CGR - Concepto 101 de 2024
Contraloria General de la Republica
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Detalles
- Título
- CGR - Concepto 101 de 2024
- Autor
- Contraloria General de la Republica
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2024
101 Contraloria General de la Republica :: SGD 17-06-2024 08:12
Al Contestar Cite Este No.: 20241E0064149 Fol:5 Anex:O FA:O
ORIGEN 80112 OFICINAJURÍOICA/ISDUAR JAVIER TOBO RODRIGUEZ
DESTIN080971 DESPACHO GERENTE DEPARTAMENTALDEVAUPfiS/ IVAN ARTURO ALMANZA
SANDOVAL
ASUNTO CONCEPTO CGR-OJ- - 2024
085
II I IIII I III I IIII I II II IIIII I II II IIIIII II I II IIII ------
80112Bogotá D.C., Doctor
IVÁN ARTURO ALMANZA SANDOVAL
Gerente 20241 E0064149 Gerencia Departamental Colegiada de Vaupés Contraloría General de la República ivan.almanza@contraloria.gov.co Referencia: Respuesta a su oficio SIGEDOC 2024IE0054795 de fecha 22 de mayo de 2024
Tema: ENLACE SIGECI - SECRETARIO CON VOZ Y SIN VOTO DEL
COMITÉ DE GESTIÓN Y CONTROL INTERNO DE LA GERENCIA
DEPARTAMENTAL COLEGIADA RESOLUCIÓN ORGANIZACIONAL 861 DE 2024
Respetado doctor Almanza Sandoval: La Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República -CGRrecibió la comunicación citada en la referencia, la cual procedemos a responder a continuación:
1. Antecedentes.
Mediante el oficio de la referencia formula la siguiente consulta jurídica: "Escribo a su Despacho con todo comedimiento a efectos de trasladar una duda que se presenta al interior del Comité de Gestión y Control Interno de la Gerencia
1. Antecedentes.
Mediante el oficio de la referencia formula la siguiente consulta jurídica: "Escribo a su Despacho con todo comedimiento a efectos de trasladar una duda que se presenta al interior del Comité de Gestión y Control Interno de la Gerencia Departamental Colegiada Vaupés, en el marco de la Resolución OGZ-861-2024. Mediante Radicado Sigedoc 2024IE0022186 de fecha 26/02/2024, el Despacho del Director de la Oficina de planeación Doctor Emiliano Alcides Zuleta Arzuaga, profirió el memorando donde se indicaron las Directrices sobre la designación de los Enlaces del SIGECI en los niveles central y desconcentrado, y sus responsabilidades; dentro del memorando en comento se expresó: Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 1 de 9CONTRALORÍA General de la República "1. Directrices sobre designación de los Enlaces del SIGECI y perfil requerido El directivo de cada dependencia designará dos (2) enlaces del SIGECI para la misma, quienes deberán pertenecer al nivel asesor, ejecutivo o profesional y, preferiblemente, inscritos en carrera administrativa. Los dos (2) enlaces del SIGECI de cada gerencia departamental colegiada serán designados por su gerente departamental. Tal designación se realizará dentro del plazo y de acuerdo con lo indicado en el numeral 4 de esta comunicación. Cada uno de los 2 Enlaces del SIGECI designados por dependencia deberá contar con amplia experticia en los procesos institucionales en los que
Tal designación se realizará dentro del plazo y de acuerdo con lo indicado en el numeral 4 de esta comunicación. Cada uno de los 2 Enlaces del SIGECI designados por dependencia deberá contar con amplia experticia en los procesos institucionales en los que principalmente participa la misma. El apoyo que ambos brindarán es sin perjuicio de las responsabilidades del directivo, en el contexto del SIGECI." (Énfasis Propio) Ahora bien, el señor Contralor en Funciones profirió la Resolución OGZ-861-2024 "Por la cual se reglamenta el mecanismo de seguimiento al funcionamiento y efectividad del control interno, la gestión de riesgos y la gestión de la calidad, en las gerencias departamentales colegiadas de la Contraloría General de la República" en donde se indica: "Artículo 1 º. