CGR - Concepto CGR–OJ-046 de 2025

Contraloría General de la República

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Detalles

Título
CGR - Concepto CGR–OJ-046 de 2025
Autor
Contraloría General de la República
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2025

CONTRALORIA General de la República Aero General de la Pepublicasa SGD 30-04-2025 09:03 CGR -OJ 046 2025 081649 Fol:4 Anex0 FCO 'SEEO( ORIGEN 80113 OPCINA JURIDICA /ISOUAR JAVIER TODO DESTINO STEVEN ARÉVALO QUINTERO / CONTRALOR MUNICIPAL DE DOSQUEBRADAS 80112 ASUNTO CONCERTO

2025EE0081849 Su DL, I N DANNA A

Doctor

STEVEN AREVALO QUINTERO

Contralor (E)

CONTRALORIA MUNICIPAL DE DOS QUEBRADAS - RISARALDA

cmd@contraloriadedosquebradas.gov.co controlfiscal@contraloriadedosguebradas.gov.co Referencia: SIGEDOC 7745729 del 25 de marzo de 2025 (Radicado vía correo electrónico)

Asunto: GUIA DE AUDITORIA TERRITORIAL EN EL MARCO DE LAS

NORMAS INTERNACIONALES - ISSAI - GAT Versión 4.0.

CONFORMACIÓN COMITÉ TÉCNICO DE AUDITORIAS Respetado Señor Arévalo, En atención a su comunicación del 25 de marzo de 2025, esta Oficina Asesora, da respuesta a su solicitud, en donde requiere pronunciamiento de, la Contraloría General de la República sobre la conformación del Comité Técnico de Auditorias, luego de enunciar el contexto, requiere se absuelvan varias preguntas, sobre el tema y que se exponen a continuación. -

1. Antecedentes La solicitud presentada, se planteó en los siguientes téminos: “De manera atenta y respetuosa, me permito elevar consulta ante la instancia de acuerdo con los parámetros den CONFORMACIÓN del Comité

1. Antecedentes La solicitud presentada, se planteó en los siguientes téminos: “De manera atenta y respetuosa, me permito elevar consulta ante la instancia de acuerdo con los parámetros den CONFORMACIÓN del Comité Técnico de Auditorías según GAT 4.0 como instancia colegiada de coordinación, apoyo y asesoría para el proceso de vigilancia y control fiscal.

Los motivos que nos llevan a realizar esta consulta, se basan en el personal que la fecha labora en la Contraloría Municipal de Dosquebradas el cual consta de 9 personas incluido el señor Contralor, la cual está conformada " por un equipo de cuatro auditores, entre quienes según su modo de empleo Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 + Código Postal 111071 + PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co e www.contraloria.gov.co + Bogotá, D. C., ColombiaCONTRALORIA General de la República 3 de ellos son profesionales universitarios (arquitecto, abogada y contadora) y una técnica grado II cuya profesión es (administradora de negocios). Se tiene por sentado que esta es la instancia técnica colegiada encargada de analizar y aprobar los informes preliminares y finales de los diferentes tipos de auditorías y actuaciones especiales de fiscalización, programadas en el Plan de Vigilancia y Control Fiscal Territorial, para proceder a su liberación y comunicación. Teniendo en cuenta que la misma debe ser técnica y colegiada, esta Contraloría para conformar la terna de deliberación, debe instar a que la Directora Operativa Administrativa y Financiera, sea parte de este comité, pero llama la atención en que, si bien se da cumplimiento a la terna, la misma no siempre será técnica por carencia de personal de este ente de control fiscal municipal.

debe instar a que la Directora Operativa Administrativa y Financiera, sea parte de este comité, pero llama la atención en que, si bien se da cumplimiento a la terna, la misma no siempre será técnica por carencia de personal de este ente de control fiscal municipal. () Este comité, consiste en realizar aportes y recomendaciones que mejoren las fuentes de criterio, la condición, las causas y los efectos de las observaciones y hallazgos; evaluando que la evidencia que los soporta sea pertinente y conducente, y que las decisiones producto del análisis de la respuesta del sujeto de control a las observaciones, estén técnicamente justificadas. El Comité Técnico de Auditorias estará conformado por los siguientes servidores públicos, quienes actuarán con voz y voto en la Contraloría

Municipal de Dosquebradas:

