CGR - INFORME FINAL AF U POPULAR CESAR VIG 2023
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - INFORME FINAL AF U POPULAR CESAR VIG 2023
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2023
Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D.C., Colombia
INFORME DE AUDITORÍA INDEPENDIENTE
A LA
UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR
VIGENCIA 2023
CGR-CDSECTCRD No. 009
JUNIO DE 20242
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INFORME AUDITORÍA FINANCIERA
UNIVERSIDAD POPULAR DEL CESAR
VIGENCIA 2023
Contralor General de la República (AF) Carlos Mario Zuluaga Pardo Vice contralor Carlos Mario Zuluaga Pardo Contralor Delegado para el Sector Educación, Ciencia y Tecnología, Cultura, Recreación y Deporte Andrey Geovanny Rodríguez León Director de Vigilancia Fiscal Stephan Acuña Aguirre Director de Estudios Sectoriales Juan Carlos Cobo Gómez Supervisora Nivel Central Giovanna Angélica Villate Ángel Gerente Departamental Javier Andrés Martinez Daza Ejecutivo de Auditoría Camilo Andrés Rangel Rodriguez Supervisor Encargado Rafael Antonio Dajer Hernández Líder de Auditoría Jairo Martínez Mora Integrantes del Equipo Auditor John Jairo Londoño Jiménez
Ejecutivo de Auditoría Camilo Andrés Rangel Rodriguez Supervisor Encargado Rafael Antonio Dajer Hernández Líder de Auditoría Jairo Martínez Mora Integrantes del Equipo Auditor John Jairo Londoño Jiménez Diana Astrid Romero Vega Leovigildo Mendoza Mindiola Maria Raquel Romero Vargas Valentina Puello Sanz3 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D.C., Colombia
TABLA DE CONTENIDO
1. OBJETIVOS ................................ ................................ ................................ ............ 4
2. SUJETO DE CONTROL Y ESPONSABILIDAD ................................ ....................... 5
3. MARCO NORMATIVO ................................ ................................ ............................ 6
4. RESPONSABILIDAD DE LA CGR ................................ ................................ ........ 10
5. OPINIÓN CONTABLE ................................ ................................ ........................... 10
6. OPINIÓN PRESUPUESTAL ................................ ................................ .................. 14
7. OBSERVACIONES VIGENTES DE LA COMISIÓN LEGAL DE CUENTAS DE LA CÁMARA DE REPRESENTANTES ................................ ................................ ...... 20
8. EVALUACIÓN DE CONTROL INTERNO FINANCIERO ................................ ....... 25
9. EFECTIVIDAD DEL PLAN DE MEJORAMIENTO ................................ ................. 26
10. FENECIMIENTO SOBRE LA CUENTA FISCAL RENDIDA ................................ ... 31
11. ATENCIÓN DE SOLICITUDES CIUDADANAS Y ALERTAS O INSUMOS ENVIADOS POR LA DIARI ................................ ................................ .................. 33
12. RELACIÓN DE HALLAZGOS ................................ ................................ ................ 33
13. PLAN DE MEJORAMIENTO ................................ ................................ ................. 35
ANEXOS ................................ ................................ ................................ .......................... 374
ENVIADOS POR LA DIARI ................................ ................................ .................. 33
12. RELACIÓN DE HALLAZGOS ................................ ................................ ................ 33
13. PLAN DE MEJORAMIENTO ................................ ................................ ................. 35
ANEXOS ................................ ................................ ................................ .......................... 374
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Bogotá D.C.
Doctor
ROBER TRINIDAD ROMERO RAMÍREZ
Rector Universidad Popular del Cesar rectoria@unicesar.edu.co Valledupar, Cesar
Cordial saludo doctor Romero:
La Contraloría General de la República-CGR, con fundamento en las facultades otorgadas por el artículo 267 de la Constitución Política realizó Auditoría Financiera a los Estados Financieros de la Universidad Popular del Cesar por la vigencia 202 3, los cuales comprenden: el Estado de Situación Financiera, el Estado de Resultados, el Estado de Cambios en el Patrimonio y las Notas a los Estados Financieros; así como la información presupuestal para la misma vigencia.