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE GESTIÓN Y CONTROL INTERNO DE LA GERENCIA DEPARTAMENTAL COLEGIADA. En cada gerencia departamental colegiada se conformará el Comité de Gestión y Control Interno de la Gerencia Departamental Colegiada, así: • El Gerente Departamental, quien lo presidirá. • Los contralores provinciales adscritos a la gerencia. • Los coordinadores de gestión adscritos a la gerencia. • Los asesores adscritos a la gerencia. • Los dos (2) enlaces del SIGECI de la gerencia. Uno de ellos ejercerá la secretaría del Comité, con voz y sin voto, la cual podrá rotar el gerente departamental." (Énfasis Propio) Teniendo presente que en la GDC Vaupés somos tan solo veintinueve (29) funcionarios en total, de carrera administrativa solo son siete (7), de los cuales
departamental." (Énfasis Propio) Teniendo presente que en la GDC Vaupés somos tan solo veintinueve (29) funcionarios en total, de carrera administrativa solo son siete (7), de los cuales cuatro (4) son Coordinadores de Gestión, mediante Radicado Sigedoc 2024IE0025236 se designó al funcionario Héctor Emilio Bustamante Ramírez Coordinador De Gestión - Grado 02 del Grupo De Responsabilidad Fiscal Vaupés y con radicado Sigedoc 2024IE0025228 se designó al funcionario Alberto Rayero Sánchez Coordinador De Gestión del Grupo De Responsabilidad Fiscal Vaupés, por cumplir con el perfil requerido en el memorando 2024IE0022186. Ahora bien, de acuerdo a lo contenido en el artículo 1 de la Resolución OGZ-861-2024 ellos hacen parte del Comité de Gestión y Control Interno de la Gerencia Departamental Colegiada, sin embargo, en el mismo artículo se indica que: "{. . .]Uno de ellos ejercerá la secretaría del Comité, con voz y sin voto, [. .. ]" se Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 2 de 9CONTRALORÍA General de la República genera la duda sobre, si al ser el Enlace un Coordinador que hace parte del Comité, puede fungir en la Secretaría del Comité y si a su vez, este referido EnlaceCoordinador, contaría con voz y voto. Mediante radicado Sigedoc 2024IE0052494 de fecha 16/05/2024 se elevó la solicitud en los mismos términos a la oficina de planeación al Doctor Emiliano
Coordinador, contaría con voz y voto. Mediante radicado Sigedoc 2024IE0052494 de fecha 16/05/2024 se elevó la solicitud en los mismos términos a la oficina de planeación al Doctor Emiliano Alcides Zuleta Arzuaga, Despacho que profirió el memorando, donde se indicaron las Directrices sobre la designación de los Enlaces del SIGECI, quien mediante radicado sigedoc 2024IE054703 respondió indicando: ( ... ) Ahora bien, en este momento no se ha resuelto la incertidumbre, frente a si el Designado Enlace, por ser Coordinador de Gestión y miembro natural del comité puede fungir como secretario y a su vez tener el derecho a voz y voto, tenido presente que el artículo transcrito líneas anteriores le quita esa facultad al enlace ... ". (Subrayas fuera de texto).
2. Alcance del Concepto y Competencia de la Oficina Jurídica.
Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría General" ,
limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría General" , así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría General", y las presentadas por la ciudadanía respecto de "la consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la República". En este orden de ideas, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscal" y "asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando estos lo soliciten". Finalmente se aclara que no todos nuestros conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 3 de 9CONTRALORÍA General de la República Contraloría General de la República, porque de conformidad con el artículo 43, numeral 16 del Decreto Ley 267/00, esta calidad solo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas con la(s) dependencia(s) implicada( s).
3. Precedente doctrinal de la Oficina Jurídica.
numeral 16 del Decreto Ley 267/00, esta calidad solo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas con la(s) dependencia(s) implicada( s).
