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CGR - Concepto 0168 de 2019

Contraloría General de la Nación

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Detalles

Título
CGR - Concepto 0168 de 2019
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2019

O CONTRALO,RÍA GENERAL DE LA REPLICA Contraloria General de la Republica SGD 08-11-2019 09:46

Al Contestar Cite Este No.: 20191E0100625 Fo1,12 Anex:0 FA:0

ORIGEN 80112-OFICINA JURÍDICA / JULIAN MAURICIO RUIZ RODRIGUEZ DESTINO 80953-GRUPO DE INVESTIGACIONES, JUICIOS FISCALES Y JURISDICCIÓN COACTIVA DE

GUAVIARE / ROBINSON MORATO GREIFF

ASUNTO RESPUESTA RADICADO NO. 2019ER0105354

OBS 20191E0100625(cid:9) 1111111111111111111111111111111111111111111111 1 16 8

CGR-OJ- -2019

80112 – Bogotá, D.C. Doctor

ROBINSON MORATO GREIFF

Coordinador de Investigaciones Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva Gerencia Colegiada del Guaviare Contraloría General de la República San José del Guaviare, Guaviare Email: willintong.ortiz@contraloria.gov.co Referencia: Respuesta al radicado No. 2019ER0105354

Tema.(cid:9) NIVEL DESCONCENTRADO.- TRÁMITE DE ACTUACIONES.-

FISCALES — PROCESO DE RESPONSABILIDAD FISCAL.

FUNCIONES DEL COORDINADOR DE GESTIÓN DEL GRUPO DE

INVESTIGACIONES, JUICIOS FISCALES Y JURISDICCIÓN

COACTIVA – Respetado Doctor Morato La Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República –CGRrecibió la

comunicación citada en la referencia', la cual procedemos a responder a continuación:

1. Antecedente Recibimos por correo electrónico del 23/09/2019 de parte de la Doctora Claudia Cristina Serrano Evers, Jefe de la Unidad de Investigaciones Especiales contra la Corrupción, la solicitud de concepto con relación a la consulta que usted le hiciera al Gerente Departamental Colegiado del Guaviare, sobre el flujo básico de sustanciación, coordinación y revisión de todas las actuaciones especiales de la gerencia enmarcado en los artículos 7 numeral 1 y 2, y artículo 25 de la Resolución 6541 de 2012.

Manifiesta en su escrito que, actualmente en la Gerencia Departamental Colegiado del Guaviare, se está remitiendo a la Coordinación para revisión, los autos que se proyectan para firma de la Colegiatura, con excepción de aquellas actuaciones de competencia del Contralor Provincial para asunto de Regalías, lo que en su parecer constituye un quite a la normatividad interna de la CGR sin 1 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Art. 14, numeral 2°, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015: "Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción." Carrera 69 N° 44-35 piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia

CONTRALORÍA

GENERAL DE LA REPÚBLICA Página 2 de 12 ningún soporte o acto administrativo que se conozca, que modifique el régimen funcional en el macro proceso. En razón a lo anterior, solicita se le comunique el acto administrativo modificatorio de la Resolución 6541 de 2012 o directiva que delegue la competencia de modificar funciones, creando excepciones en el flujo básico de las actuaciones fiscales en la Gerencia. Y una vez se conozca éstas se proceda a modificarle los objetivos laborales concertados, incluyendo las excepciones establecidas para Regalías.

2. Alcance del Concepto Los—conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República, son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares.

En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución2, ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría General"3, así como las formuladas w las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría General"4 y las presentadas por la ciudadanía respecto de "la consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la

Contraloría General de la República"5. En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscal"6 y "asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando éstos lo soliciten"7. Finalmente se_acia~_no todosios conceptos de_esta Oficina Juddica_implican(cid:9) la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición 2 Artículo 28 de la Ley 1437 de 2011. 3 art. 43, numeral 4 del Decreto ley 267 de 2000. 'a rt. 43, numeral 5 del Decreto ley 267 de 2000. 5 art. 43, numeral 12 del Decreto ley 267 de 2000. 6 art. 43, numeral 11 del Decreto ley 267 de 2000. 7 art. 43, numeral 14 del Decreto ley 267 de 2000. Carrera 69 N° 44-35 piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia O CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Página 3 de 12 institucional de la Contraloría General de la República, porque de conformidad con el Artículo 43, numeral 168 del Decreto Ley 267 de 2000, esta calidad solo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependencia(s) implicada(s).

