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CGR - Concepto 0026 de 2022

Contraloría General de la Nación

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Detalles

Título
CGR - Concepto 0026 de 2022
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2022

Contraloria General de la Republica :: SGD 01-03-2022 12:02

Al Contestar Cite Este No.: 2022IE0020108 Fol:4 Anex:0 FA:0

ORIGEN 80112-OFICJNA JURÍDICA/ LUIS FELIPE MURGUEITIO S!CARD

DESTINO 83112-DIRECCIÓN DE VIGILANCIA FISCAL PARA EL SECTOR AGROPECUARIO/ SONIA ALEXANDRA GAVlRIA SANTACRUZ ASUNTO CONCEPTO FRIGORÍFICO DE PERElRA S.A.-SUJETO DE VIGILANCIA Y CONTROL F!SCAL08S 20221E0020108 1111111111111111111111111111111111111111111111 80112026 CGR - OJ - --------- de 2022 o.e., Bogotá Doctora

SONIA ALEXANDRA GAVIRIA SANTACRUZ

Directora Vigilancia Fiscal Contraloria Delegada para el Sector Agropecuario o.e.

Bogota Referencia: Respuesta a su consulta radicada en la CGR con SIGEDOC

No. 2022IE0017539

Tema: FRIGORÍFICO DE PEREIRA S.A.-SUJETO DE VIGILANCIA Y

CONTROL FISCALSECTORIZACIÓN.

Respetada Doctora Gaviria, La Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República -CGRrecibió a través de memorial la comunicación citada en la referencia, la cual procedemos a responder a continuación:

1. Antecedentes.

Mediante su oficio, solicita se emita concepto jurídico en aras de establecer si la sociedad Frigorífico de Pereira S.A., es sujeto de vigilancia y control fiscal por parte de la Contraloría General de la Republica, adjuntando para ello la ficha técnica y sus

respectivos documentos soportes. En la mentada ficha, se esboza como concepto técnico: "(. . .)El origen del recurso público del orden nacional referenciado en el punto anterior del 99, 99% desagregado de la siguiente manera: 62. 38% por la Central de Inversiones CISA, 27.94% correspondiente a la Universidad Tecnológica de Pereira UTPP y 9. 69% del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras FOGAFIN, para un total de 99, 99%, entidades éstas que se encuentran actualmente sectorizadas en la RES REG EJE 0097 de 2021, y teniendo en cuenta la misionalidad del sujeto de control a la luz del criterio de especialización Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página I de 7 sectorial que establece el Art. 30 del Decreto Ley 267 de 2000, esta Delegada Sectorial considera que la entidad Frigorífico de Pereira S.A debe ser sectorizada como sujeto de control de la CGR en el Sector Agropecuario, siendo la Gerencia Departamental Colegiada de Risaralda la que realizará el seguimiento y control fiscal. "

2. Alcance del concepto y competencia de la Oficina Jurídica.

Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la Republica, son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución1 ni tienen el

carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contrataría Generaf'2 así , como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuaren armonía con la Contrataría Generaf'3 y las presentadas por la ciudadanía respecto de "las consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la Contrataría General de la República"4 . En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contrataría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscaf'5 y "asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando éstos lo soliciten"6 . Se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la CGR, porque de conformidad con el artículo 43, numeral 16 del Decreto Ley 267 de 20007 , esta calidad sólo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependencia(s) implicada(s). 1 Art. 25 de la Ley 1437 de 2011, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015.

2 Art. 43, numeral 4º del Decreto Ley 267 de 2000 3 Art. 43, numeral 5º del Decreto Ley 267 de 2000 4 Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000 5 Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000 6 Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000 7 Art. 43 OFICINA JURÍDICA. Son funciones de la Oficina Jurídica:( ...) 16. Coordinar con las dependencias la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cual uier orden. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 2 de 7

3. Precedente doctrinal de la Oficina Jurídica.

Revisada la base de datos Normatividad y Relatoría, se encuentra que la Oficina Jurídica, emitió concepto jurídico frente a la inclusión de un nuevo sujeto de control y vigilancia por parte la Contraloría General de la Republica a través de la Contraloría Delegada Sectorial correspondiente, mediante concepto CGR-OJ-106 de 2018 con radicación 2018IE0051643 y mediante memorial con radicación 2021 IE0097541 del once (11) de noviembre de 2021, los cuales pueden ser consultado en el aplicativo SINOR (Normatividad y Relatoría), a través de la página web institucional:

www.contraloria.qov.co.

4. Consideraciones Jurídicas 4.1. Problema jurídico Conforme a lo anterior, se abordará de fondo la consulta encaminada a determinar: ¿La sociedad Frigorífico de Pereira S.A. tiene o no la condición de ser sujeto de vigilancia y control fiscal por parte de la Contraloría General de la Republica?

