CGR - Concepto 0062 de 2016
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - Concepto 0062 de 2016
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2016
a
CONTRALORÍA
OFICINA
GENERAL OE LA REPÚBLICA JURIDICA
(cid:9) CGR — OJ 2016 Contraloria General de la Republica SGD 29-04-2016 13:06
Al Contestar Cite Este No.: 20161E0038233 8012 Anex:0 PA:0
ORIGEN 80112-OFICINA JURID1CA / MARTHA JULIANA MARTINEZ BERMEO(cid:9) ,(cid:9) • DESTINO 84111-CONTRALORIA DELEGADA PARA EL SECTOR SOCIAL / JOSÉ ANTONIO SOTO.
MURGAS
ASUNTO ACTUACION ESPECIAL ACUEDUCTOS CUND
80112 OBS 20161E0038233(cid:9) 11111111111111111H II 011111111111111111111111 Bogotá, D.C. Doctor
JOSE ANTONIO SOTO MURGAS
Contralor Delegado para el Sector Social Contraloría General de la República Bogotá
ASUNTO: ACTUACIÓN ESPECIAL DE FISCALIZACION ACUEDUCTOS
GERENCIA DEPARTAMENTAL DE CUNDINAMARCA AÑOS 201.32014.
Respetado doctor Soto Murgas: Esta Oficina recibió su comunicación solicitando concepto sobre el trámite a seguir en el caso de la actuación de fiscalización de la Gerencia Departamental Colegiada de Cundinamarca sobre los acueductos en los municipios del Departamento de Cundinamarca teniendo en cuenta que el producto presentado no alcanzó los parámetros esperados, no se hizo su traslado de conformidad con la ResoluCión 6680 de 2012 y la coordinación exigida por la Ley 1474 de 2011.
De acuerdo con la trazabilidad del sistema SIIGEP se indica que la Gerencia de Cundinamarca adelantó actuación especial para el tema de acueductos, con fécha de inicio 15/04/2015 y fecha de finalización 16/07/2015 y se encuentra en estado CERRADA y en consecuencia no permite verificar los documentos que allí se registraron porque el SICA no permite ese tipo de consultas. Ese Despachó procedió al análisis del documento entregado por el funcionario auditor y/o investigador encontrando que no cumple con los componentes•mínimos. del informe final señalados en el artículo 27 de la Resolución 6680 de 2012 'y la misma Gerente de Cundinamarca manifiesta que no alcanzó los parárnetroS esperados (Oficio 80251) y concluye que "no se puede emitir un concepto sobrela consecuencia que ha traído a la población el consumo de agua inviable porque en. las vigencias 2013 y 2014 la información suministrada por los municipios argumentan que están ofreciendo agua sin riesgo para el consumo humano o: sea que tienen certificación favorable" Igualmente, informa que solicitó concepto a la Oficina de Planeación sobre el procedimiento a seguir, dependencia que respondió a esa Delegada que débía recurrir al aplicativo "mesa de ayuda" para el cambio de Unidad Ejecutora de la Carrera 9 No. 12 C — 10 piso 8 PBX: 6477000 • Bogotá, D. C. • Colombia • www.contraloria.gov.co
CONTRALORÍA 'c...