3. Precedente doctrinal de la oficina jurídica

Esta Oficina jurídica se pronunció respecto al desempeño de las funciones en el ejercicio el control y vigilancia de los recursos provenientes del Sistema General de Regalías, en concepto No. 078 de junio 11 de 2019, con radicado No. 20191E0050188, señaló: "Los servidores públicos de la planta Global permanente de la CGR pueden asumir asuntos relacionados con los recursos públicos del Sistema General de Regalías, en razón a que la competencia de la Contraloría General de la República está establecida para estos efectos, en el artículo 267 de la Constitución Política, el artículo 13 de la Ley 756 de 2002 y el artículo 152 de la Ley 1530 de 2012."

4. Consideraciones Jurídicas 4.1 Problema Jurídico ¿De acuerdo con el Manual Específico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales adoptado mediante la Resolución Orgánica 216 de 2013 y la Resolución Orgánica No. 6541 de 2012, puede un Funcionario que ejerce el cargo de Coordinador de Gestión del Grupo de Investigaciones Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva, desempeñar sus funciones y competencias en asuntos relacionados con la vigilancia y el control fiscal a los recursos públicos del

Sistema General de Regalías? En consideración a la pregunta planteada, se realizará el estudio sobre las normas internas que rigen la Planta Global Temporal creada para fortalecer el ejercicio del Control Fiscal a los Recursos del Sistema General de Regalías. Igualmente, se efectuará un análisis normativo de la Resolución 6541 de 2012 modificada por la Resolución Reglamentaria No. 25 de 2019, el Manual Especifico de Funciones,

Requisitos y Competencias Laborales establecido mediante la Resolución Orgánica 216 de 2013. Lo anterior a fin de esclarecer las funciones que debe desempeñar el Coordinador de Gestión del Grupo de Investigaciones Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva en el Proceso de Responsabilidad Fiscal en el Nivel Desconcentrado, con miras a determinar si estas pueden ser ejercidas 8 art. 43. oficina jurídica. son funciones de la oficina jurídica: (...) 16. coordinar con las dependencias la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la contraloría general de la república en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden. Carrera 69 N° 44-35 piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia CONTRALO RÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Página 4 de 12 también en asuntos relacionados con la vigilancia y el control fiscal a los recursos públicos del Sistema General de Regalías. Es menester aclarar, que no le es dable a esta Oficina Jurídica pronunciarse sobre casos puntuales y específicos de manera que, la orientación a ofrecerse no hará manifestación alguna a la situación particular y concreta generada entre el Contralor Provincial de la Gerencia Departamental Colegiada de Guaviare y el Coordinador de Gestión del Grupo de Investigaciones Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva de la misma Gerencia. 4.2 Planta Global de Duración Temporal de Regalías de la Contraloría

General de la República.- Distribución de Competencias para el Proceso de Responsabilidad Fiscal en el Nivel Desconcentrado La Resolución Organizacional No. 6839 de 8 de enero de 2019 "Por la cual se establece el Manual de Funciones y Requisitos para el desempeño de los cargos de la Planta Global de Duración Temporal de Regalías de la Contraloría General de la República creada mediante Artículo 38 de la Ley 1942 de 2018", establece en el artículo 1 o: "ARTÍCULO 1o. OBJETO. La presente resolución se expide con el objeto de establecer las funciones y requisitos mínimos para la Planta Global de Duración Temporal de Regalías de la Contraloría General de la República o creados por el artículo 38 de la Ley 1942 de 2018 entre las Unidades de Seguimiento y Auditoría de Regalías de Responsabilidad Fiscal de Regalías, y las Gerencias Departamentales." (Subrayado fuera de texto) A su vez el artículo 4o de la misma normativa, dispone que "las funciones generales de los empleos creados por el artículo 38 de la Ley 1942 de 2018, se definen, de acuerdo a los niveles administrativos y los parámetros señalados en el artículo 4o del Decreto-ley 269 de 2000." También el artículo 5° de la REGORG No. 683 de 2019, señala los cargos de la Planta Global de duración temporal creados en virtud del artículo 38 de la Ley 1942 de 2018, y determina que estos son: "Contralor Delegado Intersectorial, Nivel Directivo, Grado 04. Contralor Delegado Sectorial, Nivel Directivo, Grado 04.

