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CGR - Concepto 0112 de 2016

Contraloría General de la Nación

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Detalles

Título
CGR - Concepto 0112 de 2016
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2016

CONTRALORÍA

GENERAL OE LA REPÚBLICA

112 CGR — OJ(cid:9) 2016 Contraloría General de la Republica SGD 14-07-201614:35

Al Contestar Cite Este No.: 20161E0061473 Fol:3 Anex:0 FA:0

ORIGEN 80112-OFICINA JURIDICA / MARTHA JULIANA MARTINEZ BERMEO

DESTINO 87111-CONTRALORIA DELEGADA PARA EL SECTOR MEDIO AMBIENTE / CAROLINA MONTES CORTES ASUNTO CONCEPTO OPERACIÓN DE LOS COMITÉS EN LOS MACROPROCESOS MISIONALES DE (cid:9) OBS 20161E0061473(cid:9) 111111111111111111111111111111111111111110111 80112 Bogotá, D.C. Doctora

CAROLINA MONTES CORTÉS

Contralora Delegada para el Medio Ambiente Contraloría General de la República Ciudad

ASUNTO: OPERACIÓN DE LOS COMITÉS EN LOS MACROPROCESOS

MISIONALES DE CONTROL FISCAL MICRO Y CONTROL FISCAL MACRO.

Respetada doctora Carolina: Esta Oficina recibió su comunicación radicada bajo el número 20161E0046874, en la que conjuntamente solicita concepto técnico y jurídico, conforme a las competencias de la Oficina de Planeación y de la Oficina jurídica, para aclarar una serie de inquietudes relacionadas con la reglamentación relativa al objetivo, conformación, actividades, operación y alcance de los Comités Técnico y de Evaluación Sectorial de la Contraloría General de la República.

CONSIDERACIONES JURIDICAS.

Es necesario tener en cuenta que la Oficina de Planeación, a través de su Directora

se pronunció sobre los aspectos objeto de consulta mediante el Radicado 20161E0051524 del 13 de julio de 2016, en los siguientes términos: "Efectivamente, y tal como lo plantea la Contraloría a su cargo, el Decreto 267 de 2000 estableció , dentro de la estructura de la Contraloría General de la República, un Comité de Evaluación Sectorial el cual tiene como objetivo al interior de cada Contraloría Delegada y de acuerdo la norma precitada, "(...) concertar los programas de trabajo que aquella adelantará, recomendar los indicadores de desempeño de cada plan o programa de acción y de las metas operativas, y efectuar el seguimiento y evaluación a los mismos, así como recomendar los correctivos que fueren del caso.".

PBX: 6477000 • Bogotá, D. C. • Colombia • www.contraloria.gov.co

O

CONTRALORIA

OFICINA.

GENERAL DE LA REPÚBLICA JURÍDICA

Doctora Carolina Montes Cortés Contralora Delegada para el Medio Ambiente Contraloría General de la República Página 2 de 5 La Constitución Política Colombiana en su artículo 268, numerales 1 y 2 señala como atribuciones del Contralor General de la República las de: "Prescribir los métodos y la forma de rendir cuentas los responsables de manejo de fondos o bienes de la Nación e indicar los criterios de evaluación financiera, operativa y de resultados que deberán seguirse" y "Revisar y fenecer las cuentas que deben llevar los responsables del erario y determinar el grado de eficiencia, eficacia y economía con que hayan obrado".

