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CGR - Anexo 4 Sujetos Presupuestales

Contraloria General de la Republica

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Detalles

Título
CGR - Anexo 4 Sujetos Presupuestales
Autor
Contraloria General de la Republica
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

AUDITORIA FINANCIERA

ANEXO 4

SUJETOS PRESUPUESTALES DECRETO 111 DE 1996 DECRETO 115 DE 1996 RESOLUCION 2416 DE 1997 LEY 1530 DE 2012 Empresas industriales y comerciales Empresas industriales y comerciales del del Estado y a las sociedades de Sujetos presupuestales que ejecutan Entidades que componen el Presupuesto Estado y a las sociedades de economía economía mixta del orden nacional recursos del Sistema General de General de la Nación, que aplican el Estatuto mixta, del orden nacional societarias y no Societarias dedicadas a actividades Regalías, le corresponde a la Orgánico de Presupuesto contenido en el societarias dedicadas a actividades no financieras, que cumplen las Contraloría General de la Republica la Decreto 111 de 1996 financieras, que cumplen las directrices directrices y controles establecidos vigilancia y control sobre la ejecución establecidas por el Gobierno en el Decreto por el Ministerio de Hacienda en la de estos recursos de acuerdo con el 115 de 1996 Resolución 2416 de 1997 artículo 152 Ley 1530 de 2012

PRINCIPIOS PRESUPUESTALES

Planificación Planificación Planificación Regional Anualidad Anualidad Anualidad Plurianualidad Universalidad Universalidad Unidad de Caja Unidad de Caja Coordinación Programación Integral Programación Integral Programación Integral Especialización Especialización Inembargabilidad Inembargabilidad Coherencia macroeconomica Coherencia macroeconomica Sostenibilidad y Estabilidad Fiscal Homeostasis Coordinación Continuidad Desarrollo armonico de las regiones Concurrencia y Complementariedad

Publicidad y Tranparencia COBERTURA Empresas Industriales y Comerciales Establecimientos Publicos del Orden Nacional Empresas Industriales y Comerciales del del Estado y Sociedades de Estado y Sociedades de Economia Mixta Economia Mixta Societarias Societarias no Financieras Financieras como por Ejemplo: Fondo de Ahoro y Estabilización Entidades del orden Nacional que la ley les Presupuesto Nacional que comprende: establezca para efectos presupuestales el regimen de Empresas Industriales y Fondo de Ciencia, Tecnologia e Comerciales del Estado, como por Ejemplo: Innovación Canal Regional de Televisión del Caribe Ramas Legislativa y Judicial TELECARIBE Banco Agrario de Colombia S.A. Fondo de Desarrollo Regional Banco de Comercio Exterior de Ministerio Publico Central de Abastos de Bucaramanga S.A. Colombia S.A. BANCOLDEX Fondo de Compensación Regional BENEFICIARIOS: Departamentos, municipios y distritos en cuyo territorio se adelanten explotaciones de recursos naturales no renovables, asi como los municipios y distritos con puertos marítimos y fluviales por donde Central de Abastos de Cucuta S.A. se transporten dichos recursos o Contraloria General de la Republica CENABASTOS Bolsa Mercantil de Colombia S.A. productos derivados de los mismos. Centro de Diagnostico Automotor de Caldas BENEFICIARIOS: Distritos y Organización Electorial LTDA CDAC Central de Inversiones S.A. CISA Municipios Portuariarios CONCEPTO DE GASTO:Ahorro Centro de Diagnostico Automotor de Cucuta Fiduciaria Colombiana de Comercio pensional de las Entidades Rama Ejecutiva del Nivel Nacional LTDA CEDAC Exterior S.A. FIDUCOLDEX Territoriales

CONCEPTO DE GASTO: Fiscalización de la exploración y explotación de los yacimientos, y el Corporación de Abastos de Bogotá S.A. Fiduciaria La Previsora S.A. conocimiento y cartograffa geológica CORABASTOS FIDUPREVISORA del subsuelo.