En el trabajo de auditoría no se presentaron limitaciones que afectaran el alcance de la auditoría financiera.
Los estudios y análisis se encuentran debidamente documentados, con base en la información suministrada por la Universidad Popular del Cesar, en papeles de trabajo que reposan en el aplicativo de Automatización del Proceso Auditor -APAde la CGR.
Las observaciones se dieron a conocer oportunamente a la Universidad Popular del Cesar, dentro del desarrollo de la auditoría, garantizando el debido proceso y derecho de
reposan en el aplicativo de Automatización del Proceso Auditor -APAde la CGR.
Las observaciones se dieron a conocer oportunamente a la Universidad Popular del Cesar, dentro del desarrollo de la auditoría, garantizando el debido proceso y derecho de contradicción, las respuestas fueron analizadas y en este informe se incluyen los hallazgos que la CGR consideró pertinentes.
1. OBJETIVOS
Objetivo General
Realizar Auditoría Financiera con el propósito de vigilar la gestión fiscal que se adelantó por parte del sujeto en la vigencia 2023 en cumplimiento de su misión y funciones, así como de los compromisos establecidos por el Gobierno Nacional a la entidad.
Objetivos específicos
1. Evaluar los estados financieros y expresar una opinión, sobre si estos a 31 de diciembre de 2023, fueron preparados, en todos los aspectos significativos, de conformidad con5
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2. Evaluar y verificar si la información presupuestal con corte al 31 de diciembre de 2023 refleja la realidad de los hechos económicos ocurridos y emitir la opinión correspondiente de la Universidad Popular del Cesar.
3. Emitir fenecimiento o no sobre la cuenta fiscal rendida en el SIRECI, por el sujeto de
refleja la realidad de los hechos económicos ocurridos y emitir la opinión correspondiente de la Universidad Popular del Cesar.
3. Emitir fenecimiento o no sobre la cuenta fiscal rendida en el SIRECI, por el sujeto de control en la vigencia 2023.
4. Evaluar la constitución y ejecución del rezago presupuestal de conformidad con la normativa aplicable a la Universidad Popular del Cesar.
5. Evaluar los sistemas de control interno financiero de la Universidad Popular del Cesar y expresar un concepto de acuerdo con lo establecido en la Guía de Auditoría
Financiera (GAF).
6. Atender las denuncias asignadas , las alertas o insumos enviados por la DIARI y por esta Contraloría Delegada , en relación con las materias objeto de auditoría, independientemente de la vigencia auditada y hasta el cierre de la fase de ejecución de auditoría.
7. Evaluar el cumplimiento y efectividad del plan de mejoramiento presentado a la CGR en el SIRECI, con corte al 31 de diciembre de 2023, de conformidad con la normativa aplicable a la Universidad Popular del Cesar.
2. SUJETO DE CONTROL Y ESPONSABILIDAD
La Universidad Popular del Cesar es una Institución de Educación Superior – IES del orden nacional, creada mediante la Ley 34 del 19 de noviembre de 1976 como establecimiento público autónomo con personería jurídica iniciando labores el 1 de agosto de 1977.
Su objetivo es la formación, en la búsqueda del desarrollo humano como seres responsables social y culturalmente; brindando una educación de calidad, integral e inclusiva, con el rigor científico y tecnológico; mediante las diferentes modalidades y metodologías de educación, a través de programas pertinentes al contexto, dentro de la
responsables social y culturalmente; brindando una educación de calidad, integral e inclusiva, con el rigor científico y tecnológico; mediante las diferentes modalidades y metodologías de educación, a través de programas pertinentes al contexto, dentro de la diversidad de campos disciplinares, en un marco de libertad de pensamiento; que consolide la construcción de saberes, para contribuir a la solución de problemas y conflictos, e n un ambiente sostenible, con visibilidad nacional e internacional. El Alma Mater se sustenta en tres pilares fundamentales: la docencia, la investigación y la proyección social, comprometida con el logro constante de la calidad.