1. Ela director(a) Administrativo y Financiero de la Contraloría Municipal de Dosquebradas.

2. El/La Profesional universitario(a) de la contraloría Municipal de

Dosquebradas

3. El/la Técnico(a) y/o El/La Profesional universitario(a) de la contraloría

Municipal de Dosquebradas. Dicho lo anterior, se establece que las decisiones serán adoptadas por mayoría simple. En caso de ausencia o impedimento de alguno de los miembros y se presentare un empate, la decisión final será determinada por el líder de la dependencia que ejerce la vigilancia y control fiscal en este caso el Director Operativo Técnico. " Dicho lo anterior, plantea los siguientes interrogantes: Así las cosas, nos permitimos solicitar concepto sobre lo siguiente: - ¿Es legal realizar la conformación del comité en estas condiciones, así la conformación del mismo no siempre sea técnica?

" Dicho lo anterior, plantea los siguientes interrogantes: Así las cosas, nos permitimos solicitar concepto sobre lo siguiente: - ¿Es legal realizar la conformación del comité en estas condiciones, así la conformación del mismo no siempre sea técnica? - ¿Puede el Director Técnico Operativo como jefe auditor tomar las decisiones en causales de impedimento o empates dados en los comités auditores? Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 « Código Postal 111071 « PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co ww.contraloria.gov.co e Bogotá, D. C., ColombiaCONTRALORIA General de la República - ¿Qué otra posibilidad de conformación se puede dar para cumplir con esta ritualidad del proceso auditor?”

2. Alcance del concepto y competencia de la Oficina Jurídica Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la CGR son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares.

En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución! ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. - Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría Generar”, así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la

disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría Generar”, así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría Generaf y las presentadas por la ciudadanía respecto de "/as consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la República". En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscal y "asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando éstos lo soliciten"®. Se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la CGR, porque de conformidad con el artículo 43, numeral 16 del Decreto Ley 267 de 20007, esta calidad sólo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependencia(s) implicada(s). Art. 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015. 2 Art. 43, numeral 4° del Decreto Ley 267 de 2000 3 Art. 43, numeral 5% del Decreto Ley 267 de 2000 “ Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000 5 Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000 © Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000

“ Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000 5 Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000 © Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000 7 Art. 43 OFICINA JURÍDICA. Son funciones de la Oficina Jurídica: (...) 16. Coordinar con las dependencias la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloria General de la República en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 e Código Postal 111071 « PBX 518 7000 egrOcontraloria.gov.co » www.contraloria.gov.co e Bogotá, D. C., cotombia[ e ACONTRALORIA General de la República

3. Precedente doctrinal de la Oficina Jurídica.

La Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República, ha proferido conceptos sobre los roles del proceso auditor, mediante Concepto CGR-0J-00012023.PDF, desde la regulación establecida para el Procesó Auditor, tipos de auditoría, Guía de Auditoría Territorial, en el Marco de las Normas InternacionalesISSAI — GAT Versión 3.0, de octubre de 2022, Administración y roles del proceso auditor, Gestión y habilidades del equipo de auditoría, el riesgo de auditoría (RA). Allí se advirtió que a cada contraloría territorial, conforme a su autonomía administrativa, le correspondía determinar en cada caso, la asignación apropiada de los equipos de auditoría, que realizarán el ejercicio auditor (número de profesionales y expertos), sus perfiles profesionales y demás recursos técnicos requeridos.

administrativa, le correspondía determinar en cada caso, la asignación apropiada de los equipos de auditoría, que realizarán el ejercicio auditor (número de profesionales y expertos), sus perfiles profesionales y demás recursos técnicos requeridos. Por otro lado, mediante concepto CGR-0J-063-2023.pdf se abordó sobre la conformación del comité técnico en las Gerencias Departamentales de la . Contraloría General de la República, que deben seguir lo establecido en la Resolución Orgánica 0020 de 2018. Mediante Concepto CGR-0J-011-2025.pdf, se absolvió consulta sobre la competencia de las contralorías para definir sus sujetos de control, conforme a la Guía de Auditoria Territorial Versión 4.0., en él se señaló que la determinación de los sujetos de control se realiza a través de acto administrativo proferido por la contraloría territorial competente, conforme a las necesidades de control que requiera, acorde con la estructura administrativa a vigilar y la forma en que se administran los recursos en la respectiva entidad territorial. Mediante concepto CGR-0J-0060-2021.pdf, se refuerza el argumento según el cual el Contralor General de la República y los contralores territoriales, están investidos de la facultad de expedir reglamentos de carácter general, para prescribir los métodos y la forma de rendir cuentas los responsables del manejo de los fondos o de bienes públicos e indicar los criterios de evaluación financiera, operativa y de resultados que deben seguirse. Estos documentos pueden ser consultados en el hipervínculo sobre el título (control + clic), así como entre otros temas, que se pueden consultar en el micrositio de normatividad de la Contraloría General de la República.