3. Precedente doctrinal de la Oficina Jurídica.
Consultado el sistema de Normatividad y Relatoría de la Entidad, no se ubicó concepto relacionado con la Resolución Organizacional 861 de 2024 "Por la cual se reglamenta el mecanismo de seguimiento al funcionamiento y efectividad del control interno, la gestión de riesgos y la gestión de la calidad, en las gerencias departamentales colegiadas de la Contraloría General de la República". A través del sitio de internet www.contraloria.gov.co, puede consultar los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica a los cuales puede ingresar siguiendo la ruta de acceso: SINOR (Normatividad)/Conceptos. No obstante, el punto de consulta fue preguntado a la Oficina de Planeación de la Contraloría General de la República, por parte de la Gerencia Departamental Colegiada de Vaupés a través de correo electrónico de fecha 16 de mayo de 2024, radicado con SIGEDOC 2024IE0052494, y mediante correo electrónico de fecha 22 de mayo de 2024, radicado con el SIGEDOC 2024IE0054703, la Oficina de Planeación contestó: 'Tomando en consideración lo establecido tanto en el memorando 2024IE0022186 de febr.26/24 mencionado en su correo, como lo ordenado en la Resolución 861 de abr.9/24, por la cual se reglamenta el mecanismo de seguimiento al funcionamiento y efectividad del control interno, la gestión de riesgos y la gestión de la calidad, en las gerencias deparlamentales colegiadas de la CGR, este despacho no evidencia
abr.9/24, por la cual se reglamenta el mecanismo de seguimiento al funcionamiento y efectividad del control interno, la gestión de riesgos y la gestión de la calidad, en las gerencias deparlamentales colegiadas de la CGR, este despacho no evidencia inconveniente en que uno de los dos (2) coordinadores que ejercen como Enlaces del SIGECI de la Gerencia Departamental Colegiada de Vaupés también se desempeñe como Secretario del Comité de Gestión y Control Interno de la misma, cuya participación en dicho Comité deberá ser con voz y sin voto. Además, en tales condiciones, en la operación del citado comité se debe tener en cuenta que dicha resolución establece: Artículo 5º. QUÓRUM DELIBERATIVO Y DECISORIO DEL COMITÉ DE GESTIÓN Y CONTROL INTERNO DE LA GERENCIA DEPARTAMENTAL COLEGIADA. Este Comité sesionará y decidirá válidamente con la mitad más uno de sus miembros con derecho a voto. En caso de empate, decidirá el gerente departamental. Finalmente, se aclara que este despacho no es competente para emitir conceptos de carácter jurídico, lo cual es facultad de la Oficina Jurídica." (Resaltado original). Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 4 de 9, CONTRALORIA General de la República
4. Consideraciones jurídicas.
4.1. Problemas Jurídicos. Del texto de la consulta se deriva como primer problema jurídico a resolver: 4.1.1. ¿A partir de lo previsto en el artículo 271 de la Resolución Organizacional 727
4. Consideraciones jurídicas.
4.1. Problemas Jurídicos. Del texto de la consulta se deriva como primer problema jurídico a resolver: 4.1.1. ¿A partir de lo previsto en el artículo 271 de la Resolución Organizacional 727 de 2019 la designación de enlaces del SIGECI puede recaer sobre funcionarios inscritos en la carrera administrativa especial de la CGR como también sobre aquellos vinculados en provisionalidad? En el ámbito del Comité de Gestión y Control Interno de la Gerencia Departamental Colegiada reglamentado por la Resolución Organizacional 861 de 20242, respecto de la aplicación de los artículos 1 y 5 de dicha resolución, la consulta plantea como segundo y tercer problema jurídico a resolver: 4.1.2. Un coordinador de gestión adscrito a la gerencia departamental colegiada designado como enlace del Sistema de Gestión y Control Interno -SIGECIque ejerce el rol de secretario del comité mencionado con voz y sin voto ¿puede ejercer a la vez el derecho a voz y voto en su rol de coordinador de gestión y miembro natural del Comité? 4.1.3. El coordinador de gestión adscrito a la gerencia departamental colegiada designado como enlace del Sistema de Gestión y Control Interno -SIGECIque ejerce el rol de secretario del Comité con voz y sin voto ¿puede contabilizase como miembro del Comité con derecho a voto a los efectos del artículo 5 de la Resolución Organizacional 861 de 2024 el cual dispone que el Comité de Gestión y Control Interno de la Gerencia Departamental Colegiada sesionará y decidirá válidamente con la mitad más uno de sus miembros con derecho a voto? 4.2. Comité de Gestión y Control Interno de la Gerencia Departamental
Interno de la Gerencia Departamental Colegiada sesionará y decidirá válidamente con la mitad más uno de sus miembros con derecho a voto? 4.2. Comité de Gestión y Control Interno de la Gerencia Departamental Colegiada. La Resolución Organizacional 861 de 2024 reglamenta el mecanismo de seguimiento al funcionamiento y efectividad del control interno, la gestión de riesgos y la gestión de la calidad, en las gerencias departamentales colegiadas de la Contraloría General de la República, y respecto de la conformación del Comité de Gestión y Control Interno de la Gerencia Departamental Colegiada dispone: 1 Parágrafo 3° adicionado por el artículo 3 de Resolución OGZ-835 de 2023, "Por la cual se modifica la Resolución Organizacional número OGZ-727-2019 que reglamenta el Sistema de Gestión y Control Interno {SIGECI)". 2 Por la cual se reglamenta el mecanismo de seguimiento al funcionamiento y efectividad del control interno, la gestión de riesgos y la gestión de la calidad, en las gerencias departamentales colegiadas de la Contraloría General de la República. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 5 de 9CONTRALORÍA General de la República "Artículo 1 º. CONFORMACIÓN DEL COMITÉ DE GESTIÓN Y CONTROL IN TERNO DE LA GERENCIA DE PARTAMENTAL COLEGIADA. En cada gerencia departamental colegiada se conformará el Comité de Gestión y Control Interno de la Gerencia Departamental Colegiada, así: • El Gerente Departamental, quien lo presidirá.
