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CGR - Concepto 0214 de 2017

Contraloría General de la Nación

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Detalles

Título
CGR - Concepto 0214 de 2017
Autor
Contraloría General de la Nación
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2017

O CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA Contraloria General de la Republica SOD 23-10-2017 11:55

Al Contestar Cite Este No.: 20171E0086621 Fo1:6 Anex:0 FA:0

CGROJ -(cid:9) 214 2017 ORIGEN 80112-0FICINAJURIDICA / IVAN DARIO GUAUQUE TORRES

DESTINO 80761-DESPACHO GERENTE DEPARTAMENTAL COLEGIADA DEL VALLE DEL CAUCA!

80112 — OLGA NORA BECERRA RODRIGUEZ

ASUNTO COMITE TECNICOCOLEGIATURA

OBS (cid:9) Bogotá D.C., 20171E0086621(cid:9) 1111111111111111111111111111111111111111111111 Doctora

OLGA NORA BECERRA RODRÍGUEZ

Gerencia Departamental Colegiada Valle del Cauca Contraloría General de la República Calle 23 AN No. 3 — 95 Edificio San Pablo, barrio Versalles Cali — Valle del Cauca.

Asunto: COMITÉ TECNICO DE LAS GERENCIAS DEPARTAMENTALES.-

FUNCIONALIDAD EN LAS NUEVAS MODALIDADES DE AUDITORÍA EN

LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA.

Respetada doctora Olga Nora: Esta Oficina recibió su comunicación radicada bajo el número 20171E0073317, donde consulta sobre "el desmonte" del comité técnico en el nivel desconcentrado, debido a que la nueva Guía de Auditoría contempla que solo el Comité Colegiado tomará las decisiones que tengan que ver con el proceso auditor.

Pregunta:

1. "Si la Resolución 6541 que reglamenta en el nivel desconcentrado contempla la conformación de un Comité Técnico. ¿Qué resolución la deroga o desaparece automáticamente al no contemplarse en la nueva guía? 2. ¿Puede esa Gerencia conservar el Comité Técnico conformado sólo por los contralores provinciales? 3. ¿Se debe acabar el Comité Técnico y obligatoriamente queda sólo el colegiado?"

1. ALCANCE DEL CONCEPTO.

Los conceptos emitidos por la Oficina Jurídica de la Contraloría General de la República, son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución, ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia

CONTRALORÍA

GENERAL DE LA REPÚBLICA

(cid:9) Respuesta radicado 2017ER0073317 Página 2 de 12 interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. Por lo anterior, la competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la CGR, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría General"1,

así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materias en que deban actuar en armonía con la Contraloría General"2 y las presentadas por la ciudadanía respecto de "la consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la República"3. En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscal"4 y "asesorar jurídicamente a las entidades que ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pasivos de vigilancia cuando éstos lo soliciten"5. Finalmente se aclara que no todos los conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República, porque de conformidad con lo dispuesto en el artículo 43, numeral 166 del Decreto Ley 267 de 2000, esta calidad solo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas con la(s) dependencia(s) implicada(s).

2. CONSIDERACIONES JURIDICAS. 2.1.Guía de Principios, Fundamentos y Aspectos Generales para las auditorías en la CGR La Guía de Principios, Fundamentos y Aspectos Generales para las auditorías en la Contraloría General de la República, adoptada por Resolución Reglamentaria Orgánica N° 0012 de 2017, tiene como objetivo definir el marco en que se rige cualquier tipo de auditoría que lleve a cabo la entidad; por tanto, se constituye en el