Contralor Provincial, Nivel Directivo, Grado 01. Asesor de Despacho, Nivel Asesor, Grado 02." En el artículo 8° del mismo ordenamiento se definen las funciones en el nivel desconcentrado, que para el caso corresponden al Contralor Provincial Nivel Directivo, Grado 01, adscrito a la Gerencia Departamental Colegiada respectiva, Modificada por la Resolución Ordinaria No. 606 de 08 de mayo de 2019. Modifica el parágrafo del artículo 7°. 9 Carrera 69 N° 44-35 piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia O CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Página 5 de 12 para el conocimiento y trámite de los procesos de responsabilidad fiscal relacionados con el Sistema General de Regalías. Así, en el numeral 70,10 de este artículo se le asignan las funciones al Contralor Provincial de la Planta Global de Duración Temporal de Regalías: "Dirigir, conocer, tramitar y decidir los procesos de responsabilidad fiscal que le sean asignados por reparto por el Contralor Delegado Coordinador de la Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías, determinando la procedencia dé la iniciación de los procesos de responsabilidad fiscal y del decreto de medidas cautelares, de conformidad con el procedimiento establecido para la toma de decisiones colegiadas en las Gerencias Departamentales. (.--)" De conformidad con las normas indicadas le corresponde al Contralor Provincial de la Planta Global de Duración Temporal de Regalías de la Contraloría General de la

República, el trámite de los procesos de responsabilidad fiscal que le sean asignados por reparto por el Coordinador de la Unidad de Responsabilidad Fiscal de Regalías. Este reparto se realiza de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Organizacional No. 697 de 2019, la cual modificó parcialmente la Resolución Organizacional No.692 de 2019 "por la cual se establecen las reglas de actuación e interacción de los funcionarios que integran la Planta Global Temporal para el fortalecimiento de la vigilancia y control fiscal de los recursos del Sistema General de Regalías y se dictan otras disposiciones" y en tal sentido, el artículo 2o de la Resolución No.697 de 2019, establece: "Artículo 2o. El artículo 15 de la Resolución Organizacional No.692 de 2019, quedará así: Artículo 15. Reparto de trabajo entre los contralores provinciales de la planta temporal de regalías. Los Contralores Provinciales de la Planta temporal de Regalías conocerán exclusivamente de los antecedentes o hallazgos, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal, cuando se refieran a casos que involucren o estén asociados a los recursos del Sistema General de Regalías. El Coordinador de la Unidad de Responsabilidad Fiscal realizará el reparto de aquellos procesos de responsabilidad fiscal o indagaciones preliminares que involucren recursos de regalías y deban ser asignados para conocimiento y trámite de los Contralores Provinciales de la Planta Temporal de Regalías. (...) Los Contralores Provinciales de la Planta Temporal de Regalías realizarán de manera articulada con la Coordinación de la Unidad de Responsabilidad Fiscal,

10 Ver artículo primero de la Resolución 595 de 01 de abril de 2019, en cuanto a requisitos de estudio, perfiles y experiencia contemplados en la REG-ORG 216 de 2013. Carrera 69 N° 44-35 piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Página 6 de 12 el estudio de los lineamientos y criterios para tramitar y decidir las actuaciones que se encuentren a su cargo, con el fin de establecer líneas jurídicas en temas procesales y de fondo para atender de manera oportuna los casos asignados, cuando sea necesario o en el evento de ser requerido por el coordinador. Parágrafo. Los hallazgos o antecedentes, indagaciones preliminares y procesos de responsabilidad fiscal a cargo de las Gerencias Departamentales Colegiadas y que involucren recursos de regalías, pueden permanecer asignados o ser repartidos a su ingreso entre los Directivos de la Planta Permanente de las Gerencias Departamentales Colegiadas por parte del coordinador de la Unidad de Responsabilidad Fiscal, quien determinará la forma en que los procesos serán asignados para conocimiento del Contralor Provincial de la Planta Temporal de Regalías". Estas disposiciones deben interpretarse en armonía con lo contemplado en el numeral 1 o del artículo 8o de la REG-ORG683 de 2019, el cual ordena a este funcionario "Integrar la colegiatura para los asuntos relacionados con el control y vigilancia del sistema de regalías ejercer sus funciones de manera colegiada con los Gerentes