De esta manera, a fin de brindar elementos de juicio que permitan a la consultante dilucidar la problemática planteada, se abordarán los siguientes temas: 4.2. Consideraciones Jurídicas 4.2.1. Marco Jurídico En el año dos mil veinte (2020), ingreso como accionista a la entidad Frigorífico de Pereira S.A, el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras -FOGAFIN-, generando que el noventa y nueve por ciento (99%) del capital, estuviese representado por accionistas del sector público. Mencionando a su vez, que a la fecha de la presentación de la solicitud que nos avoca, no se ha efectuado reforma alguna a los estatutos sociales, en consonancia con el Certificado Existencia y Representación Legal de la empresa Frigorífico de Pereira S.A, con fecha de expedición del veintinueve (29) de diciembre de dos mil veintiuno (2021 ). En este sentido, se tendrán como documentos soporte, el oficio con radicación 2021 IE0112272 suscrito por el señor Jorge Hoyos Salazar de la firma SOTAX Consultores, el Certificado Existencia y Representación Legal y la ficha técnica de la de la empresa Frigorífico de Pereira S.A. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000

cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 3 de 7 Determinando entonces, los siguientes aspectos: Naturaleza Jurídica y Personería Jurídica. Es una sociedad anónima, de naturaleza comercial. En el Certificado de Existencia y Representación Legal, se establece como razón social: FRIGORIFICO DE PEREIRA S.A, con sigla FRIGOPER, con NIT No. 891408269-1, siendo su domicilio principal, la ciudad de Pereira, indicando que la Sociedad, tendrá un Gerente, quien ejercerá la representación legal de la sociedad y tendrá a su cargo los negocios de la misma con sujeción a la Ley, los estatutos reglamentos y resoluciones de la Asamblea de accionistas y de la Junta Directiva. Objeto Social. Frente al objeto social de la Sociedad Anónima en análisis, se consagra en el Certificado de Existencia y Representación Legal, a saber: Objeto Social. - Fomentar el mejoramiento de la comercialización transformación de productos agropecuarios e ictiologicos de carácter perecedero. En desarrollo de este objetivo la sociedad podrá elaborar estudios y ejecutar proyectos para la construcción, adecuación y utilización de instalaciones de frio, prestando asesoría en esta materia. Así mismo la sociedad participará en el acopio, beneficio, conservación, transporte, distribución y comercialización de los productos mencionados, ejecutando todos los actos civiles y comerciales propios de ellos. Igualmente, la sociedad podrá: 1) adquirir, conservar, gravar, enajenar, dar o tomar en arrendamiento toda clase de bienes muebles o inmuebles. 2) girar, aceptar, endosar, negociar,

descontar y dar en prenda o garantía toda clase de títulos valores y demás documentos civiles y comerciales. 3) comprar y vender acciones, bonos, documentos de deuda pública y privada. 4) contratar servicios de personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras. 5) gestionar el financiamiento de proyectos y/u obras con cualquier tipo de entidades o personas. 6) realizar estudios, absolver consultar y prestar servicios se asesoría técnica y a terceros dentro del campo del objeto social. 7) promover e invertir capital en otra u otras sociedades, asociaciones de proveedores y distribuidores y/o fusionarse con ellas. 8) ejercer las demás funciones y actividades que le sean permitidas por las leyes y los presentes estatutos, para el cabal desarrollo del objeto social. Destinación del Recurso. Conforme al memorial suscrito por el señor Jorge Hoyos Salazar de la firma SOTAX Consultores y la ficha técnica emitida por la Contraloría Delegada para el Sector Agropecuario, se esboza, Empresa comercial que presta serv1c1os únicamente al sector privado, correspondientes a la recepción, almacenamiento de productos alimenticios (refrigeración y congelación), manejo y control de inventarios, preparación de Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 4 de 7 pedidos, consolidación de carga, logística y transporte de productos alimenticios". Origen del Recurso Publico. Adicional a lo mencionado en el escrito allegado por el señor Jorge Hoyos Salazar de

la firma SOT AX Consultores, en la ficha técnica elaborada por la Contraloría Delegada Sector Infraestructura, se efectúan las siguientes precisiones: La Contraloría Delegada para el Sector Agropecuario ha conocido la comunicación suscrita por el Dr. Jorge Hoyos Salazar con Radicado No. 2021 ER0174122 del 1 de diciembre de 2021, mediante traslado interno realizado con SIGEDOC No. 2021I E0112272 del 22 de diciembre de 2021. En la comunicación suscrita por el Dr. Salazar de la firma SOTAX Consultores quien adelantó la Revisoría Fiscal a la empresa Frigorífico de Pereira informa que la composición accionaria de esta entidad está conformada por: recursos públicos con el 99,99%, desagregado de la siguiente manera: un 62.38% por la Central de Inversiones CISA, un 27.94% correspondiente a la Universidad Tecnológica de Pereira UTPP y un 9.69% del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras FOGAFIN, para un total de 99,99%, entidades éstas que se encuentran actualmente sectorizadas en la RES REG EJE 0097 de 2021. Determinando que la participación accionaria de la sociedad, se encuentra compuesta por:

PORCENTAJE

FUENTE

ORDEN NACIONAL ORDEN TERRITORIAL PRIVADO TOTAL 2.Participación 99,998% 0,002% 100 accionaria. Información extraída de la ficha técnica elaborada por la Contraloría Delegada para el Sector Agropecuario. 4.2. Sujetos de vigilancia y control fiscal El Decreto Ley 267 de 2000, modificado por el Decreto Ley 405 de 20208 , consagra

en su artículo 4º, lo concerniente a los sujetos de vigilancia y control fiscal por parte de la Contraloría General de la Republica, ello es: Son sujetos de vigilancia y control fiscal por parte de la Contraloría General de la República los órganos que integran las ramas del poder público, los órganos autónomos e independientes, los de control y electorales, los organismos creados por la Constitución Política y la ley que tienen régimen especial, y las demás entidades públicas en todos los niveles administrativos, los particulares, las personas jurídicas y cualquier otro tipo de organización o sociedad que a cualquier título recauden, administren, manejen, dispongan o inviertan fondos, recursos del Estado y/o bienes o recursos públicos en lo relacionado con estos. 8 Por el cual se modifica la estructura orgánica y funcional de la Contraloría General de la República. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 5 ele 7 Lo anterior, sin perjuicio del ejercicio de las competencias de las contralorías territoriales y la aplicación de los principios de coordinación, concurrencia, prevalencia y subsidiariedad, de conformidad con la ley. PARÁGRAFO. El Banco de la República es sujeto de vigilancia y control fiscal por parte de la Contraloría General de la República cuando administre recurso De acuerdo con lo anterior, el artículo 32º de la Resolución Reglamentaria Ejecutiva REG-EJE-0097 del 2021, dispone: ARTÍCULO 32. Cuando se requiera determinar la condición de sujeto de control

fiscal de una entidad pública o un particular que maneje fondos o bienes de la Nación, las Contralorías Delegadas Sectoriales deberán elaborar la ficha técnica de la entidad objeto de estudio, teniendo en cuenta el conocimiento que se tiene del sector. Dicha ficha deberá ser enviada con los soportes correspondientes a la Oficina Planeación para su respectiva validación. Una vez surtido el trámite anterior, será remitida a la Oficina Jurídica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 43 del Decreto Ley 267 de 2000, con el propósito de que esta dependencia emita concepto jurídico al respecto.

5. Conclusiones.

En consonancia al problema jurídico planteado en la presente consulta y en atención a lo plasmado en el artículo 32º de la Resolución Reglamentaria Ejecutiva REG-EJE0097 del 2021, se procede a responder en los siguientes términos, teniendo como fundamento lo expuesto en líneas anteriores. La sociedad Frigorífico de Pereira S.A, identificada con NIT, desde el año dos mil veinte (2020), el noventa y nueve por ciento (99,99%) de su participación accionaria está compuesta por recursos públicos. De la desagregación accionaria, se determina que, un 62.38% por la Central de Inversiones CISA, es una sociedad comercial de economía mixta, del orden nacional, vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, un 27.94% correspondiente a la Universidad Tecnológica de Pereira UTPP, creada por la Ley 41 de 1958, es un ente universitario autónomo del orden nacional, con régimen especial, con personería

jurídica, autonomía administrativa, académica, financiera y patrimonio independiente, vinculado al Ministerio de Educación Nacional, y un 9.69% del Fondo de Garantías de Instituciones Financieras FOGAFIN, con persona jurídica autónoma de derecho público y naturaleza única, es una autoridad especial de intervención del Sistema Financiero adscrita al Ministerio de Hacienda y Crédito Público. para un total de 99,99%, entidades que se encuentran actualmente sectorizadas en la Resolución Reglamentaria Ejecutiva REG-EJE-0097 del 2021. De esta manera, en atención al objeto social que desarrolla, su conformación, el origen de su patrimonio, se encuentra que para el caso sub examine, concurren los criterios Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 6 de 7 de especialidad sectorial, funcionalidad y simplificación descritos en el Artículo 30º del Decreto Ley 267 de 2000, por lo que resulta pertinente sectorizar a la entidad Frigorífico de Pereira S.A, como sujeto de vigilancia y control fiscal por parte de la Contraloría Delegada para el Sector Agropecuario, siendo la Gerencia Departamental Colegiada de Risaralda la competente para realizar el seguimiento y control fiscal. Cordialmente, \ fi LUI ELIPE MURyUEITIO SICARD Director • • fÍdica fi Proyectó: María Alejandra Cuel li va '

Revisó: Lucenith Muñoz Arenfia r N.A. 2022IE0017539 ,

TDR 80112-033 Conceptos Jurídicos

Copia: Oficina de Planeación.

Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia Página 7 de 7

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