GENERAL DE LA REPÚBLICA .• JURíDICA
(cid:9) Doctor José Antonio Soto Mirrgas Página 2 de 4 Actuación Especial, con el fin de poder tener acceso a los documentos registrados
en el aplícativo SIGA. De igual forma, señala que dicho documento fue sometido al Comité Técnico de esa Delegada quienes concluyeron que no es pertinente solicitar el traslado de Unidad Ejecutora por cuanto: Esa Delegada no tuvo conocimiento de la actuación de la Gerencia Departamental Colegiada de Cundinamarca. En.el proceso de entrega a esa Delegada no se hizo mención de ese asunto. Con fundamento en todo lo anterior, consulta cuál es el trámite a seguir frente a los antecedentes y actuaciones adelantadas por la Gerencia Departamental Colegiada de Cundinamarca. CONSIDERACIONES JURIDICAS En primer lugar, el trámite a seguir con ocasión de las actuaciones especiales están definido en la Resolución 6680 de 20121, "por la cual se adoptan herramientas y actuaciones especiales de control fiscal con miras a maximizar su eficiencia, oportunidad y efectividad, así como la evaluación de la información estratégica resultante del ejercicio de la vigilancia fiscal." En segundo lugar, la Resolución Reglamentaria Orgánica 0005 de 20152 en su artículo segundo señaló: "Asignar a las Contralorías Delegadas Sectoriales, según la materia de sectorización, el trámite del proceso auditor, las actuaciones • especiales de fiscalización, la atención de quejas y denuncias ciudadanas y las demás actuaciones relacionadas con el ejercicio del control fiscal, que conocían los contralores provinciales de que tratan las Resoluciones Orgánica 7408 de 2014 y Organizacional OGZ-0038-2014 de 18 de julio de 2014." (Negrilla fuera de texto) Y en :el. parágrafo ordenó: "Las Contralorías Delegadas Sectoriales, recibirán y
asumirán de manera inmediata y sin dilación alguna, los procesos auditores, las actuaciones especiales de fiscalización, la atención de quejas y denuncias ciudadanas y las demás actuaciones relacionadas con el ejercicio del control fiscal." De igual manera determinó en el artículo quinto que "una vez entre en vigencia la presente resolución, los contralores provinciales del nivel desconcentrado de Bogotá y Cundinamarca adoptarán las acciones y medidas necesarias para la elaboración del inventario y la remisión de las actuaciones de que tratan los artículos anteriores, de forma inmediata." 1 L a Resolución 6680 de 2012 fue modificada por las Resoluciones 6750 de 2012, 7363 de 2013 y 7130 de 2013. 2 Resolución Orgánica 0005 de 2015 "Por la cual se deroga el parágrafo primero del artículo segundo de la Resolución Orgánica No. 6541 de 18 de noviembre de 2012 y en su integridad la Resolución Organizacional OGZ-0038-2014 y se dictan otras disposiciones" .Carrera 9a No. 12 C — 10 Piso 8 PBX: 6477000 • Bogotá, D. C. • Colombia • www.contraloria.gov.co R
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(cid:9) Doctor José Antonio Soto Murgas Página 3 de 4 Respecto a la documentación relacionada con el ejercicio de control fiscal indicó: artículo sexto. "La información documental correspondiente a la actuaciones relacionadas con el ejercicio del control fiscal a entregar, deberá ser inventariada y
organizada de acuerdo con las normas de archivo y gestión documental, y su entrega formalizada a través de acta suscrita por las partes intervinientes. (negrilla fuera de texto) Tratándose de los sistemas donde se registran las actuaciones fiscales estipuló:, parágrafo primero. "Los Contralores Provinciales de que tratan las Resoluciones. Orgánica 7408 de 2014 y Organizacional OGZ-0038-2014 de 18 de julio de 2014,. deberán inforMar de dicha entrega a las dependencias encargadas de los sistemas de información en los cuales se registraron las actuaciones relacionadeS con e ejercicio del control fiscal." Parágrafo segundo. "Los sistemas de información a cargo de estas dependencias, deberán quedar actualizados y listos para ser asumidos por los funcionarios competentes a la fecha de la entrega de las actuaciones de control fiscaL" Parágrafo tercero. "El expediente electrónico deberá quedar completo y actualizado a la fecha de entrega en el SAE." Por último, la mencionada resolución comenzó a regir a partir de la fecha de su publicación, es decir a partir del 23 de junio de 2015. De las disposiciones referidas se concluye:
1. El caso planteado no es objeto de concepto jurídico pues ésta Oficina no define los trámites a seguir con ocasión de las actuaciones especiales, ellos está definidos en la Resolución 6680 de 2012 y sus modificaciones.