Mediante la Resolución 1709 del 29 de junio de 2023 se actualizó la estructura de la Universidad, así: el Consejo Superior como máxima autoridad institucional, Consejo Académico, Rectoría con sus 7 oficinas asesoras y de apoyo, 4 Comités, Secretaría6 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D.C., Colombia General, Vicerrectorías administrativa y académica, seccional Aguachica y la de investigación y extensión.
La Universidad Popular del Cesar cuenta con siete facultades: ciencias administrativas, contables y económicas; bellas artes; derecho, ciencias políticas y sociales; ciencias básicas; ingenierías y tecnologías; ciencias de la salud; y facultad de educación ; a las cuales están adscritos 21 programas académicos de pregrado, 19 especializaciones, 6 maestrías y 2 doctorados; también cuenta con dos sedes adicionales, una en la Ciudad de
cuales están adscritos 21 programas académicos de pregrado, 19 especializaciones, 6 maestrías y 2 doctorados; también cuenta con dos sedes adicionales, una en la Ciudad de Aguachica y otra en el Municipio de Agustín Codazzi.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del Acuerdo 001 del 22 de enero de 1994 del Consejo Superior Universitario (Estatuto General de la Universidad Popular del Cesar), son funciones de la Universidad las siguientes:
1. Desarrollar programas académicos de pregrado, de especialización, de maestría y de doctorado tal como lo definen los artículos 9, 10, 11 y 12 de la Ley 30 de 1992, tendientes a preparar personal idóneo y calificado en los campos de acción relacionados en e l presente Estatuto.
2. Desarrollar programas de investigación científica de extensión cultural, de formación de investigadores que contribuyan a la discusión y solución de los problemas regionales, nacionales y mundiales.
3. Establecer convenios de prestación de servicios académicos y administrativos con otras instituciones de educación superior o de otra índole, nacionales o extranjeras.
4. Servir como fuente de información, a la comunidad en general sobre los adelantos científico y tecnológicos.
5. Ser centro creador e impulsor del desarrollo cultural, técnico, humanístico y científico.
6. Participar en eventos técnicos, culturales y científicos que busquen ampliar el conocimiento de la realidad nacional y mundial en todos los campos de la actividad humana.
7. La Universidad Popular del Cesar prestará el servicio de extensión a través de planes de formación, capacitación y actualización de recursos humanos y de la comunidad en
conocimiento de la realidad nacional y mundial en todos los campos de la actividad humana.
7. La Universidad Popular del Cesar prestará el servicio de extensión a través de planes de formación, capacitación y actualización de recursos humanos y de la comunidad en general; empleará para esta función sus recursos humanos y físicos y recurrirá, si fuere necesario, al apoyo de entidades o personas no vinculadas a la Universidad y definir y establecer los mecanismos de relación de sus actividades de desarrollo científico y tecnológico con los que en los mismos campos adelanten el Estado Colombiano a través del Sistema Nacional de Ciencia y Tecnología, la comunidad científica y el sector privado. El marco jurídico de esta política serán la Ley 29 de 1990 y los Decretos 393, 584, 585 y 591 de 1991.
3. MARCO NORMATIVO
La Universidad Popular del Cesar se encuentra catalogado por la Contaduría General de la Nación – CGN, en el grupo de "Entidades de Gobierno". Su marco normativo, está integrado por el Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera; las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos7 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D.C., Colombia Económicos; los Procedimientos Contables; las Guías de Aplicación; el Catálogo General de Cuentas; y la Doctrina Contable Pública.