IN TERNO DE LA GERENCIA DE PARTAMENTAL COLEGIADA. En cada gerencia departamental colegiada se conformará el Comité de Gestión y Control Interno de la Gerencia Departamental Colegiada, así: • El Gerente Departamental, quien lo presidirá. • Los contralores provinciales adscritos a la gerencia. • Los coordinadores de gestión adscritos a la gerencia. • Los asesores adscritos a la gerencia. • Los dos (2) enlaces del SIGECI de la gerencia. Uno de ellos ejercerá la secretaría del Comité, con voz y sin voto, la cual podrá rotar el gerente departamental. Parágrafo 1. La participación en este Comité no es delegable. Parágrafo 2. Este Comité deberá conformarse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución. Parágrafo 3. A las sesiones de dicho Comité se podrá invitar a quien(es) sea necesario de la gerencia, con voz y sin voto, para que brinde(n) apoyo técnico según su experticia en los temas por tratar. Parágrafo 4. Para todos los efectos de esta resolución, la expresión "gerencia departamental colegiada", se entenderá equivalente a "gerencia"." (Subraya y negrillas fuera de texto). Posteriormente, reglamentado el quórum deliberativo y decisorio de este comité la Resolución Organizacional 861 de 2024 establece: "Artículo 5º. QUÓRUM DELIB ERATIVO Y DECISORIO DEL COMITÉ DE GESTIÓN Y CONTROL INTERNO DE LA GERENCIA DEPARTAMENTAL COLEG IADA. Este Comité sesionará y decidirá válidamente con la mitad más uno de sus miembros con derecho a voto.
Y CONTROL INTERNO DE LA GERENCIA DEPARTAMENTAL COLEG IADA. Este Comité sesionará y decidirá válidamente con la mitad más uno de sus miembros con derecho a voto. En caso de empate, decidirá el gerente departamental." La redacción de los artículos 1 y 5 de la Resolución Organizacional 861 de 2024 no es positiva en el sentido que no especifica que miembros del Comité tienen derecho a voz y voto sino que realiza una enunciación negativa al señalar de forma expresa quienes tienen derecho voz pero no a voto, de allí se infiere que los miembros del Comité tienen derecho a voz y voto con excepción expresa de aquel que ejerce la secretaría del Comité, secretaría del Comité que recaerá sobre uno de los enlaces del SIGECI, luego el otro enlace SIGEC I, esto es el que no ejerce la secretaria del Comité si tendrá voz y voto, igual que los demás miembros del Comité. Respecto de los invitados al Comité, el artículo 1 de la Resolución Organizacional 861 de 2024 también aclara que tendrán voz pero no voto. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 11 1071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 6 de 9CONTRAL ORÍA General de la República En ese orden, para interpretar correctamente el artículo 5 de la Resolución Organizacional 861 de 2024, el cual dispone que el Comité sesionará y decidirá válidamente con la mitad más uno de sus miembros con derecho a voto, debe tenerse en cuenta la limit ación general que establece el artículo 1 de la misma resolución respecto de los invitados pero también la limitación especial que realiza
válidamente con la mitad más uno de sus miembros con derecho a voto, debe tenerse en cuenta la limit ación general que establece el artículo 1 de la misma resolución respecto de los invitados pero también la limitación especial que realiza sobre quien sea enlace el enlace SIGECI que ejerza la secretaría del Comité, pues él independientemente de su cargo institucional por ejercer el rol de secretario del Comité tendrá voz pero no voto. Dentro de los funcionarios que integran el Comité de Gestión y Control Interno de la Gerencia Departamental Colegiada, de acuerdo con el artículo 1 de la Resolución Organizacional 86 1 de 2024 se encuentran los coordinadores de gestión y los asesores adscritos a la gerencia, ellos en razón de su cargo institucional en principio tienen derecho a voz y voto, salvo que ejerzan el rol de secretario de Comité por ser el enlace del SIGECI a quien el gerente departamental le asignó la secretaria, lo cual puede ocurrir por