La Ley 42 de 1993, mediante la cual se organiza el sistema de control fiscal financiero y los organismos que lo ejercen, establece en el Título 1, Capítulo 1, los principios, sistemas y procedimientos técnicos del control fiscal, consagrando en el artículo 19 que dichos sistemas de control, podrán aplicarse en forma individual, combinada o total. Es así que, en desarrollo de estas atribuciones, mediante la Resolución 6368 de 2011 se adoptó la Guía de Auditoría de la Contraloría General de la República. Ahora bien, el Artículo 76 del Decreto 267 de 2002 le otorgó al Sr. Contralor General la capacidad de reglamentar los objetivos, la integración y las funciones de los consejos, comités y juntas que hayan sido establecidas por mandato legal así como las que él haya decido conformar para suplir las necesidades del servicio. En desarrollo de esta facultad discrecional del Contralor General, se adoptó la Guía de Auditoría la cual, en el numeral 5, determinó la administración del proceso auditor; regulando, a su vez, la denominación, composición y actividades del Comité de Evaluación Sectorial, el cual, y en cuanto opere en desarrollo del Proceso de Control Micro, se denominará Comité Técnico; situación que no implica que se esté ante la presencia de dos (2) cuerpos colegiados diferentes. De acuerdo a la Guía de Auditoría, la Composición del mismo es la siguiente: • Contralor Delegado Sectorial respectivo, quien lo preside.

  • Director de Vigilancia Fiscal
  • Director de Estudios Sectoriales
  • Supervisores encargados de auditoría • Coordinadores de Gestión •Asesores de Gestión (Invitados) • Responsables de Auditoría (Invitados)y

Carrera 9a No. 12 C — 10 piso 8 PBX: 6477000 • Bogotá, D. C. • Colombia • www.contraloria.gov.co o

CONTRALORÍA

OFICINA.

GENERAL DE LA REPül3LiCA JURIOICA

Doctora Carolina Montes Cortés Contralora Delegada para el Medio Ambiente (cid:9) Contraloría General de la República Página 3 de 5 • Demás integrantes del equipo de Auditoría (invitados) Es importante resaltar que, en diferentes documentos y textos legales, la Contraloría General de la Republica ha asignado funciones al Comité de Evaluación Sectorial; es así, y tal y como el oficio del asunto lo pone de presente, se le estableció, entre otras funciones como: (1)(cid:9) El espacio para la discusión y disertación de los estudios elaborados por las Direcciones de Estudios Sectoriales. En el caso de la revisión, liberación y publicación de los estudios elaborados por el Grupo Interno para la Vigilancia y el Control Fiscal Macro del Sistema General de Regalías, el Comité de Evaluación Sectorial debe cumplirse de manera conjunta por parte de los contralores intersectoriales que integran dicho grupo.1 (ii) Responsable de los productos2 del Macroproceso Control Fiscal Macro (iii) En el Rol y bajo la denominación de Comité Técnico tiene como responsabilidad, en lo concerniente a Control Fiscal Micro, entre otras, las siguientes actividades: • Levantar o actualizar inventario de entes objeto de control fiscal • Adelantar la Planeación Estratégica de los entes objetos de control fiscal

y/o asuntos a audítar, tanto del Nivel central como desconcentrado para conformar el PVCF y validar su cargue en SICA. • Estimar los recursos necesarios para la ejecución del PVCF • Aprobar el objetivo general del PVCF o de la asignación de trabajo,; así como, los objetivos específicos que presenta y registra el Supervisor Encargado en el Módulo de Auditorías de SICA, y los respectivos cambios que se llegasen a requerir • Designar los roles del proceso auditor • Designar el equipo auditor • Validar y Reasignar los roles producto de una manifestación de impedimento o conflicto de intereses. • Efectuar Seguimiento y monitoreo al PVCF y a la ejecución de las auditorías en el Nivel central y desconcentrado. 1 Resolución Organizacional OGZ-0246-2015 2 Estudios informes sectoriales e intersectoriales de evaluación de las políticas públicas, estudios de seguimiento y control resultados del Plan Nacional de Desarrollo Carrera 9a No. 12 C — 10 piso 8 PBX: 6477000 • Bogotá, D. C. • Colombia • www.contraloria.gov.co o

CONTRALOR1A

OFICINA

GENERAL DE LA REPÚBLICA juRIDICA

Doctora Carolina Montes Cortés Contralora Delegada para el Medio Ambiente (cid:9) Contraloría General de la República Página 4 de 5 • Aprobar Plan de Trabajo y el término máximo para el traslado de los hallazgos con presunta incidencia • Validar las actividades del proceso auditor en SIGA, a él asignadas. • Revisar y Aprobar Hallazgos resultantes del proceso auditor, en el Nivel central y desconcentrado. • Designar un supervisor encargado, para los entes objeto de control en el