Normas generales: Cuadro No. 1 Normatividad General Fuente Criterio Constitución Política Artículos 2, 44, 48, 49, 68, 267 y 269.
de Cuentas; y la Doctrina Contable Pública.
Normas generales: Cuadro No. 1 Normatividad General Fuente Criterio Constitución Política Artículos 2, 44, 48, 49, 68, 267 y 269.
Ley 21 de 1991 Por medio de la cual se aprueba el Convenio número 169 sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes, adoptado por la 76a. reunión de la Conferencia General de la O.I.T., Ginebra 1989. Ley 30 de 1992 Servicio público de la Educación superior. Ley 115 de 1994 Ley General de Educación. Ley 42 de 1993 Organización del sistema de control fiscal financiero y los organismos que lo ejercen. Ley 387 de 1997 Por la cual se adoptan medidas para la prevención del desplazamiento forzado; la atención, protección, consolidación y esta estabilización socioeconómica de los desplazados internos por la violencia en la República de Colombia. En su artículo 19, numeral 1 0 decreta que el Ministerio de Educación Nacional y las Secretarías de Educación departamentales, municipales y distritales, adoptarán programas educativos especiales para las víctimas del desplazamiento por violencia. Ley 418 de 1997 Por la cual se consagran unos instrumentos para la búsqueda de la convivencia, la eficacia de la justicia y se dictan otras disposiciones. Ley 594 de 2000 Ley de Archivo General y se dictan otras disposiciones. Ley 599 de 2000 Código Penal. El Título XV establece los Delitos contra la Administración Pública. Ley 734 de 2002 Código Único Disciplinario y demás normas reglamentarias que la modifiquen,
Ley 599 de 2000 Código Penal. El Título XV establece los Delitos contra la Administración Pública. Ley 734 de 2002 Código Único Disciplinario y demás normas reglamentarias que la modifiquen, aclaren, deroguen o revoquen. (Ley derogada a partir del 29 de marzo de 2022, por el artículo 265 de la Ley 1952 de 2019, modificado por el artículo 73 de la Ley 2094 de 2021) Ley 1267 de 2008 Por la cual se modifica la Ley 551 de 1999. Ley 1474 de 2011 Por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública. Modificado por Ley 2195 de 2022, modificada por el Decreto Legislativo 537 de 2020, Decreto Ley 403 de 2020, Decreto Ley 2106 de 2019, Ley 1955 de 2019. Ley 1697 de 2013 Por la cual se crea la estampilla Pro -Universidad Nacional de Colombia y demás Universidades Estatales de Colombia. Ley 1712 de 2014 Por medio de la cual se crea la Ley de Transparencia y del Derecho de Acceso a la Información Pública Nacional y se dictan otras disposiciones. Decreto 1279 de 2002 por el cual se establece el régimen salarial y prestacional de los docentes de las Universidades Estatales. Decreto 2609 de 2012 Por el cual se reglamenta en materia de Gestión Documental para todas las Entidades del Estado. Decreto 1990 de 2016 Por el cual se modifica el Decreto 780 de 2016 Reglamentario del Sector Salud. Acuerdo 002 de 2014
del Estado. Decreto 1990 de 2016 Por el cual se modifica el Decreto 780 de 2016 Reglamentario del Sector Salud. Acuerdo 002 de 2014 Por medio del cual se establecen los criterios básicos para creación, conformación, organización, control y consulta de los expedientes de archivo y se dictan otras disposiciones. Ordenanza 066 de 2012 Por la cual se expide el Estatuto de Rentas del Departamento del Cesar.
Fuente: Consulta Normatividad páginas web. Elaboró: Equipo auditor.
