CGR - CGR – OJ - 014 - 2025
Contraloría General de la República
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Detalles
- Título
- CGR - CGR – OJ - 014 - 2025
- Autor
- Contraloría General de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2025
Contraloria General de la Republica :: SGD 14-02-2025 14:43
Al Contestar Cite Este No.: 2025IE0016496 Fol:5 Anex:0 FA:0
ORIGEN 80112OFICINAJURIDICA/ISDUAR JAVIER TOBO RODRIGUEZ
DESTINO 89112 DIRECCI6N DEVIGILANCIA FISCAL PARA EL SECTOR DEFENSAYSEGURIDAD/
CARLOS ALBERTO GN ECCO QUINTERO
ASUNTO DERECHODEPETICION
•)
CONTRALORIA
GENERAL DE LA REPUBLICA OBS
2025IE001649680112CGR-OJde 2025
Bogota D.C. Doctor
CARLOS GNECCO QUINTERO
Director de Vigilancia Fiscal Contraloria Delegada para el Sector Defensa y Seguridad Carlos.qnecco@contraloria.qov.co Referenda: Respuesta a su oficio radicado SIGEDOC 2025IE0010899 del 4 de febrero de 2025
Tema: COMPETENCIA PARA LA APERTURA, TRAMITE Y ARCHIVO
DE INDAGACIONES PRELIMINARES - CONTRALORIAS
DELEGADAS SECTORIALES Respetado Doctor Gnecco: La Oficina Juridica de la Contraloria General de la Republica -CGRrecibio la comunicacion citada en la referenda1, la cual procedemos a responder a continuacion:
1. Antecedentes.
En el oficio de la referenda su despacho presenta la siguiente solicitud: “Con fundamento en las disposiciones normativas contenidas en la Resoludon Organizacional No. 748 del 26 de febrero de 2020, especificamente en los articulos 18 y 19, y en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Ley 267 de 2000, particularmente en el articulo 52, numerales 8 y 9, me permito solicitar su concepto juridico sobre la siguiente consulta:
18 y 19, y en concordancia con lo dispuesto en el Decreto Ley 267 de 2000, particularmente en el articulo 52, numerales 8 y 9, me permito solicitar su concepto juridico sobre la siguiente consulta: 'Para la atencion de peticiones y consultas, mediante la Resoludon Reglamentaria Ejecutiva REG-EJE No. 0064 del 30 de marzo de 2020 de la CGR, se determino dar cumplimiento al articulo 5° del Decreto Ley 491 de 28 de marzo de 2020, el cual dispone la ampliacion de los terminos senalados en el articulo 14 de la Ley 1437 de 2011 para atender peticiones que se encuentren en curso o que se radiquen durante la viqencia de la Emergencia Sanitaria. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071 . PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogota, D. C., Colombia Pagina 1 de 10 014CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBL I C A ^Quien es el funcionario publico competente para tomar las decisiones relacionadas con la apertura, tramite y archivo de las Indagaciones Preliminares en las Contralorias Delegadas Sectoriales? En caso de que sea el director de vigilancia fiscal: ^Indique si es procedente o no someter a consideracion del comite de evaluacion sectorial o del contralor delegado del sector, tal como ocurre en las auditorias, las decisiones que se tomen en relacion con las indagaciones preliminares? El objeto de esta consulta es clarificar las competencias asignadas respecto a las funciones de apertura, tramite y archivo de Indagaciones Preliminares, garantizando que dichas actuaciones se ajusten al principio de legalidad y de competencia, asi
El objeto de esta consulta es clarificar las competencias asignadas respecto a las funciones de apertura, tramite y archivo de Indagaciones Preliminares, garantizando que dichas actuaciones se ajusten al principio de legalidad y de competencia, asi como a las normas y procedimientos definidos en la regulacion vigente”
