CGR - Circular Conjunta 0001 de 2019
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - Circular Conjunta 0001 de 2019
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2019
El em rendimient es de todos
CONTRALORÍA
GENERAL DE LA REPÚBLICA
80112 Bogotá, D.C.
CIRCULAR CONJUNTA No. 01 de 2019
PARA: REPRESENTANTES LEGALES DE DEPARTAMENTOS,
DISTRITOS, MUNICIPIOS Y RESGUARDOS INDÍGENAS
CERTIFICADOS, ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, ÓRGANOS
AUTÓNOMOS E INDEPENDIENTES, EMPRESAS PÚBLICAS Y
PARTICULARES QUE MANEJAN RECURSOS PÚBLICOS
DE:(cid:9) CONTRALOR GENERAL DE LA REPUBLICA Y
MINISTRO DE HACIENDA Y CREDITO PÚBLICO
ASUNTO: DIVULGACION DEL CATÁLOGO INTEGRADO DE CLASIFICACIÓN
PRESUPUESTAL (CICP) Y DEL RÉGIMEN DE CONTABILIDAD
PRESUPUESTAL (RCP).
FECHA: (cid:9) MARZO(cid:9) DE 2019
El artículo 109 del Estatuto Orgánico del Presupuesto establece que "Las entidades territoriales al expedir las normas orgánicas de presupuesto deberán seguir las disposiciones de la Ley Orgánica del Presupuesto, adaptándolas a la organización, normas constitucionales y condiciones de cada entidad territorial (...)" Como resultado de la aplicación de las normas presupuestales, en la actualidad existen múltiples planes de cuentas y cada entidad incorpora cambios a sus planes de cuentas dependiendo de sus necesidades particulares; así mismo, los lineamientos entregados sobre clasificadores presupuestales, en ocasiones, dan interpretaciones distintas a los conceptos de clasificación. Las modificaciones en los catálogos se han dado de manera desordenada lo que
dificulta la comparación de cifras presupuestales y la agregación de las mismas para fines de rendición de cuentas, programación y análisis. Adicionalmente, en ausencia de un administrador de catálogos, los planes de cuentas no siempre están actualizados de acuerdo con la normatividad vigente y las categorías de clasificación interna no necesariamente son excluyentes, lo que da espacio a la discrecionalidad de los registros, a la vez que su revisión o actualización no considera la totalidad de versiones, equivalencias con otros clasificadores y requerimientos de otras entidades, aumentando la multiplicidad de reportes. Toda vez que la Constitución Política establece que debe existir una norma de especial jerarquía jurídica para el tema presupuestal, es claro que un punto en común para las entidades públicas y los órganos de control en esta materia lo constituye el Estatuto Orgánico de Presupuesto — EOP y el procedimiento que establece la Contraloría General de la República para la contabilidad presupuestal. A su vez, la armonización entre el presupuesto y la contabilidad pública con estándares internacionales, en el marco del proyecto para el Fortalecimiento de la Gestión de las Finanzas Públicas, demandan la definición de un Catálogo de Clasificación Presupuestal aplicable para las Entidades que pertenecen al Presupuesto General de la Nación, las Entidades Territoriales, las entidades descentralizadas del orden nacional y territorial, las Empresas Industriales y Comerciales del Estado -EICEy Entidades Financieras. Ministerio de Hacienda y Crédito Público: Carrera 8 No. 6C38, Bogotá • Código Postal 111711 • PBX 381 1700
atencionclienteaminhacienda.qov.co • www.minhacienda.gov.co nnnfrulnrín(cid:9) R.nt;INlin•A• rnrr•-n., Cr)(cid:9) AA 9C(cid:9) -(cid:9) A A A n, A(cid:9) nr,s, A endirniento dos CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA La adopción de las normas internacionales asegura en alto grado que los sistemas de información compartan definiciones, conceptos, clasificaciones, procedimientos y convenciones, para lo cual se ha convenido utilizar el Manual de Estadística de Finanzas Públicas 2014 (MEFP). En tal sentido, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público — MHCP y la Contraloría General de la República — CGR, expidieron el Catálogo Integrado de Clasificación Presupuestal (CICP) y del Régimen de Contabilidad Presupuestal (RCP), respectivamente; esto con el fin de minimizar los reportes de información, generar información presupuestal con una única metodología, garantizar la consolidación de la información para fines de estadísticas públicas, contar con una herramienta para la gestión pública y, entre otros, la consolidación de la contabilidad presupuestal por parte de la CGR. Por lo anterior, la aplicación del CICP y del RCP, por parte de las Entidades Territoriales y sus entidades descentralizadas, será obligatoria a partir del 1° de enero de 2020; lo cual conlleva la ejecución de un plan de trabajo mancomunado, mediante el desarrollo de estrategias de divulgación, jornadas de capacitación, mesas de ayuda, pilotajes y la respectiva asistencia técnica. Para dar a conocer el CICP, el RCP y las actividades que deben desarrollar las