principio rector para el desarrollo de las auditorías Financiera, de Desempeño y de Cumplimiento? . Se fundamenta en las Normas de Auditoría para Entidades Fiscalizadoras Superiores - ISSAI y las Normas Internacionales de Auditoría (NIA), 'Art. 43, numeral 4 del Decreto Ley 267 de 2000 Art. 43, numeral 5 del Decreto Ley 267 de 2000 2 3 Art. 43, numeral 12del Decreto Ley 267 de 2000 4 Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000 5 Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000 6 Art. 43. OFICINA JURIDICA. Son funciones de la Oficina Jurídica: (...) 16. Coordinar con las dependencias la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden. Contraloría General de la República, Guía de Principios, Fundamentos y Aspectos Generales, marzo de 2017, página 6. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgrPcontraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia O CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA Respuesta radicado 2017ER0073317(cid:9) Página 3 de 12 adaptadas al marco constitucional y legal de la vigilancia y control fiscal en Colombia8. La mencionada Guía está integrada por un conjunto sistematizado de reglas y

procedimientos destinados a establecer estándares de elaboración uniforme y sostenida de las auditorías, de acuerdo con los principios que establece.9 Ahora bien, sirve de pauta para quienes intervienen en los diversos procesos auditores y debe aplicarse en lo que sea pertinente, excepto en los casos a que se refiere el artículo 5 de la Resolución Reglamentaria Orgánica N° 0012 de 201710. 2.2. Guía de Auditoría de la CGR, versión 2015. La Guía de Principios, Fundamentos y Aspectos Generales para las auditorías en la CGR en su artículo quinto, refiriéndose a la Guía de Auditoría de la CGR adoptada mediante Resolución Orgánica No. 6368 de agosto 22 de 2011, indica que se aplicará cuando se programen y ejecuten en el Plan de Vigilancia y Control Fiscal — PVCF, auditorías integrales y procedimientos especializados de regalías. Esto significa que la Guía de Auditoría, versión 2015, no fue derogada, sino subrogada parcialmente por la Guía de Principios, Fundamentos y Aspectos Generales, en aquellos aspectos que fueron regulados integralmente por esta. Es por ello que no se puede desconocer la Guía de Auditoría de la CGR en lo no previsto en la Guía de Principios, Fundamentos y Aspectos Generales para las auditorías. 2.3. La Colegiatura en las Gerencias Departamentales de la CGR La Guía de Principios, Fundamentos y Aspectos Generales de la CGR se refiere a la colegiatura de la Gerencia Departamental indicando que se integra para el desarrollo del control fiscal micro, por el Gerente Departamental, quien lo preside y los Contralores Provinciales11.

Por su integración no cabe duda que se refiere a las gerencias departamentales colegiadas creadas por la Ley 1474 de 201112, para la vigilancia de los recursos públicos de la Nación administrados en forma desconcentrada en el nivel territorial o transferidos a las entidades territoriales y sobre los cuales la Contraloría General de la República ejerce control concurrente y prevalente. 8 Ibídem, página 7. 9 Guía de Principios, Fundamentos y Aspectos Generales para las auditorías, principios. página 7. " Artículo quinto. Guía de Auditoria. La Guía de Auditoría de la CGR adoptada mediante Resolución Orgánica No. 6368 de agosto 22 de 2011, se aplicará cuando se programen y ejecuten en el Plan de Vigilancia y Control Fiscal — PVCF, auditorías integrales y procedimientos especializados de regalías. 11 Guía de Principios, Fundamentos y Aspectos Generales para las auditorías, numeral 31.2., página 63. 12 Le.y. 1474 de 2011, por la cual se dictan normas orientadas a fortalecer los mecanismos de prevención, investigación y sanción de actos de corrupción y la efectividad del control de la gestión pública, artículo 128, incisos 7 a 10. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr(@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia (cid:9) 151° o CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Respuesta radicado 2017ER0073317(cid:9) Página 4 de 12

Los Directivos Colegiados son: un (1) Gerente y no menos de dos (2) Contralores Provinciales, según distribución realizada por el Contralor General de la República.