Departamentales y demás Contralores Provinciales, en relación con los procesos de control y vigilancia fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías a nivel micro, la recepción y trámite de quejas y denuncias, la indagación preliminar; como los procesos de responsabilidad fiscal, jurisdicción coactiva y sancionatorios fiscales, asociados dichos recursos, para fortalecer la gestión fiscal, conforme a las reglas establecidas en la Resolución 6541 de 2012 o la norma que la modifique, adicione o sustituya." (Subrayado fuera de texto) En este orden, le corresponde al Contralor Provincial indicado, adelantar el proceso de responsabilidad fiscal correspondiente a los recursos del Sistema General de Regalías en el nivel desconcentrado. 4.3. Planta Permanente. Coordinadores de Gestión. Funciones El Decreto Ley 269 de 2000 "Por el cual se establece la nomenclatura y clasificación de los empleos de la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones", en el artículo 3°, clasifica los empleos en la CGR y determina de acuerdo con la naturaleza general de sus funciones, la índole de sus responsabilidades y los requisitos exigidos para su desempeño de los mismos. Así: "1. Directivo

2. Asesor

3. Ejecutivo

4. Profesional

5. Técnico

6. Asistencial." El artículo 4°, en cuanto a las funciones del nivel ejecutivo señala que este comprende los empleos cuyas funciones consisten en la coordinación de áreas de

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O CONTRALO RÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Página 7 de 12 desempeño misionales o de apoyo al interior de la Contraloría General y orientan la ejecución de los planes, programas y proyectos de acción, en desarrollo de las políticas institucionales establecidas por el nivel de dirección. En este orden normativo, las funciones de los coordinadores de la Planta Global Permanente en la CGR, deben ejercerse de conformidad con lo aquí establecido y las normas internas que lo reglamenten. 4.3.1. Manual Específico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los Empleos Públicos de la Planta de Personal Contraloría General de la República Para efectos de la consulta realizada, es necesario indicar que el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de los Empleos Públicos de la Planta Global de la Contraloría General de la República, adoptado mediante Resolución Reglamentaria 216 de 2013, consagra, como funciones del cargo de Coordinador de Gestión, en los Grupos de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva de la Gerencia Departamental Colegiada, las siguientes: "1. Coordinar la formulación, ejecución y seguimiento de los planes y programas que en materia de Indagaciones Preliminares, Proceso de Responsabilidad Fiscal y Jurisdicción Coactiva deba adelantar para garantizar el cumplimiento de los objetivos institucionales.

2. Fijar con los Directivos Colegiados las metas y objetivos del grupo, en procura de la evacuación oportuna de los asuntos y de la atención de prioridades para cumplir los planes de acción, de mejoramiento y el mapa de riesgo.

3. Consolidar y reportar los informes de avance y cumplimiento que le soliciten los Directivos Colegiados, para el logro de los objetivos institucionales.

4. Asistir jurídicamente el desarrollo de las diferentes actuaciones procesales para que estas se realicen de conformidad con la ley, el reglamento, la política, las directrices y criterios jurídicos impartidos por el Contralor General de la República.

5. Responder por el registro actualizado del estado procesal de las actuaciones, de acuerdo con la información que sea suministrada por los sistemas de información de la entidad, para que estén actualizadas las bases de datos y sistemas de información que permitan un mejor seguimiento y control de las actividades.

6. Tramitar los requerimientos técnicos, logísticos y administrativos de los funcionarios del grupo, para permitir el cumplimiento de los objetivos institucionales.

7. Analizar y evaluar la respuesta oportuna de los derechos de petición, acciones de tutela y similares que se relacionen con asuntos de la competencia del grupo, para que sean objeto de respuesta oportuna.

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8. Integrar y participar en los diferentes comités y en las mesas de trabajo para el cumplimiento de la finalidad de las actuaciones a cargo del grupo.

9. Coordinar en asocio con los Directivos Colegiados el desarrollo de las Indagaciones Preliminares, los Procesos de Responsabilidad Fiscal y los Procesos de Cobro Coactivo de competencia del Grupo de

Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva para garantizar la adecuada aplicación de la normatividad vigente y el resarcimiento del daño patrimonial al Estado.

10. Coordinar con los Directivos Colegiados las actividades del Grupo de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva con el nivel central, para garantizar el cumplimiento de la misión institucional.