Cuadro No. 2 Expedidas por la Universidad Popular del Cesar Fuente Criterio Acuerdo 006 del 23 de febrero de 1999 Por el cual se adopta el régimen contractual de la Universidad Popular del Cesar. Acuerdo 021 del 5 de junio de 2002 Por el cual se adopta el Estatuto Presupuestal.8 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D.C., Colombia Fuente Criterio Acuerdo 025 del 29 de agosto de 2003 Por el cual se modifica el artículo 11 en sus numerales 3 y 4 del Acuerdo 006 de 1999 (Régimen Contractual). Resolución 263 del 26 de febrero de 2004 Por medio de la cual se determina la composición del comité de administración y contratación, se señalan sus funciones y se dictan otras disposiciones. Resolución 549 del 15 de abril de 2009 Por medio de la cual se adopta el manual de interventoría de contratación para la Universidad Popular del Cesar. Resolución 562 del 20 de marzo de 2018
Resolución 549 del 15 de abril de 2009 Por medio de la cual se adopta el manual de interventoría de contratación para la Universidad Popular del Cesar. Resolución 562 del 20 de marzo de 2018 Por medio de la cual se adopta el Aplicativo Orfeo como Sistema de Gestión Documental en la Universidad Popular del Cesar. Acuerdo 016 del 15 de julio de 2014 Por medio del cual se modifican los artículos 4, 11, 13, 14, 15 y 16 del Acuerdo 006 del 23 de febrero de 1999 y el artículo primero del Acuerdo 034 de 2006 y se dictan otras disposiciones. Acuerdo 039 del 22 de diciembre de 2017 Por el cual se aprueba las políticas contables del nuevo marco normativo para entidades de gobierno. Contrato 021 de 2023 Contrato celebrado entre la Universidad Popular del Cesar y Didaclibros LTDA.
Fuente: Universidad Popular del Cesar. Elaboró: Equipo auditor.
Normas específicas: Cuadro No. 3 Financieras Fuente Criterio Resolución 533 de 2015 de la Contaduría General de la Nación Por la cual se incorpora, en el Régimen de Contabilidad Pública, el marco normativo aplicable a entidades de gobierno y se dictan otras disposiciones.
Resolución 620 de 2015 de la Contaduría General de la Nación Por la cual se incorpora el Catálogo General de Cuentas al Marco normativo para entidades de Gobierno. Resolución 193 de 2016 de la Contaduría General de la Nación Por la cual se Incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la evaluación del control interno
entidades de Gobierno. Resolución 193 de 2016 de la Contaduría General de la Nación Por la cual se Incorpora, en los Procedimientos Transversales del Régimen de Contabilidad Pública, el Procedimiento para la evaluación del control interno contable. Anexo Resolución 193 de 2016 de la Contaduría General de la Nación Procedimiento para la evaluación del control interno contable. Resolución 0484 de 2017 de la Contaduría General de la Nación Por la cual se modifica el anexo de la Resolución 533 de 2015 en lo relacionado con las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno y el artículo 4 de la Resolución 533 de 2015 y se dictan otras disposiciones. Resolución 385 de 2018 de la Contaduría General de la Nación Por medio de la cual se modifica la norma del proceso contable y sistema documental contable del régimen de contabilidad pública, para incorporar la información relativa a las formas de organización y ejecución del proceso contable. Resolución 425 de 2019 de la Contaduría General de la Nación Por la cual se modifican las Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos del Marco Normativo para Entidades de Gobierno. Resolución 0193 de 2020 de la Contaduría General de la Nación Por la cual se modifica el artículo 2 de la Resolución 441 de 2019 y se adiciona un parágrafo al artículo 16 de la Resolución 706 de 2016. Conceptos del Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Por la cual se modifica el artículo 2 de la Resolución 441 de 2019 y se adiciona un parágrafo al artículo 16 de la Resolución 706 de 2016. Conceptos del Consejo Técnico de la Contaduría Pública 2016-328 y 2015-1036 del 25 de mayo de 2016. 2019-0252 expedido el 12 de abril de 2019.