De igual forma, la Ley 1474 de 2011, en el artículo 128, inciso décimo, les otorga las siguientes competencias, a saber: "Las gerencias departamentales y Distrital colegiadas, serán competentes para: "a) Elaborar el componente territorial del plan general de auditoría de acuerdo con los lineamientos fijados por el Contralor General de la República y en coordinación con la Contralorías delegadas; b) Configurar y trasladar los hallazgos fiscales; c) Resolver las controversias derivadas del ejercicio del proceso auditor; d) Determinar la procedencia de la iniciación de los procesos de responsabilidad fiscal y del decreto de medidas cautelares; e) Las demás que establezca el Contralor General de la República por resolución orgánica." (Subrayado nuestro). De modo que la Colegiatura fue constituida como la máxima instancia de decisión en el nivel desconcentrado de la organización, y su ámbito competencial puede ser ampliado por el Contralor General mediante reglamento interno, lo cual guarda concordancia con el artículo 78 del Decreto 267 de 200013. 2.4. Comités Técnicos: Ahora bien, en relación con los comités técnicos, la Colegiatura cumple el rol establecido en el artículo 11, numeral 14, y el artículo 22 del Decreto 267 de 200014, para el Comité de Evaluáción Sectorial en lo correspondiente al proceso de control fiscal micro, en su jurisdicción.

COMITÉ TECNICO NIVEL DESCONCENTRADO

GUÍA DE AUDITORIA VERSION 2015

Opera de acuerdo con los requerimientos específicos durante el proceso auditor, según el ente o asunto a auditar • conformado, por: Presidente de la Colegiatura Departamental, quien lo preside Gerente Departamental 13 Decreto 267 de 2000, por el cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de la Contraloría General de la República, articulo 78: "Artículo 78. Funciones adicionales de las dependencias. Las diversas dependencias que integran la organización de la Contraloría General de la República, además de las funciones específicas a ellas atribuidas en el presente decreto, ejercerán las que determine el Contralor General de la República de acuerdo con las funciones que cumplan. Igualmente se ocuparán de los distintos asuntos que mediante reparto les encomiende el Contralor General también con consideración de las funciones que cumplen en la entidad." Decreto 267 de 2000, artículo 22. Objetivo del Comité de Evaluación Sectorial. Es objetivo del Comité de Evaluación 14 Sectorial al interior de cada contraloría delegada concertar los programas de trabajo que aquella adelantará, recomendar los indicadores de desempeño de cada plan o programa de acción y de las metas operativas, y efectuar el seguimiento y evaluación a los mismos, así como recomendar los correctivos que fueren del caso. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgrPcontraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia o

CONTRALORÍA

GENERAL OE LA REPÚBLICA

(cid:9) Respuesta radicado 2017ER0073317 Página 5 de 12

Contralores Provinciales Coordinadores de Gestión Supervisores Encargados Responsables de Auditoría (Invitados) Líderes de Auditoría (Invitados) y Demás integrantes del equipo de Auditoría (invitados) Sus principales actividades, entre otras, son las siguientes: -Designar al Directivo de la Colegiatura para desempeñar el rol de Ejecutivo de Auditoría del Nivel Desconcentrado. -Levantar o actualizar inventario de entes objeto de control fiscal de la Gerencia, en coordinación con cada Contraloría Delegada Sectorial. -Adelantar la Planeación Estratégica de los entes objetos de control fiscal y/o asuntos a auditar, del nivel desconcentrado para conformar el PGA y validar su cargue en el SICA. -Definir y designar los roles del proceso auditor en su jurisdicción, en el evento que no los designe el nivel central. -Designar el equipo auditor en su jurisdicción, en el evento que no los designe el nivel central. -Validar y Reasignar los roles producto de una manifestación de impedimento o conflicto de intereses y presentar al Comité Técnico para su aprobación cuando el ente o asunto auditado tenga su sede principal en su jurisdicción. -En coordinación con la Contraloría Delegada Sectorial, validar la Asignación de Actividades (objetivos general de la AT y los objetivos específicos de la Auditoría), cuando el ente o asunto auditado tenga su sede principal en su jurisdicción. -Efectuar Seguimiento y monitoreo al PGA y a la ejecución de las auditorías en el nivel desconcentrado. -Aprobar Plan de Trabajo y el término máximo para el traslado de los hallazgos con presunta incidencia

