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CGR - Concepto 0133 de 2016

Contraloría General de la Nación

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Detalles

Título
CGR - Concepto 0133 de 2016
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2016

Contraloria General de la Republica :: SGD 17-08-2016 08:29

Al Contestar Cite Este No.: 2016EE0103285 Fol:4 Anex:0 FA:O

ORIGEN 80112-0FICINAJURIDICA / MARTHA JULIANA MARTINEZ BERMEO

DESTINO MANUEL MOTTA OTERO

O

ASUNTO CONTROL FISCAL A RECURSOS PÚBLICOS

CONTRALORÍA OBS ,ILIFICINCA 133 2016EE0103285(cid:9) 1111111111111111111111111111111111111111111111

CGR-OJ(cid:9) 2016 80112Bogotá, D.C., Señor

MANUEL MOTTA OTERO

Carrera 7 No. 60 — 65 Oficina 601 Bogotá, D.C.

Asunto: Control fiscal a recursos públicos.

Respetado señor Motta Otero: La Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República recibió su escrito de 15 de Junio 2016 trasladado a la Contraloría General de la Republica por la Directora de Gobierno y Gestión Territorial del Ministerio de Interior el 29 de Junio 2016 con SIGEDOG 2016ER0070433 y SI PAR 2016-102425-82111-CO, cuyo fin es dar repuesta al cuarto (iv) interrogante que plantea. Para revisar el asunto se transcribe la solicitud a continuación sobre el Departamento de la Guajira: "Solución: Se debería estudiar la posibilidad de entregar este territorio en arriendo a un país extranjero que cuente con los recursos materiales, la tecnología y los recursos

humanos necesarios para poder impulsar su desarrollo y de esta manera introducir esta región a la era moderna (Ver Anexo). Por lo tanto, me permito plantearle algunos interrogantes: I) ¿Se puede considerar a la Guajira como un territorio fallido, es decir, que colapsó?

  1. ¿La vida en esta región del país convierte a sus habitantes en verdaderos sobrevivientes?
  2. ¿Se puede considerar que para el Estado los guajiros no son colombianos? 110¿Qué controles existen por parte del Estado para que se inviertan bien los recursos provenientes de regalías y transferencias en esa tierra abandonada por todos?
  3. Finalmente, ¿se puede deducir que se está violando la Constitución de 1991, al no proporcionar los recursos necesarios de subsistencia a la población indígena de este Departamento?" (negrilla no es del texto)

1. ALCANCE DEL CONCEPTO Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República, son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares.

Carrera 9 No. 12 C -10 Piso 8 corCthcontraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia ()

CONTRALORÍA I OFICINA

GENERAL DE LA REPÚBLICA .1VRIDICA

Señor Manuel Motta Otero, Carrera 7 No. 60 — 65 Oficina 601(cid:9) Página 2 de 4 En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución' ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación

y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría General"2, así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría General"3 y las presentadas por la ciudadanía respecto de "las consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la República". En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscal"5 y "asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando éstos lo soliciten"6. Se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República, porque de conformidad con el artículo 43, numeral 167 del Decreto Ley 267 de 2000, esta calidad sólo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependencia(s) implicada(s).

2. ANÁLISIS JURÍDICO La Contraloría General de la República es un órgano de control fiscal que vigila la gestión fiscal de quienes manejan recursos públicos, sean éstas personas públicas,

privadas, naturales, jurídicas y cualquier otro tipo de organización que manejan recursos públicos. Art. 25 Ley 1755 de 2015 2 Art. 43, numeral 4° del Decreto Ley 267 de 2000 3 Art. 43, numeral 5° del Decreto Ley 267 de 2000 4 Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000 5 Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000 6Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000 Art. 43 OFICINA JURÍDICA. Son funciones de la Oficina Jurídica: (...) 16. Coordinar con las dependencias la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden. Carrera 9 No. 12 C -10 Piso 8 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia O

CONTRALORÍA 1

OFIGINA

GENERAL DE LA REPÚBLICA JUFODIOA

Señor Manuel Motta Otero, Carrera 7 No. 60 — 65 Oficina 601(cid:9) Página 3 de 4 De conformidad como lo señala la Constitución Política de Colombia, el control fiscal se ejerce de manera posterior y selectiva a partir del ejercicio de un control financiero, de gestión, de resultados, la revisión de cuentas y la evaluación del control interno. La administración de los recursos públicos debe encontrarse fundamentada en los principios de eficiencia, economía, eficacia, equidad y valoración de los costos

ambientales, de manera tal, que permitan evidenciar que la administración de los recursos públicos sea la más conveniente para maximizar los resultados. La Ley 42 de 1993 consagra los sistemas de control que pueden aplicarse en el ejercicio de la vigilancia fiscal de manera individual, combinada o total, éstos se encuentran contenidos en los artículos 10 al 19 así: Control Financiero: "es el examen que se realiza, con base en las normas de auditoría de aceptación general, para establecer si los estados financieros de una entidad reflejan razonablemente el resultado de sus operaciones y los cambios en su situación financiera, comprobando que en la elaboración de los mismos y en las transacciones y operaciones que los originaron, se observaron y cumplieron las normas prescritas por las autoridades competentes y los principios de contabilidad universalmente aceptados o prescritos por el contador general." Control de legalidad: "es la comprobación que se hace de las operaciones financieras, administrativas, económicas y de otra índole de una entidad para establecer que se hayan realizado conforme a las normas que le son aplicables." Control de gestión: "es el examen de la eficiencia y eficacia de las entidades en la administración de los recursos públicos, determinada mediante la evaluación de sus procesos administrativos, la utilización de indicadores de rentabilidad pública y desempeño y la identificación de la distribución del excedente que éstas producen, así como de los beneficiarios de su actividad." Control de resultados: "—El control de resultados es el examen que se realiza para establecer en que medida los sujetos de la vigilancia logran sus objetivos y cumplen los planes, programas y proyectos adoptados por la administración, en un período

determinado." Revisión de cuentas: "es el estudio especializado de los documentos que soportan legal, técnica, financiera y contablemente las operaciones realizadas por los responsables del erario durante un período determinado, con miras a establecer la economía, la eficacia, la eficiencia y la equidad de sus actuaciones" Carrera 9 No. 12 C -10 Piso 8 ccirPcontraloria.gov.co • www.contraloria.qov.co • Bogotá, D. C., Colombia o

CONTRALORÍA

OFICINA

GENERAL OE LA REPÚBLICA JORíD4GA

Señor Manuel Molla Otero, Carrera 7 No. 60 — 65 Oficina 601(cid:9) Página 4 de 4

Evaluación de control interno: "es el análisis de los sistemas de control de las entidades sujetas a la vigilancia, con el fin de determinar la calidad de los mismos, el nivel de confianza que se les puede otorgar y si son eficaces y eficientes en el cumplimiento de sus objetivos." Por disposición legal (Ley 42 de 1993, Ley 715 de 2001, Ley 756 de 2002 y Ley 1530 de 2012) corresponde a la Contraloría General de la República auditar los recursos del Sistema General de Regalías, así como los Recursos del Sistema General de Participaciones, atendiendo a los sistemas y métodos de control fiscal referidos.

Cordial saludó,

JULI NA MARTÍNEZ BERMEO

Director Oficina Jurídica

Proyectó: (cid:9) Johana Milena Vale

Revisó: (cid:9) José Díaz Peñaloza

Radicado: (cid:9)

2018ER 0070:43.8

Archivo: (cid:9) 80112-033 Conceptos Jurídicos. Conceptos Jurídicos.

Carrera 9 No. 12 C -10 Piso 8 cgrPcontraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia

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