CGR - Concepto 0061 de 2016
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - Concepto 0061 de 2016
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2016
C O A A1 0,.. ONTR LORI I A GE RAL DE LA R BL ICA CGROJ 0612016 Contraloria General de la Republica SOD 27.042016 11u12 Al Contestar Cité Este Na 2916ER052415(cid:9) Anex:0 FA:O
ORIGEN 80112-0FICINAJURIDICA/I.VCTHAJUUANA MARTINEZ BERSE0
80112 DESTINO JAVIER ALONSO GAVIRI1GIRALDO
ASUNTO CONCEPTO
Bogotá, D.C. OBS 2016E E0052415(cid:9) 111111111111111111111111111111111111111111111 Señor
JAVIER ALONSO GAVIRIA GIRALDO
Carrera 19 No. 6-100 Piso 4 Yopal, Casanare
ASUNTO. FALLO CON RESPONSABILIDAD FISCAL.- INHABILIDAD
SOBREVINIENTE.- Respetado Señor Gaviria: Esta Oficina, recibió su comunicación con la cual solicita pronunciamientó de,éste Despacho sobre la inhabilidad de una persona a la cual la Contraloría Territorial le profirió fallo con responsabilidad fiscal y en la actualidad está ocupando un cargo diferente al que originó la responsabilidad fiscal. En tal sentido, consulta si se presenta una inhabilidad sobreviniente. Requiere también que se le indique si a las personas naturales que se relacionan a continuación, se les adelanta alguna investigación, y de ser afirmativa la respuesta se señale el motivo de la investigación, la etapa del proceso, el hecho investigado y demás aspectos que se consideren relevantes.
1. Martha Jóven Plazas Roa.
2. Luis Carlos Aponte.
3. Santiago Marín Gómez.
4. Jhon Kennedy Wilchez Carreño.
Sobre el particular, se le indica que este Despacho procede a atender lo relacionado con su primer inquietud y en lo que respecta a las personas naturales de las-cuales se requiere conocer si existe investigación en su contra se dio traslado a la Contraloría Delegada para Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva de la CGR, dependencia competente para tal efecto. CONCEPTOS DE LA OFICINA JURÍDICA. Alcance y competencia. Los conceptos emitidos por la Oficina Asesora Jurídica de la Contraloría General de la República, son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares. En Carrera 9 No. 12 C 10 Conmutador 6477000 Bogotá D.C. Colombia www.contraloria.gov.co
CONTRALORÍA
GE(cid:9) REPÚ (cid:9) JURIDICA Señor JAVIER ALONSO GAVIRIA GIRALDO cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución, ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita-a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposicióne. s legales relativas al campo de actuación de la Contraloría Generar, así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de•la gestión fiscal
y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría General"2 y las presentadas por la ciudadanía respecto de `la consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la República"3. En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscal"4 y "asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando éstos lo soliciten "5. Finalmente se aclara que no todos nuestros conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República, porque de conformidad con el Art.43, Numeral. 166 del D.L.267/00, ésta calidad solo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas con la(s) dependencia(s) implicada(s).
CONSIDERACIONES JURIDICAS.
El artículo 60 de la Ley 610 de 2000, señala que la Contraloría General de la República,- publicará trimestralmente un boletín con los nombres de las personas tanto naturales como jurídicas, que se les haya dictado fallo con responsabilidad fiscal en firme y ejecutoriado. Art. 43, numeral 4 del Decreto Ley 267 de 2000. 1 Art. 43, numeral 5 del Decreto Ley 267 de 2000. 2 Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000.
3 Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000. 4 Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000. Art. 43. OFICINA JURIDICA. Son funciones de la Oficina Jurídica: (...) 16. Coordinar con las dependencias la adopción de 6 una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden. Carrera 9 No. 12 C 10 Conmutador 6477000 Bogotá D.C. Colombia www.contraloria.gov.co 9
CONTRALORÍA .. .
GENERAL DE LA REPÚBLICA IJ URfilIJI Señor JAVIER ALONSO GAVIRIA GIRALDO Señala también la preceptiva legal que los representantes legales, los nominadores y los funcionarios competentes deberán abstenerse de nombrar, dar posesión o celebrar cualquier tipo de contrato con quienes aparezcan en el boletín de responsables fiscales, so pena de incurrir en causal de mala conducta, concordante con lo dispuesto en el artículo 6° de la ley 190 de 1995 o Estatuto Anticorrupción. A su vez, la Ley 190 de 1995 en el artículo 6°, determina la inhabilidad sobreviviente después de estar la persona laborando, en los siguientes términos: "En caso de que sobrevenga al acto de nombramiento o posesión alguna inhabilidad o incompatibilidad, el servidor público deberá advertirlo inmediatamente a la entidad
a la cual preste el servicio. Si dentro de los tres (3) meses siguientes el servidor público no ha puesto fin a la situación que dio origen a la inhabilidad o incompatibilidad, procederá su retiro inmediato, sin perjuicio de las sanciones a que por tal hecho haya lugar." Si en el ejercicio de la función pública, al servidor público, le sobreviene una inhabilidad que comprometa el buen desempeño del mismo, mal podría seguir desempeñando el cargo, toda vez, que su conducta no se ciñe a los principios consagrados en la Constitución y la ley. 111
J LIANA MAR I NEZ BERME
D ectora Oficina Jurídica Proyectó. Lucenith Muñoz Arena,. Revisó.(cid:9) José Díaz Peñaloza, Coordi(cid:9) or de Gestión. N.R.(cid:9) 2016ER0025656. Conceptos jurídicos. Carrera 9 No. 12 C 10 Conmutador 6477000 Bogotá D.C. Colombia www.contraloria.gov.co