-Validar las actividades del proceso auditor en el SICA, a él asignadas. -Revisar y Aprobar Hallazgos resultantes del proceso auditor, en el nivel desconcentrado y declarar la no conformidad sobre aquellos que a criterio del comité deben profundizarse, mediante otra auditoría o una actuación especial. -Analizar y aprobar el proyecto de informe y reporte de auditoría y darle el tratamiento de producto no conforme en caso de que haya lugar a ello. -Solucionar las controversias técnicas que surjan en desarrollo del proceso auditor del nivel desconcentrado, entre los diferentes niveles de administración del proceso. 2.5. Resolución Orgánica 6541 de 2012, "por la cual se precisan y fijan las competencias en el nivel desconcentrado de la Contraloría General de la República". En cumplimiento del literal e) el Contralor General de la República expidió la Resolución Orgánica 6541 de 2012, "Por la cual se precisan y fijan las competencias en el nivel desconcentrado de la Contraloría General de la República para el conocimiento y trámite del control fiscal micro, el control fiscal posterior excepcional; la atención de quejas y denuncias ciudadanas; la Indagación Preliminar Fiscal; el proceso de Responsabilidad Fiscal y el proceso de Jurisdicción Coactiva y el Proceso Administrativo Sancionatorio Fiscal, en atención a las modificaciones establecidas en la Ley 1474 de 2011", la cual no crea ningún comité técnico, como se aduce en la consulta, sino que otorga competencias a las gerencias departamentales colegiadas para atender en su jurisdicción los distintos asuntos que les corresponde, en cabeza de la Colegiatura, los Directivos Colegiados, los grupos de trabajo existentes y los funcionarios habilitados funcionalmente para ello.

Dicho acto reglamentario, en el artículo 18 refiriéndose a las decisiones colegiadas en el Control Fiscal Micro prescribe: Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgrP,contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia O CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLIGA Respuesta radicado 2017ER0073317(cid:9) Página 6 de 12 "Artículo 18. Decisiones Colegiadas en el Control Fiscal Micro. A efectos de implementar los cambios introducidos por la Ley 1474 de 2011 en el control fiscal micro, los Directivos de las Gerencias Departamentales Colegiadas realizarán conjuntamente las siguientes actuaciones:

1. Elaborar el componente territorial del plan general de auditoría de acuerdo con los lineamientos fijados por el Contralor General de la República y en coordinación

con las Contralorías Delegadas Sectoriales.

2. Articular el desarrollo de los procesos auditores sobre los recursos del orden nacional transferidos a los entes territoriales, en el cual se ejerce control fiscal prevalente y concurrente.

3. Resolver las controversias derivadas del ejercicio del proceso auditor dentro de su jurisdicción.

4. Presidir los Comités Técnicos en su jurisdicción.

5. Aprobar y firmar la comunicación del Informe Final de Auditoría, previa aprobación del Comité Técnico" (Negrilla fuera de texto) 2.6. La administración del proceso auditor y asignación de actividades en la nueva Guía La Guía de Principios, Fundamentos y Aspectos Generales de las auditorías en la CGR, en cuanto a la administración del proceso auditor, determina:

"3.1. Administración

Con base en el Decreto Ley 267 del 22 de febrero de 2000 por el cual se dictaminan normas sobre la organización y funcionamiento de la CGR, la administración del proceso auditor y la distribución de las responsabilidades asignadas, es la siguiente: nComités: Directivo; Comité de Evaluación Sectorial; Comité Intersectorial, Comité Técnico de Regalías. nColegiatura de la Gerencia D epartamental. nContralor Delegado Sectoria l; Contralor Delegado Intersectorial; Coordinador Control Fiscal Micro de Regalías; Gerente Departamental. nDirectores de Vigilancia Fisc al - DVF, Contralores Provinciales y Contralores Intersectoriales designados en Regalías. nDirector de Estudies Sectorial es - DES. nCoordinador de Gestión del N ivel Central. nProfesionales Dirección de Vigilancia Fiscal - DVF y Dirección de Estudios Sectoriales - DES. nAsesores de Gestión de las C ontralorías Delegadas Sectoriales."' Así mismo, la Guía de Principios, Fundamentos y Aspectos Generales, precisa la función de la Colegiatura, indicando que las Gerencias Colegiadas para llevar a cabo el proceso auditor deben adelantar la tarea de asignación de actividades de auditoría, cuyos objetivos son: Guía de Principios, y Fundamentos y Aspectos Generales para las auditorías, página 60. 15 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgrPcontraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia O CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA Respuesta radicado 2017ER0073317(cid:9) Página 7 de 12