2. Alcance del concepto y competencia de la Oficina Juridica.
Los conceptos emitidos por la Oficina Juridica de la Contraloria General de la Republica CGR, son orientaciones de caracter general que no comprenden la solucion directa de problemas especificos, ni el analisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecucion2 ni tienen el caracter de fuente normativa y solo pueden ser utilizados para facilitar la interpretacion y aplicacion de las normas juridicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Juridica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas “sobre interpretacion y aplicacion de las disposiciones legales relativas al campo de actuacion de la Contraloria General’, asi como las formuladas por las contralorias territoriales “respecto de la vigilancia de la gestion fiscaly las demas materias en que deban actuar en armonla con la Contraloria General’4 y las presentadas por la ciudadania respecto de “las consultas de orden juridico que le sean formuladas a la Contraloria General de la Republica’6. En este orden, mediante su expedicion se busca “orientar a las dependencias de la
Contraloria General de la Republica en la correcta aplicacion de las normas que rigen para la 2 Art. 28 de la Ley 1437 de 2011, sustituido por el articulo 1 de la Ley 1755 de 2015. 3 Art. 43, numeral 4° del Decreto Ley 267 de 2000 4 Art. 43, numeral 5° del Decreto Ley 267 de 2000 5 Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071 . PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogota, D. C., Colombia Pagina 2 de 10m CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA vigilancia de la gestidn fiscal’6 y “asesorar jundicamente a las entidades qua ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando estos lo soliciten"7. Se aclara que no todos los conceptos implican la adopcion de una doctrina e interpretacion jurldica que comprometa la posicion institucional de la CGR, acorde con lo dispuesto en el articulo 43, numeral 16 del Decreto Ley 267 de 20008, esta calidad solo la tienen las posiciones jurldicas que hayan sido previamente coordinadas y la(s) dependencia(s) implicada(s). con
3. Precedente doctrinal de la Oficina Juridica.
Esta Oficina se ha pronunciado sobre algunos aspectos relacionados con el tema objeto de estudio, en relacion a la competencia para el tramite, apertura y cierre de las indagaciones preliminares, a traves de los conceptos, Concepto CGR-OJ-006 de 2020, Concepto CGR-OJ-213 de 2020 radicado 2020IE0085044, Concepto CGR-OJlas indagaciones preliminares, a traves de los conceptos, Concepto CGR-OJ-006 de 2020, Concepto CGR-OJ-213 de 2020 radicado 2020IE0085044, Concepto CGR-OJ042 de 2021 radicado 2021IE0029800, cuyos fundamentos se retoman en lo pertinente en la presente respuesta, los cuales pueden ser consultados en el aplicativo SINOR (Normatividad y Relatoria), a traves de la pagina web institucional: www.contraloria.gov.co. en el micrositio "Normatividad”.
4. Consideraciones Juridicas.
La Oficina Juridica de la Contraloria General de la Republica, emitira pronunciamiento general relacionado con la competencia para el tramite, apertura y cierre de las indagaciones preliminares. 4.1. Problema juridico: Conforme a lo anterior, se abordara el analisis juridico de la consulta encaminada a resolver como problema juridico; los siguientes postulados: ^Quien es el funcionario publico competente para tomar las decisiones relacionadas con la apertura, tramite y archive de las Indagaciones Preliminares en las Contralorias Delegadas Sectoriales? ^En el caso de que sea el director de vigilancia fiscal el competente para conocer de las indagaciones preliminares, determiner si la decision que se tome en las mismas, debe 6 Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000 7 Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000 8 Art. 43 Oficina Juridica. Son funciones de la Oficina Juridica: (...) 16. Coordinar con las dependencias la adopcion de una doctrina e interpretacion juridica que comprometa la posicion institucional de la Contraloria General de la Republica en todas