2. Con relación a la entrega de las actuaciones especiales por parte de Gerencia Departamental Colegiada de Cundinamarca a esa Delegáda', la Resolución Orgánica 0005 de 2015 indicó los derroteros a seguir indidando
que debía hacerse un inventario y suscribirse un acta entre las partes intervinientes.
3. Respecto al acceso de los documentos para consultar la actuación especial, a través del aplicativo SICA, ya se pronunció la Oficina de Planeación y con ocasión de los demás aplicativos de conformidad con la Resolución Orgánica 005 de 2015 las dependencias encargadas de los sistemas de información en los cuales se registraron las actuaciones relacionadas con el ejercicio del control fiscal son las competentes para determinar en qué estado se encuentra la actuación especial motivo de la consulta y cómo se puede acceder a ella.
4. Asimismo, acerca de las vigencias 2013 y 2014 se dio certificación favorable por parte de la Gerencia Departamental de Cundinamarca.
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Cerlrn GENERAL DE LA REPÚBLICA i rRiDICA
(cid:9) Doctor José Antonio Soto Murgas Página 4 de 4 Ahora bien, de acuerdo con lo expuesto por el Comité Técnico que dice textualmente "Esta Delegada nunca tuvo conocimiento de la actuación, la cual córrespondió a la Gerencia Departamental Colegiada de Cundinamarca" y "En el proceso de entregó de la Gerencia, de los asuntos o temas pendientes con la Delegada de Social, no se hizo mención de éste asunto", presumiendo la buena fe de su afirmación, ya que no se anexó evidencia que sustente su dicho, se establece rió existió una entrega formal de la actuación especial de fiscalización de conformidad con la Resolución Orgánica 0005 de 2015.
Si la señora excontralora Provincial de la Gerencia Departamental Colegiada de Cundinamarca sugiere retomar la investigación debe realizar la entrega formal de la actuación especial de fiscalización de conformidad con la Resolución referida. De no ser posible,. será el propio señor Contralor de la República quien deberá determinar la competencia del asunto teniendo en cuenta la inmediatez a que se refería la Resolución 005 de 2015, lo que constituye un término que al día de hoy se considera vencido. 3 Si por el contrario esa Delegada decide retomar dicha actuación, de conformidad con la Resolución de Sectorización, debe considerar el Procedimiento Control del Producto No Conforme establecido en la Guía de Auditoria4. Se reitera entonces que ésta Oficina no tiene los elementos para determinar si se dio cumplimiento a las disposiciones que regulan el trámite de actuaciones espáciales de fiscalización, tampoco dispone de la información consignada en los diferentes aplicativos. orrésponde entonces al operador jurídico revisar si se siguieron los lineamientos establecidos en las mencionadas resoluciones para tomar las decisiones a que haya Finalmente, si existieron irregularidades en el traslado y de constituir falta disciplinaria podrá darse curso de lo actuado a la Oficina respectiva para lo de su competencia. elmente,
IANA MARTINEZ BERMEO
irectora Oficina Jurídica
Proyectó: Cielo Eslava Boowdem
Revisó: José Díaz Peñaloz
N.R. 20161E0022279 TRD.80112-033 Conceptos jurídicos. Conceptos jurídicos.
fiekolución oliánica 005 de 2015, artículo 2: Parágrafo. Las Contralorías Delegadas Sectoriales, recibirán y asumirán de manera inmediata y sin dilación alguna, los procesos auditores, las actuaciones especiales de fiscalización, la atención de quejas y denuncias ciudadanas y las demás :actuaCiones relacionadas con el ejercicio del control fiscal. '4 Guía:de.Auditoría página 108. Carrera 9a No. 12 C — 10 Piso 8 PBX: 6477000 • Bogotá, D. C. • Colombia • www.contraloria.gov.co