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CGR - Concepto 0019 de 2016

Contraloría General de la Nación

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Detalles

Título
CGR - Concepto 0019 de 2016
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2016

. r CON | RALOR ¡A OFICINA GENERAL DE LA REPUBLICA li JURÍDICA Contraloria General de la Republica :: SGD 15-02-2018 15:18

Ai Contestar Cite Este No.: 2016£E0018857 Fol:2 Anex:0 FA:0

ORIGEN 80112-OFICINA JURIDICA / MARTHA JULIANA MARTINEZ BERMEO 80 1 1 2 DESTINO TATIANA SMITH MORA AMADO

Bogotá,, D.C. oAsS NO FORMATO UNICO TERRITORIAL

2016EE0018857 201 AMIA 000 00000 DDD DO OOO 100

Doctora

TATIANA SMITH MORA AMADO

Personera Municipal de Barbosa Palacio Municipal — Primer Piso. Barbosa — Santander

ASUNTO: FORMATO UNICO TERRITORIAL - PROCESO DISCIPLINARIO 2015.

PMB 051

Respetada doctora Tatiana: Conoce esta Oficina su comunicación mediante la cual solicita apoyo técnico de la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República para que se indique y aclare si los entes descentralizados de los Municipios están obligados o no a presentar el Formato único Territorial FUT, teniendo en cuenta el informe de ésta entidad, donde solicita se investigue las presuntas irregularidades de dichos entes al no cumplir con la. información básica , para los cortes a 31 de marzo y junio de 2013.

Requiere el apoyo para el proceso disciplinario radicado 2015PMB 051 contra la ESE HOSPITAL INTEGRADO SAN BERNARDO por no presentar el Formato único Territorial FUT.

ALCANCE DEL CONCEPTO.

Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República, son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución, ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas “sobre interpretación y aplicación de las disposiciones ! Artículo 28 de la Ley 1437 de 2011. CONTRALORÍA | orcmna GENERAL DE LA REPÚBLICA i JURÍDICA Doctor Tatiana Smith Mora Amado Página 2 de 4 legales relativas al campo de actuación de la Contraloría General”, así como las formuladas por las contralorías territoriales “respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría General” y las presentadas por la ciudadanía respecto de “la consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la República”. En este orden, mediante su expedición se busca “orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscal”. y “asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando éstos lo soliciten”.

Finalmente se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República, porque de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, numeral 16 del Decreto Ley 267 de 2000, esta calidad solo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependencia(s) implicada(s). CONSIDERACIONES JURIDICAS. =| Formulario Único Territorial - FUT nació como parte de la Ley antitrámites, que estimó necesario disminuir los múltiples reportes que las entidades estatales del orden nacional solicitan a los Departamentos y Municipios. Los Ministerios del Interior y Hacienda, los Departamentos Administrativos Nacionales de Planeación, Estadística y de la Función Pública, y la Contaduría General de la Nación, conforman la Comisión Intersectorial del Formulario Unico Territorial — FUT — creado por el Artículo 31 de la Ley 962 de 2005 y por el Decreto 3402 de 2007 con el propósito de unificar el reporte de información básica de las entidades territoriales al Gobierno Nacional. 2 Art. 43, numeral 4 del Decreto Ley 267 de 2000. 3 Art. 43, numeral 5 del Decreto Ley 267 de 2000, + Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000. 5 Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000. Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000.

7 Art. 43. OFICINA JURIDICA. Son funciones de la Oficina Jurídica: (...) 16. Coordinar con las dependencias la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden. 8 ARTÍCULO 31. FORMULARIO ÚNICO PARA ENTIDADES TERRITORIALES. Con el objeto de minimizar la cantidad de formularios que las entidades territoriales deben diligenciar a pedido de las entidades del orden nacional, el Ministerio del Interior y de Justicia coordinará en el término de noventa (90) dias contados a partir de la promulgación de la presente ley, el diseño y la aplicación de un formato común, cuando varias de ellas soliciten información de la Misma naturaleza. Las entidades solicitantes estarán en la obligación de aplicar el formato que acuerden con el Ministerio del Interior y de Justicia. Carrera 9 No. 12 C— 10 piso 8 PBX: 6477000 - Bogotá, D. C. - Colombia + www.contraloria.gov.co CONTRALORÍA ! orina

GENERAL DE LA REPÚBLICA i JURIDICA

Doctor Tatiana Smith Mora Amado Página 3 de 4 En el reglamento de la Comisión Intersectorial del FUT? se establece que la Contaduría General de la Nación, ejercerá las funciones de Secretaría Técnica del FUT y la coordinación del Comité Técnico del FUT, con el fin de darle viabilidad a las tareas y actividades acordadas alrededor de éste.

