CGR - Concepto 0164 de 2019
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - Concepto 0164 de 2019
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2019
CONTRALORÍA Contraloria General de la Republica SGD 05-11-2019 08:29 ) GENERAL DE LA REPÚBLICA Al Contestar Cite Este No.: 20191E0098961 Fol:3 Anex:0 FA:0
ORIGEN 80112-OFICINA JURÍDICA / JULIAN MAURICIO RUIZ RODRIGUEZ
DESTINO 80411-DESPACHO GERENTE DEPARTAMENTAL HUILA / CAMILO ERNESTO CHACON
OROZCO
ASUNTO SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS - PLANTA TEMPORAL - GERENCIAS
OBS (cid:9) 164 CGR-0J- (cid:9)- 2019(cid:9) 20191E0098961(cid:9) 1111111111111111111111111111111111111111111111. 80112Bogotá D.C., Doctor
CAMILO ERNESTO CHACÓN OROZCO
Gerente Departamental Gerencia Departamental Colegiada de Huila camilo.chacon@contraloria.gov.co Asunto: Radicado Interno: 20191E0089655 del 07/10/2019
Tema: SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS — PLANTA TEMPORAL — GERENCIAS
DEPARTAMENTALES COLEGIADAS - REPARTO Respetado doctor Chacón, La Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República -CGRrecibió la consulta citada en la referencia', la cual se procede a responder a continuación:
1. Antecedentes El peticionario solicita se absuelva la siguiente consulta: ¿Puede la Unidad de Seguimiento y Auditoría de Regalías hacer el reparto a los directivos de la Gerencia Departamental Colegiada del Huila o únicamente a los
Contralores Provinciales de Regalías debido a que el origen de los recursos es el Sistema General de Regalías?
2. Alcance del concepto y competencia de la Oficina Jurídica Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la CGR, son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares.
Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Art. 14, numeral 2°, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015: "Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción". Carrera 69 No.4435 Piso 15 • Códígo Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá D.C., Colombia
CONTRALORÍA
GENERAL DE LA REPÚBLICA
2 En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución2 ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría General"3, así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y
las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría General" y las presentadas por la ciudadanía respecto de "las consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la Repúblican6. En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscal"6 y "asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando éstos lo soliciten"7. Se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la CGR, porque de conformidad con el artículo 43, numeral 16 del Decreto Ley 267 de 20008, esta calidad sólola tienen las(cid:9) posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y conla(s) dependencia(s) implicada(s).
3. Precedente doctrinal de la Oficina Jurídica Esta Oficina no se ha pronunciado sobre el tema objeto de consulta.
4. Consideraciones jurídicas (cid:9) Problema jurídico: ¿Puede la Unidad de Seguimiento y Auditorías de Regalías hacer el reparto a los Directivos de una Gerencia Departamental Colegiada o únicamente a los Contralores Provinciales de Regalías teniendo en cuenta que los recursos a fiscalizar provienen del Sistema General de Regalías? 2 Art. 25 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, sustituido por el artículo 1 de la Ley
1755 de 2015. 6 Art. 43, numeral 4° del Decreto Ley 267 de 2000 4 Art. 43, numeral 5° del Decreto Ley 267 de 2000 5 Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000 (cid:9) 6 Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000 7 Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000 Art. 43 OFICINA JURÍDICA. Son funciones de la Oficina Jurídica: (...) 16. Coordinar con las dependencias la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden. Carrera 69 No.4435 Piso 15 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá D.C., Colombia
C O NTRA LO R ÍA
GENERAL DE LA REPÚBLICA
3 La competencia de la Contraloría General de la República para ejercer el control fiscal a los recursos provenientes del Sistema General de Regalías está establecida en el artículo 267 de la Constitución Política, el artículo 13 de la Ley 756 de 2002 y el artículo 152 de la Ley 1530 de 2012. Ley 1530 de 2012, el Decreto Ley 1539 de 2012, la Ley 1744 de 2014, el Decreto 2190 de 2016 y la Ley 1942 de 2018, han dispuesto la creación de una planta temporal de
empleos para fortalecer el ejercicio y la vigilancia del control fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías, disposiciones que no excluyen a la planta permanente de la CGR para ejercer el control fiscal sobre estos recursos. También es importante indicar que el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de los Empleos Públicos de la Planta Global de la Contraloría General de la República, establece las funciones de los servidores públicos de la CGR, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 267 de la Constitución Política, es decir, que no hace distinción respecto del origen de los recursos públicos. De otro lado, con la expedición de la Resolución Organizacional No.697 de 2019, se modificó parcialmente la Resolución Organizacional No.692 de 2019, "por la cual se establecen las reglas de actuación e interacción de