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CGR - Concepto 0047 de 2019

Contraloría General de la Nación

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Detalles

Título
CGR - Concepto 0047 de 2019
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2019

ORIGEN 80112-OFICINA JURÍDICA / JULIAN MAURICIO RUIZ RODRIGUEZ DESTINO 85112-DIRECCIÓN DE VIGILANCIA FISCAL PARA EL SECTOR DE INFRAESTRUCTURA CO NTRA LO R ÍA FÍSICA Y TELECOMUNICACIONES, COMERCIO EXTERIOR Y DESARROLLO REGIONAI ASUNTO CONCEPTO SGR - CONTROL FISCAL LEY 1942 DE 2018 Y RESOLUCIONES OBS

GENERAL DE LA REPÚBLICA

20191E0029262(cid:9) 1111111111111111111111111111111111111111111111 Contraloria General de la Republica SGD 02-04-2019 09:04

Al Contestar Cite Este No.: 20191E0029262C1 Fol:3 Anex:0 FA:0 047 ORIGEN 80112-OFICINA JURÍDICA / JULIAN MAURICIO RUIZ RODRIGUEZ CGR—OJ- -2019 DESTINO 80117-OFICINA DE PLANEACIÓN / MARIA FERNANDA RANGEL ESPARZA ASUNTO CONCEPTO SGR - CONTROL FISCAL LEY 1942 DE 2018 Y RESOLUCIONES

OBS 8011220191E0029262C1(cid:9) 1111111111111111111111111111111111111111111111111111 Bogotá D.C., Doctor DIEGO ALBERTO OSPINA GUZMÁN Director de Vigilancia Fiscal Contraloría Delegada para el Sector Infraestructura Física y Telecomunicaciones, Comercio Exterior y Desarrollo Regional Contraloría General de la República Referencia: Radicado Interno: 20191E0015393 del 20/02/2019 (cid:9)

Tema: SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS — Control fiscal — Ley 1942 de 2018 — Resoluciones Organizacionales Nos.0682 y 0683 de 2019 de la

Contraloría General de la República. Respetado doctor Ospina, La Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República -CGRrecibió la consulta citada en la referencia', donde plantea el siguiente interrogante:

1. Antecedentes "¿Quién tiene la competencia al interior de la Contraloría General de la República, para la vigilancia y el control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías, cuando estos son ejecutados por sujetos de control del orden nacional que se encuentran asignados a las Delegadas Sectoriales de la CGR de acuerdo con la resolución de sectorización?

Lo anterior, debido a que las dependencias involucradas no tienen claro si la competencia para adelantar la vigilancia y el control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías debe atender el criterio del tipo de recurso o el de sectorización". Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Art. 14, numeral 2°, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015: "Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción". Carrera 69 No.4435 Piso 15 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá D.C., Colombia )

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2. Alcance del concepto y competencia de la Oficina Jurídica

Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la CGR, son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución2 ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría Generar, así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría General" y las presentadas por la ciudadanía respecto de "las consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la República"5. En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscal"6 y "asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando éstos lo soliciten"7. Se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la CGR, porque de conformidad con el artículo 43, numeral 16 del Decreto Ley 267 de 20008, esta calidad

sólo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependencia(s) implicada(s).

3. Precedente doctrinal de la Oficina Jurídica Esta Oficina no se ha pronunciado sobre el tema objeto de consulta. 2 Art. 25 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015. 3 Art. 43, numeral 4° del Decreto Ley 267 de 2000 4 Art. 43, numeral 5° del Decreto Ley 267 de 2000 5 Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000 6 Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000 7 Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000 8 Art. 43 OFICINA JURÍDICA. Son funciones de la Oficina Jurídica: (...) 16. Coordinar con las dependencias la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden.

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4. Consideraciones jurídicas Problema jurídico: ¿Cómo se determina la competencia al interior de la Contraloría General de la República, para la vigilancia y el control fiscal de los recursos del

Sistema General de Regalías, atendiendo al origen del recurso, o, a lo dispuesto en la resolución de sectorización? Con ocasión de la Ley 1942 de 2018, "por la cual se decreta el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio del 1° de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2020", la Contraloría General de la República, expidió las Resoluciones Organizacionales Nos.0682 de 2019, "por la cual se distribuyen los empleos de la planta global de duración temporal de empleos de la Contraloría General de la República creada para el fortalecimiento vigilancia y control del Sistema General de Regalías, se crean unos Grupos Internos de Trabajo, y se dictan otras disposiciones"; y, 0683 de 2019, "por la cual se establece el Manual de Funciones y Requisitos para el desempeño de los cargos de la Planta Global de Duración Temporal de Regalías de la Contraloría General de la República creada mediante Artículo 38 de la Ley 1942 de 2018". En los términos del artículo 38 de la precitada ley, se creó una planta global desde el 1° de enero de 2019 hasta el 31 de diciembre de 2020, con el objeto de fortalecer la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías para lo cual la Contraloría creó dos unidades: Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías, y la Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías. En relación con la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías, el artículo 4 de la Resolución Organizacional No.0682 de 2019, señala que le corresponde:

