, dado que el saldo presentando en los estados financieros difirió del saldo real. Lo anterior, referente a los siguientes convenios: 20220562 suscrito entre el MADR y Cenipalma; 20210664 suscrito con la Alcaldía de Uramita, 20150995 celebrado con la Organización de los Estados Iberoamericanos (OEI), 20210518 suscrito con la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), 20220463 inscrito con Agrosavia y el 20210666 suscrito con el Departamento del Meta, contraviniendo lo establecido en los incisos 6.7.1.3 Reconocimiento y 6.7.1.4 Medición inicial del numeral 6.7.1-Recursos entregados en administración del manual de políticas contables MADR, Versión 4 DE-GFI-01 del 1 de diciembre de 2022 y el numeral 1.2.2. Conciliación entre las áreas

de la entidad que generan información contable del Instructivo 002 del 1 de diciembre de 2022 expedido por la Contaduría General de la Nación, lo cual generó una incorrección material, significativa y generalizada, por sobrestimación de la cuenta recursos entregados en administración, que correspondió al saldo de la cuenta citada y que difirió de los informes de supervisión y actos contractuales. Incorrección de clasificación en recursos entregados en administración por $5.295,2 millones, debido a que se identificó que, respecto al convenio 20150995 celebrado con la Organización de los Estados Iberoamericanos (OEI) del 19 de noviembre de 2015 y con acta de liquidación con salvedades del 16 de octubre de 2020, quedó un valor 4 Contraloría General de la República Informe de Auditoría del Balance General de Hacienda pública pendiente por ejecutar. En tal sentido y de acuerdo con el informe de avance o final de supervisión técnica y financiera del 19 de julio de 2022, se evidenció una ejecución correspondiente al 95,8% del valor total del recurso aportado, lo cual permitió determinar que el valor a reintegrar, luego de las mesas de trabajo, correspondió al 4,2% del total del recurso aportado por el MADR, por lo que en los estados financieros a 31 de diciembre de 2022 el saldo de este convenio se encontró en la subcuenta recursos entregados en administración, debiendo reconocerse en la subcuenta otras cuentas por cobrar, contraviniendo lo establecido en los incisos 6.7.1.3 Reconocimiento y 6.7.1.4 Medición

inicial del numeral, 6.7.1 Recursos entregados en administración del manual de políticas contables MADR, versión 4 DE-GFI-01 del 1 de diciembre de 2022, el numeral 1.2.2 Conciliación entre las áreas de la entidad que generan información contable del Instructivo 002 del 1 de diciembre de 2022 y el concepto de la Contaduría General de la Nación, radicado 20211100082631, del 7 de octubre de 2021 solicitado por el MADR, lo cual generó incorrección no material por clasificación en la cuenta otras cuentas por cobrar, correspondiente al registro del reintegro pendiente por el convenio con la OEI. No se logró obtener la suficiente evidencia en propiedades de inversión por $88.304,3 millones, respecto al cumplimiento de las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos para el marco normativo de entidades de gobierno, numeral 14.1. y el manual de políticas contables DE–GFI-01 versión 03 y 04, en su numeral 6.5.2, debido a un inadecuado seguimiento por parte del área de coordinación de entidades liquidadas, en cabeza de la secretaría general, de los bienes recibidos en los procesos de liquidación de entidades, en los cuales el MADR tiene participación, ocasionando que la entidad no contara con una gestión adecuada de los bienes inmuebles a su cargo, afectando el valor de la cuenta propiedades de inversión por incertidumbre, ya que no se contó con los respectivos soportes y registros históricos que permitieran realizar la trazabilidad de los saldos al cierre de la vigencia 2022. Incorrección de revelación en propiedades de inversión, debido a