los funcionarios que integran la Planta Global Temporal para el fortalecimiento de la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías y se dictan otras disposiciones". Dispone el artículo 2 de la Resolución No.697 de 2019, lo siguiente: "Artículo 2o. El artículo 15 de la Resolución Organizacional No.692 de 2019, quedará así: Artículo 15. Reparto de trabajo entre los contralores provinciales de la planta temporal de regalías. Los _Contralores Provinciales de la Planta temporal de Regalías conocerán exclusivamente de los antecedentes o hallazgos, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal, cuando se refieran a casos que involucren o estén asociados a los recursos del Sistema General de Regalías. El Coordinador de la Unidad de Responsabilidad Fiscal realizará el reparto de aquellos procesos de
responsabilidad fiscal o indagaciones preliminares que involucren recursos de regalías y deban ser asignados para conocimiento y trámite de los Contralores Provinciales de la Planta Temporal de Regalías. De acuerdo con las necesidades del servicio, el Coordinador de la Unidad de Seguimiento y Auditorías de Regalías podrá asignar a los Contralores Provinciales, el trámite de actuaciones especiales y otros mecanismos de vigilancia y control fiscal micro sobre los recursos de regalías. El Coordinador de la Unidad de Seguimiento y Auditorías de Regalías de manera articulada con el Coordinador de la Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías, realizará el reparto de los hallazgos que surjan con ocasión de los procesos de vigilancia y control fiscal micro, establecidos para la Planta Temporal de Regalías, entre los Directivos de la Planta Permanente de las Gerencias Departamentales Carrera 69 No.4435 Piso 15 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá D.C., Colombia
► CONTRALORÍA
GENERAL DE LA REPÚBLICA
4 Colegiadas, así como a los Contralores Provinciales de la Planta Temporal de Regalías. Los Contralores Provinciales de la Planta Temporal de Regalías realizarán de manera articulada con la Coordinación de la Unidad de Responsabilidad Fiscal, el estudio de los lineamientos y criterios para tramitar y decidir las actuaciones que se encuentren a su cargo, con el fin de establecer líneas jurídicas en temas procesales y de fondo para atender de manera oportuna los casos asignados, cuando sea necesario o en el evento de ser requerido por el coordinador.
Parágrafo. Los hallazgos o antecedentes, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal a cargo de las Gerencias Departamentales Colegiadas y que involucren recursos de regalías, pueden permanecer asignados o ser repartidos a su ingreso entre los Directivos de la Planta Permanente de las Gerencias Departamentales Colegiadas por parte del coordinador de la Unidad de Responsabilidad Fiscal, quien determinará la forma en que los procesos serán asignados para conocimiento del Contralor Provincial de la Planta Temporal de Regalías". (Subrayado fuera de texto). De acuerdo con los incisos 2 y 3 de la precitada norma, el Coordinador de la Unidad de(cid:9) Seguimiento y(cid:9) Auditorías(cid:9) de Regalías(cid:9) podrá hacer(cid:9) reparte (cid:9) de actuaciones(cid:9) especiales y otros mecanismos de vigilancia y control fiscal micro sobre los recursos de regalías a los Contralores Provinciales de la Planta Permanente de la Gerencias Departamentales Colegiadas. Es la misma norma, se indica que dicho reparto se hace de acuerdo a las necesidades del servicio, lo que implica que los Contralores Provinciales le serán asignados dichas actuaciones cuando así sea requerido, teniendo en cuenta factores como carga laboral y otros aspectos que debe tener en cuenta el Coordinador de la Unidad de Seguimiento y Auditorías de Regalías. De otra parte, en lo que atañe a los hallazgos que tienen origen en el control fiscal micro de competencia de la Planta Temporal de Regalías, estos serán repartidos por el Coordinador de la Unidad de Seguimiento y Auditorías de Regalías y el Coordinador de [a Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías, de manera articulada, entre los
Directivos de la Planta Permanente y los Contralores Provinciales de la Planta Temporal de Regalías.
5. Conclusiones La Unidad de Seguimiento y Auditorías de Regalías puede hacer reparto de actuaciones especiales y otras actuaciones de vigilancia y control fiscal micro sobre los recursos de regalías a los Contralores Provinciales de la Planta Permanente, por necesidades del servicio.
En cuanto al reparto de hallazgos que comprometan recursos de regalías, estos serán distribuidos previa coordinación entre el Coordinador de la Unidad de Seguimiento y Carrera 69 No.4435 Piso 15 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá D.C., Colombia
) CO NTRA LO R ÍA
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5 Auditorías de Regalías y el Coordinador de la Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías, entre los Directivos de la Planta Permanente y los Contralores Provinciales de la Planta Temporal de Regalías. Cordialmente,
JULIÁN MAURICI
Director Oficina Jurídica
Proyectó: Erika Cure
Revisó: (cid:9) Lucenith Muñoz Arena
Radicado: 20191E0089655
TRD.(cid:9) 80112-033 — Conceptos J rídicos. Conceptos Jurídicos Carrera 69 No.4435 Piso 15 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá D.C., Colombia