ser funcionarios del nivel ejecutivo y asesor según lo establece el artículo 27 de la Resolución Organizacional 727 de 2019, en ese caso para efectos del Comité primará su rol de secretario de Comité el cual está sometido a la regla especial de tener voz pero no derecho a voto. Con arreglo al artículo 27 de la Resolución Organizacional 727 de 2019, además de funcionarios del nivel ejecutivo y asesor también pueden ser designados como enlaces del SIGECI funcionarios del nivel profesional, en ese evento también pueden integrar el Comité de Gestión y Control Interno de la Gerencia Depa rtamental Colegiada funcionarios del nivel profesional que sean enlaces del SIGECI siguiendo lo previsto en el artículo 1 de la Resolución Organizacional 861 de
pueden integrar el Comité de Gestión y Control Interno de la Gerencia Depa rtamental Colegiada funcionarios del nivel profesional que sean enlaces del SIGECI siguiendo lo previsto en el artículo 1 de la Resolución Organizacional 861 de 2024, en tal caso, el enlace del SIGECI así sea del nivel profesional si no ejerce el rol de secretario de Comité tendrá derecho a voz y a voto. Por otra parte, el artículo 273 de la Resolución Organizacional 727 de 2019 "Por la cual se reglamenta el Sistema de Gestión y Control Interno (SIGECI) de la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones", al reglamentar la designación de los enlaces de las depen dencias para el SIGECI establece que: "ARTÍCULO 27. ENLACES DE LAS DEPENDEN CIAS PARA EL SIGECI. Serán los servidores del nivel asesor, ejecutivo o profesional de las dependencias que designen los respectivos directivos de estas. En el nivel desconcentrado dicha designación la realizarán los Gerentes Departamentales. PARÁGRAFO 1o. Para todo lo relacionado con su rol de enlaces del SIGECI estos servidores actuarán en primera instancia según las directrices del Administrador del SIGECI; y en segundo lugar de conformidad con las instrucciones del respectivo directivo de su dependencia. 3 Parágrafo 3° adicionado por el articulo 3 de Resolución OGZ-835 de 2023, "Por la cual se modifica la Resolución Organizacional número OGZ-727-2019 gue reglamenta el Sistema de Gestión y Control Interno (SIGECI)". Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia
Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 7 de 9, CONTRALORIA General de la Rep ública PARÁGRAFO 2o. El Administrador del SIGECI indicará las Gerencias Departamentales en las cuales por su tamaño y complejidad deberán designarse dos enlaces para el SIGECI. PARÁGRAFO 3o. El tiempo de dedicación de los funcionarios designados como enlaces del Sigeci al cumplimiento de sus responsabilidades en dicho rol será parcial; en ningún caso podrá ser de dedicación exclusiva. Por lo tanto, tales servidores desempeñarán dicho rol sin perjuicio de sus demás responsabilidades en las dependencias en las cuales prestan sus servicios." (Subrayas y negrillas fuera de texto). Siguiendo lo dispuesto en el artículo 27 de la Resolución Organizacional 727 de 2019, mediante Memorando con SIGEDOC 2024IE002218 6 de fecha 26 de febrero de 2024, la Oficina de Planeación impartió directrices sobre la designación de los Enlaces del SIGECI en los niveles central y desconcentrado, señalando: "1. Directrices sobre designación de los Enl aces del SIGECI y perfil requerido El directivo de cada dependencia designará dos (2) enlaces del SIGECI para la misma, quienes deberán pertenecer al nivel asesor, ejecutivo o profesional y, preferib lemente, insc ritos en carrera admin istrativa. Los dos (2) enlaces del SIGECI de cada gerencia departamental colegiada serán designados por su gerente departamental. ( .. . ) Cada uno de los 2 Enlaces del SIGECI designados por dependencia deberá contar