que en las notas a los estados financieros no se describieron hechos importantes tales como: el valor de los ingresos por rentas y los gastos directos de operación incluidos en el resultado del periodo; el valor en libros de las propiedades de inversión que tengan alguna restricción, bien sea, para llevar a cabo su disposición o para cobrar los ingresos que producen; el valor de las propiedades de inversión que garanticen el cumplimiento de pasivos; la información de bienes que se hayan Contraloría General de la República 5 Informe de Auditoría del Balance General de Hacienda Pública reconocido como propiedades de inversión o que se hayan retirado por la tenencia del control, independientemente de la titularidad o derecho de dominio; las propiedades de inversión adquiridas en una transacción sin contraprestación; la información de su condición de bien histórico y cultural, cuando a ello haya lugar; el valor reclasificado y una explicación detallada del origen del cambio, para el caso de las reclasificaciones desde o hacia propiedades de inversión y los métodos de depreciación utilizados, contraviniendo lo establecido en el numeral 14.6 revelaciones del Marco normativo para entidades de gobierno, lo cual generó una incorrección material y significativa de naturaleza cualitativa por revelación, debido a la presencia de hechos que pudieron afectar razonablemente la adecuada interpretación de los saldos en las notas a los estados financieros para la toma de decisiones.

Control interno financiero: ineficiente.

Se observó materialización de riesgos tales como la no presentación razonable de la situación financiera y jurídica de la entidad en relación con las cuentas: arrendamiento operativo, propiedades de inversión; así como deficiencias en el reconocimiento de las otras cuentas por cobrar,

en razón a que el MADR no gestionó de manera oportuna la solicitud del PAC para el cumplimiento del pago, según los compromisos pactados en los convenios y/o contratos vigentes al cierre de 2022; igualmente, al verificar la información contable, se evidenció que el reconocimiento de la legalización de los recursos entregados en administración no se efectuó de acuerdo a la periodicidad establecida, lo que generó que la amortización del gasto no incluyera la ejecución del cierre de la vigencia de la cuenta recursos entregados en administración; por otra parte, incorrecciones de revelación por información inadecuada o insuficiente, generalmente por deficiencias en los controles, afectando la percepción de los usuarios sobre los estados financieros. Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) Opinión contable: abstención. No se logró obtener la suficiente evidencia en propiedades, planta y equipo - terrenos por $266.133,6 millones, respecto al cumplimiento de las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco normativo para entidades de gobierno, numeral 10.1 Reconocimiento y los principios de contabilidad pública, numerales 44 Esencia sobre la forma y 46 6 Contraloría General de la República Informe de Auditoría del Balance General de Hacienda pública Uniformidad, debido a que la entidad no subsanó las diferencias de área en los terrenos de su propiedad y no se iniciaron las acciones administrativas y jurídicas para ello. Situación reiterada y observada por la CGR en vigencias anteriores, afectando el patrimonio y configurándose una incertidumbre sobre el valor total de los predios que presentaron la condición de diferencias de área.

Incorrección de cantidad en propiedades, planta y equipo - terrenos por $2.897,0 millones, debido a que durante la vigencia 2022 la subcuenta de terrenos tuvo una disminución con la aplicación incorrecta de lo conceptuado por la Contaduría General de la Nación, en relación con los predios que presentaron invasión parcial, contraviniendo lo establecido en el marco conceptual para la preparación y presentación de información financiera del marco normativo para entidades de gobierno, numeral 6.1. Definición de los elementos de los estados financieros, inciso 6.1.1. Activos, las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco normativo para entidades de gobierno, numeral 10. Propiedades, planta y equipo, inciso 10.1. Reconocimiento, y el concepto de la contaduría 20221100063661 del 21 de octubre de 2022, lo cual generó subestimación de la cuenta terrenos, configurándose una incorrección material a causa de la falta de gestión por parte del Instituto, con el fin de recuperar la posesión y uso de estos terrenos. No se logró obtener suficiente evidencia en propiedades, planta y equipo - edificaciones por $188.228,9 millones, respecto al cumplimiento de las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco normativo para entidades de gobierno, numeral 10. Propiedades, planta y equipo, debido a que el instituto no inició los procedimientos para realizar los levantamientos arquitectónicos y peritajes estructurales durante la vigencia 2022. Su actuación se limitó a gestionar los insumos técnicos y enviar