El gobierno nacional sancionó en el marco de la ley del Plan de Desarrollo 2010 — 2014 “Prosperidad para Todos” el artículo 19, indicó: “Artículo 19”. UNIFICACIÓN DE REPORTES DE INFORMACIÓN. A partir del 1 de enero de 2012 todas las entidades del Gobierno Nacional recolectarán la información presupuestal y financiera que requieran de las entidades territoriales, a través del FUT”. Como resultado de este mandato y teniendo en cuenta que las entidades territoriales son la fuente principal de la información requerida para la supervisión del gasto público subnacional, la “información que se toma de las ejecuciones presupuestales, la contabilidad pública y otros reportes que ellas producen se transmite a través del CHIP, para lo cual se han parametrizado veinte (20) categorías del FUT con información presupuestal, de las cuales doce (12) son administradas por la Dirección de Apoyo Fiscal — DAF del Ministerio de Hacienda y ocho (8) por el Departamento Nacional de Planeación — DNP. La información contable esta parametrizada en cuatro categorías de información, la mayoría con periodicidad trimestral”. Con la información recopilada del FUT :con el soporte tecnológico del Sistema Consolidador de Hacienda e Información Pública — CHIP, se pretende realizar análisis financieros que sean comunicados a las diferentes instancias de gobierno y además hagan parte de los procesos de rendición de cuentas, investigaciones y transparencia de frente a la ciudadanía!!. El Decreto 3402 de 2007 en el artículo 2 señala: “ámbito de aplicación. “El Formulario Único Territorial será de obligatorio diligenciamiento y presentación por el sector central de los Departamentos, Distritos y Municipios. Para tal efecto, deberán incluir la

información solicitada de los diferentes sectores de competencia de la respectiva entidad territorial, así como la que corresponda a los recursos de educación y salud que sean ejecutados por entidades diferentes a las mencionadas anteriormente. En consecuencia, las entidades del sector descentralizado que administren los recursos destinados a salud y educación, las corporaciones públicas y los órganos de control de la entidad territorial, deberán enviar la información en la misma estructura del FUT a la administración central correspondiente, para que sea objeto de agregación y/o consolidación por parte de la gobemación o alcaldía, según el caso del Departamento, 9 Publicado el 8 de octubre de 2009, 10 Ley 1450 de 2011 por la cual se adoptó el Plan Nacional de Desarrollo. 1 Informe de Rendición de Cuentas 2011 “Cuentas claras, Estado transparente” 11 de Julio 2012 PEDRO LUIS BOHORQUEZ RAMIREZ Contador General de la Nación. Páginas 30 y 31. Carrera 9 No. 12 C-— 10 piso 8 PBX: 6477000 + Bogotá, D. C. + Colombia + www.contraloria.gov.co CONTRALORÍA !omena

SENERAL DE LA HEPÚSLICA + JURIDICA

Doctor Tatiana Smith Mora Amado Página 4 de 4 Distrito o Municipio al cual pertenecen, con una antelación mínima de 15 días calendario a las fechas establecidas en el artículo tercero (3?) del presente decreto.”? En virtud de lo expuesto, no es competencia de la Contraloría General de la República administrar la información del Formulario Unico Territorial — FUT ni emitir conceptos

técnicos relacionados con el mismo, razón por la cual la consulta se trasladará al Departamento Nacional de Planeación, a la Dirección de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y a la Contaduría General de la Nación para lo de su competencia. Cordialmente,

ULIANA MARTINEZ BERMEO

Directora Jurídica

Proyectó: Cielo Esaatca 2)

Reviso: Dr. José Ismael DÍ eéñaloza No. 2016ER001136 12 Formutario Único Territorial, ww.chip.gov.co/schip rt/paginiciofutht.m

Carrera 9 No. 12 C-— 10 piso 8 PBX: 6477000 + Bogotá, D. C. + Colombia + www.contraloria.gov.co o

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