8 Art. 43 Oficina Juridica. Son funciones de la Oficina Juridica: (...) 16. Coordinar con las dependencias la adopcion de una doctrina e interpretacion juridica que comprometa la posicion institucional de la Contraloria General de la Republica en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza juridica de cualquier orden. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogota, D. C., Colombi; Pagina 3 de 10m CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA someterse a consideracion del comite de evaluacion sectorial o del contralor delegado del sector? 4.2. Competencia para la apertura, tramite y archivo de las Indagaciones Preliminares en las Contralonas Delegadas Sectoriales La Contraloria General de la Republica dentro de su autonomia administrativa organize el funcionamiento interno de sus dependencias, al igual que el otorgamiento de competencia suscritas a cada una de ellas y sus funcionarios adscritos, como se ven el Decreto Ley 267 de 2000 “Por el cual se dictan normas sobre organizacion y funcionamiento de la Contraloria General de la Republica, se establece su estructura organica, se fijan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones. ” Para determinar las competencias atribuida directamente a las Contralonas Delegadas Sectoriales y a los directores de vigilancia fiscal vinculados a estas, debemos verificar en la organizacion por sectores de que trata el Decreto Ley 267 de 2000, al precisar la competencia relacionada con las indagaciones preliminares, conforme al numeral 3 del articulo 51 y los numerales 8 y 9 del articulo 52:
debemos verificar en la organizacion por sectores de que trata el Decreto Ley 267 de 2000, al precisar la competencia relacionada con las indagaciones preliminares, conforme al numeral 3 del articulo 51 y los numerales 8 y 9 del articulo 52: “ARTICULO 51. CONTRALORIAS DELEGADAS SECTORIALES. Las contralonas delegadas para la vigilancia v control fiscal de los sectores Agropecuario; Minas y Energia; Salud; Trabajo; Educacion, Ciencia y Tecnologia, Cultura, Recreacion y Deporte; Inclusion Social; Infraestructura; Tecnologias de la Informacion y las Comunicaciones; Vivienda y Saneamiento Basico; Comercio y Desarrollo Regional; Gestion Publica e Instituciones Financier as; Defen sa y Seguridad; Justicia; y Medio Ambiente tienen las siguientes funciones:...
3. Adelantar las actuaciones preliminares relacionadas con la responsabilidad fiscal hasta la etapa de apertura del proceso de responsabilidad fiscal, que deberan iniciar las dependencias competentes. ” ‘ARTICULO direcciones de vigilancia fiscal, en lo que compete a su respectivo sector y a la contraloria delegada de la cual forman parte, en desarrollo de su mision y conforme al
principio de unidad de gestion:
8. Responder ante el Contralor General de la Republica y ante el Contralor Delegado del respectivo sector, por la direccidn de la ejecucion de las auditorias, revision de cuentas e indagaciones preliminares. y demas actuaciones relacionadas con la vigilancia y control fiscal.
52. DIRECCIONES DE VIGILANCIA FISCAL. Son funciones de las
9. Responder por las indagaciones preliminares gue deban adelantarse como resultado de las auditorias realizadas u otra actuacion de vigilancia v control fiscal, y atender los requerimientos que sobre la materia efectuen la Contraloria Delegada para Responsabilidad Fiscal, Intervencion Judicial y Cobro Coactivo y demas dependencias encargadas de adelantar procesos de responsabilidad fiscal”.
Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071. PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogota, D. C., Colombia Pagina 4 de 10m CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Ahora bien, dentro de la reglamentacion interna de competencia para la Contraloria General de la Republica en materia de responsabilidad fiscal, encontramos la Resolucion Organizacional OGZ 0748 del 26 de febrero de 2020 Tor la cual se determine la competencia para el conocimiento y tramite de la accion de responsabilidad fiscal y de cobro coactivo en la Contraloria General de la Republica y se dictan otras disposiciones" Previo a profundizar en esta disposicion es importante definir conforme lo ha determinado el Manual de responsabilidad Fiscal de 2017, que es una indagacion preliminar, su origen y su reglamentacion como parte de la accion fiscal, asi pues, la indagacion preliminar se ha definido doctrinalmente como: “• • la etapa pre-procesal en la cual se verified la ocurrencia de la conducta, se determine si es constitutiva de falta o si se ha actuado al amparo de una causal de exclusion de la Responsabilidad fiscal. (...) En la Accion Fiscal, la Indagacion preliminar actuacidn administrative oficiosa que adelantan los organismos de vigilancia y control fiscal, entendida como el conjunto de diligencias que se practican con el proposito de
