CGR - Concepto 0020 de 2017
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - Concepto 0020 de 2017
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2017
0
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LA REPÚBLICA 1 JURtDrCA
80112OJ -(cid:9) 020 2017 AC lo Cnt ora nl to ed sa ta G r e an tee r Ea sl td ee N la o .R : e 2p 0u 1b 7l Eic 0a 0 S 0G 83O 0 201 F4 o2 il 2 A0 n1 e7 a1 0 F: A53 II
ORIGEN 80112.0FICINAJURECAINESTOR IVÁN ARIAS AFANADOR
Bogotá, D.C., DESTINO 81110-CONTRALORN DELEGADA PARA ECONOMIA FNANZAS I LISBETH TRIANA
CASAS
ASUETO CONCEPTO
OBS 20171E0008302(cid:9) 11111111111111111111111111111111111111111 Doctora
LISBETH TRIANA CASAS
Contralora Delegada para Economía y Finanzas Públicas (E) Contraloría General de la República Bogotá, D.C.
ASUNTO. PROCEDIMIENTO PARA PRACTICAR LA AUDITORÍA DEL BALANCE
DE LA HACIENDA.- FORMA DE ADOPCIÓN.-
1. ANTECEDENTE.
Esta oficina recibió su comunicación en la cual indica que la Contraloría Delegada para Economía y Finanzas Públicas está elaborando un procedimiento interno para adelantar la Auditoría al Balance de la Hacienda. En este sentido solicita concepto jurídico para efecos de establecer si dicho procedimiento debe ser adoptado por Resolución.
2.-'ALCANCE DEL CONCEPTO.
Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República,
son orientaciones de carácter general que no comprenden a solución directa de pro' Memas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares. En G Janto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o e ecución1 , ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplimción de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquel'as que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría General"2, así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría General"3 y las presentadas por la ciudadanía respecto de "la consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la República". 1 Artículo 28 de la Ley 1437 de 2011. 2 A t. 43, numeral 4 del Decreto Ley 267 de 2000. 3 Art. 43, numeral 5 del Decreto Ley 267 de 2000. 4 Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000. Carrera 69 No. 5535.- Piso 15. Edificio Paralelo 26. PBX. 5187000 Bogotá, D. C. www.contraloria.gov.co O
NTRAE.OJRA
GO GENERAL DE LA REPÚBLICA I saitrIZAk Doctora LISBETH TRIANA CASAS Contralora Delegada para Economía y Finanzas Públicas (E)
Página 2 de 3 En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscal"5 y "asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando éstos lo soliciten"6. Finalmente se aclara que no todos los conceptos de esta Oficina Jurídica implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República, porque de conformidad con el Artículo 43, numeral 167 del Decreto Ley 267 de 2000, esta calidad solo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependencia(s) implicada(s).
3. CONSIDERACIONES JURÍDICAS. 3.1. Tal como lo señaló este Despacho en oficio radicado con SIGEDOC NO.
2017EE0003758, el Sistema Integrado de Gestión y Control Calidad de la Contraloría General de la República, publica para consulta de todos los funcionarios de la entidad, los documentos del SIGCC vigentes y el historial de cambios (derogados eliminados u obsoletos). Los documentos vigentes se encuentran en el listado maestro de documentos del SIGCC, el mismo establece cómo se ejecutan los procesos institucionales y por ello son de obligatoria aplicación. Tales documentos, son: Procedimientos, guías, instructivos, formatos, anexos (incluye plantillas), manuales de procedimientos, caracterización de procesos, caracterización de productos o servicios, manual de calidad, manual específico de funciones y de competencias laborales; y los códigos de ética y de buen
gobierno. El conjunto de tales documentos se clasifica por niveles (1 er, 2do y 3er) según la estructura documental establecida en el Procedimiento Control de Documentos del SIGCC. Según el documento, su estructura debe atender lo allí dispuesto, su contenido responder al objetivo del mismo y estar adecuadamente articulado con los demás documentos del SIGCC vigentes y con el marco jurídico que corresponda. Lo anterior, para que no exista la posibilidad de más de una interpretación, ni repeticiones, ni contradicciones entre documentos del SIGCC vigentes, ni discordancia de éstos con la ley y sus reglamentos. 5 Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000. 6 Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000. 7 Art. 43. OFICINA JURIDICA. Son funciones de la Oficina Jurídica: (...) 16. Coordinar con las dependencias la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden. Carrera 69 No. 5535.- Piso 15. Edificio Paralelo 26. PBX. 5187000.- Bogotá, D. C. www.contraloria.gov.co O R O CONT AL RÍA LA REPÚBLA I CZEIVCIAA Doctora LISBETH TRIANA CASAS Contralora Delegada para Economía y Finanzas Públicas (E) Página 3 de 3 Así las cosas, en el Sistema Integrado de Gestión y Control de Calidad (SIGCC)
Macroproceso: Administración de Procesos y Procedimientos Proceso: Administración del Sistema Integrado de Gestión y Control de Calidad (SIGCC, se define procedimiento, así: "Procedimiento: Documento que describe la secuencia de ejecución de una o más actividades interrelacionadas, con la indicación de sus responsables, los registros principales para su adecuada trazabilidad, así como los controles frente a los riesgos operativos y quiénes deben aplicarlos, entre otros aspectos que se consideren relevantes para la correcta realización. El resultado de un procedimiento puede ser un subproducto, producto o servicio. Según la norma NTCGP1000:2009, procedimiento es la forma especificada para llevar a cabo una actividad o un proceso." En términos generales, es importante tener en cuenta si el documento a expedir involucra a los sujetos de control fiscal de la CGR, bien sea a nivel micro o macro, es decir si impacta la rendición de cuenta o informes o cualquier otro proceso que involucre el ejercicio del control fiscal, en este entendido, el procedmiento deberá reunir los requisitos necesarios para que tenga fuerza vinculante frente a terceros.
Lo anterior es importante para efectos de determinar la forma jurídica para su adopción, pues si con la expedición de procedimientos, guías, manuales o metodologías para nada se afecta el ejercicio del control fiscal, deberán para su expedición adoptarse con las formas propias del mismo y conforme con los requisitos que establece el SICGCC. Diferente es, si los mencionados documentos inciden en la función fiscalizadora y en tal sentido, afectan a los sujetos de control fiscal, caso en el cual deberá conferírseles la fuerza vinculante que requieren y proferirse de acuerdo con la Resolución 001 de 2014,
RUCOF. Cordialmente, 7 kW ktarAilli-~%
N ÉSTOR IVÁ RIAS AF A OR.
Director Oficina Jurídica Proyectó.(cid:9) Lucenith Muñoz Arenas. Id Revisó.(cid:9) José Ismael Díaz Peñal•za. 01
Radicado: (cid:9) 20161E0108013
Archivo:(cid:9) 80112-033 CONCEPTOS JURÍDICOS. CONCEPTOS JURÍDICOS
Carrera 69 No. 5535.- Piso 15. Edificio Paralelo 26. PBX. 5187000.- Bogotá, D. C. www.contraloria.gov.co