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CGR - Concepto 0125 de 2016

Contraloría General de la Nación

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Detalles

Título
CGR - Concepto 0125 de 2016
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2016

O

CONTRALORÍA

OFICINA

GENERAL DE LA REPÚBLICA 1 JÚLHDICA 125 80112-0J(cid:9) 2016 Contraloria General de la Republica:: SGD 02-08-201814:44

Al Contestar Cite Este No.: 2016EE0096935 Fol:2 Anex:0 FA:0

Bogotá, D.C. ORIGEN 80112OFICINA JURIDICA MARTHA JULIANA MARTINEZ BERMEO

DESTINO TATYANA OROZCO DE LA CRUZ !DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO NACIONAL DE

PLANEACIÓN •• ONPASUNTO CONCEPTO OBS 201 6EE0096935(cid:9) III R11111111101 1111111111111111111111 111

Doctora

TATYANA OROZCO DE LA CRUZ

Directora Departamento Administrativo Para la Prosperidad Social Bogotá, D.C.

ASUNTO: DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PROSPERIDAD SOCIAL.

REUBICACIÓN DE SUS FUNCIONARIOS EN LA CGR.- VIABILIDAD.

Respetada doctora Tatyana: Esta Oficina, recibió su comunicación con la cual indica que la Comisión Nacional del Servicio Civil se encuentra adelantando el concurso de méritos para la provisión

definitiva de los empleos de carrera administrativa del Departamento Administrativo para la prosperidad Socialconvocatoria 320 de 2014, proceso de selección que actualmente está en la fase de pruebas y en la que próximamente iniciará la etapa de conformación de listas de elegibles y nombramientos en período de prueba. Señala igualmente, que un gran número de servidores públicos actualmente vinculados a esa entidad no superaron las etapas del concurso de méritos, motivo

por el cual se ha generado incertidumbre generalizada frente a la posibilidad de que dichos funcionarios puedan continuar aportando con su trabajo, sus conocimientos y su experiencia al cumplimiento de los objetivos institucionales al servicio del Estado. En tal sentido, solicita a la Contraloría General de la República analizar la viabilidad para reubicar en este Organismo de Control Fiscal, algunos de los servidores públicos actualmente vinculados al Departamento de Prosperidad Social, los cuales no hubiesen superado el concurso de méritos o se encuentren en condiciones de protección especial, con la finalidad de asegurar la continuidad laboral de lbs mismos. Examinada la petición efectuada a este Ente de Control, se procedió a efectuar el análisis técnico por parte de la Gerencia de Talento Humano, la cual con oficio radicado bajo el No. 20161E0064271 de 25 de julio de 2016, el cual se anexa, indicó Carrera 9 No. 12 C 10 Conmutador 6477000 Bogotá D.C. Colombia www.contraloria.gov.co O

CONTRALORÍA

OFICINA GENERAL CE LA REPÚBLICA JVR&DiCA Doctora TATYANA OROZCO DE LA CRUZ, Directora. Departamento Administrativo Para la Prosperidad Social. la imposibilidad presupuestal de acceder a dicha petición, toda vez que desde el punto de vista financiero, LA Contraloría General de la República no cuenta con los recursos para cubrir aquellos cargos correspondientes a la lista de elegibles del concurso de méritos CGR2015, menos aún para suplir cargos que corresponden a otras entidades. Ahora bien, desde el punto de vista jurídico, tampoco es procedente acceder a su

petición, toda vez que de conformidad con lo establecido en el artículo 268 de la Constitución Política, la Contraloría General de la República goza de un régimen especial de carrera administrativa. Disposición que fue desarrollada por el Decreto Ley 268 de 2000, el cual establece en el artículo segundo que el ingreso, la permanencia, el ascenso y el retiro en los empleos de carrera de la Contraloría General de la República se hará considerando exclusivamente el mérito, sin que para ello la filiación política o razones de otra índole puedan incidir de manera alguna. De otro lado, el artículo 130 de la Constitución Política establece que la Comisión Nacional del Servicio Civil es la responsable de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos, excepción hecha de las que tengan carácter especial. De igual manera la Ley 909 de 2004, reglamentada por los Decretos 4500 de 2005,3905 de 2009 y 4567 de 2011, en su artículo 11 establece las funciones de esta Comisión, en relación con la responsabilidad en la administración de la carrera administrativa general y en tal sentido, le corresponde conformar, organizar y manejar el Banco Nacional de Listas de Elegibles; el Banco de Datos de ex empleados con derechos de carrera cuyos cargos hayan sido suprimidos y que hubieren optado por ser incorporados y, el Banco de Datos de empleados de carrera desplazados por razones de violencia. Así también es competencia de esta Comisión absolver las consultas que se le formulen en materia de carrera administrativa. Así las cosas y habida cuenta que el Departamento Administrativo de la Prosperidad Social, tiene un Sistema General de Carrera Administrativa, de acuerdo con lo

establecido en la Ley 909 de 2004 y que esta carrera es vigilada por la Comisión Nacional del Servicio Civil, se considera procedente que sea esa entidad la que determine la viabilidad para la incorporación de los funcionarios mencionados en entidades que pertenecen a la Rama Ejecutiva del Poder Público. Carrera 9 No. 12 C 10 Conmutador 6477000 Bogotá D.C. Colombia www.contraloria.gov.co O

CONTRALORÍA

OFICINA GENERAL DE LA REPÚBLICA I JURIDIOA Doctora TATYANA OROZCO DE LA CRUZ, Directora. Departamento Administrativo Para la Prosperidad Social. En este oren se atiende su petición, reiterando la imposibilidad técnica y jurídica, para que servidores públicos actualmente vinculados a esa entidad que no superaron las etapas del concurso de méritos, puedan ser incorporados a la planta de personal de la Contraloría General de la República. Cordialmente,

LILIANA MARTINEZ BERMEO

Directora Oficina Jurídica Anexo:(cid:9) Tres (3) folios. Proyectó. Lucenith Muñoz Arena Revisó.(cid:9) José Díaz Peñaloza, Coordi (10•1 •1 e11 G1 estión. N.R.(cid:9) 20161E0064271_ C3 ••s ,111 lx-ck c-os < Carrera 9 No. 12 C 10 Conmutador 6477000 Bogotá D.C. Colombia www.contraloria.gov.co

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