CGR - Circular 0020 de 2016
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - Circular 0020 de 2016
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2016
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AMITO cumeratisioausoncurairomoarmam rBs CIRCIIN0029 AIODOILOSRAMMR10311ACCM cflTr(cid:9) 95,b(cid:9) 20161E0104147(cid:9) 11111111111111111111111111111111111111111 Cla14'1124.13451 1147.01111 CIRCULAR No. 0 2 O PARA:(cid:9) Funcionarios de la. Contraloría General de la República DE:(cid:9) Contralor General de la República ASUNTO: Cumplimiento de fallo judicial expedido en proceso de acción de cumplimiento..
FECHA: 30 de noviembre de 2016
Mediante proveído del 16 de agosto de 2016, la Sección Quinta del Consejo de Estado, profirió sentencia de segunda instancia que puso fin al proceso de acción de cumplimiento en referencia 1 En la parte resolutiva de la sentencia se dispuso lo sigUiente: gíSie ordena a la Contraloría General de fa República que, mediante el mecanismo más célere y eficaz, informe a las pendencias encargadas del trámite de los procesos de responsabilidad fiscal que el artículo 45 de á Ley 610 de 2000 no fue' subrogado por el artículo 107 de la Ley 1474 de 2011, por tanto, su aplicación y atención resulta de obligatorio cumplimiento, como
también sucede ton el artículo 46 de la misma Ley 610 de 2000°. En esa medida, de conformidad con la interpretación efectuada por la Sección Quinta del Consejo de Estado, los términos establecidos en los artículos 45 y 46 de la rey 610 de 2000 para adelantar y evaluar la etapa de apertura, este es, la etapa inicial del proceso de responsabilidad fiscal, son de imperativo cumplimiento. El fallo precisa que la disposición contenida en el artículo 107 de la Ley 1474 de 2011, "solo alude al decreto de pruebas que se dicta luego dula apertura del proceso de responsabilidad fiscal y "no aplica para la etapa de indagación preliminar. 'Cornejo tt(cid:9) do.Serción Ouinte Senlene2 de 15 de agosto de 20110 nelle Berrnad BertnOdez. Carreta 59 No. 44-35 PBX: 6477000 • Bogotá, D. C. • Coi/J/11bn • VIIWW n(cid:9) lagov.co Asi las cesae acatando la orden judicial impartida, se insta a los funcionarios competentes para el proceso de responsabilidad fiscal a cargo de la Contraloría General de la República a dar cumplimiento a los términos legales que rigen dicho trámite. 1
EDGARD JOSE NIAY VI LAZÓN
Contralo General de la Re Carrera 69 No. 4435 PBX: 6477000(cid:9) o D(cid:9) lamba •(cid:9) n na gev ea