Responsabilidad fiscal. (...) En la Accion Fiscal, la Indagacion preliminar actuacidn administrative oficiosa que adelantan los organismos de vigilancia y control fiscal, entendida como el conjunto de diligencias que se practican con el proposito de comprobar la ocurrencia de los hechos denunciados - la existencia del hecho generador del daho patrimonial estatal, e identificar los posibles responsables fiscales y si es de caso determinar su conducta para su calificacion’’.9 es una En la reglamentacion de competencias para el conocimiento de las diferentes etapas procesales y preprocesales de la accion fiscal, se encuentra lo dispuesto en el numeral 4 del articulo 2 de la Resolucion Organizacional OGZ 0748 de 2020 que sehala: “Las dependencias competentes para conocer, tramitar y decidir la indagacion preliminar fiscal que corresponde adelantar a la Contraloria General de la Republica, de acuerdo con los factores de competencia que mas adelante se enuncian, son las siguientes:
1. Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupcion
2. Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalias
3. Unidad de Seguimiento y Auditoria de Regalias
4. Contralorias Del eg ad as Sectoriales
5. Direcciones de Vigilancia Fiscal
6. Contraloria Delegada para Responsabilidad Fiscal, Intervencion Judicial y Cobro
Coactivo
7. Unidad de Responsabilidad Fiscal de la Contraloria Delegada para Responsabilidad
Fiscal, Intervencion Judicial y Cobro Coactivo
8. Direcciones de Investigaciones de la Contraloria Delegada para Responsabilidad
fiscal, Intervencion Judicial y Cobro Coactivo
9. Gerencias Departamentales Colegiadas”. 9 Contraloria General de la Republica - Manual de responsabilidad Fiscal - version 1.0 2017 - pag. 50-51
Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogota, D. C., Colombii Pagina 5 de 10i> CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Atendiendo lo expuesto, podemos determinar que las Contralorias Delegadas Sectoriales, son competentes para la gestion y tramite de las indagaciones preliminares, sin embargo, la competencia funcional recae principalmente en las dependencias que conforman el Macroproceso Responsabilidad Fiscal y Resarcimiento del Dano al Patrimonio Publico RDP y sus funcionarios adscritos, como se evidencia en el articulo 5 de la Resolucion Organizacional OGZ 0748 de 2020: “Servidores Publicos competentes para el conocimiento, tramite y decision de la Indagacion Preliminar Fiscal. Segun las competencias que se establecen en la presente Resolucion, el conocimiento, tramite y decision de las indagaciones preliminares fiscales estara en cabeza de quien ejerza el cargo de:
1. Contralor Delegado Intersectorial de la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupcion
2. Contralor Delegado Intersectorial de la Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalias
3. Contralor Delegado Sectorial de la Unidad de Seguimiento y Auditoria de Regalias
4. Contralor Delegado Sectorial v Director de Viqilancia Fiscal de las Contralorias Delegadas para la vigilancia fiscal
5. Contralor Delegado para Responsabilidad Fiscal, Intervencion Judicial y Cobro Coact ivo
4. Contralor Delegado Sectorial v Director de Viqilancia Fiscal de las Contralorias Delegadas para la vigilancia fiscal
5. Contralor Delegado para Responsabilidad Fiscal, Intervencion Judicial y Cobro Coact ivo
6. Contralor Delegado Intersectorial de la Unidad de Responsabilidad Fiscal de la
Contraloria Delegada para Responsabilidad Fiscal, Intervencion Judicial y Cobro Coactivo
7. Director de Investigaciones de Contraloria Delegada para Responsabilidad Fiscal,
Intervencion Judicial y Cobro Coactivo
8. Directivos de las Gerencias Departamentales Colegiadas (Gerentes Departamentales
y Contralores Provinciales). Paragrafo. Los Contralores Delegados Sectoriales de la Unidad de Seguimiento y Auditoria de Regalias y los Directores de Vigilancia Fiscal de las Contralorias Delegadas para la vigilancia fiscal, solo tendran competencia para decidir hasta el archivo de la Indagacion Preliminar Fiscal. La decision de iniciar el Proceso de Responsabilidad Fiscal corresponde a los funcionarios competentes para el tramite del proceso de responsabilidad fiscal, segun las competencias que se establecen en la presente Resolucion”. Pese a que los Directores de Vigilancia Fiscal, no estan directamente adscritos a las dependencias del Macroproceso Responsabilidad Fiscal y Resarcimiento del Dano al Patrimonio Publico RDP, dentro del cierre del proceso auditor en el marco de la vigilancia y control fiscal micro, les asiste funciones relacionadas con el resarcimiento del dano, derivadas de la connotacion de hallazgos con alcance fiscal e indagaciones preliminares, como lo establece las competencias descritas en el articulo 19 de la Resolucion Organizacional OGZ 0748 de 2020: “Los Directores de Vigilancia Fiscal conoceran de las indagaciones preliminares que se adelanten por el manejo de recursos de los sujetos de control asignados o auditados,