"Adelantar las acciones de vigilancia y aplicar los sistemas de control fiscal definidos por el Contralor General de la República a los recursos del Sistema General de Regalías, en la forma y condiciones previstas en la normativa vigente y aplicable; así como adelantar las indagaciones preliminares de carácter fiscal que deban iniciarse a partir de los resultados de la aplicación de las respectivas acciones de vigilancia y sistemas de control fiscal. La Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías cumplirá sus funciones en coordinación con las Contralorías Delegadas Sectoriales, las Contralorías Delegadas Generales y las Gerencias Departamentales Colegiadas, de conformidad con sus funciones y competencias. Igualmente, deberá dirigir y coordinar con la Contraloría Delegada para la Participación Ciudadana, la realización de audiencias públicas y demás mecanismos de participación, con el objeto de lograr mayor oportunidad y eficacia en el control y vigilancia a la gestión pública de los recursos del Sistema General de Regalías. Los procesos y procedimientos en materia de vigilancia y control fiscal se regirán por las disposiciones establecidas en la presente resolución, las funciones específicas de los empleos de la planta temporal de regalías, y la normatividad vigente que rige en la entidad". (Subrayado fuera de texto). Carrera 69 No.4435 Piso 15 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá D.C., Colombia

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4 De otra parte, la Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías, en los términos del artículo 5 de la Resolución Organizacional 0682 de 2019, debe adelantar los procesos

de responsabilidad fiscal de hechos declarados como de impacto nacional por el Contralor General, cuyo origen esté en los resultados de la aplicación de las acciones de vigilancia y sistemas de control fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías. Además, dispone la norma que los procesos y procedimientos aplicables se rigen por las disposiciones establecidas en la resolución, las funciones específicas de los empleos de la planta temporal de regalías, y la normatividad vigente que rige en la entidad. Existe un Grupo Interno de Trabajo de Vigilancia Fiscal de Regalías encargado de adelantar las auditorías y actuaciones de vigilancia y control fiscal de todo tipo, controles excepcionales, y en general de cualquier actuación que comporte el ejercicio del control fiscal a nivel micro, concernientes a los recursos del Sistema General de Regalías. (Art.10 Resolución Organizacional No.0682/19). Dicho Grupo, entre otras actividades es el encargado de coordinar, implementar y hacer seguimiento a la ejecución del Plan de Vigilancia y Control Fiscal sobre los recursos del Sistema General de Regalías; así como coordinar y orientar el trámite y ejecución de las acciones de vigilancia y los sistemas de control fiscal a nivel micro en el nivel central y en el nivel desconcentrado. Inclusive, las actividades del Grupo pueden recaer sobre recursos de regalías y compensaciones asignados en el régimen anterior a la Ley 1530 de 2012. Este Grupo Interno es dirigido por un Contralor Delegado Coordinador asignado a la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías y designado por el Contralor General de la República, quien entre otras cosas, deberá coordinar con las respectivas Contralorías Delegadas Sectoriales e Intersectoriales, con la Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías y con la Delegada de Investigaciones, Juicios

Fiscales y Jurisdicción Coactiva la conformación de grupos especiales de reacción inmediata cuando a ello hubiere lugar. Adicionalmente, existe un Grupo Interno de Trabajo de Apoyo Organizacional a la Vigilancia y al Control Fiscal de Regalías que apoya al Contralor Delegado Coordinador de la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías en las labores de planeación, control y seguimiento a la ejecución de los recursos del Sistema General de Regalías asignados a la Contraloría General de la República. También hay un Grupo Interno de Trabajo de Apoyo Jurídico a la Vigilancia y al Control Fiscal de Regalías, que como bien lo indica su nombre brinda soporte jurídico a las diferentes instancias de control y vigilancia de los recursos del Sistema General de Regalías. Este Grupo también cuenta con un Coordinador que lidera, gestiona y responde por la adecuada y oportuna ejecución de las actividades específicas asignadas a este Grupo. La Resolución Organizacional No.0683 de 2019, se expidió con el objeto de establecer las funciones y requisitos mínimos para la Planta Global de Duración Temporal de Carrera 69 No.4435 Piso 15 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá D.C., Colombia

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5 Regalías de la Contraloría General de la República, creados por el artículo 38 de la Ley 1942 de 2018 entre las Unidades de Seguimiento y Audítoría de Regalías, y de Responsabilidad Fiscal de Regalías, y las Gerencias Departamentales. (Artículo 1°).

