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CGR - Boletín sobre seguimiento a las acciones e inversiones dirigidas al pueblo nukak 2022

Contraloria General de la Republica

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Detalles

Título
CGR - Boletín sobre seguimiento a las acciones e inversiones dirigidas al pueblo nukak 2022
Autor
Contraloria General de la Republica
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2022

(cid:25)(cid:23)(cid:20)(cid:16)(cid:15)(cid:23)(cid:14)(cid:22)(cid:13)(cid:23)(cid:29)(cid:31)(cid:12)(cid:31)(cid:31) (cid:20)(cid:19)(cid:23)(cid:22)(cid:18)(cid:26)(cid:29) (cid:21)(cid:19)(cid:17)(cid:28)(cid:17) (cid:31)(cid:30)(cid:29)(cid:28)(cid:27)(cid:26)(cid:25)(cid:29)(cid:24)(cid:23)(cid:29)(cid:28)(cid:22)(cid:28)(cid:21)(cid:24)(cid:26)(cid:21)(cid:26) (cid:22)(cid:11)(cid:10)(cid:9)(cid:8)(cid:7)(cid:6)(cid:29)(cid:5)(cid:11)(cid:4)(cid:3)(cid:9)(cid:29)(cid:5)(cid:9)(cid:2)(cid:1)(cid:127)(cid:129)(cid:127)(cid:9)(cid:6)(cid:8)(cid:11)(cid:29)(cid:141)(cid:29)(cid:10)(cid:141)(cid:5)(cid:29) (cid:141)(cid:143)(cid:143)(cid:127)(cid:11)(cid:6)(cid:9)(cid:5)(cid:29)(cid:9)(cid:29)(cid:127)(cid:6)(cid:144)(cid:9)(cid:3)(cid:5)(cid:127)(cid:11)(cid:6)(cid:9)(cid:5)(cid:29)(cid:157)(cid:127)(cid:3)(cid:127)(cid:2)(cid:127)(cid:157)(cid:141)(cid:5)(cid:29)

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CARLOS HERNAN RODRÍGUEZ BECERRA

Contralor General de la República

CONTRALORÍA DELEGADA PARA POBLACIÓN

FOCALIZADA

HITLER ROUSEAU CHAVERRA OVALLE

Contralor Delegado para Población Focalizada

HECTOR MARIO LONDOÑO RÍOS

Director de Estudios Intersectoriales de Políticas Públicas Focalizadas

CONTRALORÍA DELEGADA PARA EL

POSCONFLICTO

SANTIAGO HUMBERTO GÓMEZ MEJÍA

Contralor Delegado para el Posconflicto

Í N D I C E I INTRODUCCIÓN................................................................... 01

I I

CONTEXTO DEL PUEBLO NUKAK Y

SUS PROBLEMÁTICAS.................................... 03

I I I

ACCIONES ADELANTADAS POR LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.............................................................. 15

I V RESULTADOS IDENTIFICADOS EN EL SEGUIMIENTO...................................................... 19

V

CONCLUSIONES Y RETOS........................... 26

I. INTRODUCCIÓN El Pueblo Indígena Nukak, último pueblo nómada de Colombia, es reconocido como bien de interés cultural de carácter nacional.

Su resguardo y territorio ancestral está ubicado en el Departamento del Guaviare, con una extensión de 954.480 hectáreas lo que lo convierte en el resguardo más grande del país. Cuenta con una población estimada de 1.000 miembros que habitan en alrededor de 13 asentamientos, en su mayoría, por fuera de su resguardo, debido al desplazamiento forzado sufrido a causa de grupos ilegales. Este Pueblo Indígena fue reconocido por la Corte Constitucional como sujeto de especial protección constitucional mediante la