n"Designar al contralor provincial responsable de dirigir cada proceso auditor nDesignar el supervisor, líder de auditoría y equipo auditor. nValidar y reasignar los roles pr oducto de una manifestación de impedimento o conflicto de intereses. nEfectuar Seguimiento y monito reo al PVCF y a la ejecución de las auditorías. nRevisar y aprobar el proyecto de informe o reporte de auditoría del proceso auditor ejecutado en la Gerencia. nSolucionar las controversia s técnicas de su competencia, que surjan en desarrollo del proceso auditor del nivel desconcentrado. Las decisiones que se tomen al interior de esta Colegiatura deben ser el resultado de un consenso, a falta de este, el Presidente de la Colegiada y bajo su responsabilidad tomara la decisión definitiva sobre el te1na en estudio, lo cual constara en el acta de colegiatura respectiva."16 La asignación de actividades de auditoría, está conformada entonces por la asignación de trabajo y por el establecimiento de objetivos específicos y designación del equipo auditor; actividades que estarán a cargo del servidor público que tenga el rol de supervisor encargado de la auditoría17, las mismas deben ser revisadas y aprobadas por el Director de Vigilancia Fiscal, el Contralor Delegado Intersectorial de Regalías o el Contralor Provincial que dirija el proceso de auditoría, y registradas en el sistema de información de auditorías-SICA-. Para el caso de la asignación de actividades de auditoría de las dependencias del Nivel desconcentrado, el Nivel Central realizará las actividades necesarias para garantizar la articulación respectiva". 2.7. Roles en la auditoría. La Guía de Principios, Fundamentos y Aspectos Generales se refiere a los roles de

las auditorías 19 y luego de describir las actividades de cada uno de los funcionarios que en ellas intervienen indica que "se deben cumplir sin perjuicio de otras específicas que determine cada tipo de auditoría, según lo establecido en las Guías respectivas." Sin embargo, no establece detalladamente las funciones de los Comités, razón por la cual es necesario acudir a la Guía de Auditoría de la Contraloría General de la República, versión 2015, la cual indica: "El rol es el papel que desempeñan los servidores públicos de la Contraloría General de la República en el proceso auditor, donde el nivel de responsabilidad está definido por el grado de participación en el mismo. Los roles identificados son: 16 Gula de Principios y Fundamentos: "3.1.2. Colegiatura de la Gerencia Departamental. Actividades. Página 63. 17 Guía de Principios, Fundamentos y Aspectos Generales para las auditorías: 3.2.1. Supervisor de Auditoría, pág. 67. 18 Ibídem, numeral 2.3.1. 19 Guía de Principios, y Fundamentos y Aspectos Generales para las Auditorías, numeral 3.2. página 67. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia y< O CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPUBLICA Respuesta radicado 2017ER0073317(cid:9) Página 8 de 12

  • Comité Directivo
  • Comité Intersectorial
  • Comités Técnicos
  • Directivo Superior de las Unidades Ejecutores UES (Contralor Delegado

Sectorial; Presidente de la Colegiatura Departamental)

