CGR - Concepto 0166 de 2016
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - Concepto 0166 de 2016
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2016
Contraloria General de la Republica SC007.09.2016 13:28 Al Contestar Cite Este No,: 2016EE0114115 Fol:4 Anex:O FA:O
ORIGEN 80112-OFICINA JURIDICA / NESTOR IVÁN ARIAS AFANADOR
DESTINO HECTOR ROLANDO NORIEGA LEAL (CONTRALORÍA MUNICIPAL DE BUCAMMANG,
ASUNTO PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL COMPAÑÍA DE SEGUROS I PÓLIZA.
OBS ,
CONTRALORIA
O(cid:9) OFICINA
GENERAL DF LA REPÚBLICA 1 JURIDICA 2016EE0114115
166 CGR-OJ(cid:9) 2016 Bogotá, D.C., Doctor
HÉCTOR ROLANDO NORIEGA LEAL
SubContralor Contraloría Municipal de Bucaramanga Carrera 11 No. 34 — 52 Fase II Piso 4 Bucaramanga, Santander
Asunto: Proceso de Responsabilidad Fiscal. Compañía de Seguros / Póliza.
Respetado doctor Noriega Leal: La Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República recibió su escrito de 25 de julio 2016 con SIGEDOG 2016ER0076594 en el que eleva la siguiente consulta: "Debemos dar por terminado el proceso de cobro coactivo contra la aseguradora, por la cancelación de su obligación, pues ellos pagaron el máximo asegurado o ella tiene que cancelar además los intereses? no olvidando que los otros responsables fiscales solidarios continúan en ejecución de cobro por los $303.381.831 más los intereses."
1. ALCANCE DEL CONCEPTO
Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República, son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución' ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. 1 Art. 25 Ley 1755 de 2015 Carrera 9 No. 12 C -10 Piso 8 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia CONTRALORIA I o GENERAL OE(cid:9) RE PUBLICA ,,7AA Doctor Héctor Rolando Noriega Leal, Subcontralor— Contraloría Municipal de B/ga.(cid:9) Página 2 de 4 Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría Generar2, así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría Generar3 y las presentadas por la ciudadanía respecto de "las consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la República". En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la
Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscal"6 y "asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando éstos lo soliciten"6. Se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República, porque de conformidad con el artículo 43, numeral 167 del Decreto Ley 267 de 2000, esta calidad sólo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependencia(s) implicada(s).
2. ANÁLISIS JURÍDICO Se reitera en primer lugar lo señalado en el acápite anterior del presente escrito, es decir, que las orientaciones emitidas por la Oficina Jurídica son de carácter general y no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares.
La Ley 610 de 2000 en el artículo 44 determina cuál es la vinculación de la compañía aseguradora así: 2 Art. 43, numeral 4° del Decreto Ley 267 de 2000 Art. 43, numeral 5° del Decreto Ley 267 de 2000 4 Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000 5 Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000 6 Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000 Art. 43 OFICINA JURÍDICA. Son funciones de la Oficina Jurídica: (...) 16. Coordinar con las dependencias la adopción de una
doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden. Carrera 9 No. 12 C -10 Piso 8 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia O
CONTRALORÍA
OFICINA GENERAL BE LA REPÚBLICA I JURIDIOA Doctor Héctor Rolando Noriega Leal, Subcontralor - Contraloría Municipal de B/ga.(cid:9) Página 3 de 4 "Artículo 44. Vinculación del garante. Cuando el presunto responsable, o el bien o contrato sobre el cual recaiga el objeto del proceso, se encuentren amparados por una póliza, se vinculará al proceso a la compañía de seguros, en calidad de tercero civilmente responsable, en cuya virtud tendrá los mismos derechos y facultades del principal implicado. La vinculación se surtirá mediante la comunicación del auto de apertura del proceso al representante legal o al apoderado designado por éste, con la indicación del motivo de procedencia de aquella." Nótese que la vinculación de la compañía aseguradora en el proceso de responsabilidad fiscal es en calidad de tercero civilmente responsable por el riesgo amparado, su conducta no requiere evaluarse dentro del proceso de responsabilidad fiscal. La póliza garantiza la protección del interés general atendiendo a que ésta permite resarcir el detrimento patrimonial ocasionado al patrimonio público. La Corte Constitucional en Sentencia C-648 dé 2002 señaló que: "El papel que juega el
asegurador es precisamente el de garantizar el pronto y efectivo pago de los perjuicios que se ocasionen al patrimonio público por el servidor público responsable de la gestión fiscal, por el contrato o el bien amparados por una póliza." Cada póliza de seguro como lo señala el artículo 1047 del Código de Comercio, contiene la suma asegurada o la forma para precisarla, valor hasta el cual se encuentra obligada a responder la compañía de seguros8. El plazo para proceder al pago de la indemnización por parte de la aseguradora también lo refiere el Código de Comercio en el artículo 1080 modificado por el parágrafo del artículo 111 de la Ley 510 de 1999 así: "El asegurador estará obligado a efectuar el pago del siniestro dentro del mes siguiente a la fecha en que el asegurado o beneficiario acredite, aún extrajudicialmente, su derecho ante el asegurador de acuerdo con el artículo 1077. Vencido este plazo, el asegurador reconocerá y pagará al asegurado o beneficiario, además de la obligación a su cargo y sobre el importe de ella, un interés moratorio igual al certificado como bancario corriente por la Superintendencia Bancaria aumentado en la mitad." Por lo anterior, el valor asegurado debe ser desembolsado dentro del término previsto en la norma y cumpliendo los requisitos establecidos para ello, de lo contrario, la obligación de la compañía aseguradora, puede generar intereses por la mora en su pago. Hasta tanto no se efectúe el pago de la suma asegurada, no podrá ser desvinculada del proceso de responsabilidad fiscal la compañía aseguradora, suma hasta la cual se encuentra ésta obligada. En cuanto al valor del daño fiscal que no se encuentre
Artículo 1079 del Código de Comercio Carrera 9 No. 12 C -10 Piso 8 cor@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia CONTRALORÍA 1 OFICINA GENERAL DE LA REPÚBLICA JURúDICA Doctor Héctor Rolando Noriega Leal, Subcontralor— Contraloría Municipal de B/ga.(cid:9) Página 4 de 4 cubierto en la póliza, deberá continuarse la ejecución del mismo contra los demás deudores solidarios. Cordial saludo,
NÉSTO1 IVA RIAS A ADOR
Director Oficina Jurídica (E) (cid:9)
Proyectó: Johana Milena Valenzuela P o diff
(cid:9)
Revisó: José Díaz Peñaloz
(cid:9)
Radicado: 2016ER0076594
(cid:9)
Archivo: 80112-033 Conceptos Jurídicos. Conceptos Jurídicos.
Carrera 9 No. 12 C -10 Piso 8 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia