CGR - 2017 V Informe al CongresoDecretos Leyes étnicos
Contraloria General de la Republica
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Detalles
- Título
- CGR - 2017 V Informe al CongresoDecretos Leyes étnicos
- Autor
- Contraloria General de la Republica
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2017
QUINTO INFORME AL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA Seguimiento y Monitoreo a los Decretos Leyes de Comunidades Étnicas Víctimas del Conflicto Comisión de Seguimiento y Monitoreo a los Decretos Leyes 4633, 4634 y 4635 de 2011 de Comunidades Étnicas Víctimas del Conflicto 2017 Procurador General de la Nación Fernando Carrillo Flórez Contralor General de la República Edgardo Maya Villazón Defensor del Pueblo Carlos Alfonso Negret Mosquera Representantes Mesa Permanente de Concertación Indígena en la Comisión Edgar Alberto Velasco Tumiña Equipo Procuraduría General de la Nación Procurador Delegado para Asuntos Étnicos Richard Moreno Rodríguez Procuradora Delegada para la Paz y la Protección de los Derechos de las Víctimas Elena Ambrosi Turbay Procuradora Delegada para Asuntos Agrarios y Restitución de Tierras Andrée Viana Garcés Procurador Delegado para Asuntos Agrarios y Restitución de Tierras (E) Harvey León Quintero García Profesionales Danilo Valbuena Ussa Luis Jorge Arévalo Luz Caldas Santiago Hoyos Aguirre María Paula Tostón Sarmiento Equipo Contraloría General de la República Contralor Delegado para el Sector Agropecuario Andrés Bernal Morales 2 Profesional Óscar David Quiroga Traslaviña Equipo Defensoría del Pueblo Defensor Delegado para los Indígenas y las Minorías Étnicas Pedro Santiago Posada Arango Profesionales Eva María de la Concepción Sáenz Pulido
Edna Catalina Rodríguez Ramos Gloria Elena Rodríguez Laura Alejandra Chaparro Alvis María Johana Rodríguez Ricardo Rodríguez Otero 3 Abreviaturas ACNUR Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados. ANM Agencia Nacional de Minería. ANT Agencia Nacional de Tierras. ANT-DAE Dirección de Asuntos Étnicos de la Agencia Nacional de Tierras. CERREM Comité de Evaluación y Recomendación de Medidas. CGR Contraloría General de la República. CIAT Comisión Intersectorial de Alertas Tempranas. CJT Comités de Justicia Transicional. CSMDL o “Comisión” Comisión de Seguimiento y Monitoreo a los Decretos Ley de comunidades étnicas. CNARP Comunidades Negras, Afrodescendientes, Raizales y Palenqueras. CTRAI Cuerpo Técnico de Recopilación y Análisis de Información (Decreto 3375 de 2011). CCDDHHPI Comisión de DDHH de los Pueblos Indígenas. DACN Dirección de asuntos para comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras del Ministerio del Interior. DAIRM Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías del Ministerio del Interior. DANE Departamento Administrativo Nacional de Estadística. FARC-EP Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo. FUD Formato Único de Declaración. GVP Grupo de Valoración Preliminar (Decreto 3375 de 2011). IGAC Instituto Geográfico Agustín Codazzi. J1CCERT Juzgado Primero Civil del Circuito Especializado de Restitución de Tierras.