Nivel desconcentrado, cuando lo considere pertinente. •Analizar y aprobar el proyecto de informe de auditoría y darle el tratamiento de producto no conforme en caso de que haya lugar a ello. •Autorizar bajo concesión la liberación de un informe o parte de éste y declarar la no conformidad sobre aquellos hallazgos que a criterio del comité deben profundizarse, mediante otra auditoría o una actuación especial. • Revisar los informes de auditoría, como actividad previa a la suscripción del Informe. • Solucionar las controversias técnicas que surjan en desarrollo del proceso auditor entre los diferentes niveles de administración del proceso. • Solucionar las controversias que se presenten entre el auditado y los demás roles de la administración del proceso auditor. Sin embargo, ha sido solo con la expedición de la Resolución Orgánica 6368 de 2011, que al Comité de Evaluación Sectorial se le definió su composición y las actividades a su cargo, aunque solo en lo atinente al Proceso de Control Micro. En este orden de ideas, sería importante que, desde el Macro Proceso Macro, se evalúe si la composición establecida en la Guía de Auditoria para el Comité de Evaluación Sectorial (Rol Comité Técnico) cumple con los requerimientos de ámbito de discusión de los Estudios elaborados por la DES o si se hace necesaria, desde el punto de vista Macro, una configuración diferente. En síntesis, la organización de la Contraloría General de la República establece la existencia de un Comité de Evaluación Sectorial, que nominalmente y en desarrollo del Macro Proceso Micro se denomina "Comité Técnico"; y que, dada la especificidad de los estudios y productos

que están bajo la responsabilidad de la Direcciones de Estudios Sectoriales, se hace necesario, así como en su momento lo hizo el Macroproceso Micro, que desde el Macroproceso Macro se determine si la estructura actual del Comité suple sus requerimientos o si se hace necesaria la modificación de la figura actual." Carrera 9a No. 12 C — 10 piso 8 PBX: 6477000 • Bogotá, D. C. • Colombia • www.contraloria.gov.co

CONTRALORIA

GENERAL DE LA REPÚBLICA RIC3ICA

Doctora Carolina Montes Cortés Contralora Delegada para el Medio Ambiente Contraloría General de la República(cid:9) Página 5 de 5 Una vez realizado el estudio jurídico, esta Oficina comparte plenamente los argumentos expuestos en la respuesta emitida por parte de la Oficina de Planeación, toda vez que el artículo 76 del Decreto 267 de 2002 facultó al señor Contralor General de la República para reglamentar los objetivos, la integración y las funciones de los consejos, comités y juntas que hayan sido establecidas por mandato legal así como las que él haya decidido conformar para suplir las necesidades del servicio. Por lo tanto, en desarrollo de esta facultad discrecional, el Contralor General adoptó la Guía de Auditoría, la cual, en su numeral 5°, determinó la administración del proceso auditor; regulando, a su vez, la denominación, composición y actividades del Comité de Evaluación Sectorial, el cual, y en cuanto opere en desarrollo del Proceso de Control Micro, se denominará Comité Técnico; situación que no implica que se esté ante la presencia de dos (2) Comités diferentes. Así mismo, y en lo que tiene que ver con el Macro proceso Macro es necesario que

se determine la posibilidad de modificación del Comité en cuanto a su estructura, siempre y cuando resulte insuficiente para suplir sus requerimientos. Cordialmente,

NÉSTOR IVÁN 91ASkAp AotzF D R

Director Oficina Jurídica (E) Proyectó. Álvaro Monsalve Veloza

Revisó: José Díaz Peñaloza

N.R. 20161E0046874 TRD. 80112-033 Conceptos jurídicos. Conceptos jurídicos. Carrera 9a No. 12 C — 10 piso 8 PBX: 6477000 • Bogotá, D. C. • Colombia • www.contraloria.gov.co

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