Finalmente, en relación con el hecho de si prevalece la sectorización de los sujetos de control fiscal recogida en la Resolución Reglamentaria Ejecutiva No.0044 de 2018, o el tipo de recurso, es decir, cuya fuente está en el Sistema General de Regalías, la Ley 1942 de 2018, fue expedida como bien se señaló para fortalecer la vigilancia y control fiscal de este tipo de recursos y creó una planta temporal exclusivamente para el cumplimiento de este objeto al interior de la Contraloría General de la República. De otra parte, el artículo 30 del Decreto 267 de 2000, dispone lo siguiente: "Artículo 30. Sectorización. Para garantizar el adecuado ejercicio de las funciones, facultades y actividades de la vigilancia fiscal señaladas en la Constitución, las leyes y demás normas, y para lograr un alto desarrollo del nivel técnico del ejercicio de las mismas, la Contraloría General de la República agrupará por sectores a los sujetos del control fiscal, de acuerdo con el ámbito en el cual desarrollen sus actividades de gestión pública, prestación de servicios, funciones administrativas o regulativas, producción de bienes o actividades comerciales, económicas y financieras. Con el fin de lograr una adecuada sectorización se aplicarán a las entidades vigiladas los procedimientos, métodos, formas y elementos de la vigilancia de la gestión fiscal claramente identificados y definidos por la Contraloría General de la República mediante reglamentos. Considerando los criterios de especialización sectorial, funcionalidad y simplificación, el Contralor General, previo concepto del Comité Directivo, podrá asignar y reasignar sujetos pasivos de vigilancia y control fiscal a las contralorías delegadas, en cuyo

caso éstas deberán responder por los resultados de la vigilancia de la gestión fiscal del respectivo sector en el que se hubieren asignado tales sujetos". Esta última norma facilita la organización interna de la Contraloría General de la República, por sectores, para el ejercicio del control fiscal constituyéndose en la cláusula general de competencia cuya reglamentación está en la Resolución 044 de 2018. Sin embargo, en lo que respecta a los recursos provenientes del Sistema General de Regalías, fue expedida una regulación especial y de mayor jerarquía como lo es la Ley 1942 de 2018, y como consecuencia fue creada una planta de dedicación exclusiva a la vigilancia de estos recursos, razón por la cual prevalece la competencia consagrada en dicha ley frente a la contenida en el Decreto 267 de 2000. Lo anterior, no obsta, como ya se vio, para que se actúe de manera coordinada entre las diferentes instancias involucradas en el ejercicio de tal control fiscal. Por último se le informa que copia de este concepto será remitida a la Oficina de Planeación de la Contraloría General de la República, para que dentro de lo de su Carrera 69 No.4435 Piso 15 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá D.C., Colombia )

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GENERAL DE LA REPÚBLICA 6 competencia, para efectos de la sectorización de los sujetos de control, tenga en cuenta la regulación del Sistema General de Regalías.

5. Conclusiones Para fortalecer el control y vigilancia de los recursos provenientes del Sistema General

de Regalías fue expedida la Ley 1942 de 2018, cuyo desarrollo al interior de la Contraloría General de la República, está plasmado en las Resoluciones Organizacionales Nos.0682 y 0683 de 2019. Al constituir esta ley una regulación especial y haber creado una planta de dedicación exclusiva para asuntos relacionados con dichos recursos, es evidente que la competencia la determina el origen, Sistema General de Regalías, desplazando la cláusula general de competencia contenida en el artículo 30 del Decreto 267 de 2000, lo cual no es óbice para que, existiendo instancias especialmente creadas para ello en las resoluciones organizacionales, se trabaje de manera coordinada entre ambas plantas, si así se llega a requerir. Cordialmente, JULIÁN MAURIC(cid:9) UIZ ROD Director Oficina Jurídica C.C.(cid:9) Dra. María Fernanda Rangel Esparza, Directora Oficina de Planeación.

Proyectó: Erika Cure

Revisó: (cid:9) Lucenith Muñoz Arenas

Radicado: 20191E0016693

TRD.(cid:9) 80112-033 — Conceptos Jurídicos. Conceptos Jurídicos Carrera 69 No.4435 Piso 15 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá D.C., Colombia

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