sentencia T-025 de 2004 y sus autos de seguimiento. El Auto 004 de 2009 identificó a los Nukak como uno de los pueblos en riesgo de extinción física y cultural. El Auto 173 de 2012 hizo énfasis en la situación específica de los pueblos Jiw y Nukak ordenando medidas urgentes de protección y visibilizando la inasistencia del Estado en su conjunto. Así mismo, el Acuerdo de Paz, suscrito el 26 de septiembre de 2016, entre el Gobierno Colombiano y las FARC, priorizó un plan de retorno y devolución del territorio para este pueblo, como garantía de cumplimiento del Estado a los pueblos indígenas más afectados por la violencia en el marco del conflicto, y finalmente, en el proceso de restitución de derechos territoriales, fueron dictadas medidas cautelares a través del Auto Interlocutorio 018 de 2018. 1 No obstante lo anterior, ninguna de las medidas de protección señaladas han sido objeto de entero cumplimiento por parte del Gobierno Nacional, y, por el contrario, cada una de ellas ha reiterado la falta de materialización de las dictadas anteriormente. Esta grave situación que ha puesto en mayor riesgo de vulneración al pueblo Nukak, motivó a la Contraloría General de la República (en adelante CGR) a coordinar esfuerzos entre las Contralorías Delegadas para la Población Focalizada y para el Posconflicto para activar el mecanismo de seguimiento permanente 1 , con la finalidad de verificar las acciones estatales y la efectividad en la inversión de recursos públicos en vía de la garantía de derechos fundamentales individuales y colectivos

del Pueblo Nukak. El presente boletín refleja la falta de voluntad y las debilidades y limitaciones del Estado colombiano y su arquitectura institucional para mejorar las condiciones de vida del pueblo Nukak, pese a los mandatos constitucionales existentes y las órdenes proferidas por la Corte Constitucional en la materia. La CGR, en su labor de seguimiento fiscal a la inversión en materia de política pública, ha constatado las precarias condiciones de vida de este pueblo indígena. Este informe profundiza en la inexistencia de condiciones para la atención y acceso a servicios de salud para este pueblo, la ausencia de un enfoque diferencial en el proceso de registro e identificación, la inseguridad alimentaria, las condiciones precarias y parciales en el acceso a educación y vivienda y en las debilidades institucionales presentes en el fortalecimiento de las estructuras organizativas y de gobierno propio. Asimismo, se alerta sobre la fragmentación y desarticulación de las acciones de las entidades del orden nacional y territorial, lo cual ha redundado en el retraso de 13 años en la formulación del Plan de Salvaguarda, de 9 años en el Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia y en los escasos avances en la elaboración del plan retorno. Adicionalmente, se presenta informe de las acciones adelantadas por la Contraloría General de la República dada la compleja situación en la que vive el pueblo Nukak. Del mismo modo, se identifican los principales resultados derivados del seguimiento; específicamente se hace énfasis en el plan de salvaguarda, en la acumulación y no ejecución de la Asignación Especial del Sistema General de Participaciones para el

resguardo Nukak - AESPRI, en la escasa inversión en la atención en salud, en la no garantía del derecho a la identificación, en el proyecto de inversión de 2022 para apalancar proyectos agroalimentarios del pueblo Nukak y en el convenio de vivienda suscrito por la Gobernación del Guaviare. Por último, se presentan las principales conclusiones y retos del Gobierno nacional para la garantía de los derechos de este pueblo, de su bienestar y pervivencia física y cultural. 1Art. 57 Decreto Ley 403 de 2020 2

II. CONTEXTO DEL

PUEBLO NUKAK Y SUS PROBLEMÁTICAS El pueblo indígena Nukak Tienen su propia lengua, es considerado el último Maku, que, según la pueblo nómada Organización Nacional contactado oficialmente en Indígena de Colombia2 Colombia y reconocido ONIC, es hablada por cerca como bien de interés de 600 personas 4 . cultural de carácter nacional 3 . Habita en el De acuerdo con datos de la departamento del Gobernación del Guaviare, Guaviare, entre el río del a agosto de 2022 se ha mismo nombre y el Inírida, identificado una población en un área de bosque de 1.001 personas Nukak: natural, en la que 987 en el Municipio de desarrollan actividades de San José del Guaviare y 14 caza, pesca y recolección en el Retorno, ubicadas en de frutos. Hoy son 13 asentamientos 5 . Cerca considerados como del 60% son niños y seminómadas, debido a la adolescentes, el 20%