solicitudes de la oficina de asesoría jurídica al grupo de infraestructura física y mantenimiento para que iniciaran los trámites que permitieran subsanar las diferencias de área construidas en las edificaciones existentes. Lo anterior afectó la realidad contable de las edificaciones que presentaron diferencias en las construcciones, configurándose una imposibilidad material por incertidumbre con una representatividad de la cuenta edificaciones con limitación del 20,5%. Incorrección de cantidad en propiedades, planta y equipo - edificaciones por $4.216,3 millones, debido a debilidades en las funciones de supervisión, ya que a pesar de haber recibido la obra en junio del Contraloría General de la República 7 Informe de Auditoría del Balance General de Hacienda Pública 2021, el responsable no reportó al grupo de gestión control de activos y almacén los documentos que soportaron la ejecución financiera del diseño y construcción del convenio CIPM-037-2017. Lo anterior impidió la incorporación del mayor valor del activo en la subcuenta edificaciones en los estados financieros del Instituto, contraviniendo lo establecido en normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco normativo para entidades de gobierno, numeral 10. Propiedades, planta y equipo y el procedimiento de manejo y control administrativo de los bienes del ICA a-GRFIS-INV-P-001 V-6, generando debilidades en la función de supervisión y configurándose en una incorrección material por subestimación de la subcuenta de edificaciones. Incorrección de circunstancia en propiedades, planta y equipoedificaciones por $77,3 millones, debido a que se dio de baja el inmueble denominado instalación planta extractora de aceite, ubicado

en el predio CI El Mira, sustentada en un informe técnico del supervisor del grupo de gestión de infraestructura física y mantenimiento del ICA, sin el previo concepto técnico del comité de bajas como requisito indispensable. Además, el inmueble se encontraba en arrendamiento desde 2007 a Corpoica (hoy Agrosavia), a quien le asistía la obligación de mantenimiento, conservación y cuidado, contraviniendo lo establecido en las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco normativo para entidades de gobierno, numeral 10.4 Baja en cuentas, así como también el procedimiento de manejo y control administrativo de los bienes del ICA a-GRFIS-INV-P-001 V-6, lo cual generó incumplimiento de los procedimientos para el manejo y control administrativo de los bienes del instituto, además de la ausencia de mantenimiento por parte del arrendatario y debilidades en la supervisión por parte del ICA. Incorrección de circunstancia en propiedades, planta y equipo – edificaciones, debido a que en desarrollo de la ejecución de los contratos de obra GGC-095-2022, GGC-100-2022, GGC-1362022, GGC-140-2022 y GGC-201-2022, el supervisor no diligenció la información correspondiente a mejoras, adquisición de bienes tangibles e intangibles con el fin de incorporar mayores valores de dichos bienes en el activo, contraviniendo lo establecido en las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco normativo para entidades de gobierno, numeral 10. Propiedades, planta y equipo y el procedimiento de manejo

y control administrativo de los bienes del ICA a-GRFIS-INV-P-001 V-6, lo cual generó incumplimiento en los procedimientos de manejo 8 Contraloría General de la República Informe de Auditoría del Balance General de Hacienda pública y control administrativo de los bienes del ICA y las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos, configurándose una incorrección material en la cuenta de propiedades planta y equipo. No se logró obtener la suficiente evidencia en propiedades, planta y equipo - edificaciones por $131,8 millones, respecto al cumplimiento del Marco normativo para entidades de gobierno, numeral 10. Propiedades, planta y equipo y el procedimiento de manejo y control administrativo de los bienes del ICA a-GRFIS-INV-P-001 V-6, debido a inconsistencias en la incorporación por mayor valor a los activos sin documentos soporte, afectando el cumplimiento de las obligaciones del supervisor al no remitir los documentos soporte para la incorporación a los activos. Incorrección de cantidad en activos intangibles por $2.987,9 millones, debido a que no se reconocieron los activos intangibles adquiridos con la ejecución de los contratos GGC-024-2022, GGC-025-2022 y GGC231-2022, contraviniendo lo establecido en el Manual de políticas contables del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), numerales 6.2. Reconocimiento y 5.2. Lineamientos de operación y el procedimiento de manejo y control administrativo de los bienes del ICA - GRFISINV-P-001 V.6, lo cual generó incumplimiento en los procedimientos