CONCEPTO DE GASTO: Funcionamiento del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Corporación de la Industria Aeronautica Financiera de Desarrollo Nacional Evaluación del Sistema General de

Colombiana CIAC S.A. S.A. Regalías.

CONCEPTO DE GASTO: Empresa Colombiana de Petroleos Financiera de Desarrollo Territorial Funcionamiento del Sistema General

ECOPETROL S.A. FINDETER de Regalias Empresa Colombiana de Productos CONCEPTO DE GASTO: Veterinarios S.A. VECOL S.A. Fondo Nacional de Garantias S.A. Asignaciones directas Gran Central de Abastos del Caribe S.A. Fondo para el Financiamiento del GRANABASTOS S.A. Sector Agropecuario FINAGRO Organización Regional de Televisión de Caldas, Quindio y Risaralda TELECAFE La Previsora S.A. Compañía de LTDA Seguros Radio Televisión Nacional de Colombia RTVC Leasing Bancoldex S.A. Servicio Aereo a Territorios Nacionales SATENA Positiva Compañía de Seguros S.A. Sociedad de Activos Especiales Servicios Postales Nacionales S.A. SPN SS.oAc.iSed.ad Fiduciaria de Desarrollo Sociedad Canal Regional de Televisión Agropecuario S.A. FIDUAGRARIA

TEVEANDINA LTDA S.A.

Sociedad de Televisión de las Islas

TELEISLAS LTDA

Sociedad Hotelera Tequendama S.A. Empresas Industriales y Comerciales del Estado no Societarias no Financieras por Entidades que ejecutan estos recursos

Ejemplo: por Ejemplo:

Caprecom Agencia Nacional de Hidrocarburos Cormagdalena Colciencias Dermatologico Federico Lleras Acosta Fondo Nacional del Ahorro ICFES Imprenta Nacional de Colombia Indumil Instituto Nacional de Cancerologia Sanatorio de Agua de Dios E.S.E. Sanatorio de Contratación E.S.E. Virgilio Barco Artesanias de Colombia Coljuegos El articulo 7 de la Ley 1473 modifico el artículo 8º de la Ley 179 de 1994 el cual quedará así: Principio de sostenibilidad y estabilidad fiscal. El presupuesto tendrá en cuenta que el crecimiento del gasto debe ser acorde con la evolución de los ingresos de largo plazo o estructurales de la economía y debe ser una herramienta de estabilización del ciclo económico, a través de una regla fiscal. Incluye Ministerios, Unidades Ejecutoras, Departamentos Administrativos, Superintendencias, Establecimientos Públicos Nacionales Los principios de la Ley 1530 de 2012 solo tienen aplicación en el capítulo especial del presupuesto donde la entidad incorpora los recursos del Sistema General de Regalías(cid:10). (cid:10) Articulo 20 Ley 1530 de 2012. Conceptos de distribución. Los recursos del Sistema General de Regallas se administrarán a través de un sistema de manejo de cuentas, el cual estará conformado por los siguientes fondos, beneficiarios y conceptos de gasto de acuerdo con los porcentajes definidos por el artículo 361 de la Constitución Polltica y la presente ley:

SISTEMA GENERAL DE PARTICIPACIONES LEY 715 DE 2001

Inciso 7 Artículo 89 El control, seguimiento y verificación del uso legal de los recursos del Sistema General de Participaciones es responsabilidad de la Contraloría General de la República. Para tal fin establecerá con las contralorías territoriales un sistema de vigilancia especial de estos recursos ARTÍCULO 91. PROHIBICIÓN DE LA UNIDAD DE CAJA. Aparte subrayado CONDICIONALMENTE exequible Los recursos del Sistema General de Participaciones no harán Unidad de caja con los demás recursos del presupuesto y su administración deberá realizarse en cuentas separadas de los recursos de la entidad y por sectores. Igualmente, por su destinación social constitucional, estos recursos no pueden ser sujetos de embargo, titularización u otra clase de disposición financiera.

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