pérdida de su cultura y su jóvenes, y el 20% restante 6 dinámica de supervivencia. adultos y adultos mayores . 2 Corporación Akubadaura. La Situación de Derechos Fundamentales y Colectivos del Pueblo Nukak en el contexto del Pos acuerdo de Paz. Septiembre de 2017. Consultado en línea en: https://issuu.com/akubadaura/docs/informe_pueblo_nukak_akubadaura. 3 Resolución 1473 de 2004 del Ministerio de Cultura. 4 Organización Nacional Indígena de Colombia ONIC: Pueblos indígenas. Consultado en: https://www.onic.org.co/pueblos. 5 Gobernación del Guaviare – presentación realizada en reunión del 26 de agosto de 2022 convocada por la Contraloría General. 6 Gobernación del Guaviare. Plan de acción aseguramiento SGSSS Pueblo Nukak. Octubre de 2021. 3 Figura 1. Mapa de Asentamiento Nukak Fuente: Gobernación del Guaviare El Pueblo Nukak cuenta con un resguardo constituido mediante Resolución No. 136 del 23 de noviembre de 1993 del INCORA (hoy Agencia Nacional de Tierras), con una superficie de 632.160 hectáreas, en el departamento del Guaviare, y ampliado a 954.480 hectáreas mediante la Resolución No. 056 del 18 de diciembre de 1997, lo que lo convierte en el resguardo más grande del país en términos de territorio. Sin embargo, solo 3 de los asentamientos actuales están ubicados dentro del resguardo, y los demás se encuentran fuera del mismo, debido al desplazamiento sufrido a causa de grupos ilegales.

El año 1988 7 se establece como el referente del primer contacto oficial con la sociedad colona y el Estado colombiano, cuando un grupo de indígenas de la comunidad Nukak debió salir de la selva amazónica hasta el municipio de Calamar8 en busca de ayuda médica por una gripe que afectaba toda la comunidad. Desde entonces, el pueblo Nukak se ha visto expuesto a una serie de factores que han puesto en riesgo su existencia física y cultural, tales como enfermedades, la pérdida de sus espacios tradicionales en la selva, la expansión agrícola, los cultivos ilícitos de coca, las minas antipersonales, y el incremento de las acciones hostiles de grupos armados legales e ilegales en su territorio tradicional, entre otros. 7Se entiende 1988 como la fecha del contacto oficial porque solamente a partir de ese año los NUKAK fueron incluidos como uno de los pueblos indígenas del país. Esto no desconoce que antes de esta fecha los NUKAK tenían relaciones con la población colona y los misioneros de New Tribes Mission (Cabrera, Franky & Mahecha, 1999). 8 Este municipio se localiza en el departamento del Guaviare, al norte de la Amazonía colombiana. 4 La Corte Constitucional incluyó a este pueblo indígena dentro de la lista de los pueblos en riesgo de extinción física y cultural mediante el Auto 004 de 2009, y ordenó en el mismo la formulación y el inicio de la implementación de planes de salvaguarda étnica dentro de los siguientes seis meses. En el año 2012, y luego de constatar el incumplimiento de lo ordenado en dicho Auto, establece mediante Auto 173-2012, la puesta en marcha dentro de los dos meses siguientes, de un Plan

Provisional Urgente de Reacción y Contingencia para la protección de los pueblos Nukak y Jiw. Adicionalmente, este Pueblo indígena fue priorizado en el Acuerdo Final de Paz con la implementación de un plan de reasentamiento, devolución y retorno al territorio, y complementariamente, mediante el Auto Interlocutorio AIR-18-126 del 26 de julio de 2018 el Juzgado 1 Civil del Circuito Especializado en Restitución de Tierras de Villavicencio otorgó medidas cautelares provisionales a favor del Pueblo indígena Nukak en los municipios del Retorno y San José del Guaviare. Organizacionalmente, los Nukak cuentan con un débil sistema de gobierno propio cuyo alcance jurídico y legal no ha sido precisado por el Ministerio del Interior, y la mayor parte de su población habita por fuera del resguardo debido al desplazamiento forzado, razones por las cuales, a pesar de contar con un resguardo legalmente constituido, no han podido gozar del derecho a la Asignación Especial del Sistema General de Participaciones para los resguardos indígenas – AESGPRI. En razón a lo anterior, el Decreto Ley 1953 de 2014, en su Artículo 35, asigna la administración de los recursos de la AESGPRI para el Pueblo Nukak al Ministerio del Interior. También le establece la obligación de generar los espacios y las condiciones logísticas para que las autoridades del pueblo Nukak puedan realizar sus reuniones de priorización, así como de generar las condiciones y capacidades político organizativas para que, de manera gradual, el pueblo pueda asumir directamente la 9 administración de estos recursos . La CGR, dentro del seguimiento a las acciones e inversiones del Pueblo Nukak que