  • Ejecutivo de Auditoría (Directores de Vigilancia Fiscal o un Directivo de la Colegiada que no sea el presidente de la Colegiatura)
  • Director de Estudios Sectoriales.
  • Supervisor Encargado • Supervisor • Responsable de la Auditoría • Líder de Auditoría (puntos de control del nivel desconcentrado y nivel central) y • Equipo Auditor"2° (Negrilla y subrayado fuera de texto) Ahora bien, el Comité Técnico del Nivel Desconcentrado, opera de acuerdo con los requerimientos específicos durante el proceso auditor, según el ente o asunto a auditar y está conformado, por: • Presidente de la Colegiatura Departamental, quien lo preside
  • Gerente DepartamCmtal • Contralores Provinciales • Coordinadores de Gestión • Supervisores Encargados • Responsables de Auditoría (Invitados) • Líderes de Auditoría (Invitados) y • Demás integrantes del equipo de Auditoría (invitados)21

Con respecto a los roles denominados "Directivo Superior" y "Supervisor Encargado", la Guía de Auditoría en el numeral 5.2.7 Directivo Superior Unidades Ejecutoras del nivel desconcentrado, puntualizó que: "Sus principales actividades, entre otras, son las siguientes: • Presidir los Comités Técnicos en su Jurisdicción22. • Revisar que en el PVCF de la UE que dirige se hayan incluido las prioridades nacionales que definió el Contralor (a) General • En coordinación con las Contralorías Delegadas sectoriales, definir las prioridades de su Unidad Ejecutora • En coordinación con las Contralorías Delegadas sectoriales, liderar los comités en donde se aprueban los objetivos generales y específicos que se incluirán en la

Asignación de Actividades de las auditorías a entes objeto de control fiscal que tengan sede principal en su jurisdicción. 20 Ibídem. Página 90-91 21 Ibídem.5.2.5. 22 Guía de Auditoría. 5.2.1. Comités. La administración del proceso auditor está apoyada por tres tipos de comités: el Comité Directivo, el Comité Intersectorial y los Comités Técnicos. Cada tipo de comité representa un nivel diferente para el Control Fiscal Micro. Los Comités operan de 'Acuerdo con los requerimientos específicos durante la administración del proceso auditor. Los asuntos tratados por los comités quedarán consignados en actas que deben ser firmadas por sus integrantes. Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr(Wcontraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia

OC ONTFm1,9,,.1F1 A

(cid:9) Respuesta radicado 2017ER0073317 Página 9 de 12 • Presentar el equipo auditor e instalar la auditoría en su jurisdicción. • Suscribir la comunicación dirigida al auditado sobre el inicio de proceso auditor en su jurisdicción. • Suscribir la solicitud de la Carta de Salvaguarda, cuanto ellente o asunto auditado tenga su sede principal en su jurisdicción. • Dirigir la ejecución del PVCF de su jurisdicción. • Comunicar al Nivel Central, los informes y reportes de los resultados de las auditorías de su jurisdicción. • (... )23». 2.8. Marco funcional de los empleos que conforman el Comité Colegiado en las Gerencias Departamentales

Para determinar el servidor público llamado a ejercer los roles anteriores dentro del proceso de auditoría, es preciso señalar lo previsto en las normas que sobre talento humano rigen actualmente a la Contraloría General de la República: El Decreto Ley 269 de 2000, "Por el cual se establece la nomenclatura y clasificación de los empleos de la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones", consagra en su artículo 4° Naturaleza General de las Funciones, que éstas se definen de acuerdo con los niveles administrativos y en consecuencia, para el nivel directivo, señala que este nivel "Comprende los empleos a los cuales corresponde el desempeño de funciones de dirección general, de formulación de políticas y adopción de planes, programas y proyectos". Con posterioridad, el artículo 128 de la Ley 1474 de 2011, parágrafo 1, prefijó que "los servidores públicos de la Contraloría General de la República que tengan la calidad o ejerzan la función de contralores delegados, contralores provinciales, directores, supervisores, coordinadores, asesores, profesionales o tecnólogos podrán hacer parte de los grupos o equipos de auditoría". ;Se subraya) En virtud de esta norma quienes desempeñen dichos cargos, pueden ser designados para conformar los equipos auditores, de acuerdo con su rol funcional. Concordante con las normas anteriores, se dictó la Resolución Reglamentaria 216 de 2013, "Por la cual se establece el manual especifico de funciones, requisitos y competencias laborales de los empleos de la planta de personal de la Contraloría General de la República" y para el caso específico de las Gerencias