de manejo y control administrativo de los bienes del Instituto y las normas para el reconocimiento, medición, revelación y presentación de los hechos económicos del marco normativo para entidades de gobierno. Se configuró una incorrección material por subestimación de la cuenta activos intangibles.

Control interno financiero: ineficiente.

Se observó inefectividad en la gestión del control interno del ICA, tendiente a subsanar y clarificar el estado real de los terrenos y las edificaciones. Esto impactó los estados financieros del instituto en la ejecución presupuestal relacionada con los compromisos presupuestales de la ejecución de contratos, no se dio cumplimiento a la recepción de bienes, servicios y obras como requisito exigible para su pago, que afectó la constitución de las cuentas por pagar y las reservas. También se observó incumplimiento de requisitos para legalización de gastos de viaje, lo que conllevó a una sobrestimación en la ejecución presupuestal, se encontraron deficiencias por la no incorporación del valor de las adiciones, mejoras, restauraciones o rehabilitaciones en la subcuenta de edificaciones con ocasión de los contratos de obra, mantenimiento, adecuación y ampliación, así como en los contratos de desarrollo de software y adquisición de licencias de uso. Contraloría General de la República 9 Informe de Auditoría del Balance General de Hacienda Pública Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (Finagro) Opinión contable: con salvedades. No se logró obtener la suficiente evidencia en activos biológicos a valor de mercado (valor razonable) menos costos de disposición por $11.825,6 millones, respecto al cumplimiento de la norma internacional

de información financiera 13 - Medición del valor razonable (NIIF 13) - información a revelar, numeral 91 - a), b) y numeral 99, debido a que en el modelo de valoración de activos CAPM, presentado en los informes de la firma Esfinanzas 2015, 2019 y 2021, y que constituye el soporte del registro contable al cierre de vigencia 2022, se determinó que las valoraciones allí contenidas, respecto de los rendimientos mínimos que se podrían obtener, generan duda debido a que al revisar las operaciones su resultado no correspondió al de la operación matemática propuesta, es decir, existió un error desde la sumatoria de las variables, lo que impactaría significativamente el cálculo de la valoración de las inversiones forestales, afectando con incertidumbre ante la imposibilidad de obtener evidencia suficiente que soporte los movimientos de desvalorización de las inversiones forestales y, por ende, el respectivo saldo en la subcuenta activos biológicos a valor de mercado.

Control interno financiero: con deficiencias.

Se encontraron deficiencias en los controles en la confiabilidad de los soportes de las inversiones en proyectos forestales, en la coherencia de la información en cifras en los aplicativos y/o sistemas de información, así como en la constitución de las reservas presupuestales y en la soportabilidad de la ejecución presupuestal en contratos y convenios. Además, se observaron fallas en el seguimiento contractual por parte de la supervisión e interventoría. Fondo Agropecuario de Garantías (FAG) Opinión contable: con salvedades. No se logró obtener suficiente evidencia en el resultado del ejercicio por $35,0 millones, respecto al cumplimiento del artículo 2, numeral