viene adelantando, ha identificado las siguientes situaciones y problemáticas que mantienen vigentes las condiciones de vulnerabilidad extrema que tienen en riesgo de exterminio físico y cultural a este pueblo, así como la grave afectación de sus derechos individuales y colectivos: 9 Decreto 1953 de 2014 Por el cual se crea un régimen especial con el fin de poner en funcionamiento los Territorios Indígenas respecto de la administración de los sistemas propios de los pueblos indígenas hasta que el Congreso expida la ley de que trata el artículo 329 de la Constitución Política. 5 a. No ejecución de los recursos de la Asignación Especial del Sistema General de P a r t i c i p a c i o n e s p a r a l o s r e s g u a r d o s i n d í g e n a s – A E S G P R I : Los recursos del Sistema General de Participaciones destinados al Pueblo Nukak no se ejecutan desde el año 2000, situación que ha conllevado a la acumulación de los mismos, pues se deben cumplir por un lado, con las condiciones de retorno del Pueblo Nukak a su territorio mediante un plan integral cuya construcción requiere de una ruta de acción integral, y por el otro, se debe contar con el reconocimiento jurídico y legal de autoridades del Pueblo Nukak, aspectos sobre los cuales no se tienen respuestas claras por parte de la institucionalidad. Actualmente, los recursos acumulados y pendientes de ejecución ascienden a $9.559 millones, distribuidos así: Tabla 1. Recursos AESGPRI disponibles para el resguardo Nukak Millones de pesos corrientes ($)

Elaboración propia. Fuente: Ministerio del Interior; Corporación Akubadaura

Los municipios de San José del Guaviare y El Retorno recibieron las asignaciones del AESGPRI para el resguardo Nukak, entre los años 2002 y 2015. Sin embargo, estos recursos no fueron ejecutados debido a la inexistencia de una figura jurídica de representación legal para concertar el uso de éstos y también por sus condiciones de pueblo nómada y en situación de desplazamiento 1 0. Estos recursos siguen reposando en cuentas bancarias de dichos municipios, a pesar de lo señalado en el Decreto 1953 de 2014, que indica que “Los recursos girados y no ejecutados a la fecha de la entrada en vigor de este Decreto deberán reintegrarse por la entidad territorial correspondiente al tesoro nacional junto con los rendimientos financieros para ser ejecutados por el gobierno nacional conforme a lo establecido en el presente Decreto. Para tal efecto, el gobierno surtirá las operaciones presupuestales correspondientes, de conformidad con las normas del Estatuto Orgánico del Presupuesto” 1 1 . 10 Corporación Akubadaura. Estudio de caso sobre la asignación especial del SGP para resguardos indígenas – Pueblo Nukak. Julio de 2020. 11 Decreto 1953 de 2014. Artículo 35, inciso 3. 6 Se precisa que la información sobre los b. Inexistencia de condiciones para la atención y a c c e s o a s e r v i c i o s d e s a l u d : En la visita realizada recursos que reposan en las cuentas de a algunos de los asentamientos Nukak en los municipios de San José del agosto de 2021, la CGR pudo constatar la Guaviare y El Retorno, fue tomada de desatención total en salud del pueblo Nukak,

informe elaborado por la Corporación Akubadaura1 2 , con corte a 2019, ya que dado que no cuentan con un modelo de salud propia o de un modelo étnico que se adecúe a estas alcaldías no respondieron los sus particularidades sociales y culturales, no se reiterados requerimientos de la CGR encuentran afiliados al sistema de salud y los sobre el tema situación que no centros de salud colindantes a sus permitió contar con la cifra actualizada asentamientos se encuentran en total a 2022. abandono. A partir del año 2016, con la entrada en La Secretaría de Salud Departamental del vigencia del Decreto 1953 de 2014, los Guaviare indicó que hasta 2020 la atención en recursos son girados por el Ministerio salud del Pueblo Nukak se garantizó con de Hacienda al Ministerio del Interior, recursos de oferta destinados a la Población sin que a la fecha se haya encontrado Pobre No Asegurada – PPNA, pero con la una solución para su ejecución. entrada en vigencia del Decreto 64 de 2020 Cabe señalar que según el Artículo 26 expedido por el Ministerio de Salud y Protección de dicho Decreto, la finalidad de estos Social que creó la afiliación de oficio, y el recursos es la de mejorar la calidad de desmonte de asignaciones del Sistema General vida de la totalidad de la población que de Participaciones - SGP para PNNA a partir de habita dentro del resguardo. Sin 20211 3 , el ente territorial informó haberse embargo, es contradictorio que quedado sin recursos para atender a esta mientras éstos siguen acumulándose, población. Ante esta situación, el Ministerio de