Fuente: Consulta Normatividad página web Contaduría General de la Nación. Elaboró: Equipo auditor.9
Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D.C., Colombia Cuadro No. 4 Presupuestal Fuente Criterio Decreto Ley 111 de 1996 Estatuto Orgánico de Presupuesto. Decreto 1068 de 2015 Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público. Decreto 2590 de 2022 Por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2023, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos. Resolución 1483 del 9 de junio de 2023 Manual de Procedimientos Proceso Gestión Financiera de la Universidad Popular del Cesar, versión 2 del 01 de diciembre de 2016. Acuerdo 021 del 5 de junio de 2002 Por el cual se adopta el Estatuto Presupuestal de la Universidad Popular del Cesar. Acuerdo 006 del 8 de abril de 2020 Por el cual se autoriza a la rectora de la UPC a comprometer vigencias futuras. Acuerdo 027 del 29 de
Acuerdo 006 del 8 de abril de 2020 Por el cual se autoriza a la rectora de la UPC a comprometer vigencias futuras. Acuerdo 027 del 29 de octubre de 2021 Se autoriza a la rectora de la UPC a comprometer vigencias futuras. Acuerdo 027 del 25 de noviembre de 2022 El Consejo Superior Universitario de la UPC aprueba el presupuesto de ingresos y gastos de la UPC, para la vigencia fiscal 2023. Acuerdo 028 del 30 de diciembre de 2022 Por el cual autoriza al rector de la UPC para modificar la fuente de financiación del Acuerdo 027 de las 2021 vigencias futuras. Resolución 0008 del 10 de enero de 2023 Por medio de la cual se constituyen las cuentas por pagar correspondiente a la vigencia fiscal 2022. Resolución 0053 del 25 de enero de 2023 Por el cual se Constituyen la Reservas Presupuestales de la vigencia fiscal 2022, suscrita por la Rectoría de la UPC y Resolución 0190 del 15 de febrero de 2023, por el cual modifica la Resolución 00053. Resolución 0086 del 25 de enero de 2024 Por el cual se constituyen las reservas presupuestales de la vigencia 2023, de la Rectoría Universitaria.
Fuete: Universidad Popular del Cesar. Elaboró: Equipo auditor.
Cuadro No. 5 Control Interno Fuente Criterio Ley 87 de 1993 Por la cual se establecen normas para el ejercicio del control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones Decreto 1499 de 2017 Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único
entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones Decreto 1499 de 2017 Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015. Fuente Consulta Normatividad páginas WEB Elaboró: Equipo auditor.
Cuadro No. 6 Plan de Mejoramiento Fuente Criterio Resolución Reglamentaria Orgánica 042 de 2020 Por la cual se reglamenta la rendición electrónica de la cuenta, los informes y otra información que realizan los sujetos de vigilancia y control fiscal a la Contraloría General de la República a través del Sistema de Rendición Electrónico de la Cuenta e Informes y Otra Información (SIRECI). Circular 15 del 30 de septiembre de 2020 del Despacho de la CGR Lineamientos Generales sobre los Planes de Mejoramiento y manejo de las acciones cumplidas. Resolución Reglamentaria Orgánica 064 de 2023 Por la cual se reglamenta la rendición electrónica de la cuenta, los informes y otra información que realizan los sujetos de vigilancia y control fiscal a la Contraloría General de la República a través del Sistema de Rendición Electrónico de la Cuenta e Informes y Otra Información (SIRECI) Fuente: Consulta normatividad páginas e intranet CGR. Elaboró: Equipo auditor.10 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D.C., Colombia
Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D.C., Colombia
4. RESPONSABILIDAD DE LA CGR
La CGR realizó Auditoría Financiera con fundamento en las facultades otorgadas por el artículo 267 de la Constitución Política de Colombia, modificado por el artículo 1 del Acto Legislativo 4 de 2019, el cual vigila la gestión fiscal de la administración y de los fondos o bienes de la Nación y la Ley 610 de 2000 que regulan los principios, sistemas y procedimientos técnicos de control fiscal, vigilando la gestión fiscal de la administración y de los fondos o bienes de la Nación. Así mismo, de acuerdo con el artículo 268 constitucional, modificado por el artículo 2 del Acto Legislativo 4 de 2019 la CGR tiene la atribución de revisar y fenecer las cuentas que deben llevar los responsables del erario.
