CGR - Concepto 0169 de 2018
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - Concepto 0169 de 2018
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2018
O CONTRALO,RÍA Contraloria General de la Republica SGD 09-11.2018 07:58
Al Contestar Cite Este No.: 2018EE0137080 Fol:8 Anex:0 FATO
GENERAL DE LA REP
ORIGEN 80112-OFICINA JURÍDICA /JULIAN MAURICIO RUIZ RODRIGUEZ DESTINO 40760807 CONSUELO VARGAS! ARRIETA ASUNTO VEEDURIA 'LA VOZ ANIMAL"./ ASESORIA LEGAL! CONTRALORÍA GENERAL DE LA OBS -80112169
CGR-OJ- - 2018 2018EE0137080(cid:9) III 11111111111111111111111111111111111111111111
Bogotá, D.C., Señora
CONSUELO VARGAS Y OTROS
Veeduría Voz Animal Calle 7N # 11 — 34 Santa Clara Popayán - Cauca
Referencia: RESPUESTA AL RADICADO 2018ER0099420 Y 20181E0074463
ASUNTO: VEEDURÍA "LA VOZ ANIMAL". / ASESORIA LEGAL/
CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.-
IMPROCEDIBILI DAD.- TRASLADO CONSULTA.
Respetada Señora Consuelo: La Oficina Jurídica de la Contraloría General de la Re Pública —CGRrecibió la comunicación citada en la referencia', la cual procedemos a responder a
continuación:
1. Antecedentes La Personería Municipal de Popayán remitió a la Cdntraloría General de la República escrito de las Veedoras la Voz Animal en el que plantean una situación acaecida el 15 de septiembre de 2018 en el albergue provisional de la Secretaría
de Salud a cargo del Dr. Jorge Lozano. Manifiestan en su escrito las veedoras que se dirigieron al alberge provisional de la Secretaría de Salud siendo impedido su ingreso, por la cantidad de personas (indican que eran solo 6) y que se les señaló que debían Contar con la autorización de la Secretaria de Salud. 1 Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, Art. 14, numeral 2°, sustituido por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015: "Las peticiones mediante las cuales se eleva una consulta a las autoridades en relación con las materias a su cargo deberán resolverse dentro de los treinta (30) días siguientes a su recepción." Carrera 69 N° 44-35 piso 1 • Código Postal 1 1 1 071 • PBX 518 7000 cgr(@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. ¡C., Colombia
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Solicitan las veedoras una explicación con fundamento jurídico sobre la negativa a no permitirles ejercer su labor, sin contar previamente con una autorización para su ingreso.
2. Alcance del concepto y competencia de la Oficina Jurídica Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares.
En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución2 ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la
interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría General"3, así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría General" y las presentadas por la ciudadanía respecto de "las consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la República"5. En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscal"6 y "asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando éstos lo soliciten"7. Se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República, porque de conformidad con el artículo 43, numeral 168 2 Art. 25 Ley 1755 de 2015 3 Art. 43, numeral 4° del Decreto Ley 267 de 2000 4 Art. 43, numeral 5° del Decreto Ley 267 de 2000 5 Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000
6 Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000 7 Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000 8 Art. 43 OFICINA JURÍDICA. Son funciones de la Oficina Jurídica: (...) 16. Coordinar con las dependencias la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría Carrera 69 N° 44-35 piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia () CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPURLICA Página 3 de 6 del Decreto Ley 267 de 2000, esta calidad sólo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependencia(s) implicada(s).
3. Precedente doctrinal de la Oficina Jurídica No se encontraron conceptos emitidos por esta Oficina relativos al caso planteado por las peticionarias.
4. Consideraciones jurídicas ¿Tiene competencia la Contraloría General de la República para prestar asesoría legal a la Veeduría Ciudadana, "La Voz Animal", al no permitirse su ingreso a un albergue provisional de animales de la Secretaría de Salud?
4. Consideraciones jurídicas Revisado el asunto sometido a consulta y visto que se trata de un asunto particular y concreto, se reitera lo expuesto en el alcance del presente escrito, los conceptos emitidos por esta Oficina son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares.