el Pueblo Nukak mantiene Salud ha insistido en la afiliación al Sistema condiciones de vida deficientes y General de Seguridad Social en Salud - SGSSS precarias, que le impiden gozar de como el camino para garantizar este derecho. derechos básicos y acceder a bienes y Sin embargo, el pueblo Nukak presenta unas servicios públicos como se describe en complejidades socioculturales especiales a las los siguientes puntos. cuales el Estado no ha logrado ajustarse para garantizar el acceso a éste y otros servicios: Al mes de agosto de 2022, 638 indígenas Nukak se encuentran afiliados al SGSSS, de los cuales, el 61% están indocumentados. Las dificultades en el proceso de afiliación están referidas a la carencia de identificación como población especial; no contar con listados censales validados por el Ministerio del Interior, que permitirían la afiliación masiva al SGSSS y su permanencia en el mismo, carencia de Puesto de salud de documentos válidos de identificación, Caño Macú cerrado y en estado de abandono. herramientas inadecuadas de caracterización Agosto de 2021. que afectan la calidad de los datos; la necesidad Puesto de salud de Triunfo de adelantar la consulta previa, establecida como requisito por la Corte Constitucional. 12Organización sin ánimo de lucro que defiende, promueve y protege los derechos humanos y los derechos colectivos de los pueblos, comunidades y organizaciones indígenas. Fuente: https://akubadaura.org.es. 7 13Ley 1955 de 2019. Artículo 233.

Las entidades territoriales han referido como dificultades del proceso, la falta de c. Inexistencia de un enfoque diferencial en el proceso de registro unificación de criterios para su e i d e n t i f i c a c i ó n : La identificación y identificación, el registro de algunos registro constituye la puerta de indígenas con nombres occidentales con entrada para acceder a los servicios los que ya no desean ser identificados, la del Estado, además de estar constante movilidad de este pueblo en el consagrado como un derecho territorio, la concepción cultural sobre un fundamental en la Constitución nombre no permanente durante toda su Política 14 . De acuerdo con reporte de vida lo que conlleva a cambios constantes la Gobernación del Guaviare, de los de nombre y doble cedulación, la pérdida 1.001 indígenas Nukak identificados del documento de identidad dada la baja al mes de agosto de 2022, 291 importancia de este documento en su cuentan con documentos válidos, sistema de vida, la carencia y/o pérdida de 579 se encuentran indocumentados la huella, el no contar con servicios de y 131 requieren procesos de biometría para certificar la identificación actualización de documentos. de las personas1 5 y su concepción distinta del tiempo, por lo cual no identifican fechas de nacimiento ni edades 1 6 . 14 Constitución Política de Colombia. Artículo 14 15 Gobernación del Guaviare – Alcaldías de San José del Guaviare y El Retorno. presentación realizada en reunión del 26 de agosto de 2022 convocada por la Contraloría General. 16 Ministerio del Interior. Diagnóstico preliminar del Pueblo Nukak. 2022. 8

