CGR - Concepto 0249 de 2016
Contraloría General de la Nación
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Detalles
- Título
- CGR - Concepto 0249 de 2016
- Autor
- Contraloría General de la Nación
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2016
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CONTRALORÍA
GENERAL DE LA REPÜBLIGA J01110104
Contratada Osnwal de Republica SOO 22-121011112:01 °wat 101124A Fl Ic Ce In Nt Atm Ja Ut R C Ea Se C E As t Me AN Ro Is N 3 A0 J1 U11 IJ3 A0 N11 A1 M 0 A2 R9 O01 M3 E1 E2 BM Ee Rce M F EA 0O '34 9 DESTINO 841 1-CONTRALOP IA DELEGAILWARP, EL SECTOR crol. / cogeos ssocHEZ 4 ASUBOOB RRA AV OO C ADO 20161E00,218 LEONJOAD CEBO!~ ESPECIAL CGR — OJ de 2016 OBS 20161E0111029(cid:9) 111111111111101111111111111111111111111111111 Bogotá, D.C., Doctora CAROLINA SANCHEZ BRAVO Contralora Delegada para el Sector Social (e) Contraloría General de la República Ciudad Asunto:(cid:9) Su radicado 20161E0093618 — Legalidad de Actuación Especial
1. Antecedentes.
Esta Oficina recibió su solicitud radicada bajo el número de la referencia, en la que consulta "(...) la legalidad en el actuar de los funcionarios comisionados para realizar las Actuaciones Especiales de Fiscalización que se ordenan mediante Memorando de Habilitación y se adelantan en esta Contraloría Delegada y en la CGR, en el marco de lo establecido en las Resoluciones Orgánicas 6680 de 2012 6750 de 2012 (sic) y 7130 de 2013".
2. Alcance del concepto y competencia de la Oficina Jurídica.
La competencia de la Oficina Jurídica para absolver consultas se limita a aquellas que formulen las dependencias internas de la Contraloría General de la República, los empleados de las mismas y las entidades vigiladas "sobre interpretación y aplicación de las disposiciones legales relativas al campo de actuación de la Contraloría Generar', así como las formuladas por las contralorías territoriales "respecto de la vigilancia de la gestión fiscal y las demás materia• en que deban actuar en armonía con la Contraloría Generar y las presentadas por la ciudadanía respecto de "las consultas de orden jurídico que le sean formuladas a la Contraloría General de la República"3. En este orden, mediante su expedición se busca "orientar a las dependencias de la Contraloría General de la República en la correcta aplicación de las normas que rigen para la vigilancia de la gestión fiscal" y "asesorar jurídicamente a las entidades que República de Colombia, Art. 43, numeral 4 del Decreto Ley 267 de 2000. 2 República de Colombia, Art. 43, numeral 5 del Decreto Ley 267 de 2000. 3 República de Colombia, Art. 43, numeral 12 del Decreto Ley 267 de 2000. 4 República de Colombia, Art. 43, numeral 11 del Decreto Ley 267 de 2000. Carrera 69 No. 44-35 Edilicio Paralelo 26 P. 15 • PBX: 6477000 • Bogotá, D. C. • Colombia • wwwoontralgaugv ce. Págirá ltle O
CONTRALORÍA I cric..
GENERAL OE LA Arpó °Lic.& i JUIRIOSOA ejercen el control fiscal en el nivel territorial y a los sujetos pásiii¿s de vigilancia cuando
éstos lo soliciten"5. Finalmente se aclara que no todos nuestros conceptos implican la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición institucional de la Contraloría General de la República, porque de conformidad con el artículo 43, numeral 166 del Decreto Ley 267 de 2000, ésta calidad solo la tienen las posiciones jurídicas que hayan sido previamente coordinadas y con la(s) dependencia(s) implicada(s).
3. Consideraciones Jurídicas.
Una vez valorado el asunto puesto a consideración, es procedente indicar que de conformidad con lo establecido en el artículo 43 del Decreto Ley 267 de 2000, los conceptos emitidos por la Oficina Asesora Jurídica de la Contraloría General de la República, son orientaciones de carácter general que no comprenden la solución directa de problemas específicos, ni el análisis de actuaciones particulares. En cuanto a su alcance, no son de obligatorio cumplimiento o ejecución7, ni tienen el carácter de fuente normativa y sólo pueden ser utilizados para facilitar la interpretación y aplicación de las normas jurídicas vigentes, en materia de control fiscal. En consecuencia, no es procedente que este Despacho emita un pronunciamiento relacionado con la legalidad de las actuaciones adelantadas por los funcionarios comisionados para adelantar las actuaciones especiales de fiscalización que se ordenaron mediante Memorando de Habilitación No. 20161E0061746 del 15 de julio de 2016, dentro de la Actuación Especial de Fiscalización al Contrato 499 de 2015 suscrito por la ESAP y FODESEP. En estas condiciones, y en especial atendiendo la instrucción impartida por el
Contralor General de la República a través de la Circular No. 18 del 22 de noviembre de 2016, conforme con la cual, "(...) la función consultiva de la Oficina Jurídica, (...) no está concebida para resolver los asuntos que en casos particulares y concretos, (.. ) deben ser resueltos por los funcionarios competentes en cada área. Por lo tanto, en adelante esta Oficina se abstendrá de resolver consultas respecto de casos concretos a cargo de los empleados y solo lo hará en asuntos planteados de forma general." No obstante lo anterior, es oportuno señalar que teniendo en cuenta los hechos narrados por el consultante, el devenir previsto en la norma disciplinaria establece en el artículo 34 numeral 24 como deber de los servidores públicos "Denunciar los delitos, contravenciones y faltas disciplinarias de los cuales República de Colombia, Art. 43, numeral 14 del Decreto Ley 267 de 2000. 'República de Colombia, Decreto Ley 267 de 2000, artículo 43. Oficina Juriclica.Son funciones de la Oficina Jurídica: (...) 16. Coordinar con las dependencias la adopción de una doctrina e interpretación jurídica que comprometa la posición Institucional de la Contraloría General de la República en todas aquellas materias que por su importancia ameriten dicho pronunciamiento o por implicar una nueva postura de naturaleza jurídica de cualquier orden. 'República de Colombia, Art. 28, Ley 1755 de 2015. Carrera 69 No. 44-35 Edificio Paralelo 26 P. 15 • PBX: 6477000 • Bogotá, D. C. • Colombia • www.contral .,g1L,LCCI
Página 2 de 3 o CONTRALORÍA f 0,..,,,, GENERAL DE LA REPI:roLicA I JURIDIcA tuviere conocimiento, salvo las excepciones de ley". Corolario de lo expuesto, le corresponde al operador jurídico adelantar las actuaciones que en derecho correspondan y tomar las decisiones a que haya lugar con fundamento en los elementos de juicio recaudados. En los anteriores términos, se absuelve su consulta. Cordialmente,
LIANA MARTINEZ BERME
Directora Oficina Jurídica yihan a
Proyectó: Asslen Affi vato
Reviso: Lucenith Muñoz Arenas Radicado: (cid:9) 20161E0093618
80112-033(cid:9) Conceptos Jurídicos — Conceptos Jurídicos Carrera 69 No. 44-35 Edificio Paralelo 26 P. 15 • PBX: 6477000 • Bogotá, D. C. • Colombia w•arvi fl Página 3 de 3