Resolucion Organizacional OGZ 0748 de 2020: “Los Directores de Vigilancia Fiscal conoceran de las indagaciones preliminares que se adelanten por el manejo de recursos de los sujetos de control asignados o auditados, Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogota, D. C., Colombia Pagina 6 tic 10CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA que se deriven de las actuaciones de control fiscal micro adelantadas por la respectiva Contralorla Delegada Sectorial. Ademas, de las indagaciones preliminares que se les asignen derivadas del control fiscal excepcional y de la competencia preferente de la Contralorla General de la Republica respecto de las contra I on as territoriales”. Por ultimo, es procedente senalar que tal y como lo dispone la normatividad descrita, la competencia para la apertura, tramite y decision archive o cierre de indagacion preliminar para apertura de proceso de responsabilidad fiscal o etapa preprocesal del mismo, le corresponde a los Directores de Vigilancia Fiscal de las Contralorias Delegadas Sectoriales. 4.3. Las decisiones de las indagaciones preliminares, debe someter a consideracion del comite de evaluacion sectorial o del contralor delegado del sector. En cuanto a la competencia atribuible al comite de sectorial, constituido al interior de las Contralorias Delegadas Sectoriales, procedente senalar que el Decreto Ley 267 de 2000, en su articulo 22 indica: “Objetivo del Comite de Evaluacion Sectorial. Es objetivo del Comite de Evaluacion Sectorial al interior de cada contralorla delegada concertarlos programas de trabajo que aquella adelantara, recomendar los indicadores de desempeno de cada plan o programa
“Objetivo del Comite de Evaluacion Sectorial. Es objetivo del Comite de Evaluacion Sectorial al interior de cada contralorla delegada concertarlos programas de trabajo que aquella adelantara, recomendar los indicadores de desempeno de cada plan o programa de accion y de las metas operativas, y efectuar el seguimiento y evaluacion a los mismos, asi como recomendar los correctivos que fueren del caso". Como se desprende de la lectura del parrafo anterior, el comite sectorial no tiene funciones o competencias relacionadas con el analisis, evaluacion, calificacion de las indagaciones preliminares, en ninguna de sus etapas, como se extrae ademas del numeral 3.1.1.2 del documento "principles, fundamentos y aspectos generates para las auditorias en la Contraloria General de la Republica” adoptado mediante Resolucion Reglamentaria Organica REG-ORG-012 012 del 17 de marzo de 201710 ‘‘Es objetivo del Comite de Evaluacion Sectorial al interior de cada contraloria delegada concertar los programas de trabajo que aquella adelantara, recomendar los indicadores de desempeno de cada plan o programa de accion y de las metas operativas, y efectuar el seguimiento y evaluacion a los mismos, asi como recomendar los correctivos que fueren del caso. 10 "Por la cual se adoptan principios, fundamentos y aspectos generales para las auditorias en la Contralorla General de la Republica y la Gula de Auditorla Financiera como instrumentos de control fiscal posterior y selective, dentro de los parametros de las Normas Internacionales de Auditorla para las Entidades Fiscalizadoras Superiores - ISSAI". Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071 • PBX 518 7000 ^ cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogota, D, C., Colomb
Fiscalizadoras Superiores - ISSAI". Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071 • PBX 518 7000 ^ cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogota, D, C., Colomb Pagina 7 de 10CONTRALORIA
GENERAL DE LA REPUBLICA
(Decreto Ley 267 del 22 de febrero de 2000, articulo 11 numeral 14 y artlculo 22) En este contexto el Comite, para los temas de Control Fiscal Micro, se constituye en una instancia de revision y apoyo tecnico al CD en la toma de decisiones. Esta conformado, por: • Contralor Delegado Sectorial respectivo, quien lo preside.