La CGR ha llevado a cabo esta Auditoría Financiera teniendo como soporte técnico y conceptual las Normas Internacionales de las Entidades Fiscalizadoras Superiores –ISSAI, emitidas por la Organización Internacional de Entidades Fiscalizadoras SuperioresINTOSAI, según lo establecido en la Resolución Orgánica No. 0012 de 2017, por la cual se adopta el documento de principios, fundamentos y aspectos generales para las auditorías y la Guía de Auditoría Financiera – GAF-.
Dichas normas exigen que la CGR cumpla con los requerimientos de ética, así como que se planifique y ejecute la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable sobre si los Estados Financieros y cifras presupuestales están libres de incorrección material.
Dichas normas exigen que la CGR cumpla con los requerimientos de ética, así como que se planifique y ejecute la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable sobre si los Estados Financieros y cifras presupuestales están libres de incorrección material.
Una auditoría conlleva la aplicación de procedimientos para obtener evidencia sobre los valores y la información revelada por el sujeto de control. Los procedimientos seleccionados dependen del juicio del auditor, incluida la valoración de los riesgos de incorrección material en los estados financieros y las cifras presupuestales debido a fraude o error. Al efectuar dichas valoraciones, la CGR tiene en cuenta el control interno para la preparación y presentación de la información, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias.
Esta auditoría también incluyó la evaluación de la adecuación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por la Universidad Popular del Cesar, así como la evaluación de la presentación de los estados financieros y cifras presupuestales.
En lo correspondiente a esta Auditoría Financiera, la CGR concluye que la evidencia que se ha obtenido proporciona una base suficiente y adecuada para la opinión de auditoría.
RESULTADO DE LA AUDITORÍA FINANCIERA
5. OPINIÓN CONTABLE
OPINIÓN NEGATIVA
La Contraloría General de la República emite opinión “NEGATIVA” sobre la razonabilidad de los Estados Financieros de la Universidad Popular del Cesar a 31 de diciembre de 2023, por cuanto las cifras presentan incorrecciones materiales y no presentan razonablemente11 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000
por cuanto las cifras presentan incorrecciones materiales y no presentan razonablemente11 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D.C., Colombia en todos los aspectos importantes, la situación financiera de la Universidad a 31 de diciembre de 2023.
Fundamento de la opinión
El examen de los Estados Financieros presentados por la Universidad Popular del Cesar, con corte a 31 de diciembre de 2023, requirió realizar una evaluación con base en pruebas selectivas de la evidencia que respalda las cifras y datos contenidos en los mismos, así como la verificación al proceso contable en sus etapas de reconocimiento y revelación, a partir de actividades de identificación, clasificación, registros, ajustes y reportes contables, flujo de la información desde las diferentes áreas fuente y conciliaciones de información.
Además, incluyó la evaluación de los principios de contabilidad utilizados, de las estimaciones contables significativas realizadas por la administración de la Universidad Popular del Cesar y la presentación de los Estados Financieros en conjunto. Con fundamento en el resultado de los procedimientos de evaluación aplicados, se considera que estos proporcionan una base razonable para expresar una opinión.
La opinión contable se fundamenta en los resultados obtenidos de la evaluación a la siguiente muestra contable:
Efectivo y equivalentes al efectivo
Se evidenciaron partidas conciliatorias en las cuentas corrientes y de ahorro que no fueron reconocidas en los Estados Financieros y que corresponden tanto a transacciones de la vigencia auditada como a vigencias anteriores, por conceptos como consignaciones por
Se evidenciaron partidas conciliatorias en las cuentas
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