J2CCERT Juzgado Segundo Civil del Circuito Especializado de Restitución de Tierras. MADS Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. MME Ministerio de Minas y Energía. MPCI Mesa Permanente de Concertación Indígena. MSPS Ministerio de Salud y la Protección Social. ONIC Organización Nacional Indígena de Colombia. ORIP Oficinas de Registro e Instrumentos Públicos. PAARI Plan de Atención, Asistencia y Reparación Integral a las Víctimas. PAICMA Programa Presidencial para la Acción Integral contra Minas Antipersonal PGN Procuraduría General de la Nación. PIRC Planes Integrales de Reparación Colectiva. RTDAF Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente RUV Registro Único de Víctimas. SNARIV Sistema Nacional de Atención y Reparación Integral a las Víctimas. SISPI Sistema Indígena de Salud Propia e Intercultural. SRCE Sujetos de Reparación Colectiva Étnicos TSDJRT Tribunal Superior de Distrito Judicial Sala Especializada en Restitución de Tierras. UARIV Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. UARIV-DAE Dirección de Asuntos Étnicos de la Unidad para las Víctimas. 4 UAEGRTD-DAE Dirección de Asuntos Étnicos de la Unidad de Restitución de Tierras UAEGRTD Unidad Administrativa Especial para la Gestión de Restitución de Tierras Despojadas. UNP Unidad Nacional de Protección 5 Índice Introducción ........................................................................................................................ 9 Capítulo 1. ......................................................................................................................... 11 La falta de enfoque diferencial para víctimas pertenecientes a grupos étnicos en la inversión
del Presupuesto General de la Nación ................................................................................ 11 1.1 La Planeación Financiera ................................................................................................. 11 1.1.1 La incertidumbre del monto de los recursos destinados a las víctimas étnicas ............... 11 1.1.2 La concepción ambigua de los recursos asignados .................................................................. 13 1.1.3 Las víctimas étnicas y el presupuesto asignado ....................................................................... 15 Conclusiones .............................................................................................................................. 16 Capítulo 2. ......................................................................................................................... 17 Adecuación Institucional, Atención integral y Ayuda humanitaria ....................................... 17 2.1 Adecuación Institucional ....................................................................................................... 17 2.1.1 Estructura institucional inadecuada de la UARIV .................................................................... 17 2.1.2 Ausencia de referentes geográficos, cuantitativos y poblacionales, que den cuenta de información sustantiva que permita dar alcance a la implementación de medidas orientadas a grupos étnicos ................................................................................................................................... 18 2.1.3 Incoherencia entre las cifras de víctimas étnicas en el país y la ubicación de los puntos con atención diferencial .......................................................................................................................... 18 2.1.4 Incoherencia entre el diseño institucional, las acciones concretas en territorio y la implementación de medidas para los asuntos étnicos en la UARIV ................................................. 20 2.2 Atención integral y Ayuda humanitaria ................................................................................. 21 Deficiencia en la descripción de modelos específicos de atención humanitaria para grupos étnicos .......................................................................................................................................................... 21 Capítulo 3 .......................................................................................................................... 24
La reparación colectiva étnica: revisión frente a las recomendaciones de los Informes de la CSMDL de 2015 y 2016 ....................................................................................................... 24
3.1 Problemáticas frente a la operación logística de los recursos ................................................. 24 3.2 Contratación de asesores étnicos dentro de la ruta de reparación colectiva ........................... 25 3.3 Caracterización de daños y afectaciones territoriales conjunta entre la UAEGRTD y la UARIV . 26 3.4 Mejoras en la etapa formulación y protocolización del PIRC .................................................. 27 3.5 Medida de reparación de indemnización colectiva étnica ...................................................... 27 3.6 Acciones de mejora .............................................................................................................. 30 Subcomité de Reparación Colectiva – Mesa Étnica .......................................................................... 30 Mesas sectoriales y Bilaterales ......................................................................................................... 