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CGR - Concepto 0005 de 2017

Contraloría General de la Nación

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Detalles

Título
CGR - Concepto 0005 de 2017
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2017

o

CONTRALORÍA

GENERAL bE LA REPÚBLICA J1U G RP II DC II CNA A OJ — CGR 005 -2017 259 80112 — 0J.CGR de 2016.(cid:9) Coito-Moda General de la Republka SGIG 02-014017 10,17

Al Conteslar Cite Este Na.: 20171E00a0047Fal:2 Anex:0 FADO

ORIGEN 80112-0FICINAJURIOCA /MARTHAJULIANA MARTINEZ BERREO

DESTINO 84111-CONTFRALORIAXIELEGAOAPPRA EL SECTOR SOCIAL / OAROUNASANCHF2

BRAVO

ASUNTO CONTROL EXCEPCIONAL PLAN OE MEJOR-MIENTO

OBS Bogotá, D.C. 20171E0000042(cid:9) 111111111111111111111111111111111111111111112 Doctor

JOSE ANTONIO SOTO MURGAS

Contralor Delegado para el Sector Social Carrera 69 No. 44 — 35 Edificio Paralelo 26 piso 7 Bogotá

ASUNTO: CONTROL EXCEPCIONALPLAN DE MEJORAMIENTO.

Respetado doctor Soto Murgas: Esta Oficina recibió su comunicación mediante la cual solicita indicar cuál es la norma aplicable para la suscripción del plan de mejoramiento derivado de controles excepcionales con el fin de indicarle a la entidad cómo deben proceder para cumplir dicha obligación,

1. ALCANCE DEL.CONCEPTO.

Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República, son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares.

En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución1, ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría General"2, así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con I Articulo 28 de la Ley 1755 de 2015. 1 A rt. 43, numeral 4 del Decreto Ley 267 de 2000. Carrera 69 No. 44 — 35 Edificio Paralelo 26 PBX: 6477000 • Bogotá, D. C. • Colombia • www.contraloria.gov.co C

ONTRALORÍA OFICINA

GENERAL DE LA RE PÚ HL I CA JURÍDICA

Doctor José Antonio Soto Murgas(cid:9) Página 2 de 3 Contraloría Generara y las presentadas por la ciudadanía respecto de "la consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la República". En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscal"5 y "asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia

cuando éstos lo soliciten"6. Finalmente se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República, porque de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, numeral 167 del Decreto Ley 267 de 2000, esta calidad solo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependencia(s) implicada(s).

2. CONSIDERACIONES JURIDICAS.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 267 de la Constitución Política, y 26 de la Ley 42 de 1993,8 la competencia de la Contraloría General de la República para ejercer el control excepcional es pro tempore9, por tanto el seguimiento al Plan de Mejoramiento lo debe realizar la Contraloría Territorial respectiva, toda vez, que los contralores en su respectiva jurisdicción están facultados para vigilar los 3 Art.43, numeral 5 del Decreto Ley 267 de 20110. Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000. 5 Art. 43, numeral 1 t del Decreto Ley 267 de 2000. 6 Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000. 'Art. 43. OFICINA JURIDICA. Son funciones de la Oficina Jurídica: (...) 16. Coordinar con las dependencias la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden.

8 En desarrollo de ese mandato constitucional frente al referido control excepcional, el artículo 26 de la Ley 42 de 1993 señala; °La Contra/orla General de la República podrá ejercer control posterior, en forma excepcional, sobre las cuentas de cualquier entidad territorial, sin perjuicio del control que les corresponde a las contralorías departamentales, distritales y municipales, en los siguientes casos: a) A solicitud del gobierno departamental, distrital o municipal, de cualquier comisión permanente del Congreso de la República o de la mitad más uno de los miembros de las corporaciones públicas territoriales. b) A solicitud de la ciudadanía, a través de los mecanismos de participación que establece la ley". Así mismo el numeral 3 del articulo 5 del Decreto 267 de 2000, °Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República, se establece su estructura orgánica, se fijan las funciones de sus dependencias y se dictan otras disposiciones, establece que la Contraloría General de la República puede ejercer el control posterior en forma excepcional, sobre las cuentas de cualquier entidad territorial, sin perjuicio del control que les corresponde a las controlarlas departamentales, municipales y distritales, a solicitud de ciertas autoridades y de la ciudadanía. Es claro que la norma constitucional y la ley 42 de 1993, al establecer el control fiscal excepcional alteran las competencias atribuidas a los diferentes organismos de control fiscal territorial, por cuanto se defiere en forma temporal a la Contraloría General de la República Carrera 69 No. 44 — 35 Edificio Paralelo 26 piso 15 PBX: 5187000 •Código Postal 111321. Bogotá, D. C. •

Colombia • www.contraloria.gov.co

CONTRALORIA

OFICINA

GENERAL DE LA REPÚBLICA JURÍDICA

(cid:9) Doctor José Antonio Soto Margas Página 3 de 3 recursos del orden territorial de acuerdo con la competencia conferida por la Constitución y la ley. En otras palabras, una vez, adelantado el control fiscal posterior excepcional a una entidad territorial y efectuada la auditoría, el ente del orden territorial debe realizar el seguimiento al Plan de Mejoramiento si a ello hubiere lugar, en los mismos términos y condiciones que le fueron exigidos10, sin que ello sea óbice para que ésta entidad requiera la información que demande para informar a su vez a quien solicitó el control excepcional. Así las cosas, el control excepcional escapa del ámbito funcional regular de la CGR y no puede prorrogarse en forma indefinida y el mismo se finiquita con las actuaciones de fiscalización correspondientes , pues una conclusión en otro sentido seria sustraer a los organismos de control fiscal territorial de la competencia que les ha conferido la Constitución y la ley. Cordialmente,

LIANA MARTÍNEZ BERMEO

Directora Oficina Jurídica Proyectó. Cielo Eslava Boowdemg20.02

Revisó: Dra. Johana Asslen Arévalo.y i

N.R. 20161E0107306 TAD. 80112-033 Conceptos Jurídicos. Conceptos Jurídicos. 41 La Resolución 7350 a su vez el articulo noveno, establece: Plan de mejoramiento. Los jefes de entidad, los representantes legales, o quien haga sus veces en los sujetos de control y entidades territoriales, donde la Contraloría General de la República haya realizado procesos de

vigilancia y control fiscal, en los que se establezca la obligación de suscribir y presentar un Plan de Mejoramiento Consolidado por Entidad o recursos según el caso, deben presentado con base en tos resultados del respectivo proceso de vigilancia o control fiscal y sus avances semestrales Carrera 69 No. 44 — 35 Edificio Paralelo 26 piso 15 PBX: 5187000 'Código Postal 111321. Bogotá, D. C. • Colombia • www.contraloria.gov.co

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