11. Coordinar en asocio con los Directivos Colegiados las funciones de la secretaría común, para garantizar la comunicación y publicidad de los actos y providencias que se emitan.

12. Coordinar la ejecución e implementación de planes, programas, proyectos transversales que demande la Entidad y la ley para contribuir al mejoramiento institucional.

13. Coordinar con los directivos colegiados el cumplimiento de la comisiones designadas por el Nivel Central o desconcentrado sobre las etapas pertinentes de los procesos de Responsabilidad Fiscal, Jurisdicción Coactiva, Proceso disciplinario o sancionatorio que sean otorgadas de acuerdo a la competencia para garantizar el normal desarrollo de los procesos y el cumplimiento de los términos legales.

14. Realizar las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza."11

Es preciso aclarar que el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de los Empleos Públicos de la Planta Global Permanente de la Contraloría General de la República no estipula en manera alguna que las funciones allí establecidas se ejercen de acuerdo con el tipo de recurso a fiscalizar. Adicionalmente, la planta temporal de empleos de la CGR fue creada para fortalecer la vigilancia y control fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías, razón

por la cual el Coordinador de Gestión del Grupo de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva, como los demás funcionarios pertenecientes a la planta permanente de la CGR pueden adelantar las actuaciones de control fiscal a los recursos del Sistema General de Regalías, pues el hecho de la existencia de la indicada planta temporal no implica que sean estos funcionarios quienes únicamente adelanten la vigilancia y el control fiscal a estos recursos, como también las actuaciones jurídicas que se deriven de la mismas. ii VERSION: 1.0 PROCESO: GERENCIAR TALENTO HUMANO Fecha: 11/03/2013 MANUAL ESPECÍFICO DE FUNCIONES Y DE COMPETENCIAS LABORALES DE LOS EMPLEOS PÚBLICOS DE LA PLANTA GLOBAL CONTRALORÍA GENERAL

DE LA REPÚBLICA Página 391.

Carrera 69 N° 44-35 piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia O CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Página 9 de 12 4.3.2. La Resolución Orgánica 6541 de 2012.- Funciones del Coordinador del Grupo de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva La Resolución Orgánica No. 6541 de 2012, "Por la cual se precisan y fijan las competencias en el nivel desconcentrado de la Contraloría General de la República para el conocimiento y trámite del control fiscal micro, el control fiscal posterior excepcional; la atención de quejas y denuncias ciudadanas; la Indagación Preliminar Fiscal; el proceso de

Responsabilidad Fiscal y el proceso de Jurisdicción Coactiva y el Proceso Administrativo Sancionatorio Fiscal, en atención a las modificaciones establecidas en la Ley 1474 de 2011", indica que la distribución de competencias para el nivel desconcentrado con respecto a los procesos de responsabilidad fiscal, está contemplado entre otros artículos, en el sexto, que dispone. "ARTÍCULO 6o. El trámite del control fiscal micro, el proceso administrativo sancionatorio fiscal que de este se derive, la atención de quejas y denuncias ciudadanas y la ejecución del control fiscal posterior excepcional serán adelantados por los funcionarios del Grupo de Vigilancia Fiscal y del proceso administrativo sancionatorio que se derive del proceso de responsabilidad fiscal será tramitado por el Grupo de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva." Es de agregar que el Grupo de Investigaciones Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva cuenta con un Coordinador de Gestión, el cual de conformidad con el artículo 7 ibídem, tiene las siguientes funciones así: "ARTÍCULO 7o. En el Grupo de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva de las Gerencias Departamentales Colegiadas, el Coordinador de Gestión debe ser abogado y cumplirá las siguientes: (.• )

2. Asistir jurídicamente el desarrollo de las diferentes actuaciones procesales para que estas se realicen de conformidad con la ley, el reglamento, la política, las directrices y criterios jurídicos impartidos el

Contralor General de la República.

3. Llevar el registro actualizado del estado procesal de las actuaciones, de acuerdo con la información que sea suministrada por los sistemas de información de la entidad, rendir los informes que sobre el particular le

soliciten los Directivos Colegiados y velar porque estén actualizadas las bases de datos y sistemas de información establecidos en la entidad.

4. Canalizar los requerimientos técnicos, logísticos y administrativos de los profesionales del grupo, comunicándolos oportunamente a quien corresponda.