30 Contratación de gestores de la Ruta Étnica de Reparación Colectiva y Profesionales de Rehabilitación Étnica ......................................................................................................................... 31 6 En relación con la gestión a cargo de la Dirección de Asuntos Indígenas, Rom y Minorías Étnicas del Ministerio del Interior -DAIRM- ........................................................................................................ 31 Frente a la gestión de la Dirección de Asuntos para Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras del Ministerio del Interior -DACN- ............................................................... 32 Capítulo 4 .......................................................................................................................... 35 Análisis de la política de restitución de derechos territoriales a pueblos y comunidades étnicas ............................................................................................................................... 35 4.1 Síntesis de las principales conclusiones y recomendaciones de los últimos dos Informes de la Comisión y análisis de su vigencia ............................................................................................... 35 4.2 Seguimiento al cumplimiento de las sentencias del Resguardo Emberá Katío del Alto Andágueda (Chocó), el Consejo Comunitario Renacer Negro (Cauca) y al Auto de medidas
cautelares a favor del Resguardo multiéntico de Kanalitojo (Vichada) ......................................... 37 4.2.1 Resguardo Emberá Katío del Alto Andágueda (Bagadó -Chocó) Sentencia 007 de 2014 ........ 37 4.2.2 Consejo Comunitario Renacer Negro (Cauca) ......................................................................... 38 4.2.3 Medida Cautelar Resguardo multiétnico de Kanalitojo (Vichada) ........................................... 39 4.3 Panorama de los avances en la implementación de la restitución de derechos territoriales 20162017 ................................................................................................................................. 40 4.4 Persistencia de dificultades y retos de la política pública de restitución de derechos territoriales étnicos ....................................................................................................................................... 43 4.5 La restitución de derechos territoriales en el PEIRT y el presupuesto de inversión de la UAEGRTD para esta política ........................................................................................................ 45 Anexos ............................................................................................................................... 47 Capítulo 5 .......................................................................................................................... 50 Medidas de prevención y protección .................................................................................. 50 5.1 Recomendaciones sustanciales ............................................................................................. 51 5.2 Recomendaciones procedimentales ...................................................................................... 53 5.3 Programa de protección colectiva ......................................................................................... 55 Conclusión ................................................................................................................................. 57 Capítulo 6. ......................................................................................................................... 58 Participación de los grupos étnicos en las instancias del Sistema Nacional de Atención y Reparación a las víctimas ................................................................................................... 58 6.1 Escenarios adecuados para la participación ........................................................................... 60 6.2 Condiciones apropiadas para un verdadero ejercicio deliberativo .......................................... 62 6.3 Garantías que aseguren la continuidad del proceso participativo y lo robustezcan de manera progresiva.................................................................................................................................. 62
6.4 Impacto e incidencia de la participación de las víctimas en la satisfacción de los derechos constitucionales. ........................................................................................................................ 63 Capítulo 7 .......................................................................................................................... 65 Reparación individual a los grupos étnicos: inconsistencias reportadas en las cifras por la UARIV ................................................................................................................................ 65 7 Referencias bibliográficas................................................................................................... 71
Índice de Tablas: ................................................................................................................ 73