- Director de Vigilancia Fiscal.
- Director de Estudios Sectoriales.
El Contralor Delegado convocara al Comite a los funcionarios que a su criterio requiera de acuerdo a los temas a tratar... Las principales actividades de estos Comites para el desarrollo del control fiscal micro, son las siguientes: • Dar lineamientos para actualizar el inventario de sujetos de vigilancia y control fiscal de su sector. • Elaborar la propuesta con los elementos que conformaran el PVCF: Tema, objetivo general, estimativo de recursos y tiempos y recomendar ajustes al plan que requieran aprobacion del Comite Directivo. • Efectuar seguimiento y monitoreo al PVCF y a la ejecucion de las auditorias en el nivel central y desconcentrado. • Revisar los resultados del proceso auditor y dar tratamiento de producto no conforme, en caso de que haya lugar a ello. • Autorizar bajo concesion la liberacion de un informe o parte de este y declarar la no conformidad sobre aquellos hallazgos que a criterio del comite deben profundizarse. • Solucionar las controversias tecnicas de su competencia, que surjan en desarrollo de la auditoria. • Aprobar los beneficios del control fiscal.
conformidad sobre aquellos hallazgos que a criterio del comite deben profundizarse. • Solucionar las controversias tecnicas de su competencia, que surjan en desarrollo de la auditoria. • Aprobar los beneficios del control fiscal. Las decisiones que se tomen al interior de este Comite deben ser el resultado de un consenso, a falta de este, el Contralor Delegado Sectorial, el Contralor Delegado Intersectorial o Coordinador Control Fiscal Micro - Regalias, segun sea el caso y bajo su responsabilidad, tomara la decision definitiva sobre el tema en estudio, lo cual constara en el acta de comite respective” De esta forma, queda claramente determinado que la competencia para la apertura, tramite y cierre de la Indagaciones preliminares, recae en cabeza de los directores de vigilancia fiscal, y que el comite de evaluacion sectorial es una instancia asesora del Contralor Delegado Sectorial en materia de control fiscal micro. En cuanto a la competencia que le pueda asistir a los Contralores Delegados sectoriales, en relacion al tramite, apertura y decision de las indagaciones preliminares, es importante remitirnos a lo dispuesto en el articulo 18 de la Resolucion Organizacional OGZ 0748 de 2020 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogota, D. C., Colombia Pagina 8 de 10CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA “COMPETENCIA DELOS CONTRALORES DELEG ADOS SECTOR!ALES PARA LA VIGILANCIA FISCAL. El Contralor Delegado Sectorial realizara la coordinacion del tramite de las Indagaciones Preliminares que adelanten las respectivas Direcciones de Vigilancia Fiscal y respondera por la informacion y cumplimiento de
VIGILANCIA FISCAL. El Contralor Delegado Sectorial realizara la coordinacion del tramite de las Indagaciones Preliminares que adelanten las respectivas Direcciones de Vigilancia Fiscal y respondera por la informacion y cumplimiento de planes institucionales en materia de responsabilidad fiscal. Paragrafo. Las Contralonas Delepadas Sectoriales para la vigilancia fiscal y la Unidad de Seguimiento y Auditor la de Regalias, remitiran al Despacho de la Contraloria Delegada para Responsabilidad Fiscal, Intervencion Judicial y Cobro Coactivo o a las Gerencias Departamentales Colegiadas, segun corresponda, las indagaciones preliminares fiscales en las que se hayan demostrado los presupuestos para dar curso al proceso de responsabilidad fiscal. Igualmente, trasladaran los hallazgos con incidencia fiscal que tengan evidenciados los presupuestos para el inicio del proceso de responsabilidad fiscal. El Despacho de la Contraloria Delegada para Responsabilidad Fiscal, Intervencion Judicial y Cobro Coactivo, sus dependencias adscritas y las Gerencias Departamentales Colegiadas, segun su competencia, valoraran la informacion correspondiente y daran curso al proceso de responsabilidad fiscal ordinario o verbal; o proferiran decision de archive en los eventos de inexistencia de daho al patrimonio del Estado y de caducidad; o, devolveran los hallazgos que no cumplan con los presupuestos que exige la ley para dar inicio al proceso de responsabilidad fiscal. En caso de devolucion del hallazgo, la dependencia de origen debera complementarlo o aclararlo, para lo cual adelantara la indagacion preliminar, conforme al articulo 39 de la Ley 610 de 2000 o la norma que la modifique.” En lo que respecta a la gestion de las Indagaciones preliminares, las funciones atribuibles a los Contralores Delegados Sectoriales, se limita a la coordinacion entre