5. Verificar la respuesta oportuna de los derechos de petición, acciones de tutela y similares que se relacionen con asuntos de la competencia de su grupo.

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6. Informar al Gerente Departamental las situaciones administrativas que se presenten con el personal perteneciente al grupo, canalizando las solicitudes de permisos, licencias, incapacidades y programación de vacaciones.

7. Promover y participar activamente en las mesas de trabajo que programe el respectivo Directivo Colegiado y las que hayan sido solicitadas por los sustanciadores.

8. Las demás que le encomienden los Directivos Colegiados de acuerdo con la naturaleza del cargo. (Subrayado fuera de texto) Revisadas y analizadas cada una de las funciones que la Resolución Orgánica No. 6541 de 2012, establece en cabeza del Coordinador de Gestión del Grupo de Investigaciones Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva, es factible expresar que en relación con las actuaciones fiscales le corresponde a éste, "asistir jurídicamente el desarrollo de las diferentes actuaciones procesales (...)."

Cabe precisar que esta disposición está en consonancia con lo dispuesto en el Manual Específico de Funciones, Requisitos y Competencias Laborales de los Empleos Públicos de la Planta de Personal Contraloría General de la República, el cual en forma puntual determina: "Asistir jurídicamente el desarrollo de las diferentes actuaciones procesales para que estas se realicen de conformidad con la ley, el reglamento, la política, las directrices y criterios jurídicos impartidos por el Contralor General de la República." En este orden, los procesos de responsabilidad fiscal de cualquier Gerencia Departamental Colegiada, deben contar con la asistencia jurídica dada por parte del Coordinador de Gestión del citado Grupo, conforme lo indica la normativa precedentemente relacionada. Esta disposición debe interpretarse en el contexto de lo establecido en el inciso segundo del artículo 25 de la Resolución Orgánica No. 6541 de 2012, el cual señala que "El funcionario sustanciador dará el respectivo impulso a los procesos de responsabilidad fiscal y deberá proyectar los autos y fallos, siguiendo los lineamientos trazados por el funcionario que dirige la actuación, bajo la coordinación del funcionario designado para tal fin" (Subrayado fuera de texto) Es importante aclarar que las funciones de este coordinador, están referidas a la Planta Global Permanente de la CGR y que el Contralor Provincial de la Planta Global Temporal de Regalías ejerce sus funciones de acuerdo con las normas internas específicas proferidas para tal efecto, en las cuales nada se señala frente a las(cid:9) funciones(cid:9) del cargo de-Coordinador (cid:9)en comento.

En este contexto, a priori podría señalarse que no resultaría viable que este funcionario (el coordinador del Grupo de Investigaciones, Juicios Fiscales y Carrera 69 N° 44-35 piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia O

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Jurisdicción Coactiva) coordine en los términos establecidos en el artículo 7° de la Mencionada Resolución Orgánica, las actuaciones de competencia del Contralor Provincial de la Planta Global de Duración Temporal de Regalías, en materia de responsabilidad fiscal. No obstante, y como se ha señalado, los servidores públicos de la Planta Global Permanente de la CGR pueden asumir asuntos relacionados con los recursos públicos del Sistema General de Regalías, en razón a que la competencia de la Contraloría General de la República está establecida en el artículo 267 de la Constitución Política, modificada por el Acto Legislativo No. 04 de 2019 y ésta no se ejerce de acuerdo con la naturaleza del recurso a auditar. En este orden jurídico, el Manual Específico de Funciones y de Competencias Laborales de los Empleos Públicos de la Planta Global Permanente de la Contraloría General de la República determina las funciones de los servidores públicos de la CGR de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 267 de la Constitución Política, modificado por el Acto Legislativo No. 04 de 2019

En tal sentido, y conforme lo dispone el artículo 7o de la Resolución Orgánica 6541 de 2012, puede el coordinador del Grupo de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva adelantar la asistencia jurídica en el(cid:9) proceso de responsabilidad fiscal de competencia del Contralor Provincial de la Planta Global Temporal de Regalías, para que estas se realicen de conformidad con los ordenamientos legales. Debe—puntualizarse -también que - los profesionales de este Grupo de Investigaciones, Juicios Fiscales y Jurisdicción Coactiva, pueden sustanciar los procesos de responsabilidad fiscal correspondientes a los recursos d

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