8 Introducción La Comisión de Monitoreo y Seguimiento a los Decretos Leyes (CMSDL) ha sido cuidadosa en desarrollar su mandato por medio de la utilización de diferentes metodologías para evaluar el proceso de diseño, implementación, ejecución y cumplimiento de las medidas contenidas en los Decretos Leyes para víctimas pertenecientes a los grupos étnicos. A lo largo de los cuatros informes precedentes, elaborados como resultado del mandato legal, se ha observado con preocupación la resistencia por parte de las autoridades concernidas a conocer e implementar lo ordenado en los Decretos Leyes Étnicos. Considerando lo anterior, la CMSDL encuentra necesario para este informe reiterar la brecha que existe entre las normas en cuestión y el cumplimiento informado por las entidades responsables de la implementación efectiva de esta política pública. Este Informe evidencia que el Presupuesto General de la Nación no incluye los recursos asignados de manera específica para garantizar el enfoque diferencial hacia los pueblos indígenas y Rom, y las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras víctimas del conflicto armado, lo cual afecta estructuralmente la implementación de la política pública, obstaculizando la garantía de derechos de las víctimas étnicas. Igualmente, se hace necesario insistir en la importancia que tiene el territorio para los
pueblos indígenas y las comunidades negras, raizales y palenqueras, pues este es la base para el desarrollo de su vida social y cultural; en ese sentido, de la recuperación del goce efectivo de los derechos territoriales depende el ejercicio de los demás derechos fundamentales, colectivos e integrales. No obstante, todavía no se cuenta con la institucionalidad adecuada para responder a las necesidades de la restitución de manera planeada, diferenciada y concertada con los Grupos Étnicos y además, persisten de los riesgos asociados a la solicitud de medidas de protección territorial. Es necesario advertir la grave demora en la implementación de la Ruta de Reparación Colectiva Étnica, la cual se relaciona con la ineficacia administrativa por parte de la UARIV para contratar la operación logística de los recursos técnicos y financieros destinados al desarrollo de las acciones reparadoras. Una de las grandes preocupaciones en el contexto actual es la falta de efectividad de las medidas de prevención y protección; esto se debe a la lentitud con que avanza su implementación y a la falta de mecanismos adecuados para la protección y prevención de riesgos para los sujetos étnicos colectivos, lo que ha agudizado el estado de vulnerabilidad que padecen los grupos étnicos. La participación es un derecho fundamental para los grupos étnicos, particularmente, en virtud de lo establecido por el Convenio 169 de la OIT, en tanto que su ejercicio permite el desarrollo de otros derechos como la autonomía y el gobierno propio. En ese sentido, es de gran preocupación para la CSMDL que la participación de los Grupos Étnicos no ha sido garantizada en el marco de los espacios de formulación y toma de
decisiones respecto de la política pública para la reparación integral a las víctimas. 9 Frente a la reparación individual se debe mencionar que la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas realizó entrega parcial de la información solicitada a la Procuraduría Delegada para la Paz y la Protección de los Derechos de las Víctimas. No obstante, en la información allegada se evidenciaron inconsistencias en los registros de las indemnizaciones otorgadas a las víctimas con alguna pertenencia étnica, así como también la falta de claridad sobre los mecanismos de articulación entre las medidas de reparación individual y las medidas de reparación colectiva, lo cual afecta la indivisibilidad de los derechos fundamentales, colectivos e integrales de los grupos étnicos. Teniendo en cuenta lo anterior, el presente documento pretende tomar como punto de partida las recomendaciones que esta Comisión ha realizado en los informes anteriores, en aras de realizar un balance general del estado de implementación de los Decretos Leyes Étnicos y de las medidas que las instituciones del Estado colombiano han dispuesto para lograr una reparación integral y transformadora de las víctimas pertenecientes a los Grupos Étnicos. 10 Capítulo 1. La falta de enfoque diferencial para víctimas pertenecientes a grupos étnicos en la inversión del Presupuesto General de la Nación El monto de los recursos, su destinación, su ejecución y las entidades que durante cada vigencia cumplen estas funciones, tiene como referente para su acción tres tipos de medidas que el Gobierno Nacional ha implementado desde finales de 2011: las referidas a la regulación de los derechos y garantías de las víctimas de los pueblos y
comunidades étnicas1, las encaminadas a que los esfuerzos del Gobierno no pongan en riesgo la estabilidad fiscal y macroeconómica2, y las relacionadas con el plan de ejecución de metas, presupuesto y el mecanismo de seguimiento para el Plan Nacional de Atención y Reparación Integral de las Víctimas3. En este aparte la Contraloría General de la República realiza un análisis de las asignaciones presupuestales para las víctimas de las comunidades y grupos étnicos en la vigencia 2016. El hecho notorio y reiterado que ha sido señalado en los diferentes informes de seguimiento y monitoreo, es la ausencia de “marcadores” que permitan realizar el seguimiento presupuestal de los recursos asignados. Esta situación evidencia que, transcurridos más de seis años desde la promulgación de la Ley 1448 de 2011, los problemas que persisten