4. Consideraciones Jurídicas.

Estos documentos pueden ser consultados en el hipervínculo sobre el título (control + clic), así como entre otros temas, que se pueden consultar en el micrositio de normatividad de la Contraloría General de la República.

4. Consideraciones Jurídicas. 4.1. Problema jurídico.

De la lectura de la pregunta planteada por el peticionario se esbozan los siguientes problemas jurídicos: 8 Normatividad y Relatoría - Relatoría - Contraloria Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 e Código Postal 111071 « PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co e www.contraloria.gov.co e Bogotá, D. C., ColombiaCONTRALORIA General de la República ¿Cómo se debe conformar el comité técnico de auditoria según GAT 4?0, cuando en la Contraloría Territorial no cuenta con los perfiles profesionales requeridos? 4.2. Autonomía Contralorías Territoriales El artículo 272 de la Constitución Política, modificado por el Legislativo No. 04 de 2019, determina que los contralores departamentales, distritales y municipales ejercerán, en el ámbito de su jurisdicción, las funciones atribuidas al Contralor General de la República en el artículo 268 de la Carta en lo que sea pertinente, según los principios de coordinación, concurrencia, y subsidiariedad. Lo anterior significa que los contralores territoriales también cuentan con potestad reglamentaria”, y en ese sentido pueden establecer los criterios para el ejercicio del proceso auditor, entre otros. 'Así:se ha reiterado por esta Oficina como se citó por concepto CGR - OJ - 0060 +: 12021, donde se retomó lo planteado por la Corte

proceso auditor, entre otros. 'Así:se ha reiterado por esta Oficina como se citó por concepto CGR - OJ - 0060 +: 12021, donde se retomó lo planteado por la Corte Constitucional en sentencia C - 805 de 2001, que en su momento señaló: "Así pues, la potestad reglamentaria que constitucionalmente tiene asignada el Contralor General de la República se limita a aquellos ámbitos expresamente mencionados en los numerales 1 y 12 del artículo 268 Superior, es decir, para la prescripción de los métodos y la forma de rendir cuentas los responsables del manejo de los fondos o de bienes de la Nación, indicar los criterios de evaluación financiera, operativa y de resultados que deben seguirse, así como dictar las normas generales para armonizar los sistemas de control fiscal de todas las entidades públicas del orden nacional y territorial" 19 De manera, que el Contralor Territorial, puede establecer, conforme a la realidad de la entidad a su cargo, las directrices para ejercer su función misional, en concreto en lo atinente al proceso auditor, teniendo como referente el. cumplimiento de los principios de seguridad jurídica y el debido proceso. En sentencia C - 805 de 2001. Magistrado Ponente Rodrigo Escobar Gil, la Corte Constitucional la definió en los siguientes términos: "La potestad reglamentaria es ... la producción de un acto administrativo que hace real el enunciado abstracto de la ley ... [para] encauzarla hacía la operatividad efectiva en el plano de lo real. Tal facultad se concreta en la expedición de las normas de carácter general que sean necesarias para la cumplida ejecución de la ley. Toda facultad de

operatividad efectiva en el plano de lo real. Tal facultad se concreta en la expedición de las normas de carácter general que sean necesarias para la cumplida ejecución de la ley. Toda facultad de regulación que tenga como contenido expedir normas para la cumplida ejecución de las leyes, pertenece, en principio, por atribución constitucional, al Presidente de la República, sin necesidad de que la ley así lo determine en cada caso. Dentro del sistema de fuentes de nuestro ordenamiento jurídico, la potestad reglamentaria tiene un lugar propio. Por virtud de ella el Presidente de la República expide normas de carácter general, subordinadas a la ley y orientadas a permitir su cumplida aplicación. Tales normas revisten, además, una forma especial, y se expiden con la firma del Presidente y el Ministro o Director de Departamento Administrativo del ramo.” 10 Op Cit. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 e Código Postal 111071 PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co » www.contraloria.gov.co e Bogotá, D. C., ColombiaCONTRALORIA General de la República Sistema Nacional de Control Fiscal - SINACOF - Guía de Auditoría GAT En cumplimiento a lo ordenado en el artículo 130 de la Ley 1474 de 2011, el Sistema Nacional de Control Fiscal, emitió una versión adaptada a las necesidades y requerimientos propios del ejercicio de la función de control fiscal en el nivel territorial de la metodología para el proceso auditor, la Guía de Auditoria GAT, que hoy cuenta con su versión 4.0., donde se reconoce que si bien se ofrecen papeles de trabajo y modelos, no es una limitante para que cada Contraloría Territorial realice la adecuaciones específicas de acuerdo a sus necesidades y su ámbito de control.