2.1.2.2.10. Beneficiarios del crédito destinado a pequeños productores del Decreto 312 de 1991, debido a que al analizar las bases de “Colocaciones AGROS 2022”, que corresponden a las garantías expedidas en la vigencia 2022 sobre las operaciones crediticias 10 Contraloría General de la República Informe de Auditoría del Balance General de Hacienda pública otorgadas por los intermediarios financieros, la CGR logró evidenciar que en estas bases existen beneficiarios que reportaron una cantidad de activos diferente para varios créditos en el mismo mes, al igual que se presentaron 12 beneficiarios de operaciones crediticias con garantía del FAG en la base de datos de colocaciones del FAG que se encuentran vigentes, las cuales registraron un cambio en el tipo de productor en el mismo mes, lo que impactó los ingresos percibidos por el Fondo Agropecuario de Garantías (FAG) por concepto de comisiones sobre los certificados de garantía expedidos, generando una imposibilidad por incertidumbre material, significativa y generalizada por registros contables relacionados con garantías expedidas sobre operaciones que no cumplen con los requisitos establecidos por la CNCA. Incorrección de circunstancia en el resultado del ejercicio, debido a que la CGR realizó el cruce entre de las bases de datos suministradas por Finagro durante la auditoría realizada y estableció inconsistencias en referencia a los certificados de garantía FAG descritas a continuación: obligaciones que cuentan con dos certificados activos; certificados en la base de pagados ordinario que no se encontraron en la base de pagados EFAG, así como certificados expedidos en 2022 con inicio de cobertura posterior al 31 de diciembre de 2022 a los que se les cobró

una comisión mayor a la debida y con condiciones diferentes según parámetros establecidos por Finagro, contraviniendo lo establecido en el artículo 2, numeral 2.1.2.2.10. Beneficiarios del crédito destinado a pequeños productores del Decreto 312 de 1991, generando incorrección material, significativa y generalizada de naturaleza cualitativa por circunstancia, a causa de registros contables relacionados con garantías expedidas sobre operaciones que no cumplieron con los requisitos de aprobación, establecidos por la CNCA y en el manual de servicios, al igual que difirieron de la parametrización en los sistemas por registros contables relacionados con pagos de garantías que no cuentan con los soportes ni se liquidan ni realizan en forma debida. Incorrección de cantidad en el resultado del ejercicio por $4,4 millones, debido a que al analizar la base de datos de comisiones 2022 se encontraron 10 certificados de garantías FAG a los que se les aplicó una tasa de comisión inferior, contraviniendo lo establecido en la Resolución 13 de 2021 de la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario, lo cual generó un impacto en los resultados financieros, debido a la inadecuada aplicación de los criterios emitidos por la CNCA, en donde la dirección de garantías es la encargada de la preinscripción de las operaciones registradas en el aplicativo de servicios de crédito y la liquidación de las comisiones cobradas a los intermediarios financieros, generando una aplicación de tasa inferior a la establecida. Contraloría General de la República 11 Informe de Auditoría del Balance General de Hacienda Pública Control interno financiero: con deficiencias. Deficiencias de los controles en bases de datos del proceso de

colocación y la supervisión contractual de los contratos suscritos con recursos del FAG. Banco Agrario de Colombia Opinión contable: con salvedades. Incorrección de revelación en las cuentas préstamos concedidos por $83.639,7 millones, otras cuentas por cobrar por $757.125,9 millones, deterioro acumulado de préstamos por cobrar (cr) por $224.550,5 millones; inversiones de administración de liquidez a valor de mercado (valor razonable) con cambios en el resultado por $31,1 millones y en instrumentos derivados con fines de especulación por $2.405,1 millones, debido a que al verificar el reporte de saldos y movimientos y los estados contables en PDF transmitidos en la plataforma CHIP, se encontraron diferencias en los saldos, las cuales no estaban explicadas ni justificadas en las notas a los estados financieros ni en el archivo de homologación suministrado por el Banco Agrario de Colombia S.A., contraviniendo lo establecido en el artículo 5 de la Resolución 706 de 2016 y el anexo técnico 2022, modificado por el DR 938 de 2021 numerales 7, 9, 10, 17 y 77, lo cual ocasionó una lectura incorrecta de la información financiera reportada, afectando la toma de decisiones de los usuarios de la información contable y constituyendo una incorrección material significativa y generalizada de naturaleza cualitativa por revelación, ya que no se presentaron o revelaron en las notas a los estados financieros los hechos relevantes para la comprensión de la información financiera y de la gestión del banco. Incorrección de cantidad en préstamos concedidos por $4.671,2 millones, debido a que al realizar el cruce con las bases de datos de