En atención a lo anterior, se verificará la competencia de la Contraloría General de la República, de conformidad con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 850 de 2003. Establece el artículo 22 de la norma citada en precedencia: "ARTÍCULO 22. Conformase la red institucional de apoyo a las veedurías ciudadanos, la cual se conformará en sus distintos niveles y responsabilidades en la siguiente forma: La Procuraduría General de la Nación, la Contraloría General de la República, la Defensoría del Pueblo y el Ministerio del Interior, prestarán su apoyo y concurso a las veedurías ciudadanas y a las redes que las agrupan en todo lo relativo al apoyo legal y a la promoción de la vigilancia, para tal efecto, podrán acordar mediante convenios interadministrativos, acciones conjuntas en las materias antes mencionadas. General de la República en toda.s' aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden. Carrera 69 N° 44-35 piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia
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El Departamento Administrativo de la Función Pública, como parte del mejoramiento de la Gestión Pública en el orden nacional, diseñará metodologías de evaluación de la Gestión Pública, orientada a facilitar el ejercicio de la vigilancia por parte de las veedurías ciudadanas y de las redes que las agrupan y suministrará la información pertinente sobre los
planes institucionales y la evaluación del Estatuto Anticorrupción. La Escuela Superior de Administración Pública será institución de apoyo en el sistema para la organización de los programas de capacitación que demanden la veeduría ciudadana y las redes que las agrupan, para cuyo efecto, los organismos antes mencionados, tendrán en cuenta dicha institución como instrumentos de ejecución de sus programas en esta materia. Los organismos de planeación en sus diferentes niveles y ámbitos de acción, suministrarán la información sobre los planes, programas y proyectos adoptados y organizarán sesiones amplias de explicación o instrumentos masivos de divulgación sobre los recursos asignados, beneficiarios y metodologías de seguimiento y evaluación de los mismos. El Fondo de Desarrollo Comunal y la Participación, adscrito al Ministerio del Interior contribuirá e impulsará las campañas de conformación de veedurías y redes y las capacitará para el ejercicio de la vigilancia, de la misma manera adelantará evaluaciones de los logros alcanzados por ellas y coordinará la red institucional de apoyo a las veedurías y ejercerá las demás funciones por la ley." Tal como lo señala la norma mencionada, la conformación de la Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas, de la cual hace parte la Contraloría General de la República, tiene como función prestar apoyo y concurso a las veedurías ciudadanas y a las redes que las agrupan en todo lo relativo al apoyo legal y a la promoción de la vigilancia, para tal efecto, podrán acordar mediante convenios interadministrativos, acciones conjuntas en las materias antes mencionadas. De acuerdo con la disposición legal señalada, la CGR, debe ofrecer a las
organizaciones cívicas la colaboración requerida para el cumplimiento de sus objetivos, pero cabe precisar que dicha cooperación debe realizarse dentro de la órbita de sus competencias, es decir para el adecuado ejercicio del control social a los recursos públicos. Dicho en otras palabras, la atribuciones de la Contraloría General de la República, en la Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas, debe guardar Carrera 69 N° 44-35 piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia O CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Página 5 de 6 relación con la función constitucional establecido en el artículo 267 de la Constitución Política. Así lo señaló la Corte Constitucional al efectuar la revisión integral de constitucionalidad a la Ley Estatutaria 850 de 2003: "77.- Por su parte, la conformación de la red institucional de apoyo a las veedurías prevista en el artículo 24 del proyecto resulta coherente con la necesidad de ofrecer a las organizaciones cívicas la colaboración requerida para el cumplimiento de sus objetivos. En todo caso, conviene precisar que la creación de esa red institucional supone asignar nuevas competencias a cada uno de sus miembros, pero dichas atribuciones guardan relación de conexidad con la finalidad constitucional de cada una de ellas."9 En este orden jurídico, tal como lo indica la Contraloría General de la República, la Red Institucional de Apoyo a las Veedurías Ciudadanas es una instancia de coordinación interinstitucional creada por la Ley 850 de 2003, en donde un
conjunto de entidades estatales del orden nacional y territorial en el marco de sus funciones y competencias, conectadas por un sistema de relaciones a través de acuerdos sobre la realización de acciones conjuntas, la gestión asociada y la cooperación interinstitucional, define planes, acciones y recursos con el fin de apoyar a las veedurías ciudadanas y sus redes en el ejercicio del control social a la gestión pública.10 (Resaltado fuera de texto) Así las cosas, en el caso puesto a consideración de este Despacho, no es procedente prestar asesoría jurídica, toda vez que la CGR, tiene competencia en la vigilancia del recurso público, en tal sentido, sus facultades están referidas a promover, dinamizar y fortalecer a la ciudadanía en el ejercicio del control social a la inversión de los recursos públicos, con el propósito de mejorarla y hacerla más transparente para aportar en la garantía de los derechos de los colombianos e integrar sus resultados al ejercicio del control fiscal. Así las cosas, se dará traslado al Secretario del Comité Técnico de la Red Institucional de la Red de Apoyo a las Veedurías (Ministerio del Interior), para que de ser procedente, se realice el apoyo y acompañamiento en el caso señalado.
5. Conclusiones 9 Sentencia C-292/03. Ley Estatutaria-control constitucional integral
10 Página web. www.contraloria.gov.co Carrera 69 N° 44-35 piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cort@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia
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No tiene competencia la Contraloría General de la República, para prestar asesoría legal a la Veeduría "La Voz Animal", toda vez que este Organismo de Control Fiscal, tiene facultades para promover, dinamizar y fortalecer a la ciudadanía en el ejercicio del control social a la inversión de los recursos públicos, con el propósito de mejorarla y hacerla más transparente para aportar en la garantía de los derechos de los colombianos e integrar sus resultados al ejercicio del control fiscal. Cordialmente;
JULIÁN MAURICI RUI(cid:9) RíGUEZ
Director Oficina Jurídica
Proyectó: Johana Milena Valenzu a Pardclg
Revisó: Lucenith Muñoz Arenas Radicado: 20181E0074463, 2018ER00 420
Archivo: 80112-033 Conceptos Jurídicos.
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