hoy cuenta con su versión 4.0., donde se reconoce que si bien se ofrecen papeles de trabajo y modelos, no es una limitante para que cada Contraloría Territorial realice la adecuaciones específicas de acuerdo a sus necesidades y su ámbito de control. Esta nueva versión, como lo reconoce en su texto, “(...) es el resultado de lecciones aprendidas de las contralorías territoriales - CT, producto del desarrollo y aplicación de la GAT en el marco de las Normas Internacionales de las EFS - ISSAI, emitida en diciembre de 2019 y sus posteriores actualizaciones normativas y técnicas. El ejercicio de implementación del modelo de control fiscal en los territorios ha implicado grandes esfuerzos de directivos y sus equipos de auditores en las diferentes CT en la apropiación de conceptos normativos y técnicos para la vigilancia y control fiscal en atención los postulados Constitucionales en la materia (...)" Ahora, en el aparte 1.4.5, concretamente en lo que se refiere al Comité Técnico de Auditorias dice que: " (...) deberá ser conformado e implementado en cada Contraloría Territorial mediante acto administrativo expedido por el Contralor Territorial, acorde con su estructura organizacional (...)" ' Conforme lo expuesto, desde la GAT se reconoce las particularidades de todas las Contralorías Territoriales, por lo que no se fijan estructuras inamovibles en las conformaciones de comités, acorde con la estructura y disponibilidad de personal de cada una de ellas, pero manteniendo el criterio de que en los casos de controversias al interior de dicho comité, la decisión final debe ser adoptada por el líder de la dependencia que ejerce la vigilancia y control fiscal.

5. Conclusiones En la misiva, luego de exponer la conformación de la Contraloría Municipal de

controversias al interior de dicho comité, la decisión final debe ser adoptada por el líder de la dependencia que ejerce la vigilancia y control fiscal.

5. Conclusiones En la misiva, luego de exponer la conformación de la Contraloría Municipal de DosquebradasRisaralda, resaltando el poco personal profesional con el que cuenta se plantean tres interrogantes: “¿Es legal realizar la conformación del comité en estas condiciones, así la conformación del mismo no sea técnica? - ¿Puede el Director Técnico Operativo como jefe auditor tomar las decisiones en causales de impedimento o empates dados en los comités auditores? 1! Página. 91 GAT 4.0. Disponible en SINACOF - Contraloria

Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 e Código Postal 111071 e PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co « ww.contraloria.gov.co + Bogotá, D. C., ColombiaCONTRALORIA Generali de la República ¿Qué otra posibilidad de conformación se puede dar para cumplir con esta ritualidad del proceso auditor?” La Contraloría General de la República, si bien tiene una facultad de unificación y estandarización de la vigilancia y control fiscal vinculante para las Contralorías Territoriales?2, como se expuso en este escrito, la misma Guía de Auditoria GAT 4.0. señala que las contralorías territoriales pueden establecer conforme a su estructura organizacional, la metodología que se adecúe a sus necesidades y en dicha línea, tiene también autonomía para la conformación del Comité Técnico. Por ello, conforme a sus roles y personal, las Contralorias pueden establecer la conformación¿de sus comités

Proyectó: — Rosa Ángela Calderón García $

Revisó: Gabriel Andrés Hilarión Amaya

ello, conforme a sus roles y personal, las Contralorias pueden establecer la conformación¿de sus comités

Proyectó: — Rosa Ángela Calderón García $

Revisó: Gabriel Andrés Hilarión Amaya

NR: SIGEDOC 2025ER0054021

TOR: Conceptos 72 Ibidem. Pag 18.

Carrera 69 No, 44-35 Piso 1 + Código Postal 111071 + PBX 518 7000 egrEcontraloria.gov.co » www.contraloria.gov.co » Bogotá, D. C., Colombia . .

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