conforme al articulo 39 de la Ley 610 de 2000 o la norma que la modifique.” En lo que respecta a la gestion de las Indagaciones preliminares, las funciones atribuibles a los Contralores Delegados Sectoriales, se limita a la coordinacion entre las direcciones de vigilancia fiscal para el recibo y tramite de las Indagaciones, al igual que realizar el envio y remision de las mismas al Despacho del Contralor Delegado para Responsabilidad Fiscal, Intervencion Judicial y Cobro Coactivo o del Gerente Departamental Colegiado. Asi las cosas, queda determinado que la competencia para la Apertura, tramite y decision de las indagaciones preliminares radica en cabeza de los Directores de Vigilancia Fiscal y no requiere que sus decisiones sean sometidas a valoracion o aprobacion del comite de evaluacion sectorial o del Contralor Delegado Sectorial.
5. Conclusiones. 5.1. Por regia general la competencia funcional para la apertura, tramite y decision de las Indagaciones Preliminares, recae principalmente en las dependencias que conforman el Macroproceso Responsabilidad Fiscal y Resarcimiento del Daho al
Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071 . PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogota, D. C., Colombia Pagina 9 dc 10m CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA Patrimonio Publico RDP, al igual que de sus funcionarios facultados para el tramite de la accion fiscal. 5.2. Las Contralorias Delegadas Sectoriales, son competentes para la coordinacion, gestion y tramite de las indagaciones preliminares, en lo que respecta a la remision y envio de la decision adoptada por los directores de vigilancia fiscal.
de la accion fiscal. 5.2. Las Contralorias Delegadas Sectoriales, son competentes para la coordinacion, gestion y tramite de las indagaciones preliminares, en lo que respecta a la remision y envio de la decision adoptada por los directores de vigilancia fiscal. 5.3. Los Directores de Vigilancia Fiscal, no estan directamente adscritos a las dependencias del Macroproceso Responsabilidad Fiscal y Resarcimiento del Dano al Patrimonio Publico RDP, sin embargo, le asisten funciones relacionadas con el resarcimiento del dano, derivadas de la connotacion de los hallazgos con alcance fiscal e indagaciones preliminares, razon por la cual son los competentes en las Contralorias Delegadas Sectoriales, para la apertura, tramite y decision de las Indagaciones preliminares, como lo determina el Decreto Ley 267 de 2000 y la Resolucion Organizacional OGZ 0748 de 2020. 5.4. Los comites de evaluacion sectorial de las Contralorias Delegadas Sectoriales, no tienen funciones o competencias relacionadas con el analisis, evaluacion, calificacion de las indagaciones preliminares y sus funciones se desprenden del articulo 22 del Decreto Ley 267 de 2000, asi como su rol de instancia asesora al Contralor Delegado en desarrollo del control fiscal micro, acorde con lo dispuesto en los principios, fundamentos y aspectos generates para las auditorias en la Contraloria General de la Republica adoptado por la Resolucion REG-ORG-012 2017. Cordialmente
JAVIER TOBO RODRIGUEZ
Director ©ficina Juridica
Proyecto: Arelys Valencia Valencia^
Revise: Gabriel Andres Hilarion A.
Radicado: SIGEDOC 2025IE0010899
TRD. 80112-385-01 - Acciones constitucionales. Derechos de peticion. Respuesta de tramite y/o de fondo
Proyecto: Arelys Valencia Valencia^
Revise: Gabriel Andres Hilarion A.
Radicado: SIGEDOC 2025IE0010899
TRD. 80112-385-01 - Acciones constitucionales. Derechos de peticion. Respuesta de tramite y/o de fondo Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Codigo Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogota, D. C.,
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