SIGECI de cada gerencia departamental colegiada serán designados por su gerente departamental. ( .. . ) Cada uno de los 2 Enlaces del SIGECI designados por dependencia deberá contar con amplia experticia en los procesos institucionales en los que principalmente participa la misma. El apoyo que ambos brindarán es sin perjuicio de las responsabilidades del directivo, en el contexto del SIGECI ... ". (Ne grillas fuera de texto). A partir de lo anterior, se considera necesario aclarar a la Gerencia Departamental Colegiada que, la designación de enlaces del SIGECI debe recaer sobre funcionarios del nivel asesor, ejecutivo o profesional de las respectivas depenciancias, sin que el artículo 27 de la Resolución Organizacional 727 de 2019 limite dicha designación a aquellos funcionarios inscritos en la carrera administrativa especial de la CGR. En ese orden, cuando el Memorando con SIGEDOC 2024IE0022186 dice ''preferiblemente, inscritos en carrera administrativa", realiza una sugerencia más no impone una limitación, pues de la lectura natural del artículo 27 de la Resolución Organizacional 727 de 2019 se colige que pueden designarse como enlaces del SIGECI tanto funcionarios inscritos en la carrera administrativa especial de la CGR como también los vinculados en provisionalidad. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www. contraloria. gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 8 de 9CONTRALORÍA General de la República
5. Conclusiones. 5.1. Conforme lo previsto en el artículo 274 de la Resolución Organizacional 727
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5. Conclusiones. 5.1. Conforme lo previsto en el artículo 274 de la Resolución Organizacional 727 de 2019 la designación de enlaces del SIGECI debe recaer sobre funcionarios del nivel asesor, ejecutivo o profesional de las respectivas dependencias sin discriminar
que sean de carrera o provisionales, de allí se colige que, pueden designarse como enlaces del SIGECI tanto funcionarios inscritos en la carrera administrativa especial de la CGR como también funcionarios vinculados en provisionalidad. 5.2. El artículo 1 de la Resolución Organizacional 861 de 2024 establece una limitante especial para aquel funcionario que ejerza el rol de secretario de Comité de Gestión y Control Interno de la Gerencia Departamental Colegiada quien tendrá voz pero no tendrá derecho a voto, constituyéndose en una regla clara y expresa que prima respecto de los coordinadores de gestión y asesores adscritos a la gerencia, quienes en razón de su cargo institucional en principio tienen derecho a voz y voto. No obstante, para tales funcionarios la excepción expresa signif ica que si son a su vez el enlace SIGECI que funge como secretario de Comité mencionado no tendrán derecho a voto, esto porque prima la excepción expresa que rige para aquel que ejerce la secretaria del Comité. 5.3. En consecuencia, cuando el artículo 5 de la Resol ución Organizacional 861 de 2024, dispone que el Comité de Gestión y Control Interno de la Gerencia Departamental Colegiada sesionará y decidirá válidamente con la mitad más uno de sus miembros con derecho a voto, no podrá consi derarse para contabilizar los miembros con derecho a voto al funcionario enlace SIGECI que funge como
Departamental Colegiada sesionará y decidirá válidamente con la mitad más uno de sus miembros con derecho a voto, no podrá consi derarse para contabilizar los miembros con derecho a voto al funcionario enlace SIGECI que funge como secretario de Comité ni siquiera cuando sean a su vez coordinadores de gestión o asesores adscritos a la gerencia, pues quien sea secretario de Comité por ejercer dicho rol no tiene derecho a voto. Director ficina Jurídica
Proyectó: Andrés Rolando Ramirez Guacanefi
Revisó: Víctor Adolfo Cortes Sotelfi\Ifi • N.R. SIGEDOC 2024IE0054795·fi.- f TDR 8011 2-033 Conceptos Jurídicos 4 Parágrafo 3° adicionado por el articulo 3 de Resolución OGZ-835 de 2023, "Por la cual se modifica la Resolución Organizacional número OGZ-727-201 9 gue reglamenta el Sistema de Gestión y Control Interno (SIGECI)".
Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 11 1071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 9 de 9