CGR - Concepto 0073 de 2016
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - Concepto 0073 de 2016
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2016
-.-"""1•=.`" coN-rRALoRíA ORIGINA GEIVEIRAIc)E. LA Ft E.I.of311_,ICA 31...1RIDSCA Contraloria General de la Republica SOD 13-05-2016 10:01 073 Al Contestar Cite Este No.: 20161E0042393 Fol:2 Anexa' FA:0
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BE0 BARRAGÁN RAMÍREZ
‘-'",ZERITO RECURSO DE QUEJA OBS 80112 20161E0042393(cid:9) III 111111111111111111111111111111111111111111
Bogotá, D.C. Doctor
ALVARO BARRAGAN RAMÍREZ
Director de Carrera Administrativa Contraloría General de la República Carrera 9 No. 12 C — 10 piso 5 Bogotá.
ASUNTO: RECURSO DE QUEJA — COMPETENCIA Respetado doctor Barragán Ramírez: Esta Oficina recibió su consulta mediante la cual indica que esa Dirección recibió el recurso de queja interpuesto por la funcionaria Ana Lucy Berrio Galeano, contra la decisión del Gerente Departamental de Caldas, quien negó el recurso de apelación interpuesto contra la evaluación de desempeño, y pregunta: "Si al tener la delegación para resolver el recurso de apelación la Gerente del Talento Humano, opta para conocer del de queja, toda vez que las competencias son taxativas, o si por el contrario el recurso dé queja se remite al señor Contralor General de la República, para que avoque la competencia y posteriormente, si así
lo decide, delegue a través de acto administrativo, la competencia al Gerente del Talento Humano, u otro director, para conocer el recurso de queja"
ALCANCE DEL CONCEPTO.
Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República, son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución, ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las Carrera 90 No. 12 C —10 Piso 8. PBX: 6477000 • Bogotá, D. C. • Colombia • www.contraloria.gov.co
CONMRAL..0 RIÁ.
CIPO" C)E.(cid:9) MOICA Doctor Álvaro Barragán Ramírez(cid:9) Página 2 de 3 disposiciones legales relativas al campo de actuación de la, Contraloría General"1, así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría General"2 y las presentadas por la ciudadanía respecto de "la consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la República%.
En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscal% y "asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando éstos lo soliciten%. Finalmente se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República, porque de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, numeral 166 del Decreto Ley 267 de 2000, esta calidad solo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependencia(s) implicada(s).
CONSIDERACIONES JURIDICAS.
La Resolución Reglamentaria 0043 de agosto 28 de 2006, por la cual se modifica el Sistema Integrado de Evaluación del Desempeño "SISED", en su artículo 102 establece la procedencia de los recursos contra la evaluación definitiva del desempeño indicando que el recurso de queja "Procede cuando se rechace el de apelación. Es facultativo y podrá interponerse directamente ante el superior del evaluador, mediante escrito al que deberá acompañar copia del acto a través del cual se le haya rechazado el recurso de apelación. (Negrilla fuera de texto) "De este recurso se podrá hacer uso dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la decisión que rechaza la apelación. Recibido el escrito, el superior ordenará inmediatamente la remisión del expediente, y decidirá lo que sea
del caso." (Negrilla fuera de texto) Asimismo, el artículo 104 prescribe la oportunidad y presentación delos recursos, así: (...) Los recursos se presentarán ante el funcionario evaluador, salvo lo dispuesto para el de queja. ' Art. 43, numeral 4 del Decreto Ley 267 de 2000. 2 Art. 43, numeral 5 del Decreto Ley 267 de 2000. 3 Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000. 4 Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000. 5 Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000. Art. 43. OFICINA JURIDICA. Son funciones de la Oficina Jurídica: (...) 16. Coordinar con las dependencias la adopción de una doctrina e 6 interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho, pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden., Carrera 9a No. 12 C —10 piso 8 PBX: 6477000 • Bogotá, D. C. • Colombia • www.contraloria.gov.co CONTIRAL. CIR ~CIMA n.A. c>(cid:9) Fx ir• o E3 c." JURiOICA (cid:9) Doctor Álvaro Barragán Ramírez Página 3 de 3 De la lectura de la norma se desprende que el recurso de queja cuando se interpone debe hacerse directamente ante el superior del evaluador, quien deberá ordenar inmediatamente la remisión del expediente, y decidir lo que sea del caso. En tal virtud, la norma es clara y existiendo la delegación no hay lugar a
interpretación adicional alguna, razón por la cual corresponderá al operador jurídico tomar las decisiones que en derecho correspondan. ialmente,
ULIANA MARTINEZ BERM
'rectora Oficina Jurídica Proyectó. Cielo Eslava Boowdem
Revisó: José Díaz Peñaloza
N.R. 20161E0033072 TRD. Conceptos Jurídicos. Conceptos Jurídicos. Carrera 9a No. 12 C — 10 piso 8 PBX: 6477000 • Bogotá, D. C. • Colombia • www.contraloria.gov.co