desembolsos y cartera se encontró que de los 12.307 registros no coincidentes se depuraron los que presentaban estado ‘Cancelado’, quedando 361 registros que se reportaban en la base de datos de desembolsos 2022 y que no se encontraban en la base de datos de cartera banca agropecuaria con corte al 31 de diciembre de 2022. Estos registros se reportaban en estado ‘Vigente’ y ‘En suspenso’; es decir, eran créditos que debían permanecer en la cartera para la gestión de cobro, contraviniendo lo establecido en el Anexo técnico 2022, modificado por el DR 938 de 2021, numerales 7, 9, 10, 17 y 12 Contraloría General de la República Informe de Auditoría del Balance General de Hacienda pública 77, lo cual generó una incorrección no material y significativa por subestimación de la cuenta préstamos concedidos, correspondiente a los créditos que se encontraban en estado vigente o en suspenso, pero que no se incorporaban en la cartera al 31 de diciembre de 2022. No se logró obtener suficiente evidencia en préstamos concedidos por $908.176,0 millones, respecto al cumplimiento del Anexo técnico 2022 modificado por el DR 938 de 2021, numerales 7, 9, 10, 17 y 77, debido a que en el análisis de la base de datos se reportaron observaciones como la de diferentes fechas de desembolso entre la base de cartera agropecuaria y desembolsos 2022 que afectaron la determinación del vencimiento de las cuotas y, por ende, la morosidad real de la cartera. La CGR realizó un cruce con las bases de datos entregadas por Finagro

a través de la auditoría financiera que se adelantaba en esa entidad y al confrontar los desembolsos del BAC cartera agropecuaria de la vigencia 2022 que contaban con llave de redescuento, con la base de datos de colocaciones del BAC en el aplicativo AGROS que administra Finagro, se identificaron 1.715 créditos (registros),que teniendo el mismo número de identificación de redescuento, no coincidían en la fecha de desembolso; al igual que 59.034 créditos (registros) que presentaban diferente plazo de la deuda, lo cual generó afectación del término para el pago de las cuotas por parte del cliente del banco y no permitía tener certeza sobre la morosidad de la cartera. Además, se impactó el cálculo y causación de intereses corrientes y moratorios al no tener seguridad de estas variables. Incorrección de circunstancia en préstamos concedidos por $26.438,0 millones, debido a que al realizar el cruce de la base de datos de cartera de banca agropecuaria del Banco Agrario a 31 de diciembre de 2022, con la base de datos de cartera de Finagro a 31 de diciembre de 2022, se encontraron créditos con redescuento que no estaban en la base de datos de cartera del banco, evidenciando deficiencias en el mantenimiento de la base de datos de cartera, así como en la conciliación de cuentas recíprocas entre el banco y Finagro, encontrando ocho operaciones del segmento Pyme consolida que correspondían a empresas con establecimiento de comercio formalizado pero dedicadas a actividades diferentes al sector agropecuario como obras civiles, comercialización de motocicletas, sociedades y consorcios

de inversiones, empresas de transporte y empresas farmacéuticas, contraviniendo lo establecido en el anexo técnico 2022, modificado por el DR 938 de 2021, numerales 7, 9, 10, 17 y 77, lo cual generó distorsión en la ejecución de la política agropecuaria al no cumplir los Contraloría General de la República 13 Informe de Auditoría del Balance General de Hacienda Pública

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