Departamentales Colegiadas, el cargo denominado Gerente Departamental, tiene como propósito principal del empleo, el siguiente: "Dirigir los procesos misionales y Administrar los recursos institucionales de la Gerencia Departamental de acuerdo con las normas y procedimientos vigentes para contribuir al logro de los objetivos de la Contraloría General de la República". Ibídem., página 98 23 Carrera 69 No. 44-35 Piso 1 • Código Postal 111071 • PBX 518 7000 cgr@contraloria.gov.co • www.contraloria.gov.co • Bogotá, D. C., Colombia (cid:9) /14 o

CONTRALORÍA

GENERAL DE LA REPUBLICA

(cid:9) Respuesta radicado 2017ER0073317 Página 10 de 12 Por su parte, el mismo manual establece como propósito principal del empleo, para el cargo denominado Contralor Provincial, "Dirigir el ejercicio del control fiscal micro, la recepción y trámite de quejas y denuncias, la indagación preliminar fiscal; los procesos, de responsabilidad fiscal, jurisdicción coactiva y sancionatorio fiscal, de conformidad con las normas legales vigentes, políticas y procedimientos adoptados por la Contraloría General de la República". Así mismo, el Contralor Provincial tiene asignadas una serie de funciones puntuales, relacionadas con el proceso de auditoría y en particular, debe "adelantar las actividades que le defina la metodología para el desarrollo de proceso auditor". A su turno, se observa que frente al proceso auditor, el manual de funciones, requisitos y competencias laborales de los empleos de la planta de personal de la Contraloría General de la República determinó las siguientes funciones esenciales de los empleos Gerente Departamental y Contralor Provincial":

Gerente Departamental Contralor Provincial

1. Dirigir el desarrollo del plan general de auditoría 1. Participar en la definición de las políticas, en todas sus fases para contribuir al logro de los planes(cid:9) y(cid:9) programas(cid:9) de(cid:9) vigilancia(cid:9) fiscal, objetivos institucionales. respondiendo por la ejecución de las mismas en

2. Representar al señor Contralor General de la la circunscripción territorial para el cumplimiento República y a los contralores delegados a nivel de los objetivos institucionales.

Departamental para contribuir a los resultados de 2. Participar en coordinación con el Gerente la vigilancia fiscal. Departamental,(cid:9) en(cid:9) la(cid:9) elaboración(cid:9) del

3. Dirigir(cid:9) la(cid:9) elaboración(cid:9) de(cid:9) informes(cid:9) de componente territorial(cid:9) del(cid:9) plan(cid:9) general(cid:9) de competencia de la Gerencia Departamental para auditoría de acuerdo(cid:9) con(cid:9) los(cid:9) lineamientos el cumplimiento de los de los requerimientos fijados por el Contralor General de la República internos y externos. en coordinación con las. Contralorías Delegadas

4. Realizar las demás funciones que le sean para establecer las entidades o asuntos a asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo. aud itar.

3. Configurar y trasladar los hallazgos fiscales para iniciar el proceso de responsabilidad fiscal o indagación preliminar.

4. Resolver las controversias derivadas del ejercicio del proceso auditor, para contribuir a los resultados de la gestión fiscal.

5. Supervisar los grupos de auditores y las actividades del jefe auditor en su respectiva circunscripción territorial, para garantizar el

cumplimiento de los resultados del proceso de control fiscal micro.

6. Adelantar las actividades que le defina la metodología para el desarrollo del proceso auditor.

7. Las demás funciones que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza del cargo.

A partir de esta comparación funcional y las normas fijadas en forma precedente, se observa con claridad que tanto el Gerente Departamental como el Contralor Provincial tienen asignadas funciones relativas al proceso de auditoría, las cuales Cabe señalar que solo se extractan las funciones relacionadas con el proceso auditor, páginas 363 a 367. 24 Carrera 69 No. 4

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