Entidades Territoriales para el proceso presupuestal del año 2020 y su implementación, se han programado eventos de divulgación en diferentes ciudades del país. Por ello, solicitamos a los Señores Gobernadores y Alcaldes, designar, a dos (02) funcionarios públicos que estén relacionados con la gestión financiera pública de la entidad (por ejemplo: Secretario de Hacienda o Jefe de Presupuesto o tesorero y/o Secretario de Planeación), para que asistan al evento, en la ciudad del respectivo departamento, señalada en la programación. Así mismo, solicitamos a los Señores Directores o Gerentes o Encargados de las demás entidades, designar, a un (01) funcionario público que esté relacionado con la gestión financiera pública de la entidad (por ejemplo: Director Financiero o quien haga sus veces o Jefe de Presupuesto y/o tesorero) para que asista al evento, en la ciudad del respectivo departamento, señalada en la programación. Los funcionarios públicos designados deberán estar atentos a la información que se publique sobre el particular en las páginas de internet de la CGR (www.contraloria.gov.co), el MHCP (www.minhacienda.qov.co) y el CHIP (www.chip.gov.co), así mismo, deberán realizar la inscripción previa, asistir puntualmente al lugar que se comunique oportunamente para el evento que le corresponda, y llevar los respectivos documentos de identidad y la acreditación de la calidad de funcionario público. 4, Ministerio de Hacienda y Crédito Público: Carrera 8 No. 6C38, Bogotá • Código Postal 111711 • PBX 381 1700 atencionclienteaminhacienda.qoy.co • www.minhacienda.qov.co
Contraloría General de la República: Carrera 69 No. 44-35, Bogotá • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 coracontraloria.aoy.co • www.contraloria.gov.co El em rendimiento es de todos
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPRBLICA PROGRAMACIÓN DE EVENTOS DE DIVULGACIÓN DEL CICP Y RCP — 2019
CIUDAD DEL EVENTO DEPARTAMENTOS QUE CUBRE FECHA DEL EVENTO HORARIO Da EVENTO Popayan Cauca y Putumayo 18 de Marzo de 2019 7:30 AM a 1:00 PM Montería Cordoba 18 de Marzo de 2019 7:30 AM a 1:00 PM Santa Marta Magdalena y Guajira 20 de Marzo de 2019 7:30 AM a 1:00 PM Pasto NariFío y Putumayo 20 de Marzo de 2019 7:30 AM a 1:00 PM Pereira, Eje Cafetero Caldas, Risaralda y Quindio 26 de Marzo de 2019 7:30 AM a 1:00 PM !bague Tolima 26 de Marzo de 2019 7:30 AM a 1:00 PM Villavicencio Meta 29 de Marzo de 2019 7:30 AM a 1:00 PM Cali Valle del Cauca 1 de Abril de 2019 7:30 AM a 1:00 PM Tunja Boyacá 1 de Abril de 2019 7:30 AM a 1:00 PM Bucaramanga Santander 2 de Abril de 2019 7:30 AM a 1:00 PM
Bogotá Cundinamarca 3 de Abril de 2019 7:30 AM a 1:00 PM Amazonas, Arauca, Casanare, Bogotá Cagueta, Guaviare, Putumayo, 4 de Abril de 2019 7:30 AM a 1:00 PM Vichada, Guainía, Vaupés Valledupar Cesar y Guajira 4 de Abril de 2019 7:30 AM a 1:00 PM Medellín Antioquía 5 de Abril de 2019 7:30 AM a 1:00 PM Neiva Huila y Cagueta 9 de Abril de 2019 7:30 AM a 1:00 PM Sincelejo Sucre 11 de Abril de 2019 7:30 AM a 1:00 PM Cucuta Norte de Santander 22 de Abril de 2019 7:30 AM a 1:00 PM Cualquier inquietud al respecto será atendida en el MHCP por la Dirección General de Apoyo Fiscal, en el teléfono 3811700, extensiones 3217 o 2213 y por la Contraloría General de la República, a través del Centro de Estudios Fiscales y Contraloría Delegada para Economía y Finanzas Públicas, en el teléfono 5187000, extensiones 30010, 15106, 15110, 15139. Alberto Carras(cid:9) la BaFre 6,cCar16 Ministro de Hacienda y Crédito Público or General de la República )4
Aprobó: (cid:9) Ana Lucía Villa Arcila — Directora General Dirección de Apoyo Fiscal - Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Aprobó: (cid:9) Carlos David Castillo Arbeláez - Contralor Delegado para Economía y Finanzas Públicas - Contr o 'a General de la República.p7
Aprobó.(cid:9) Julián Mauricio Ruiz Rodriguez — Director Oficina Juridica - Contraloria General de la República.
Revisó: (cid:9) Néstor Mario Urrea Duque - Subdirector de Apoyo al Saneamiento Fiscal Territorial — Ministerio e acienda y Créyúblico.
Revisó: (cid:9) Libia Yolirna Poveda Riaño — Directora de Cuentas y Estadísticas Fiscales - Contraloria General de la República. '(cid:9) .
Proyectó: (cid:9) Arcesio Valenzuela Ordoñez — Coordinador Grupo de Apoyo - Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
Proyecté: (cid:9) Iván Aguirre Acevedo — Asesor de Gestión - Contraloria General de la República.
Ministerio de Hacienda y Crédito Público: Carrera 8 No. 6C38, Bogotá • Código Postal 111711 • PBX 381 1700 atencionclienteaminhacienda.qov.co • www.minhacienda.aov.co rnnfrnInrín nnnnral /in In Pnniehlirn• rnrrorn RO Kin A A_'1F Prw-In4-5 rArlinn Pnelnl 111071 .. 171:11( SlA 7000