12 12 12 d . I n s e g u r i d a d a l i m e n t a r ia : En el recorrido realizado por la CGR se verificaron las dificultades que tienen las comunidades Nukak para acceder a fuentes de alimentación que permitan superar la dependencia del Estado y fortalezca su capacidad y autonomía para el autosustento. De los 5 asentamientos visitados, en dos manifestaron no recibir ayudas humanitarias (mercados) de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Victimas - UARIV, en los otros dos refirieron recibir ayudas cada dos meses, sin embargo, al mismo tiempo señalaron que dichos alimentos solo duraban pocos días. Si bien los Nukak, de acuerdo a su ancestralidad, centraban sus dinámicas de autosubsistencia en la caza y la recolección, hoy tienen problemas para desarrollar estas actividades como la recolección de “pepa”, la caza de animales de consumo y la pesca tradicional, porque por una parte, se encuentran ubicados en territorios de colonos, lo que ha generado conflictos con los mismos, al mismo tiempo de no poder acceder y movilizarse en su propio territorio, y por otra, porque debido a la deforestación la configuración y producción natural de los territorios ha cambiado. Esta situación es más crítica en el asentamiento de Caño Makú debido a que la comunidad se encuentra confinada en una pequeña área rodeada de tierras absorbidas por los colonos y no tienen espacio para cultivar expresando que por esta situación aguantan hambre y tampoco tienen medios ni recursos para ir a pedir ayuda al Municipio de San José. De

igual manera los integrantes de los diferentes asentamientos manifestaron que no hace parte de su cultura, el cuidado y producción de cultivos, lo que implicaría retos importantes en la generación de procesos de formación y acompañamiento. 9 Por otra parte, algunos miembros de la comunidad Nukak informaron la entrega de mercados para niños, por parte del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF en el marco del programa “Territorios étnicos con bienestar”, sin embargo, éstos resultan limitados, puesto que por su concepción colectiva y dinámica comunitaria, los Nukak, destinan los alimentos para el consumo de todo el núcleo familiar a pesar de no estar adaptados a sus propios hábitos alimenticios. La UARIV reportó para 2021 y 2022, la entrega de kits de atención humanitaria en especie a 5 de los 13 asentamientos, con 7 entregas al año en cada asentamiento. La Gobernación del Guaviare en conjunto con la Alcaldía de San José del Guaviare reportó para 2020 el apoyo a proyectos productivos mediante la entrega de semillas, plántulas y herramientas a 6 asentamientos, 3 de ellos reciben ayudas de la UARIV. Cinco asentamientos no reciben ninguna ayuda, y corresponden a los asentamientos más alejados de los cascos urbanos: Cheka Muh, Makusito, Golondrinas, Caracol y Tomachipán. Los mercados entregados por la UARIV no cuentan con un enfoque diferencial, y es de resaltar que la siembra no ha sido parte de los usos y costumbres de este pueblo de vocación nómada.

Finalmente, la CGR no recibió respuestas claras de parte de la Institucionalidad frente al acceso a agua potable, que en general es tomada por los integrantes de esta comunidad indígena, de caños y fuentes naturales. 10 e . C o n d i c i o n e s p r e c a r i a s y p a r c i a l e s d e a c c e s o a e d u c a c i ó n : En las visitas realizadas por la CGR en el mes de agosto de 2021, se identificó que recién empezaba a implementarse el modelo educativo para el pueblo Nukak “Una educación que camina con nosotros”, a través de convenio suscrito con la Asociación Asopamuri Masaj que abarca la prestación del servicio en 13 asentamientos. Sin embargo, se detectó que éste aún no operaba en todos los asentamientos, y solamente se habían entregado kits escolares en dos de los cinco asentamientos visitados. Se identificaron debilidades importantes como la no prestación del servicio de alimentación escolar a través del Programa de Alimentación Escolar – PAE, a los niños Nukak, y posiblemente no se está garantizando una cualificación mínima de los dinamizadores educativos (miembros de la misma comunidad Nukak) para prestar el servicio educativo; por otra parte, el Ministerio del Interior, señala en el diagnóstico de 2022, el incumplimiento de Entrega de útiles modelo educativo Nukak. Agosto de 2021. obligaciones de los etnoeducadores Nukak en algunos asentamientos, la no prestación del servicio en