tienen origen en dos de sus ámbitos. El primero, la planeación financiera que no ha permitido una caracterización y definición de los montos con enfoque diferencial para la asistencia, atención y reparación integral a las víctimas pertenecientes a grupos étnicos. El segundo, el diseño institucional porque en la práctica no se ha logrado y se requiere que las entidades asuman en la programación y ejecución del presupuesto el enfoque diferencial étnico para víctimas del conflicto. Estas son las dos principales tareas pendientes. La base objetiva para cumplir con estas obligaciones es la existencia y determinación clara del monto y los costos de las medidas de atención, asistencia y reparación de las víctimas étnicas, un tema que aún sigue inconcluso. El presente documento se desarrolla en tres secciones. La primera contiene una revisión
de los instrumentos de planeación financiera y su alcance respecto a la política pública de las víctimas de grupos étnicos. La segunda presenta los resultados del análisis del presupuesto de inversión divido en dos partes, primero, con el presupuesto agregado de las entidades y segundo, evaluando las asignaciones presupuestales para víctimas étnicas, en un grupo de entidades seleccionadas. Finalmente, en la tercera sección se presentan las conclusiones. 1.1 La Planeación Financiera 1.1.1 La incertidumbre del monto de los recursos destinados a las víctimas étnicas En 2011 el Gobierno Nacional, en cumplimiento de lo estipulado en el artículo 19 de la Ley 1448, creó mediante el documento CONPES 3712 un Plan Nacional de Financiación 1 En diciembre de 2011 el Gobierno Nacional emitió los Decretos Leyes 4633, 4634 y 4635 con este propósito. 2 El escenario financiero de sostenibilidad fue creado con el CONPES 3712 de 2011. 3 Las cuales fueron aprobadas en el CONPES 3726 de 2012. 11 para garantizar la sostenibilidad fiscal de la atención, asistencia y reparación a las víctimas del conflicto armado interno; igualmente, en observancia de lo establecido en el artículo 205 de la misma norma, expidió los decretos con fuerza de ley para la asistencia, atención, reparación integral y restitución de derechos territoriales a las víctimas pertenecientes a los pueblos indígenas4, el pueblo Rom o Gitano, y las comunidades negras, raizales, afrocolombianas y palenqueras5. Los costos previstos por el CONPES 3712 para financiar y hacer sostenible la Ley 1448
de 2011 fueron estimados en $54,9 billones en un escenario de diez años (Cuadro 1). Pero como el mismo documento lo señala, el ejercicio de programación enfrentó las restricciones generadas por las dificultades para determinar con precisión el universo de víctimas y porque el costeo de algunas de las medidas contenidas en la ley apenas se estaba diseñando o ajustando. La advertencia que se derivaba de esta situación sigue vigente: “el cálculo del costo de las medidas de la ley, conlleva a una serie de supuestos factibles de ser modificados por la futura implementación de la misma” 6. Tabla 1.1 Gastos por medidas de asistencia, atención y reparación a víctimas étnicas Miles de millones de pesos de 2011 Medida / Componente Total Asistencia Judicial 71 Educación 6.738 Asistencia Salud 15.682 Identificación 65 Total Asistencia 2 2.556 Atención Humanitaria 302 Ayuda Humanitaria 44 Alimentación AHT 2.404 Atención Alojamiento AHT 2.339 Retornos y reubicaciones 58 Centros Regionales Reparación 272 Total Atención 5 .419 Restitución de Tierras 2.949 Indemnización vía Adminsitrativa 6.395 Indemnización /Subsidio Vivienda 6.915 Reparación Empleo y Generación de Ingresos 5.784 Créditos y Pasivos 235 Medidas de satisfacción 42 Garantía de no repetición 2.352 Total Reparación 2 4.672 Costos Institucionales 1 .833 Otros Costos 4 23 Total 5 4.903 Incluye $100 mm en 2012 para inversiòn en unidades de restituciòn
Incluyen otros costos y presupuestos por definir en 2012
Fuente: MHCP-DNP CONPES 3712 4 El Decreto 4633 del 9 de diciembre de 2011, “Por medio del cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y de restitución de derechos territoriales a las víctimas pertenecientes a los Pueblos y Comunidades indígenas”. 5 Los Decretos 4634 y 4635 del 9 de diciembre de 2011, “por el cual se dictan medidas de asistencia, atención, reparación integral y restitución de tierras a las víctimas pertenecientes” al pueblo Rom o Gitano y a las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, en el mismo orden. 6 Consejo Nacional de Política Económica y Social, Plan de financiación para la sostenibilidad de la Ley 1448 de 2011, Documentos
CONPES 3712, Bogotá, D.C., 1 de diciembre de 2011. 12 En el caso particular de las víctimas de las comunidades étnicas la situación se torna más compleja, el Plan Financiero no contempló en su programación un enfoque diferencial explícito para estos grupos, y por tanto, no realizó una identificación de los recursos destinados para dichas víctimas. El análisis del CONPES 3712 muestra que la única referencia a las víctimas de los grupos étnicos se realiza en la programación de un rubro denominado “otros costos”. Los recursos agrupados en este rubro ascienden a $423 mil millones y tienen como destino las partidas adicionales para el fortalecimiento institucional, la implementación de planes y programas para mujeres víctimas del conflicto armado (específicamente
víctimas del desplazamiento forzado) y las “reparaciones colectivas de los grupos étnicos”; sin embargo, no se puede identificar el monto asignado a cada una de ellas. 1.1.2 La concepción ambigua de los recursos asignados El paso siguiente en este proceso, como estaba señalado en el artículo 175 de la Ley 1448 de 2011 fue la promulgación del CONPES 3726 de 2012 con un plan de ejecución de metas, el presupuesto y el mecanismo de seguimiento7. Un aspecto para resaltar es que este documento de política debía incluir un “título especial” y explícito para el pueblo Rom y las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras8. En este sentido, los lineamientos, rutas, metas, presupuesto y el mecanismo de seguimiento al Plan Nacional de Atención y Reparación Integral a Víctimas que se fijan con el CONPES 3726, incorporan los costos asociados a salud, educación y generación de ingresos para las comunidades étnicas, los cuales ascienden a $3.5 billones y hacen parte de los $54 billones que constituyen el presupuesto total para la implementación de la política de asistencia, atención y reparación a las víctimas del conflicto en un horizonte de diez años. Los recursos para la población víctima perteneciente a grupos étnicos se distribuye prioritariamente en los componentes de salud $1,8 billones y educación $927,8 mil millones mientras que para generación de ingresos se asignan $775,6 mil millones, monto que corresponde al 14,39% del total del componente de generación de ingresos y empleo programado en el CONPES 3726 para el total de la población víctima (Tabla
1.2). 7 Consejo Nacional de Política Económica y Social, Lineamientos, plan de ejecución de metas, y mecanismo de seguimiento para el Plan Nacional de Atención y Reparación Integral de Víctimas, Documentos CONPES 3726, Versión aprobada, Bogotá, D.C., 30 de mayo de 2012. 8 Los artículos 119 del Decreto 4634 de 2011 y 154 del Decreto 4635 de 2011 establecen para el caso del pueblo Rom o Gitano y las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, que se debe realizar la: “INCLUSIÓN ESPECIAL EN CONPES. Para efectos del presente Decreto, el Gobierno Nacional incluirá en el documento CONPES de que trata el artículo 175 de la Ley 1448 de 2011, un título especial para el pueblo Rom o Gitano que contendrá el plan de ejecución de metas, presupuesto suficiente con continuidad y oportunamente disponible, y el mecanismo de seguimiento e instrumentos de corrección, así como determinará anualmente la destinación, los mecanismos de transferencia y ejecución, el monto de los recursos y las entidades responsables de conformidad con lo establecido en el presente decreto, para efectos de materializar las medidas de atención, asistencia y reparación integral contempladas en el presente Decreto”. Esta inclusión en el CONPES no se contempla en el Decreto 4633 de 2011 para los Pueblos y Comunidades indígenas. 13 Tabla 1.2 Diferenciación del Presupuesto para víctimas de los grupos étnicos Miles de millones de pesos Población objetivo Objeto del gasto 2012-2014 2015-2021 Total 2012-2021 Salud 23.796 65.018 88.813
Rrom Educación 24.441 22.247 46.689 Programa Generación de Ingresos 11.710 27.324 39.030 Total Rrom 174.532 Salud 96.127 262.645 358.774 Indigena Educación 98.756 89.894 188.650 Programa Generación de Ingresos 47.312 110.395 157.705 Total Indigena 705.129 Salud 348.468 952.104 1.300.572 Afro Educación 358.020 325.886 683.905 Programa Generación de Ingresos 171.515 400.201 571.720 Total Afro 2.556.197 Salud 4.356 11.899 16.255 Raizal Educación 4.466 4.067 8.533 Programa Generación de Ingresos 2.140 4.994 7.133 Total Raizal 31.921
Fuente: Cálculos DNP-MHCP CONPES 3726
El análisis del gasto según su fuente de financiación exige abandonar el tratamiento ambiguo de los recursos destinados a las víctimas de los grupos étnicos. Se debe tener presente que si los recursos de salud y educación se financian con recursos del Sistema General de Participaciones (SGP) y estos se asignan bajo principios de universalidad, porque como lo reconoce el CONPES 3712 “no están asociados a la condición de víctimas de los individuos, por tratarse de derechos generales de la población, y corresponden al monto estimado de la provisión de los bienes y servicios a que tienen derecho por su condición de ciudadanos colombianos”9; por tanto, en la práctica, los recursos destinados a generación de ingresos son los únicos realmente programados
para atender a las víctimas pertenecientes a los grupos étnicos. Otro tema urgente es la necesidad de asumir un criterio diferencial como principio orientador a nivel de los proyectos. El análisis de las fichas EBI del Banco de Proyectos de Inversión Nacional (BPIN) muestra dos problemas que impiden la asignación específica de recursos para los grupos étnicos: i) las entidades analizadas no incluyen a estas comunidades en la formulación de sus proyectos de inversión y estos son formulados de manera muy general, lo cual tiene dos efectos: en primer lugar, no se comprometen recursos específicos para esta población y en segundo lugar, se dificulta el seguimiento a la inversión realizada. ii) El formato de la ficha solo permite definir la población beneficiaria por número de individuos lo cual no se compadece con el carácter colectivo de la vida social en estas comunidades; es así como muchas de las intervenciones que se requiere realizar en el marco de los Decretos Leyes Étnicos -tales como procesos de fortalecimiento organizativo, de c
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