todos los asentamientos así como la entrega parcial de útiles, aspectos que ameritan revisión frente a las obligaciones establecidas en el convenio para determinar si se está cumpliendo a cabalidad. Asentamiento Guanapalo – espacio donde funciona el “aula” educativa. Agosto de 2021. 11 f . C o n d i c i o n e s d e v i v i e n d a p r e c a r i a s : De acuerdo con el diagnóstico del mes de abril de 2022 del Ministerio del Interior, las viviendas en general corresponden a unidades precarias, de techo en palma y/o plástico, suelos en tierra que presentan charcos internos, sin paredes, algunas encerradas en lona, plástico o cobijas viejas que en época de invierno se deterioran y afectan a la comunidad, situación que pudo ser constatada por la CGR en los recorridos realizados. Tienen hamacas en las que duermen hasta dos personas, y cocinan dentro de las malocas en el suelo, sitúan el fogón en el centro de la vivienda con poca asepsia. Viviendas asentamientos visitados por la CGR. Agosto de 2021. 12 g. Debilidades en las estructuras h. Fragmentación y desarticulación organizativas y de gobierno propio de de las acciones de las entidades en las comunidades Nukak: el territorio: Las comunidades cuentan con estructuras Antes de la reunión realizada por básicas de organización, cada comunidad la CGR el 12 de julio de 2021, no se cuenta con un líder y a su vez el pueblo había logrado establecer un plan Nukak cuenta con un representante de unificado de acciones de las

carácter administrativo, pero con un entidades en territorio. Cada liderazgo muy débil. Se han realizado entidad ha realizado ejercicios para definir una estructura intervenciones sin considerar los inicial de gobierno propio a través de un resultados y sin articularse con las consejo de autoridades tradicionales otras entidades concurrentes. Se denominada el Mauro Muno, el cual ha identificado la existencia de constituye el espacio para la “toma de diagnósticos independientes decisiones”, proceso que había venido elaborados por distintas entidades siendo liderado hasta 2020 por la que no habían sido socializados Corporación Akubadaura. El Ministerio del con las demás, y tampoco se Interior ha tenido un débil y casi ausente conocían las propuestas de liderazgo en estos procesos, que le diagnóstico y plan retorno corresponden de acuerdo con lo elaboradas por la Corporación establecido en el artículo 35 del Decreto Akubadaura. De ahí que se haya 1953 de 2014. El Mauro Muno fue identificado la necesidad de reconocido desde el año 2017, y su registro propiciar un mecanismo de fue actualizado en el Ministerio del Interior articulación institucional en 2020, sin embargo, dicho Ministerio no permanente, con un mayor ha sido claro en precisar el alcance de este liderazgo del Ministerio del Interior consejo de autoridades, así como de su como entidad responsable de la representante legal, como figuras jurídicas política indígena. válidas. 13 i . 1 3 a ñ o s d e r e t r a s o e n la formulación del Plan de Salvaguarda y 9 del Plan P r o v i s i o n a l U r g e n t e d e R e a c c i ó n y C o n t i n g e n c i a : El plan de salvaguarda ordenado

por la Corte Constitucional en el Auto 004 de 2019, que debía formularse e iniciar su implementación en los siguientes 6 meses de efectuada la notificación de dicho auto, no presenta avances. Reiteradamente, el Ministerio del Interior ha indicado que se encuentra en fase de caracterización y diagnóstico, sin que logre avanzar a la fase de validación e implementación. De igual manera, tampoco se registran mayores avances en la formulación del Plan Provisional Urgente de Reacción y Contingencia, ordenado en el Auto 173 de 2012. j . R e t r a s o s e n l a e l a b o r a c i ó n d e l p l a n r e t o r n o : La CGR realizó llamado de atención e instó a las entidades territoriales que no han desplegado acciones para atender a las comunidades que voluntariamente han retornado al resguardo sin acompañamiento institucional, a la implementación de las actuaciones pertinentes. Al respecto, las entidades resaltaron la necesidad de contar con los conceptos de seguridad para acompañar el retorno de éstas. Este proceso no presenta avances debido a que dependen de otros factores como el desminado, el cual no está priorizado en los territorios del resguardo y es necesaria su discusión en espacios de alto nivel del orden nacional. De acuerdo con la información reportada por la UARIV, dos comunidades han retornado a sus territorios dentro del resguardo, pero mantienen un constante movimiento entre sus asentamientos dentro y fuera del resguardo: Caño Cumare y Puerto Flórez. A estas problemáticas identificadas por la CGR, se suman otras referidas en las medidas cautelares e informes, entre las que se resaltan1 6 :

Afectaciones culturales y pérdida de sus costumbres debido al contacto con la sociedad occidental. El despojo territorial, desplazamiento, reclutamiento forzado y minado del territorio por parte de actores armados que se disputan las economías ilegales. El alto nivel de consumo de sustancias psicoactivas y la adicción a las mismas, por parte

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